Impuestos

Régimen simplificado de Ganancias: Qué cambia para los autónomos y profesionales

09/06/2025

Cómo es la nueva declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias y cuáles son las claves para decidir. El 1 de junio se habilitó la opción.


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A partir del año próximo, cambiará la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias. El Gobierno acaba de implementar una nueva forma para liquidar y presentar la declaración jurada simplificada, vigente desde el cierre del año fiscal 2025. 

La medida se anunció por la ARCA (ex AFIP) en el marco del plan para flexibilizar el uso de los dólares “bajo el colchón y apunta a reducir la información y evitar inconsistencias en la liquidación de Ganancias. 

El Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias se implementó mediante la Resolución General 5704/2025 y ya está habilitada la herramienta de ARCA para elegir la opción.

De todos modos, recién se aplicará a la declaración jurada del año 2025, que vence a mediados de 2026.

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 ¿A quiénes está dirigido?

El régimen simplificado está destinado a las personas humanas (individuos) que deban presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

Abarca a: 

  • Autónomos y profesionales inscriptos en el régimen general.
  • Personas con ingresos por alquileres, inversiones financieras, o actividades no incluidas en el Monotributo.

Los monotributistas no están alcanzados por este impuesto y no deben presentar la declaración jurada de Ganancias, por lo tanto, no les aplica este nuevo régimen. Solo podría afectarles si:

  • Exceden los límites del Monotributo y pasan al régimen general, o
  • Obtienen ingresos adicionales fuera del Monotributo.

En el proyecto de ley que el Ejecutivo envió al Congreso, se agregan otras restricciones:

  • Al 31 de diciembre del año anterior y en los dos años fiscales anteriores no deben tener ingresos totales superiores a $ 1.000 millones, ni un patrimonio total superior a $ 1.000 millones. 

En qué consiste el Régimen Simplificado de Ganancias

El nuevo régimen tiene como principal ventaja que no se exige informar el patrimonio ni el consumido del año.

Esta obligación generaba múltiples inconvenientes que hacían que mucha gente tuviera que “simular” operaciones para evitar inconsistencias.

Otro beneficio de la modalidad simplificada es que no habrá que cargar la declaración jurada desde cero, sino que la ARCA generará una propuesta con datos ya informados y cada contribuyente los puede aceptar o modificar.

 ¿Cómo se puede acceder a la opción simplificada?

El régimen simplificado es optativo.

La elección está disponible desde el 1 de junio de 2025 hasta el día anterior al vencimiento general de Ganancias (junio de 2026).

Aplica para el período fiscal 2025 (ingresos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año).

Paso a paso para adherir al nuevo régimen

Para elegir la opción se debe ingresar a la página web de la ARCA,  desde el servicio Sistema Registral, eligiendo la alternativa “Ganancias PH Simplificada”.

Se requiere:

  • CUIT activa sin bloqueos.
  • Clave Fiscal nivel 3 o superior.
  • No ser grandes contribuyentes. No pertenecer a los segmentos 11 o 12 (alta capacidad contributiva y fiscalización intensiva). Esto se consulta en Datos Registrales.

¿Se puede desistir de la opción? Sí. Mientras no se haya presentado la declaración jurada anual, se puede desistir del régimen simplificado y volver al esquema tradicional.

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Por: Paula Martinez

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