Trabajadores: quiénes tienen que informar Bienes Personales en 2026

La declaración informativa la deben presentar quienes no tienen que pagar pero superan un piso de sueldo anual. Montos y vencimientos en 2026.
afip web 4

Aunque una persona no esté inscripta ni tenga que pagar el impuesto sobre los Bienes Personales, igual tiene que cumplir con la presentación de una declaración jurada informativa anual en determinados casos.

Esta declaración es una obligación formal que la ex AFIP (hoy ARCA) prevé para quienes superen un monto mínimo de ingresos pero que no sean contribuyentes del impuesto.

Para el período fiscal 2025 están obligados con esta presentación quienes tuvieron ingresos brutos anuales de $ 197.963.134,52 el año pasado.

Vencimientos. En 2026, por la declaración informativa de 2025 la fecha de presentación es hasta el 30 de junio.

¿Sabés qué impuestos pagan tus inversiones ? 👉 Dejanos tus datos acá y recibí sin cargo la «Guía de Impuestos e inversiones de Argentina».

Quiénes presentan la declaración informativa

La declaración informativa es para quienes no están inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales y el saldo de la presentación da $ 0 (cero) , es decir, no tiene monto a pagar ni a favor.

Quienes cumplan esta obligación no tienen que darse de alta en el impuesto.

Desde hace un par de años, se eliminó la declaración informativa del Impuesto a las Ganancias y sólo quedó la de Bienes Personales.

Quienes adhirieron al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) no tienen que presentar ninguna declaración jurada (ni la habitual ni la informativa) para los períodos fiscales 2024 a 2027.

En la Comunidad Mi Presupuesto analizamos los temas impositivos en encuentros virtuales con consultas. Sumate ACÁ para participar del próximo encuentro el 21 de mayo de 2026.

¿Cómo saber cuál fue el ingreso total del año anterior?

Para llegar a los $ 196.963.134,52 de ingresos, se contemplan lo que se cobra por las siguientes actividades:

  • Cargos públicos.
  • Sueldos por el trabajo en relación de dependencia (por todo concepto).
  • Jubilaciones y pensiones.
  • Retiros o subsidios sujetos al pago de Ganancias.
  • Trabajo personal de socios de cooperativas de trabajo.
  • Monotributo.
  • Rentas financieras alcanzadas por el impuesto cedular.
  • Rentas exentas, no alcanzadas o no computables en Ganancias.

Para saber cuál es el monto cobrado por relación de dependencia en el año anterior, hay que consultar el flamante formulario 1357 o 1359 (Liquidación anual del Impuesto a las Ganancias) que se descarga desde el sitio web de la ARCA, con clave fiscal.

Hay que ingresar al servicio Siradig Trabajador (el mismo que se utiliza para informar las deducciones al empleador) y en el menú encontrarás la opción «Consulta de Liquidacion F . 1359», desde donde se puede descargar.

Distintas situaciones

– Ingresos brutos anuales inferiores a $ 196.963.134,52 millones (en 2025). En este caso no corresponde presentar declaración informativa salvo que esté inscripto en alguno de ellos o tenga un saldo a pagar o a favor.

– Ingresos brutos anuales superiores a $ 196.963.134,52 (en 2025). En este caso se debe presentar la declaración informativa de Bienes Personales salvo que esté inscripto o tenga un saldo a favor o en contra.

– Patrimonio superior a $ 384.728.044,57 (al 31 de diciembre de 2025). Cualquiera sea su nivel de ingresos, quienes tengan bienes (valuados según lo establecido por la ARCA) por encima del mínimo exento, tienen que inscribirse y tributar el impuesto a los Bienes Personales (ver “Quiénes tienen que pagar Bienes Personales en 2026”). En este caso, la declaración jurada que deben presentar ya no es informativa, sino determinativa (determina el impuesto) y el vencimiento es diferente. Si se presenta luego, se deben pagar intereses por el atraso.

– Saldo a pagar o a favor. Si de la declaración jurada surge que un trabajador tienen que abonar al fisco por Bienes Personales o le queda un saldo a favor, deberá inscribirse en el impuesto, presentar la declaración jurada determinativa y cumplir con los vencimientos generales.

– Personas inscriptas. Quienes se dieron de alta en el impuesto en años anteriores, independientemente de si tienen saldo a favor o su nivel de remuneración, igual tienen que presentar la declaración jurada en los vencimientos generales.

– REIBP. Quienes adhirieron el año pasado al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) no tienen que presentar declaración jurada informativa para los períodos fiscales 2024 a 2027, inclusive.

¿Cuándo son los vencimientos?

En 2026, el cronograma anual es el siguiente:

Presentación declaración jurada 2025. El 11, 12 y 16 de junio 2026, según terminación de CUIT.

Pago del saldo de 2025 . El 12, 16 y 17 de junio (al día siguiente del vencimiento de la DDJJ).

Declaración informativa 2025 (con saldo cero). 30 de junio de 2026. 

Consultá con tu contador para que te asesore en la presentación de las declaraciones juradas. 

 

¿Te resulta útil este contenido? Apoyá mi trabajo para seguir creando y compartiendo más recursos como este.

Compartir:

WhatsApp
Facebook
X
LinkedIn
Email

Contenido relacionado:

163 respuestas

  1. ¿Para el período fiscal 2024, se conocen los ingresos brutos anuales para empezar a estar obligados con esta presentación? ¿se utiliza el coeficiente de actualización RIPTE ? Gracias.

    1. Hola.
      Este mínimo lo suele difundir la ex AFip cerca del vencimiento, a mediados de año.

  2. Hola buen día, quisiera consultar que sucede si NO presenté las DDJJ informativas de Gcias.
    Según mi SiradigTrabajador tengo 2 formularios 1357 periodos 2019 y 2020. Puedos hacerlas aún? por lo que ya esta vencido el tiempo de presentación…
    y que sucede si no las presento a las DDJJ informativas (dado que mi saldo a pagar es 0)

    1. Hola.
      Los formularios 1357 son la liquidación final de tu empleador de cada uno de esos años.
      Si no presentás la Declaración informativa correspondería una multa por motivos formales (es muy poco dinero, en realidad). Se pueden presentar después del plazo.

  3. si una persona esta inscripta en ganancias (de hace muchos años) pero hoy en dia solo tiene ingresos por jubilacion por menos de 2mill en 2019, deberia dar de baja en ganancias y ni siquiera presentar la informativa el año que viene? (si es que no supera el minimo para informar en 2020)

    1. Tendría que darse de baja en Ganancias, pero debería consultar con un contador para que vea cuál es la situación en la AFIP y si hay algún incumplimiento de presentaciones de años anteriores.

Deja un comentario