Las empresas de medicina privada deben cumplir con las prestaciones médicas obligatorias dispuestas por ley. De por medio existe un contrato entre la empresa y el afiliado con condiciones que ambas partes deben cumplir.
En esta nota te vamos a contar cuáles son las obligaciones de las prepagas y cómo hacer un reclamo en caso de incumplimiento.
El listado de esas prestaciones se puede consultar en el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud.
No hay plazo de espera. La empresa no puede alegar el período de carencia o espera para negar cualquier prestación que se encuentre incluida en el PMO. Es decir, desde el momento que te afiliás, podés hacer uso de la prepaga.
Aportes. Para el caso de convenio existente, el empleador al hacer aportes a la obra social debe controlar que efectivamente hayan sido derivados a la empresa de medicina prepaga. Los empleados también pueden corroborar esta información.
El período de cobertura rige siempre y cuando se haya gestionado y obtenido el seguro de desempleo en Anses.
Si tu obra social o prepaga se niega afiliar a un familiar, a darte cobertura en medicamentos, por discapacidad, etcétera, o lo hace de modo irregular (incumpliendo con el Plan Médico Obligatorio, el Plan Materno Infantil o con reintegros establecidos), podés iniciar un reclamo formal.
El trámite lo hacés como afiliado titular en la sede central de la obra social o en la Superintendencia de Servicios de Salud.
En cualquiera de los dos casos, debés llenar un formulario de reclamo a obra social o prepaga, que está disponible en el sitio oficial del Gobierno nacional.
Por: comunidadpresupu-admin
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Mi prepaga me informó el 29/01 que a partir del 01/02 dejaba de tener convenio con la institución donde me realicé una intervención quirúrgica de la cual aún no tengo el alta y estoy con rehabilitación. Cómo debo proceder?
Hola.
Averiguá a la superintendencia de Servicios de salud. https://www.argentina.gob.ar/sssalud