A partir del vencimiento del 10 de febrero de 2025 sube el monto a pagar por los aportes a la ARCA (ex AFIP) del régimen de servicio doméstico.
Hay que recordar que esos aportes tienen 3 componentes: obra social (aporte del trabajador), jubilación (contribución patronal) y ART.
Desde este año, los dos primeros se actualizan en función de la suba de los aportes del Monotributo, 2 veces al año: en febrero (período enero) y en agosto (período julio).
Hasta el año pasado, la obra social y la jubilación subían solo en febrero y se mantenían, pero desde 2025, habrá dos actualizaciones.
El tercer componente, la ART es un porcentaje del salario mínimo por lo que sube cuando hay aumento de sueldo y también cuando la Superintendencia de Riesgos del Trabajo ajusta el monto fijo.
De esta manera, los aportes obligatorios corrrespondientes al régimen de casas particulares tienen tres componentes que se actualizan según distintos parámetros.
El monto destinado a la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es una proporción del sueldo, mientras que el monto destinado a la obra social (aporte del trabajador) y a la jubilación (contribución patronal) se incrementan dos veces al año acompañando el Monotributo.
Obra social. Desde el vencimiento de febrero de 2025 hasta julio de 2025 el monto que deben ingresar las empleadas domésticas para tener la cobertura mensual de la obra social es de $ 16.716,32 (en 2024 fue de $ 6.457,26, el mismo valor de la cobertura de salud de las categorías más bajas del Monotributo.
El mismo monto se debe ingresar por cada integrante del grupo familiar que se quiera afiliar al servicio de salud, a través del pago de aportes voluntarios.
Jubilación. El aporte previsional completo para el primer semestre de 2025 es de $ 1.384,95 (en 2024 fue de $ 539,38). Es el monto que se debe completar para que la empleada pueda contar ese mes como período aportado para su jubilación futura.
En estos dos rubros, si el trabajador no llega a las 16 horas semanales y el aporte obligatorio es más bajo, puede sumar los aportes de varios empleadores con menos de 16 horas semanales para tratar de completar el monto mínimo mensual.
Si tampoco llega así, la diferencia, se abona a través de aportes voluntarios con el Formulario 575/RT o a través de un volante electrónico de pago – VEP.
Estos dos componentes (obra social y jubilación) no variarán durante el primer semestre de 2025 Es decir, los aportes voluntarios por la diferencia se mantendrán hasta el vencimiento de agosto.
ART. Por el contrario, el monto mensual que se destina a la cobertura de riesgos del trabajo es un porcentaje del sueldo mínimo de la categoría 5, con retiro, para tareas generales. Por esta razón, aumenta junto con el sueldo. También hay un incremento de los montos fijos que define la Superintendencia.
La parte de la ART se paga en el mes en curso, mientras que la cobertura jubilatoria y la de salud son a mes vencido. Por eso, el mes que suben las remuneraciones, también se incrementa la cuota a la ART.
Casos especiales. Los trabajadores jubilados no pagan el componente de la obra social. En tanto, los menores de edad (de 16 o 17 años) no abonan el aporte jubilatorio.
Para el vencimiento del 10 de febrero de 2025 (correspondiente al período enero), el aporte obligatorio total mensual a la ARCA es de $ 28.688,55 para más de 16 horas semanales., con un aumento del 64,52% respecto a los $ 17.437,92 de enero.
En este cuadro se puede ver el detalle según la cantidad de horas trabajadas:
Así queda el aporte total obligatorio, con los tres componentes (según la fecha de vencimiento):
-Enero 2025 (período diciembre): $ 17.437,92
-Febrero 2025 (período enero): $ 28.688,55.
El pago mensual del aporte obligatorio vence los días 10 de cada mes. El aporte voluntario (diferencia o cobertura de grupo familiar) se paga hasta los días 15.
Se puede abonar con un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP o en forma manual a través del Formulario 102/RT .
Por: Paula Martinez
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