La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la opción para que los empleados en relación de dependencia y los jubilados que pagaron el Impuesto a las Ganancias durante 2020 puedan pedir el reintegro del 35% de percepción por la compra de dólares, y gastos con tarjeta en moneda extranjera y adquisición de viajes al exterior.
Recordá que este recargo es un pago a cuenta de impuestos que se aplicó a partir del 16 de septiembre de 2020.
Hay tres tipos de situaciones que se pueden presentar para quienes realizaron operaciones alcanzadas por ese recargo:
En esta nota veremos primer caso, de quienes pagaron Ganancias mediante su recibo de sueldo. En esta situación, la herramienta que se debe utilizar es el Siradig Trabajador, la misma que usan los trabajadores y jubilados para informar sus deducciones y pagos a cuenta a su agente de retención.
Plazos. Los contribuyentes pueden completar la información del año fiscal 2020 y enviarla a su empleador hasta el 31 de marzo de 2021. El agente de retención recién la computará en la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias 2020 que realiza con el sueldo de abril de 2021. Los montos los puede reintegrar hasta mayo.
Montos. Algo importante a considerar es que el empleador (o la Anses o Caja de Jubilaciones en el caso de los jubilados) solamente va a reintegrar las percepciones hasta el monto retenido por el Impuesto a las Ganancias en 2020.
Si queda un monto remanente, el trabajador deberá pedir a la AFIP que se lo reintegre, mediante la misma herramienta para los no contribuyentes.
Cuánto. Antes de pedir el reintegro, es importante saber qué datos tiene la AFIP cargados en su sistemas. Para esto hay que utilizar el servicio “Mis Retenciones”, al que se accede con clave fiscal. Aquí podés ver un video tutorial:
#1- Ingresar a la página web de la AFIP con CUIT y clave fiscal.
#2- Ir al servicio “Siradig-Trabajador”.
#3- Ingresar al servicio y elegir el período “2020”. Salvo prórroga, estará habilitado hasta el 31 de marzo de 2021.
#4- Ir a la pestaña “Carga de Formulario”. Para esto, deben estar completos los datos personales y del agente de retención.
#5- Elegir la opción número 4- “Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta” y desplegar el menú para agregar datos.
Allí hay que ir a la alternativa “Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020”.
Al volver a desplegar el menú, aparecerán cinco alternativas para cada una de las operaciones que tienen el recargo del 35%. Cada una hay que cargarla por separado.
Estas son:
#6- Ingresar una a una a cada opción anterior para subir la información.
En el caso de que el sistema ya tenga cargadas las percepciones, van a aparecer las operaciones, con fechas y montos. Si está correcto hay que ir a “Carga automática” y completar todo lo que se pide.
Acá hay un ejemplo de una persona que compró los U$S 200 para ahorro en los tres últimos meses de 2020.
Si no están cargadas las percepciones, como se ve a continuación, hay que elegir “carga manual” y poner todos los datos que pide el sistema.
En el caso de los pasajes al exterior, si se realizó alguna compra, el sistema despliega el agente de retención (como la aerolínea, el ejemplo que se ve abajo) pero hay que tener la factura para ver todos los datos detallados.
#9- No hay que olvidar Guardar cada pantalla. Al finalizar, en la pantalla principal, hacer clic en el botón “Vista previa”.
Van a ver un formulario y abajo hay que marcar “Enviar al empleador” . Si no hacen ese paso, queda en borrador y el agente de retención no lo computa.
Por: comunidadpresupu-admin