El Gobierno publicó los decretos que elevan el mínimo para que las personas empleadas empiecen a pagar el Impuesto a las Ganancias a $ 700.875 de sueldo bruto desde agosto y que suben los topes de la escala de alícuotas en un 38,5%.
De esta manera, se incrementa el monto de sueldo bruto exento hasta $ 700.875 respecto a los $ 506.230 de remuneración mensual vigente entre mayo y julio y a los $ 404.062 que se aplicaron en el primer cuatrimestre de 2023.
Los nuevos valores se plasmaron en el Decreto 414/2023, publicado en el viernes previo a las PASO en el Boletín Oficial y, además del nuevo tope de sueldo exento se agrega que a los empleados en relación de dependencia se les aplicará una deducción especial incrementada hasta los salarios brutos mensuales de $ 808.341 (antes, $ 583.851).
Este cambio no es retroactivo, los parámetros se computan recién a partir de agosto.
Sin embargo, hay otro cambio que sí se aplicará desde enero e impactará en todos los empleados (incluso si superan los $ 808.341) y jubilados.
Se trata de la modificación de las escalas de alícuotas progresivas, que van desde el 5% al 35% sobre la base imponible y que se estableció en el Decreto 415/2023.
Los límites de la tabla se ajustan en un 35% desde enero. Como esto modifica el impuesto a pagar desde principios de año, sí habrá una devolución por los montos pagados de más.
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El decreto que modifica las escalas sólo se aplica a las retenciones del Impuesto a las Ganancias en los recibos de haberes que tienen que realizar los empleadores (o Anses o cajas jubilatorias, en caso de los pasivos).
Esas retenciones son pagos a cuenta pero, para que estos cambios se hagan efectivos en la liquidación anual de 2023, es necesario que las modificaciones sean establecidas por una ley del Congreso, no por un decreto.
Por esa razón, en los considerandos de la norma se señala que el Poder Ejecutivo va a enviar un proyecto para modificar la Ley del Impuesto a las Ganancias de manera que la nueva tabla de alícuotas se aplique no sólo a los empleados y jubilados sino también a profesionales y autónomos.
Además, este cambio legislativo permitirá que las nuevas escalas sean tomadas como base para la actualización automática que se realizará en enero de 2024.
Con estos cambios, para calcular lo que tiene que pagar cada asalariado, el empleador deberá ubicar al trabajador en alguno de estos tres tramos.
Esta categorización la debe hacer en cada mes, en forma independiente de los sucedido en meses anteriores. Esto quiere decir, que los empleados pueden ubicarse en escalones distintos a lo largo del año.
Las tres situaciones a partir de agosto son las siguientes:
¿Qué ítems se suman para ver estos límites? Se incluye todo lo que cobre el empleado: incluso conceptos no gravados por Ganancias o cobros en especie.
Se toma la remuneración del mes a liquidar y se lo compara con el promedio mensual del año (hasta el mes de que se trate), el menor.
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El cálculo del Impuesto a las Ganancias parte del ingreso y se le restan las deducciones de ley. Así se obtiene la base imponible, sobre la cual luego se aplicará la tabla de alícuotas progresiva.
Tenemos que recordar que este impuesto tiene diversos tipos de deducciones para la cuarta categoría (ingresos del trabajo personal). Hay unas llamadas deducciones generales (se aplican para todos), como la ganancia no imponible, y la deducción de empleados, autónomos o emprendedores.
A esto hay que sumarle las deducciones especiales (cargas de familia, servicio doméstico, viáticos, gastos, etcétera) que dependen de cada persona y se informan en herramienta Siradig.
En 2021 se agregó una deducción especial para empleados para dejar fuera de la tributación los salarios hasta determinado monto o para que tengan una deducción especial incrementada. Esto es lo que se modificó en junio y noviembre.
En cambio, las deducciones generales, deducciones personales y escala de alícuotas se actualizan automáticamente una vez al año en función de la variación de las remuneraciones a octubre del año anterior.
Ahora, se modificará la escala pero, en principio no se actualizarán el resto de las deducciones.
Por: Paula Martinez
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