Impuestos

Impuesto a las Ganancias: Cómo completar el Siradig y pagar menos este año

27/01/2025

Los empleados pueden informar a través del Siradig, las deducciones y pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Incluye las percepciones por el dólar. También se puede cargar el año 2025.

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Desde el 1 de enero de 2025 se pueden cargar todas las deducciones y pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 2024 en el Siradig para recuperar lo pagado de más el año pasado. Además, la ARCA (exAFIP) ya habilitó la carga del período 2025.

Por todo lo del año fiscal 2024, los empleados en relación de dependencia y jubilados, que tuvieron retenciones en su recibo de sueldo, tienen tiempo hasta el 31 de marzo de 2025 para completar los datos a fin de que les devuelvan lo pagado de más mediante el recibo de sueldo de mayo.

Esto se realiza a través de la herramienta Siradig Trabajador, a la que se ingresa con clave fiscal en el sitio web de la exAFIP (ARCA).

Quien no cargue la información hasta el plazo mencionado, solamente tendrá la opción de inscribirse en el impuesto y presentar la declaración jurada anual (que vence en mayo 2025). Si tiene saldo a favor, luego deberá pedir el reintegro que es muchísimo más largo y complicado.

Uno de los pagos a cuenta que hay que pedir a través del Siradig son las percepciones que se abonaron en operaciones con dólares durante 2024.

Pluriempleo. Otro tema que hay que cargar en el Siradig es cuando una persona trabaja para diferentes empleadores. Uno es el agente de retención (quien liquida el impuesto) y hay que informarle, vía esta herramienta, los ingresos de otros trabajos (un ejemplo es la docencia en diferentes escuelas). Esto aumenta la base imponible pero es una obligación para que la persona no quede debiendo al fisco.

Por otra parte, recordá que, desde el 1 de enero se pueden cargar las deducciones de 2025

Qué se puede deducir

A continuación, te dejamos los principales puntos a tener en cuenta para el vencimiento del período 2024.

Las deducciones disminuyen la base imponible (los ingresos) a los fines de pagar el menor impuesto posible. Estas dependen de cada situación.

Una de las más habituales son las cargas de familia: hijos menores de 18 años o mayores incapacitados para trabajar, o cónyuge, siempre y cuando no tengan ingresos que superen la ganancia mínima no imponible (GNI).

En 2024 la GNI fue de $ 3.503.688,17 anual y, en el primer semestre de 2025, será de $ 3.916,268,37 anual.

Pero, además, hay otras deducciones como: servicio doméstico, alquileres, seguros de vida o retiro, gastos médicos, medicina prepaga, indumentaria y otros.

En los últimos años se agregó una nueva deducción: los gastos educativos de los hijos hasta 24 años.

Mirá en esta nota Todas las deducciones permitidas para pagar menos Ganancias.  

Video tutorial para completar el Siradig, en el canal de YouTube de Mi Presupuesto Familiar:

Guías y tutoriales

Percepciones y otros pagos a cuenta

Los pagos a cuenta son impuestos ya abonados por anticipado. Por eso, no disminuyen la base imponible (con las deducciones) sino que se restan directamente del monto a pagar. O, si hay un saldo a favor, generan un reintegro del gravamen.

Entre otros están los impuestos a los débitos y créditos (impuesto al cheque) y las percepciones sobre el dólar.

En el caso de los cargos sobre las divisas, en el Siradig solamente se pueden incluir: el 30% de la percepción a cuenta de impuesto a las Ganancias vigente desde diciembre de 2023.

Consultá este tutorial:Paso a paso para cargar las percepciones en el Siradig”.

Cuándo se devuelve el dinero

Con los datos informados en el Siradig hasta el 31 de marzo de 2025, el agente de retención (empleador, Anses o Caja de jubilaciones provincial) realiza una liquidación final del Impuesto a las Ganancias.

El saldo (a favor o en contra) se incluye en la liquidación anual (que ahora se puede hacer hasta el 30 de abril de 2025) y los reintegros o retenciones van en el recibo de ese mes, que se paga hasta el 5 de mayo. Este saldo se compensa con lo que tendría que pagar la persona en ese mes.

En el caso de pagos a cuenta, como las percepciones sobre el dólar, el empleador sólo devolverá hasta el monto retenido por recibo en 2024.

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Por: Paula Martinez

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