Impuestos

Monotributo: las nuevas tablas que rigen desde agosto de 2024

15/07/2024

La AFIP ya publicó los nuevos valores y las cuotas del Monotributo que se modificaron en la ley de medidas fiscales del Congreso. Una buena noticia para los prestadores de servicios. Cómo quedan los valores.

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La AFIP publicó la nueva tabla de categorías del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que incluye cambios muy importantes previstos en la ley de medidas fiscales que aprobó el Congreso en junio.

Los nuevos valores se aplicarán a partir del 1 agosto de 2024 y deberán tomarse como parámetros para recategorización semestral que ya se habilitó y vence el 2 de agosto.

Además de incrementar el tope de facturación de cada categoría, el precio máximo de los bienes y las cuotas mensuales, hay una novedad muy importante para los monotributistas prestadores de servicios ya que se les permite llegar hasta la última categoría, la K, que antes sólo se aplicaba a los comerciantes que venden cosas muebles.

De esta manera, los responsables del Monotributo podrán pasarse a categorías más bajas (para que las cuotas no aumenten tanto) y facturar montos hasta un 300% superiores al vigente para 2024 en la recategorización semestral.

Qué dice la ley sobre el Monotributo

La ley actualiza las escalas de las categorías, el precio máximo unitario de venta (hasta $ 385.000) y los topes máximos para permanecer en régimen simplificado.

Todos los monotributistas podrán facturar hasta $ 68.000.000 al año. Los máximos actuales son de $ 11.916.410,45 para prestadores de servicios y $ 16.957.968,71 en caso de vendedores de bienes. El aumento del tope es muy importante para los servicios porque ahora podrán llegar hasta la última categoría.

Además, quienes renunciaron al Monotributo o fueron dados de baja por haberse pasado de la facturación anterior, ahora podrán reingresar sin esperar 3 años.

Se ajustan, asimismo los aportes correspondientes al impuesto integrado, la obra social y la jubilación.

Cómo quedan las categorías con la nueva ley

Los nuevos topes de cada escalón son los siguientes montos de facturación anual:

Categoría A. Hasta $ 6.450.000 (ahora es $ 2.108.288,01).

Categoría B. Hasta $ 9.450.000 (vigente, $ 3.133.941,6).

Categoría C. Hasta $ 13.250.000 ($ 4.387.518,23).

Categoría D. Hasta $ 16.540.000 ($ 5.449.094,55).

Categoría E. Hasta $ 19.350.000 ($ 6.416.528,72).

Categoría F. Hasta 24.250.000 ($ 8.020.660,9).

Categoría G. Hasta $ 29.000.000 ($ 9.624.793,05).

Categoría H. Hasta $ 44.000.000 ($ 11.916.410,45).

Categoría I. Hasta $ 49.250.000 ($ 13.337.213,22).

Categoría J. Hasta $ 56.400.000 ($ 15.285.088,04).

Categoría K. Hasta $ 68.000.000 ($ 16.957.968,71).

De esta manera, quienes están hoy en las categorías A hasta la E podrían bajar hasta la A; hasta la actual H podrían pasarse a la C; y quienes llegaban hasta la K descender hasta la categoría D.

Cuánto son los montos de las cuotas a pagar

Las modificaciones incluyen también nuevos montos del impuesto integrado, de la obra social y el aporte jubilatorio.

Obra social. Desde el año pasado, en lugar de ser un único valor para todos los monotributistas, los montos son iguales hasta la categoría C y suben a partir de la categoría D.

Desde enero de 2024, el componente para la obra social comenzaba en $ 6.457,26 para las categorías A, B, y C y luego va aumentando hasta llegar a $ 22.155,77 para la categoría K.

Desde el vencimiento de agosto se aumenta y empieza en $ 13.800 hasta la categoría C. En la D pasa a $ 16.400 y luego va subiendo hasta llegar a $ 47.200 para el último escalón.

Jubilación. El aporte previsional, que en la primera mitad de 2024 oscilaba entre $ 4.623,27 y $ 11.991,57 para la última categoría, ahora comenzará en $ 9.800 y luego va subiendo hasta la G.

Impuesto integrado. Los montos (que reemplazan a los impuestos a las Ganancias e IVA), en el primer semestre de 2024, iban desde $ 1.047,86 para la categoría A (en ambas actividades) hasta $ 43.150,91 para el último escalón (H) del prestador de servicios o $ 72.817,31 para la categoría K de quienes venden cosas muebles.

Para los últimos 5 meses de 2024, la parte del impuesto estará entre $ 3.000 (A) y $ 735.000 (K) para los prestadores de servicio y entre $ 3.000 (A) y $ 245.000 (K) para el comercio.

Estos montos no incluyen el Impuesto Provincial ni las tasas municipales en las provincias que está el Monotributo Unificado.

Consultá nuestra calculadora del Monotributo para ver qué categoría te corresponde según la tabla vigente y cuánto deberás pagar.

Otros parámetros

 Además de los topes de facturación por categoría, el proyecto incrementa el precio máximo unitario en caso de vendedores de bienes, del anterior $ 180.589,67 a $ 385.000 -.

Además, se actualizan los montos máximos de alquileres a pagar hasta $ 1.050.000 al año para la categoría A, aumentando hasta llegar a $ 4.500.000 en los últimos escalones.

Bonificación. La ley autoriza al Poder Ejecutivo a bonificar hasta el 20% del impuesto integrado anual para los monotributistas que cumplan con determinada modalidad de pago y cumplan en tiempo y forma. Hoy se bonifica un mes del impuesto integrado, en caso de débito automático.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

2 respuestas a “Monotributo: las nuevas tablas que rigen desde agosto de 2024”

  1. Dario Arias dice:

    Buenas tardes, soy miembro de Mi presup fliar y tenia una duda respecto a la recategorizacion de mi esposa.Me pueden dar una mano?
    Inicio de activ: 01/01/2024
    Activ: Prestac de servicios (Lic Psicopedag)
    Categ actual A
    Facturacion desde el Enero a Jun $ 3.258.998,93.-
    1- Corresponde recategorizarce?.
    2- Si corresponde permanecer en la A, debe recategorizarce o no es necesario?.
    3- Los ingr anualiz serian ($3.258.998,93/6)x12= $6.517.997,86. Es correcto el calculo?Corresponde Categ B?
    M.Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Darío.
      Esa facturación se debe anualizar, y se pasa por muy poco para la categoría A. Por lo tanto, debería anotarse en la cat. b.
      Si se mantuviera en la misma no tendría que hacer nada.
      Para otra duda, los miembros de la COmunidad Mi Presupuesto se pueden comunicar por correo o whatsapp.
      Slds.

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