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Monotributo: las claves de la recategorización semestral, que se prorrogó a febrero 2024

19/01/2024
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La recategorización semestral del Monotributo se realiza en enero y julio de cada año. Ahora, se toma la nueva tabla de categorías. Todos los detalles con video tutorial paso a paso.

Dos veces al año, los contribuyentes del Régimen Simplificado (Monotributo) de Afip tienen que ver su nivel de facturación y otros parámetros para ver si continúan en la misma categoría o deben cambiar de escalón.

Para la recategorización de enero se toma la nueva tabla de categorías vigente desde 2024 que publicórla AFIP y que se aplica desde el 1 de enero.

Plazo. La recategorización es semestral. Vencía el día 22 de enero pero se pasó para el 5 de febrero de 2024.

Parámetros. La recategorización de enero habrá que realizarla con la tabla de categorías que empieza a regir el 1 de enero de 2024 y en febrero se comenzará a pagar la nueva cuota mensual (consultá nuestra calculadora con los valores del Monotributo).

¿Todos tiene que hacer el trámite?

No, sólo deben recategorizarse aquellos que tengan que cambiar de categoría, a una menor o una mayor. El resto no necesita hacer nada. Para esto, hay que considerar la facturación de los últimos 12 meses.

Las personas que tienen menos de 6 meses de inscripción en el Monotributo no tienen que recategorizarse y aquellas con una antigüedad de entre 6 y 12 meses deben anualizar su facturación y ver en qué categoría tienen que estar.

Hay que tener en cuenta que el fisco tiene la facultad de realizar la recategorización de oficio (en forma compulsiva) si uno no la hace en forma voluntaria. En este caso, luego hay que pagar la diferencia por los impuestos que no se abonaron en los períodos que correspondía.

Además, recordá que, con la factura electrónica, la Afip tiene toda la información de los ingresos de los contribuyentes y el control es automático .

¿Cómo sé si cambio de categoría?

Para esto hay que ver los parámetros de cada escalón de los 12 meses anteriores al vencimiento. La principal variable a considerar es la facturación. Para el vencimiento de julio de 2023 hay que tomar los ingresos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y cotejarlo con la nueva tabla.

¿Cómo sé cuánto facturé? Algunas formas fáciles de ver la facturación (siempre que se hubieran emitido factura electrónica) es con la herramienta de Afip «Nuestra Parte». En el servicio «Comprobantes en Línea» también se pueden ver uno a uno los comprobantes emitidos.

Usá nuestra calculadora para ver en qué categoría te corresponde estar:

La cuota que corresponde a la nueva categoría se paga desde el mes siguiente, en este caso, desde febrero de 2024.

En caso de que estés en alguna provincia con el Monotributo Unificado, la recategorización tendrá efecto para todos los impuestos, incluidos los provinciales y municipales, si corresponde.

Cómo es el trámite

Mirá el video tutorial con el paso a paso de la recategorización:


Los pasos son los siguientes:

1-Ingresar al sitio web de Afip con clave fiscal.

En la nueva versión de la web, una vez que se ingresa, aparece un aviso del vencimiento de la recategorización y un link para realizar el trámite. Si esto no aparece, hay que entrar en la pestaña “Servicios” y, después en el servicio «Monotributo». 

En esta sección hay dos caminos para llegar a la Recategorización.

El primero, en el listado de servicios adheridos, ingresando en “Monotributo”.

La segunda, ingresando (también entre los servicios listados) en “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”, ítem “Monotributo”.

Si no están a la vista, el servicio se adhiere ingresando en la solapa “Servicios Administrativos con Clave Fiscal” a la opción “Administrador de Relaciones con Clave Fiscal”.

2-Al hacer clic en  “Recategorización”, el sistema muestra los datos que la Afip conoce, incluyendo los parámetros de la categoría actual. Tené en cuenta los montos de facturas electrónicas emitidas.

Hacé clic en “Continuar recategorización”.

3-Ingresar los datos que piden: ingresos brutos anuales (de los 12 meses previos), superficie afectada a la actividad, alquileres pagados, energía eléctrica consumida y precio unitario de venta (si no se venden productos, ingresar 0). Los parámetros que no correspondan tomar para una actividad se llenan con 0 (cero).

Al continuar, en las jurisdicciones del Monotributo Unificado, consulta si se realiza la actividad en más de una provincia. Al poner “No”, se asignan los valores de Ingresos Brutos e Impuesto Municipal (de corresponder).

4- El sistema asigna la categoría e informa el monto a pagar desde el mes siguiente (Agosto), al confirmar no se puede modificar.

5-Imprimí o descargá la nueva credencial de pago.

Accedé a una Guía Paso a Paso de la recategorización.

Mirá en esta nota cuáles son los Montos a pagar por mes de cada categoría.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

25 respuestas a “Monotributo: las claves de la recategorización semestral, que se prorrogó a febrero 2024”

  1. Antonella Rut dice:

    Hola buenos días Paula, te comento mi situación.

    No logre hacer la recategorizacion antes del 20 de julio, estuve leyendo que afip se puede contactar notificando sobre la recategorizacion de oficio.

    Luego de esa notificación hay un plazo de 15 días para aceptarla y recategorizarse voluntariamente y disminuir al 50 % la multa.
    Pero si se recategoriza uno voluntariamente antes de la notificación, queda exento de la multa.

    Usted me podría decir como funciona eso, y como puedo recategorizarme voluntariamente antes de la notificación de oficio.

    Por favor agradecería mucho su ayuda, saludos!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La recategorización ya no se puede hacer porque pasó la fecha.
      En estos momentos no se están haciendo eexclusiones de oficio (entiendo que tampoco recategorizaciones).
      Lo mejor sería tratar de hacer una modificación de datos, aunque me comentaron que no lo está permitiendo el sistema. Es posible porque sea en julio el mes de la recategorización. Habría que probar en agosto si permite modificar datos de ingresos y el sistema te reasigna la categoría.

  2. Antonella Rut dice:

    Hola Paula buenas tardes te escribo pidiéndote por favor me ayudes.
    La situación es la siguiente:
    Debía hacer la recategorizacion del monotributo pero no logre llegar con el tiempo (20 de julio),

    Estuve googleando que ahora afip puede hacerte la recategorizacion de oficio, pude ver como la afip calcula la nueva categorizacion de oficio .

    Ademas leí sobre una apelación que uno como monotributista puede hacer, también leí sobre que luego de ser informado de la recategorizacion de oficio hay un lapso de 10 días para recategorizarse voluntariamente y así disminuir la multa.

    Me podrías ayudar a saber bien que pasos debo tomar, ya que leo mucho pero no logro entender bien, no tengo conocimientos técnicos económicos.
    Te dejo mi correo electrónico ( [email protected]) espero me puedas ayudar, estaría muy agradecida a usted.

    Saludos!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Fijate si podés hacer la modificación de datos con el nivel de facturación actual. En ese caso, el sistema de cambia de categoría (en julio no se podía, pero estimo que es porque estaba la recategorización vigente, pero deberías ver ahora).

  3. Alejandro dice:

    Ahora ya no se puede recategorizar. dice el siguiente mensaje:

    Modificación de categoría

    Durante la fecha en que se efectúa el proceso de recategorización de oficio, no podés modificar tu categoría.

    Si deseás modificar datos relacionados a la jubilacióy obra social, tendrás que ingresar parámetros para mantener tu categoría actual: C LOCACIONES DE SERVICIO.

  4. Sandra dice:

    Buenas noches Paula, estoy intentando recategorizarme no tengo la opción, entré por Registro unico tributario y me dice actualizar domicilios;
    Tenés que asignarle a tus domicilios, un tipo de domicilio provincial. Para poder continuar, completá los que faltan.
    Elegí un tipo de domicilio FISCAL PCIAL/JURISDICCIÓN SEDE
    Tanto mi domicilio Fiscal y Real son el mismo figuran como Tipo domicilio Provincial, pero vivo en CABA.
    Perdón pero no entiendo que debo colocar.

    • Paula Martinez dice:

      Poné en todo el mismo domicilio si no tenés tu actividad en otro lado.
      La recategorización venció el 20/7 ya no se puede hacer.
      Sí podrías hacer una modificación de datos.

  5. Juan dice:

    Hola! Se me pasó la recategorización y debí hacerla? Cómo puedo modificar mi categoría para pagar correctamente? Gracias!!! Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Podés hacer una modificación de datos: https://youtu.be/0JRo9XKAEw8

      • Alejandro dice:

        Hola. Quise hacer eso que comenta: hacer modificacion de datos: pero ya no esta disponible. tampoco se pude. que macana. yo tambien no pude hacerla en tiempo y forma. Estuve sin internet en donde vivo. No teniamos ni señal de telefono

        • Paula Martinez dice:

          Esperá hasta el próximo mes e intentá modificar datos.

  6. ANALIA dice:

    BUENAS NOCHES, EN MI CASO VENDO ARTICULOS DE INFORMATICA QUE CON EL VALOR DEL DOLAR ACTUAL SE VAN A LAS NUBES, TANTO MIS VENTAS COMO MIS COMPRAS, PERO NO ASI MI GANANCIA, SI TOMO EN CUENTA ESOS DATOS SUBO A MENOS DOS CATEGORIAS, HAY ALGO QUE ME RESPALDE?

    • Paula Martinez dice:

      Es así. La categoría se toma en función de la facturación (no se descuentan gastos).

  7. carlos alberto palacios dice:

    buenos dias , te consulto si me facturacion de estos 6 meses fue mucho menor al limite maximo de mi categoria pero deseo conservar mi categoria de monotributo . debo recategorizarme a una menor obligatoriamente ? o no debo hacer nada y conservo mi categoria actual ?

    • Paula Martinez dice:

      En ese caso, no tenés que hacer nada (la Afip no te va a recategorizar de oficio a un escalón más bajo, al menos, no creo).

  8. Romina Diaz dice:

    Buenas Tardes, Consulta, el 20 de Julio se vence la recategorizacion del Monotributo, el tema es que toma desde el periodo junio 2019 al 30 de junio 2020 y en estos 6 meces no facturamos, pero me estan informando que si o si tengo que recategorizarme, y la diferencia de dinero entre una categoria y otra es de 1100 pesos(D a la E) y no creemos poder pagarlo, osea me recategorizan para endeudarme… nos podemos quedar en la categoria Actual si el EXCEDENTE no es muy grande. y si e afip me cambia automaticamente tenenos alguna multa?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Si te pasás de la facturación anual, te tenés que recategorizar sí o sí.

  9. satoru dice:

    que monto deberia poner si en el periodo 2019-2020 no realice facturacion? 0 no me deja dice que tiene que ser mayor a 0

    • Paula Martinez dice:

      Poné 1.
      Te sugiero que, si no facturás, te des de baja en el Monotributo.

  10. vicente dice:

    Hola.
    Queria consultarte lo siguiente, en el año 2019 por primera vez me empezaron a descontar ganancias, mis ingresos brutos del 2019 fueron inferiores a 1.500.000, el 18/05/2020 mi unico empleador me dio el formulario 1357 y me quedaba un saldo a abonar a favor de la afip de 2.193,00 pesos. Me descontaron ,ese mismo importe, en el recibo de sueldo de junio 2020. Dejando el saldo en 0 el periodo 2019. (me descontaron ese importe del 2019, ademas del descuento normal del mes correspondiente al 2020)
    Tengo que presentar algo mas? tengo que hacer la declaracion de ganancias 711?.O con ese descuento que me hicieron y quedando en 0 doy cerrado el periodo 2019.
    Muchas gracias por tu respuesta.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si tu empleador te retuvo todo lo que debías de Ganancias no tenés que presentar nada. Si te queda todavía un saldo en contra, te lo debería retener los próximos meses en tu recibo.
      De todos modos, si te queda alguna duda, te sugiero que hagas ver todas las liquidaciones de tu empleador con un contador de tu confianza. Un saludo,

  11. Paola dice:

    Hola una pregunta.Yo soy categoría A ¿Es verdad q no tengo que pagar nada? Me siento confundida…

  12. Dante dice:

    hola!
    hoy descubri su sitio web, me sirve de mucha ayuda!
    muchas gracias!

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