Emprendedores

Exportación de servicios: las claves para cobrar con las restricciones

23/09/2019

Las nuevas medidas del Banco Central no permiten cobrar en dólares. Hay que presentar documentación al banco para retirar el dinero en pesos. Qué pasa con las billeteras virtuales.


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Las nuevas medidas del Banco Central no permiten cobrar en dólares. Hay que presentar documentación al banco para retirar el dinero en pesos. Qué pasa con las billeteras virtuales.

A partir de las medidas de control de cambios y restricciones en la compra de dólares los argentinos se vieron afectados en numerosas operaciones. Una de ellas es el cobro de la exportación de servicios, profesionales y de todo tipo, al exterior.

ATENCIÓN! El miércoles 2 de diciembre de 2020 tendremos un encuentro exclusivo para miembros de la Comunidad Mi Presupuesto para analizar «Cómo cobrar un servicio del exterior».

La norma del Banco Central (BCRA), del 1 de septiembre de 2019, establece que esos cobros “deberán ser ingresados y liquidados en el mercado local de cambios en un plazo no mayor a los 5  días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior”.

¿Qué quiere decir esto?

Que quien presta un servicio fuera de Argentina, a partir de que recibe el pago en dólares en una cuenta bancaria, tiene 5 días para ingresarlo al país (no puede dejarlo en una cuenta del exterior) y para pasarlo a pesos (eso implica liquidarlo en el mercado de cambios).

En otras palabras, no puede dejarlo en una cuenta en dólares ni retirar billetes “verdes”.

¿A quiénes afecta?

A todos quienes venden servicios al exterior, sean personas jurídicas o individuos. Es indistinta su situación fiscal: pueden ser responsables inscriptos en IVA o monotributistas.

Además, no hay un monto mínimo para quedar alcanzado por la obligación.

Cómo cobrar

Por otra parte, a partir de ahora quienes quieran retirar su dinero (en pesos, como ya dijimos) tienen que hacer un trámite presencial en el banco, no lo pueden hacer en forma automática ni por Homebanking.

El paso a paso es el siguiente:

  • El banco notifica al exportador de servicios cuando se recibe una transferencia desde el exterior.
  • El titular tiene que ir a su sucursal y presentar la factura E (de exportación) dentro de los 5 días hábiles.
  • También tiene que completar la solicitud de liquidación de divisas que corresponde a esa operación en particular (se deben completar los datos correspondientes).
  • Cuando el banco procesa y aprueba la documentación (demora otros días más), acredita los fondos en pesos en la cuenta al tipo de cambio comprador del día.

Cobro por billeteras virtuales

¿Qué pasa cuando el dinero no se recibe a través de una cuenta bancaria local o en el exterior? En este caso, los fondos no están bajo el control del Banco Central pero bajo la órbita de la AFIP si se realiza la factura E correspondiente.

En estos  casos, se pueden eludir los 5 días hábiles, ya que las disposiciones señalan la obligación de ingresar y liquidar los dólares en ese plazo luego de efectivizado el cobro.

Si el exportador de servicios recibe el pago a través de una billetera virtual (un sitio web o una aplicación celular, como PayPal, por ejemplo) la obligación sigue estando, pero la autoridad monetaria no puede saber cuándo se cobra. De todos modos, a partir de la facturación hay 180 días para el cobro.

En el caso de PayPal, por ejemplo, tiene un convenio con Nubi para transferir dinero a una cuenta bancaria  argentina. Si bien la empresa tenía dos opciones: retirar en dólares o en pesos, hoy la primera alternativa ya no está disponible y sólo se pueden obtener en moneda nacional.

Tanto en esta billetera como en otras aplicaciones web, existe la posibilidad de utilizar el dinero para compras desde allí mismo (sin pasar por un banco) o con una tarjeta precargada (tipo Payoneer). Sin embargo, hay que tener presente que las operaciones que están facturadas como exportaciones tienen que ingresarse en el sistema en no más de 180 días.

Como este es un tema delicado, te recomiendo consultar con tu contador para evitar inconvenientes.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

138 comentarios

  1. Marcosnm Marcosnm dice:

    Hola Paula, te felicito por la nota, muy informativa. Pero aún así tengo una duda que no me queda clara, tal vez podrías ayudarme.

    Yo trabajo freelance para terceros que me pagan en paypal. A paypal le pido me transfiera a mi cuenta en pesos, entonces yo recibi x cantidad de pesos en mi caja de ahorros. La duda que tengo es a quien le facturo y en que moneda.

    Si hago una factura de exportacion de servicios a mi cliente, por x dolares, queda todo bien en AFIP con los pesos que recibi en la caja de ahorros (que me transfirio paypal)? O deberia facturar en pesos, si fuera el caso le facturo a paypal? o es una factura de exportacion de servicios a mi cliente en pesos?

    Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcos.
      La factura la podés relizar en pesos o en dólares. En caso de que hagas la factura en dólares, los pesos los tenés que ingresar al tipo de cambio oficial mayorista ($ 75). Si los vas a ingresar en pesos a alguna otra cotización (CCL, por ejemplo), lo mejor es facturar en dólares, creo.

  2. Jesus Manuel Jesus Manuel dice:

    Hola Paula

    Buen día.Tengo una consulta. Yo trabajo por internet y cobro en Paypal. Voy a darme de alta en el monotributo y entiendo que tengo que hacer facturas E por exportacion de servicios.

    Ahora, yo esos dolares que me pagan en Paypal Los cambio a pesos utilizando un mercado de cambios en internet de persona a persona que se llama Airtm, en el me dan una mucho mejor tasa que la usual de los bancos.

    ¿Cómo tendria que facturar para poder hacer todo bien? Porque si lo hago en dolares y se toma el tipo de cambio del dia entonces va a haber una disparidad porque habrian mas pesos en mi cuenta ( dado que el cambio que uso es mas alto que el del mercado de cambios regular).
    Ademas tengo que obligatoriamente liquidarlos en 5 dias habiles? Ya que en realidad no estan entrando en una cuenta bancaria argentina sino en Paypal, que es una billetera virtual.

    Gracias de antemano

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Creo que en ese caso, lo mejor es facturar en pesos cuando te vaya a ingresar el dinero acá.

      1. Jesus Manuel Jesus Manuel dice:

        Entiendo. Entonces tendria que hacer facturas C? Muchas gracias, Paula.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          No, es una factura E, de exportación, pero en pesos. Salvo que el cliente sea del país.

  3. G.Blanco G.Blanco dice:

    Buenos días. Trabajando como freelancer a través de Workana, realizo factura E de exportación de servicios en dolares (teniendo obligación de liquidar divisas), como hago para demostrar que ingresé pesos porque workana no me deposita dolares.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Realizá la factura en pesos.

  4. pedroadera pedroadera dice:

    Hola paula! Yo necesito hacer una facturacion por una exportación de servicio de flete y quiero recibir el pago en cryptomonedas y despues trasnformalo en pesos… Hay alguna restriccion de realizarlo de esta forma o estaria incumplieno algo? Tendria que facturar en pesos o dolares? La facturación seria por el valor en pesos de la cotización de las criptomonedas? Saludos y muy buen post! Felicidades!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las criptomonedas son un pago en especie, que está permitido. Creo que deberías facturarlo en pesos, si los vas a ingresar en una cuenta bancaria. Si los vas a dejar en cripto lo podés facturar en dólares (con la cotización del día).
      Gracias por el comentario, qué bueno que te sirva a info!

  5. Daniel Daniel dice:

    Hola Paula, si emito una factura E para cobrar en este caso Alemania, por servicios y el pago es depositado en una cuenta a nombre de otra persona en españa, en este caso mi mamá, que tendría que hacer yo acá para evitar contratiempos futuros?
    gracias por tu tiempo dedicado a atender estas preguntas.
    Daniel

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Daniel. No veo inconvenientes en eso.
      Si te queda alguna duda, consultale a un contador, pero no creo que haya problema.

  6. Eliana Eliana dice:

    Hola! Es correcto cobrar por western Union por ventanilla los pesos? Es necesario depositarlos en una cuenta bancaria? Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se cobra en pesos y pueden quedar en efectivo, no tienen que pasar por cuenta bancaria.

      1. Eliana Eliana dice:

        Muchas gracias! Cobrando por western union se está cumpliendo con la norma del banco central de ingresar y liquidar las divisas en el mercado de cambios??

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Sí.

  7. Ivana Ivana dice:

    Hola Paula,

    Es posible eludir la facturación de los 5 días hábiles luego de haber recibido el cobro por billetera virtual? Y hacerlo dentro de los 180 días a medida que se va ingresando el dinero al sistema bancario? No entendí bien esa parte. Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si recibís el dinero en un banco o cuenta de Argentina, tenés que liquidarlo a pesos en 5 días.
      Si cobrás en cuentas del exterior (o billetera del exterior) hay 180 días para ingresarlo al país (según facturación).

  8. Pedro W. Pedro W. dice:

    Interesante post Paula, muy completo.
    Una pregunta, en el caso de cobrar con Payoneer (u otra) una factura E, se puede ingresar el dinero al sistema en efectivo depositándolo en el banco o el mecanismo obligatorio es una transferencia bancaria. Supongamos que se obtiene el cobro en efectivo en el exterior, se lo puede traer físicamente al país (montos menores a usd 10.000) y depositar para cumplir con el requisito?
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Pedró. Sí se puede traer, hasta el equivalente a U$S 10000 en efectivo

      1. Pedro W. Pedro W. dice:

        Muchas gracias por la respuesta.
        Entiendo que para el estado va a ser lo mismo, depositar los usd que traje físicamente o traerlos via transferencia desde afuera, siempre que se trate de un servicio de pago web tipo payoneer o paypal.
        Muy interesante el sitio web, saludos!

  9. Marcelo Marcelo dice:

    Una consulta, si me pagan con Crypto monedas y las vendo en pesos en un broker local, a quien le debo hacer la factura? Y por otro lado, como es en pesos, sería factura C?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La factura se la hacés a quien te pagó. Y si es del exterior corresponde una factura E (se puede hacer en pesos).

      1. Martín Martín dice:

        no, dolares.

      2. Gropius Gropius dice:

        Buen día Paula, ampliando un poco la pregunta. Soy monotributista, si mi cliente desde EEUU me deposita mi sueldo en dolares en PayPal y yo aquí se los transfiero a otro usuario PayPal a cambio de transferencia en pesos a mi banco (al tipo de cambio que tiene este tercero), ¿A nombre de quien es la factura: Cliente de EEUU > Factura E en pesos /// Usuario de Paypal aqui > Factura C en Pesos)? Muchas gracias por tu tiempo.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          hola.
          La factura va a nombre del cliente real. O, si no se puede, de un consumidor final.
          Slds.

  10. Juan Manuel Haslop Juan Manuel Haslop dice:

    Buen día, emitida la factura E por servicios al exterior, es suficiente con informar la cuenta de caja de ahorros en pesos para que desde el exterior transfieran los fondos correspondientes a la cancelación de dicha factura al banco, o es necesario contar con una cuenta en dolares?
    Desde ya muchas gracias por su atención.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que tenés que hacer es informar al banco. Consultá qué documentación te piden porque no es tan simple como una transferencia. Entiendo que te tienen que transferir a una cuenta en dólares, pero consultalo.

  11. Oscar Carazo Oscar Carazo dice:

    Hola, gracias por el post. Algo diferente a las pregutnas de arriba. Vendí unos vinilos en el exterior y me pagaron en dólares en una cuenta virtual. Pedí transferencia a una cuenta de Argentina y ahora me piden los fromularios, enteindo es el A07 (Boleta de Compra de Cambio repatriaciones de Inversiones de residentes). Mi pregunta es, ¿Cómo me afecta a nivel impositivo? es quizás mejor hacer una factura E como indicas.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Todo el dinero que te ingrese a una cuenta bancaria está bajo la lupa de la Afip. Los bancos y las tarjetas tienen regímenes de información. O sea que, tiene que ser dinero que esté declarado (o justificado de alguna manera), en tu caso con una factura de venta al exterior (E).

  12. Luis Luis dice:

    Hola Paula!

    Te hago una consulta, si cobro en una billetera virtual y hago la factura E correspondiente al monto en dolares, puedo dejar esos fondos en la billetera virtual hasta que la situacion con el cepo se regularize?

    Gracias!

  13. Hugo Hugo dice:

    Hola Paula, cómo estas? Excelente página.
    Pregunta rápida:
    Voy a exportar servicios con factura E, y voy a pedir que me paguen por Payoneer (similar a PayPal) y soy monotributista.

    1) ¿Qué pasa si en 180 días no liquido las divisas? No tengo idea cómo es la penalidad o si hay alguna.

    2) Si quiero liquidar las divisas, pero están en una billetera virtual, ¿tengo 180 días para
    viajar, sacar los USS de un cajero, venderlos la blue en Argentina e ingresarlos en efectivo a mi cuenta bancaria? ¿Podría hacer eso? ¿o cómo sería la operatoria?

    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te respondo por mail

      1. Bruno Bruno dice:

        Tengo exactamente la misma pregunta,

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Te respondo por mail.

      2. Marcelo Marcelo dice:

        Yo también necesito esa respuesta, gracias!!

      3. cnbc cnbc dice:

        Necesito la misma respuesta! Gracias

    2. Daniel Daniel dice:

      Tengo esta pregunta también 🙂 gracias!

    3. lauraf lauraf dice:

      Hola, tengo las mismas preguntas, podrías responderme a mí también? Gracias

  14. Laura Laura dice:

    Si un servicio que exporto, me lo pagan con bitcoin a una billetera en el extranjero, hasta que no los venda no debo pagar nada no? Y en caso de venderlos en dólares puedo conservarlos??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si te pagan con bitcoin los podés dejar en la billetera en dólares. Si no los necesitás no hace falta cambiarlos.
      El tema es si tenés que facturar, en ese caso tendrías que ingresarlo en pesos. Una opción es facturar directamente en pesos (si lo ponés en dólares, los tenés que cambiar al dólar oficial).

      1. Laura Laura dice:

        Muy amable en reponder Paula, gracias.

      2. Jonatan Jonatan dice:

        Hola Paula, como estás?, vos decís hacer una factura E en Pesos Argentinos?. Muchas gracias.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Sí se puede hacer. Te sugiero que lo consultes con un contador para ver qué te sugiere según cómo cobres.

  15. Rolando Rolando dice:

    Buenas una consulta,.. soy nuevo en esto, yo estaría por comenzar a cobrar en dolares por servicios de reparación de pc a una empresa en el exterior, la cual me pagarina en dolares a una cuenta que les informe.
    Que tendría que hacer? ya que solo trabajo de manera particular , nos cobran algun impuesto por recibir ese pago de mis servicios? No soy monotributista.
    Desde ya Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      En ese caso deberías inscribirte en la AFIP (puede ser como monotributista) para facturar la exportación. El dinero lo tenés que ingresar al tipo de cambio oficial mayorista (alrededor de $ 70). Tenés que solicitar el certificado Pyme y no te cobran derechos de exportación (retenciones).
      No te van a cobrar impuestos pero la transferencia vía cuenta bancaria tiene un costo. También podés cobrar por Paypal, por ejemplo, que también tiene gastos (deberías averiguar cuáles son).
      Te sugiero que antes de inscribirte en Afip te asesores con un contador para no meter la pata.

  16. EMILIO ANDRES EMILIO ANDRES dice:

    HOLA,MUY UTIL SU ARTICULO.
    LE CONSULTO,SI EXPORTO DESDE ARGENTINA A UN NEGOCIO PROPIO EN OTRO PAIS,TODO DEL MISMO PROPIETARIO COMO ES EL TEMA DE LA LIQUIDACION DE EXPORTACIONES .GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Emilio.
      Te sugiero que te pongas en contacto con un contador que te asesore en tu caso. Esta nota está escrita por un profesional que podés contactar en el link o los teléfonos que figuran allí.

  17. Victoria Victoria dice:

    Hola Paula!
    Muy útil tu post. Gracias!
    Con las nuevas restricciones que se fueron dando la última semana quería saber si cambió algo.
    En el caso de que lo que se exporta sean servicios…
    Alcanza con inscribirse como monotributo o autónomo?
    Hay restricciones en cuanto al monto mensual al ingresar?
    Qué tasas e impuestos aplican?
    Gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Victoria.
      No hay cambios en lo que dice esta nota.
      Las restricciones fueron para los importadores que tienen que adquirir dólares al tipo de cambio oficial.

  18. Javier Javier dice:

    Hola, excelente publicación. tengo una duda muy puntual:
    Estoy acordando exportacion de mercaderia a Alibaba group, y los cobros de la exportacion se realiza del siguiente modo: ellos desde la cuenta Alipay en China, me transfieren a mi cuenta bancaria que declaré (Banco Corrientes), asi liquido mi exportacion.
    ¿Sabes si hay alguna restricción para esta operacion? gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Javier.
      No hay restricción. Pero tené en cuenta algunas cosas:
      -primero, inscribite como Mipyme en Afip (si exportás por menos de 600 mil dólares al año) para que no te cobren retenciones a las exportaciones: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/venta-de-servicios-al-exterior-que-hay-que-saber-sobre-los-derechos-de-exportacion/
      -consultá en tu banco qué papeles necesitás presentar. Te van a pedir justificar el monto depositado, por un lado, y, por otro, cuando te paguen tenés que liquidar el dinero. Esto quiere decir que lo tenés que pasar a pesos (tipo de cambio mayorista) y tenés 5 días, para esto hay que hacer un trámite también.
      Slds.

  19. ivan ivan dice:

    Hola Paula! Gracias por el post. Tenía varias dudas al respecto:

    1/ en varios foros, pude ver que la única manera realmente »legal» es que el cliente del extranjero trasnfiera la plata al banco y que el que la reciba rellene el formulario. Eso es cierto? O sea pasar por payoneer u otro sistema de pago no sería del todo correcto si queremos facturar un cliente ?

    2/ De no cumplir con que el cliente transfiera directamente la plata al banco pueden haber multas o pasar al monotributista a regimen general?

    3/ Por otra parte leí que ya pasó que impidan los pagos desde paypal, no se si será lo mismo con otros sistemas de pago. (Endurecen cepo al dólar PayPal: ahora bloquean tarjetas de crédito e impiden pago de servicios al exterior )

    4/Para recibir transferencias del exterior ya se puede rellenar los formularios de manera online con el banco nacion?

    5/ Nada que ver con la nota pero si facturo clientes de distintas provincias de Argentina pero si ejerzo solo desde CABA (servicios de diseño gráfico) me obliga a inscribirme igual en convenio multilateral? (nota: no tengo diploma universitario y estoy registrado en MyPyme por si cambia algo…).

    Espero que me puedas ayudar. gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Iván.
      Te respondo hasta donde conozco.
      1- Sí, el dinero facturado lo tenés que recibir en una cuenta bancaria (y liquidarlo en pesos al tipo de cambio oficial mayorista).
      2- Entiendo que sí podrías usar algún sistema de pago que luego te liquide en tu cuenta bancaria. En este caso no se tomaría como que estás «ocultando» un ingreso, si lo tenés declarado no tendría que haber problema.
      3-A Paypal le pusieron trabas porque quieren impedir que la gente compre dólares por esa vía (por eso no permitían usar la tarjeta para fondear el saldo, pero sí se pueden pagar consumos con tarjeta por Paypal, de hecho, yo lo hice en febrero/marzo sin problemas). De todos modos, por supuesto que es posible que haya restricciones en el futuro, esto va cambiando.
      4-Esto no lo sé, consultalo en el banco.
      5-Sobre temas de convenio multilateral, te pido que lo consultes con un contador que vea bien tu caso. Ojo con estas cuestiones porque no son sencillas.
      Un saludo,

  20. Jose Jimenz Jose Jimenz dice:

    Se puede facturar en Franco CFA de África Central, ya que Guinea Ecuatorial país de habla hispana de África, nos solicita la factura de servicios es esa moneda

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, se puede facturar en cualquier moneda extranjera (podés poner el tipo de cambio entre paréntesis)

  21. Alan Alan dice:

    Hola Paula, yo recibí una orden de pago a mi cuenta bancaria local en USD el día 30/3 y otra el día 11/5. Mi consulta es hasta cuando tendría tiempo para liquidarlas. No tenía idea de esta normativa y ya pasaron varios días de la primera orden de pago. Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Alan.
      Tendrías que consultar al banco para ver qué te dicen. Es probable que, por la cuarentena se flexibilicen algunos plazos.
      Sacá un turno web para ir.

  22. gonzalo gonzalo dice:

    Voy a cobrar por un servicio en el exterior, y mi cliente está pensando usar Western Union o algún servicio similar, tipo transferiste o remitly, puedo tener algún problema si emito la factura E? debería hacerlo en pesos no?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay problema para facturar, siempre que esté acorde a tu situación como contribuyente en Afip.
      Si vas a cobrar por WU, emitíla en pesos (no te pagan dólares). No sé si Transferwise te permite ingresar dólares, si te convierte a $$ facturá así.

  23. Julian Julian dice:

    Hola Paula, tengo saldo en Paypal por trabajos que hice. Ya era monotributista por otro trabajo fijo que tenia antes de arrancar con este nuevo como freelancer para el exterior.
    Este saldo que ya esta depositado/cobrado en mi paypal quiero traerlo por nubi, xoom o airtm, etc.
    ¿Cómo hago la factura E a estas personas si ya está cobrado? Simplemente uso los nombres que tengo en el Paypal de cada depositante y listo ?
    Muchas gracias !

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Julián.
      Sí, podés emitir la factura a su nombre.
      Si no tenés número de Cuit o identificación tributaria, podés ponerlo como consumidor final .
      Slds.

  24. Nicolas Nicolas dice:

    Hola! Buenísimo el artículo, aclara muchas dudas,
    Solo tengo una pregunta, puedo emitir la factura E y recibir dinero del exterior a través de western union a mi cuenta bancaria? Contaría eso como liquidar la explotación?
    De ser así debo facturar lo que me ingresaría en pesos al dólar oficial? (Ya que WU tiene una cotización superior que el dólar oficial)
    Ej: Supongamos que usd 100 son 8.000 pesos por western union, tengo que convertir los 8.000 pesos a dólar oficial en la factura? Como si facturaría usd 123? O facturarlo directamente como usd 100?
    Desde ya muchas gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás.
      Qué bueno que te sirva el artículo.
      Yo en tu caso facturaría directamente en pesos, no en dólares. Porque WU te convierte al dólar del contado con liquidación (hoy supera los $110). Si lo ponés en dólares, la liquidación sí o sí tiene que ir por el mercado oficial (al tipo de cambio mayorista) pero esto tampoco es lo correcto ya que vos cobrás en pesos.
      Slds.

  25. Gerardo Gerardo dice:

    Hola, soy exportador de servicios y emito factura.
    Quiero hacer una factura y que el cliente me pague con bitcoin.
    Al emitir factura estoy obligado a liquidarlo en el banco? O puedo liquidarlo yo mismo en el mercado a un precio mas razonable?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que podrías hacer es facturar en pesos y no tendrías que cumplir con la normativa cambiaria porque es una operación en moneda nacional.