El Gobierno relanzó el programa de Crédito a Tasa Cero que estuvo vigente en 2020, en este caso, solo para monotributistas con características similares y el mismo monto máximo (pese a la inflación de los últimos meses) de $ 150.000.
El plazo para devolver son 18 meses (6 de gracia y 12 cuotas) y quienes accedan a este beneficio no podrán comprar los 200 dólares en el mercado oficial ni acceder al dólar MEP (en la Bolsa).
Luego de publicados el decreto y las normas reglamentarias del Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el trámite ya fue habilitado.
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A continuación tratamos de responder las principales incógnitas.
Es un crédito subsidiado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, que tiene un período de gracia y un plazo total de 18 meses, sin interés.
Estará habilitado para todos los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Monotributo, sin importar la categoría, siempre y cuando cumplan los requisitos y no estén dentro de las causales de exclusión.
Deben ser monotributistas “puros”, es decir, no tener, además, ingresos en relación de dependencia ni por jubilación.
No exactamente. En la edición del año pasado, también se incluía a los autónomos, pero en esta ocasión no está previsto.
En el caso de los monotributistas, las limitaciones son similares pero tiene algunas restricciones.
El máximo del préstamo es de $ 150.000 pero depende de la categoría del monotributista.
Será el escalón que tenga el monotributista antes de la recategorización. Es decir, la categoría que tenían vigente al 30 de junio de 2021.
La AFIP habilitará en su página web, ingresando con clave fiscal, la herramienta “Crédito Tasa Cero”. Allí podrá ver si puede acceder y cuál es el monto que le corresponde.
Se debe seleccionar el banco donde tengan una tarjeta de crédito. Si no tienen tarjeta de crédito, deben indicar la entidad financiera donde operan habitualmente para que se emita una.
Todavía no se definió. La AFIP dijo que habilitará la herramienta a fin de agosto.
Plazos (NUEVO). El crédito se puede tramitar hasta el 31 de diciembre de 2021 en la página de AFIP y solicitarlo en los bancos hasta el 20 de enero de 2022.
El banco acreditará el dinero de una sola vez en la tarjeta de crédito y el beneficiario podrá utilizarlo desde allí.
El monotributista tendrá 6 meses de gracia y, luego de ese plazo, comenzará a devolver el dinero en 12 cuotas iguales y consecutivas. La cuota estará incluida en el resumen de la tarjeta de crédito y se abonará junto con el resto de los consumos de ese mes.
Sí, se puede.
En caso de que tengan incumplimientos por mora en el pago de cuotas, este nuevo crédito debe destinarse a cancelar, en primer lugar, el monto adeudado y, si queda saldo lo podrán utilizar.
Hay una excepción: si en la primera edición el banco inició la ejecución de la garantía del fondo estatal Fogar (por falta de pago), el monotributista no podrá acceder a este Crédito 2021.
En el decreto 512/2021 no se establece ninguna limitación. Sin embargo, aún no fueron publicadas las directivas del Ministerio de Desarrollo Productivo, que está habilitado para fijar las condiciones de acceso a este programa.
En la edición 2020, se permitió que el mismo beneficiario recibiera el Crédito a Tasa Cero y cobrara el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
Los monotributistas deben cumplir todas las siguientes condiciones:
El año pasado se pedía que no hubiera variación positiva en el último año porque estaba pensado para los afectados por las restricciones de actividad. Para 2021, en un principio sí se establecieron requisitos de facturación pero estos se eliminaron a partir del 5 de octubre.
El Ministerio de Trabajo definió en la Resolución 503/2021 que:
Todo esto fue dejado sin efecto mediante la Resolución 626/2021 (publicada el 4 de octubre).
A partir del 5 de octubre, la Res. 626 señala que no serán elegibles para el créditos los monotributistas que hubieran aumentado la categoría del Monotributo respecto de la que tenían al 30 de junio de 2021.
Los monotributistas beneficiados no podrán, hasta que no cancelen todo el crédito (a los 18 meses o antes, si así lo deciden):
Por: comunidadpresupu-admin
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¡Agradecidísimo, Paula, por ofrecer este espacio con tanta información útil y práctica, y encima con esta posibilidad de poder comentar/preguntar aquí abiertamente! Admiro y aprecio mucho tu trabajo, de verdad.
Ésta vez vengo con la duda de si podré usar la tarjeta a la que asocié el tasa cero para comprar criptomoneda en una plataforma de exchange. Me genera duda anta la limitiación para comprar dólar.
Gracias por el comentario Aníbal!
Qué bueno que te sea útil lo que ofrecemos!
Sobre tu consulta, la mayoría de las plataformas exchange no permiten comprar cripto con tarjeta de crédito. Sí podés con una cuenta bancaria (donde ya tengas un saldo en pesos). Se decidió eso para no violar algunas regulaciones del BCRA. La verdad que no sé si hay algún cambio con esto, pero no creo porque las restricciones son las mismas desde 2020.
Slds.