Emprendedores

Servicios al exterior: cómo es el nuevo régimen para cobrar y mantener los dólares

06/06/2022

Es un sistema especial para no tener que liquidar divisas al tipo de cambio oficial por las exportaciones de servicios. Las personas físicas tendrán un tope de U$S 12.000 al año y las empresas deberán destinarlos al pago de remuneraciones con ciertos límites.

El Banco Central (BCRA) puso en marcha en junio de 2022 un nuevo régimen excepcional que permite a los exportadores de servicios, con algunos límites, no tener que liquidar las divisas en el mercado oficial al tipo de cambio mayorista.

La medida es retroactiva al 1 de enero de este año y venía siendo reclamada hace tiempo por el sector de la economía del conocimiento ya que la brecha cambiaria estaba generando una “fuga de talentos” de empleados que trabajan directamente para el exterior desde Argentina.  

Ahora, con este sistema, el Gobierno flexibiliza la obligación de liquidar las divisas que tienen todos quienes exportan al exterior. Así, parte de esa facturación se podrá recibir en cuentas bancarias en dólares y mantener en moneda estadounidense sin necesidad de transformarlos a pesos argentinos al tipo de cambio oficial. En junio, este último ronda los $ 120 mientras que el dólar financiero supera los $ 205.

Cómo funciona

Las disposiciones de implementaron a través de la Comunicación A7518 del Banco Central. Esta norma prevé dos situaciones diferentes y diversas restricciones: una para individuos y otra para empresas.

Las personas físicas podrán cobrar hasta U$S 12.000 por año en cuentas en dólares por la prestación de servicios al exterior. Como la medida es retroactiva al 1 de enero de 2022, ese cupo se puede usar para todo el año (equivale a U$S 1.000 promedio por mes).

Cabe aclarar que es dinero que debe estar debidamente declarado a la AFIP y facturado según la normativa ya que es la forma en que habrá que justificar su ingreso en la cuenta bancaria del titular.

El monto que exceda ese límite anual deberá ser ingresado al país y cambiado en pesos según la normativa general.  

Requisito. Una traba que tendrán quienes utilicen este sistema excepcional de exportación de servicios manteniendo dólares es que no tienen que haber comprado dólares en la Bolsa (dólar MEP o contado con liquidación, CCL) en los 90 días anteriores y tampoco podrán hacer en los 90 días siguientes.

Esto implica que los dólares que reciban no podrán transformarlos a pesos a través del mercado formal dentro de los tres meses siguientes.

Empresas

La normativa del Banco Central también flexibiliza el ingreso de divisas para que las empresas que exportan servicios puedan pagar los sueldos de sus empleados en dólares (en lugar de cambiarlas a pesos y abonarles en moneda nacional).

En este caso, los bancos emitirán una “certificación de aumento de ingresos por cobros de exportaciones de servicios en 2022” que permitirá a las compañías mantener un porcentaje de las ventas externas en dólares.

Este certificado será el equivalente al menor entre el 50% del aumento de las exportaciones de servicios en el acumulado en 2022 respecto de todo 2021 y el 20% de las remuneraciones brutas de lo que resta de 2022 (se toma la nómina salarial del mes y se la multiplica por los meses que faltan del año).

Como requisito, las empresas tienen que haber cumplido con el ingreso y la liquidación de divisas por las exportaciones de servicios y tienen que destinar esos dólares al pago de los salarios.

Tampoco se les permite adquirir dólares a través del sistema financiero (dólar MEP o dólar CCL).  

Rubros incluidos

Este régimen se aplica a exportaciones dentro de 16 categorías que incluye a profesiones como programadores, médicos, contadores, comunicadores, publicistas, investigadores, arquitectos, servicios audiovisuales y culturales, y abogados, entre otras.

Se aplican a los siguientes conceptos exportados:  

  • Mantenimiento y reparaciones 
  • Servicios de construcción  
  • Servicios de telecomunicaciones 
  • Servicios de informática 
  • Servicios de información 
  • Cargos por el uso de la propiedad intelectual 
  • Servicios de investigación y desarrollo 
  • Servicios jurídicos, contables y gerenciales 
  • Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública 
  • Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos 
  • Servicios relacionados con el comercio 
  • Otros servicios empresariales 
  • Servicios audiovisuales y conexos 
  • Otros servicios personales, culturales y recreativos 
  • Otros servicios de salud. 

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Por: Paula Martinez

Comentarios

2 respuestas a “Servicios al exterior: cómo es el nuevo régimen para cobrar y mantener los dólares”

  1. diegoangerosa dice:

    Que paso si cuando llego al tope de los 12.000 anuales. En lugar de que me paguen a un banco en Argentina, elijo que me paguen en un banco del exterior (dukasCopy – Suiza) y tengo ese excedente en dolares en esa cuenta del exterior. En enero 2024 cuando se renueve el tope puedo volver a ingresar los dolares a mi cuenta de Argentina?
    Obviamente la cuenta del exterior declarada y los pagos facturados, todo legal…
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si está todo declarado, los ingresos por exportacion de servicios que superen los 12 mil dólares anuales hay que ingresarlos al mercado de cambios oficial.

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