Estar al día con todos los impuestos que hay en Argentina no es fácil porque son muchos los temas a los que hay que prestar atención.
En esta nota pasamos en limpio cuáles son los principales tributos que tienen que pagar las personas en este 2026, para consultar todo el año.
Aquí te damos una idea de lo que hay que hacer, pero no dejes de consultar a un profesional ante cualquier duda, para que te asesore o para que realice trámites en la ARCA (ex AFIP) que requieran un conocimiento específico.
Impuesto Nacionales
Monotributo
Pago. El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) tiene un aporte fijo que vence el 20 de cada mes (o día hábil siguiente).
Recategorización. Dos veces al año, hay que analizar si en los 12 meses anteriores se mantienen los parámetros de la categoría actual o si se modifican. En este último caso, hay que recategorizarse.
Los vencimientos en 2026 son el 5 de febrero y el 5 de agosto. El cambio puede ser a un escalón superior o a uno inferior (se paga menos).
- ¿TE TOCA? Quiénes tienen que realizar la recategorización semestral.
- TUTORIAL: Cómo realizar la recategorización.
Cambio de categorías. En febrero y en agosto de cada año, se actualizan los aportes y los límites de facturación por categoría en forma automática. La variable de ajuste es la inflación del semestre anterior.
ATENCIÓN! Para 2026 hay que esperar que ARCA difunda las nuevas tablas con la inflación de 2025.
- MONTOS VIGENTES. Aportes, límites y categorías del Monotributo en el segundo semestre de 2025.
- CUÁNTO PAGAR. Consultá nuestra calculadora para ver qué categoría te toca.
Forma de pago. Se puede abonar generando un volante electrónico de pago (VEP) y luego pagando por cajero o Homebanking. Pero lo más fácil es poner débito automático en cuenta bancaria o por tarjeta de crédito.
Factura electrónica. Todos los monotributistas (con excepción de Monotributo social) deben emitir comprobantes electrónicos. Se pueden generar con las herramientas Comprobantes en Línea del sitio web de AFIP, o Facturador Móvil en el celular, o con un servicio contratado a una empresa (WebServices) si son mucha cantidad.
- EN LA COMPU: Cómo generar la factura electrónica en la web de Afip.
- EN EL CELULAR. Cómo usar el Facturador móvil para dar comprobantes.
Puente permanente. Es un sistema de transición permanente del Monotributo al régimen general. Es para aquellas personas que superen los parámetros del régimen simplificado y se inscriban en forma voluntaria en IVA y Ganancias. Tiene beneficios por un determinado tiempo.
Impuesto a las Ganancias
Las obligaciones de este impuesto a la renta dependen de la situación laboral y la fuente de ingresos.
Empleados en relación de dependencia o jubilados. Pagan a través del recibo de haberes. El agente de retención (empleador, Anses o Caja de Jubilaciones) va descontando (reteniendo) el impuesto mes a mes.
Con el sueldo de abril del año siguiente, se realiza una liquidación anual del Impuesto a las Ganancias, que puede arrojar saldo cero, a favor o en contra.
Para 2026, habrá dos valores de mínimos, deducciones y escala de alícuotas para el primero y segundo semestre del año. Los montos se actualizan en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
En los próximos días, ARCA difundirá las nuevas tablas para este año.
CUÁNTO ES. Así son los parámetros del Impuesto a las Ganancias en el segundo semestre de 2025.
Deducciones y percepciones. Por el año 2025, cada trabajador debe informar sus deducciones, pagos a cuenta (retenciones y percepciones) e ingresos de otros empleos.
Lo tiene que hacer mediante la herramienta Siradig (formulario 572 web) . Está habilitado desde el 1 de enero del año en curso hasta el 31 de marzo de 2026.
Durante estos tres meses, el Siradig tendrá 2 períodos: 2025 y 2026. Hasta fin de marzo se pueden completar todos los datos de 2025 pero ya se puede ir cargando la información de 2026.
Percepciones sobre el dólar. En el Siradig también hay que informar las percepciones que se abonaron en 2025 por las compras de dólar o gastos con tarjeta como pago a cuenta de Ganancias (clic para ver tutorial).
Autónomos. Deben realizar una declaración jurada determinativa anual para liquidar y pagar el impuesto a las Ganancias. A lo largo del año se van pagando anticipos.
Otras ganancias. Quienes tienen ingresos por alquileres, dividendos, u otras rentas, también tiene que presentar la declaración jurada anual como los autónomos. En ambos casos, consultá con un contador que te asesore.
Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias. Desde el año fiscal 2025 podés adherir a la declaración jurada simplificada con distintos beneficios, siempre que cumplas con los requisitos previstos.
Vencimientos. La declaración jurada anual 2025, vence en junio de 2026
- PARA SABER MÁS. Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias.
Renta financiera
Este impuesto comenzó a regir para el período fiscal 2018 y se empezó a pagar durante 2019. Pero luego se hicieron diferentes modificaciones que, en la práctica, lo dejaron casi inexistente. De todos modos, se aplica a algunas circunstancias.
Por el año fiscal 2025, los vencimientos son en junio.
Bienes Personales
Este es un tributo que se aplica a un patrimonio que, valuado según las normas de la ARCA, supera el mínimo no imponible fijado por ley, al 31 de diciembre de cada año.
Para el año fiscal 2025 que vencen en junio de 2026, se actualizarán por inflación los valores de Bienes Personales del año anterior (año fiscal 2024), que eran los siguientes (los actualizaremos cuando se publiquen):
Mínimo no imponible. Para 2024 fue de $ 292.994.964,89. Quedaba exenta la casa habitación hasta $ $1.025.482.377,13 (se abona sobre el excedente).
Alícuotas. A partir de la reforma fiscal de mediados de 2024, la escala de alícuotas va disminuyendo una vez por año. No se distingue entre bienes del país y del exterior. Para el año fiscal 2025, las alícuotas estarán entre 0,5% y 1%.
Régimen de Ingreso Anticipado (REIBP). Quienes adhirieron a este régimen y abonaron por anticipado 5 ejercicios (bienes declarados) o 4 años (bienes del blanqueo) de Bienes Personales, no tendrán que presentar declaraciones juradas ni abonar saldos hasta el año fiscal 2027 (vencimiento 2028).
Vencimientos. Son a mediados de junio de 2026 para la presentación de la declaración jurada de 2025 y pagar o adherir al plan de pagos.
Baja. Si tu última declaración jurada dio saldo cero (no llegaste al mínimo no imponible), podés dar de baja el impuesto antes del 31 de diciembre, para evitar hacer la presentación al año siguiente.
Impuestos y percepciones sobre el dólar
Al comprar divisas, pagar consumos en dólares con tarjeta o adquirir viajes al exterior en 2025 se aplicaron diversos impuestos y cargos:
- Percepción del 30% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales. Sigue vigente en 2026.
Las percepciones pagadas en 2025 se pueden recuperar según la situación de cada uno, desde enero de 2026 (siempre es al año calendario siguiente):
- Personas que no son contribuyentes ni de Ganancias ni de Bienes Personales. Pueden utilizar la herramienta «Devolución de Percepciones» (mirá la nota con los requisitos y el video tutorial). Disponible desde el 1 de enero 2026 para percepciones de 2025.
- Empleados o jubilados que tuvieron retenciones de Ganancias en el recibo de sueldo. Deben pedir el reintegro a través de la herramienta Siradig (clic para ver el paso a paso). Tienen tiempo hasta el 31 de marzo de 2026.
- Personas que abonan Ganancias o Bienes Personales por declaración jurada. Deben incluir las percepciones 2025 en la presentación anual que vence en junio de 2026.
- DISTINTOS CASOS. En esta nota repasamos cómo recuperar las percepciones en cada situación.
¿Cuántas percepciones pagué? A través de la herramienta Mis Retenciones, se puede consultar los cargos aplicados durante 2025 (video tutorial)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Si estás como responsable inscripto en el IVA, tenés que presentar la declaración jurada mensual con la liquidación del impuesto y pagar lo que te corresponde.
Esta nota es una guía para que lo tengas presente pero es importante que te asesores con un profesional matriculado para este trámite.
Impuestos provinciales
Inmobiliario y Automotor
Las provincias y los municipios cobran dos tributos a la propiedad: el Inmobiliario y el Automotor. Estos impuestos suben en función del valor de los vehículos o los inmuebles.
Vencimientos. No todas las jurisdicciones son iguales pero, en general, tienen un vencimiento anual (en los primeros meses del año (en general, en febrero) y también permiten el pago en cuotas.
Descuentos. En algunos casos, hay beneficios para el pago al contado, para quienes cumplen con los vencimientos al día o si se abonan por débito automático.
También se incorporaron descuentos por el pago electrónico (tarjeta, cajero, Internet) así que, si es tu caso, te recomiendo que los utilices.
Cómo pagar. Generalmente, las boletas de pago llegan al correo electrónico de cada contribuyente. Pero, como esto puede fallar, te sugiero averiguar el vencimiento de tu ciudad y tu provincia para que no se te pase (en Córdoba, donde vivo, son en febrero; el ABL de Ciudad de Buenos Aires, vence todos los meses). Si no te llegó la boleta, generala por Internet o andá a una oficina a pagar.
Averiguá también todas las opciones de pago y beneficio: contado, cuotas, tarjeta, débito, etcétera.
Ingresos Brutos
Si sos emprendedor, profesional o ejercés alguna otra actividad independiente, podés estar alcanzado por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o por las tasas y contribuciones municipales sobre la actividad.
Estos tributos tomaron relevancia estos mesos por la movida del Gobierno nacional y algunas empresas privadas para que los gobernadores y los intendentes reduzcan la presión fiscal sobre el sector privado.
Estos gravámenes varían de un lugar a otro. Los profesionales, por ejemplo, están exentos en varias jurisdicciones (CABA, Córdoba, etcétera) pero pagan en otras (provincia de Buenos Aires, por ejemplo). Consultá a tu contador. Los vencimientos son mensuales y tenés que declarar la facturación.
Monotributo Unificado
Algunas jurisdicciones tienen un régimen simplificado para los monotributistas y, en algunos lugares también se incluyen las tasas municipales.
Esto implica una unificación entre el régimen simplificado de AFIP y el provincial. Quiere decir que: por un lado, se paga de una sola vez los dos impuestos, el Monotributo nacional e Ingresos Brutos provincial. Por otro lado, cualquier cambio de encuadre o categoría en la AFIP se genera automáticamente en Rentas.
En 2026 rige en: Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Chaco, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Neuquén, Río Negro, San Juan, Santa Cruz, Salta y Tierra del Fuego.
Desde el 1 de enero de 2026, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).