Emprendedores

Exportación de servicios: las claves para cobrar con las restricciones

23/09/2019
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Las nuevas medidas del Banco Central no permiten cobrar en dólares. Hay que presentar documentación al banco para retirar el dinero en pesos. Qué pasa con las billeteras virtuales.

A partir de las medidas de control de cambios y restricciones en la compra de dólares los argentinos se vieron afectados en numerosas operaciones. Una de ellas es el cobro de la exportación de servicios, profesionales y de todo tipo, al exterior.

ATENCIÓN! El miércoles 2 de diciembre de 2020 tendremos un encuentro exclusivo para miembros de la Comunidad Mi Presupuesto para analizar «Cómo cobrar un servicio del exterior».

La norma del Banco Central (BCRA), del 1 de septiembre de 2019, establece que esos cobros “deberán ser ingresados y liquidados en el mercado local de cambios en un plazo no mayor a los 5  días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior”.

¿Qué quiere decir esto?

Que quien presta un servicio fuera de Argentina, a partir de que recibe el pago en dólares en una cuenta bancaria, tiene 5 días para ingresarlo al país (no puede dejarlo en una cuenta del exterior) y para pasarlo a pesos (eso implica liquidarlo en el mercado de cambios).

En otras palabras, no puede dejarlo en una cuenta en dólares ni retirar billetes “verdes”.

¿A quiénes afecta?

A todos quienes venden servicios al exterior, sean personas jurídicas o individuos. Es indistinta su situación fiscal: pueden ser responsables inscriptos en IVA o monotributistas.

Además, no hay un monto mínimo para quedar alcanzado por la obligación.

Cómo cobrar

Por otra parte, a partir de ahora quienes quieran retirar su dinero (en pesos, como ya dijimos) tienen que hacer un trámite presencial en el banco, no lo pueden hacer en forma automática ni por Homebanking.

El paso a paso es el siguiente:

  • El banco notifica al exportador de servicios cuando se recibe una transferencia desde el exterior.
  • El titular tiene que ir a su sucursal y presentar la factura E (de exportación) dentro de los 5 días hábiles.
  • También tiene que completar la solicitud de liquidación de divisas que corresponde a esa operación en particular (se deben completar los datos correspondientes).
  • Cuando el banco procesa y aprueba la documentación (demora otros días más), acredita los fondos en pesos en la cuenta al tipo de cambio comprador del día.

Cobro por billeteras virtuales

¿Qué pasa cuando el dinero no se recibe a través de una cuenta bancaria local o en el exterior? En este caso, los fondos no están bajo el control del Banco Central pero bajo la órbita de la AFIP si se realiza la factura E correspondiente.

En estos  casos, se pueden eludir los 5 días hábiles, ya que las disposiciones señalan la obligación de ingresar y liquidar los dólares en ese plazo luego de efectivizado el cobro.

Si el exportador de servicios recibe el pago a través de una billetera virtual (un sitio web o una aplicación celular, como PayPal, por ejemplo) la obligación sigue estando, pero la autoridad monetaria no puede saber cuándo se cobra. De todos modos, a partir de la facturación hay 180 días para el cobro.

En el caso de PayPal, por ejemplo, tiene un convenio con Nubi para transferir dinero a una cuenta bancaria  argentina. Si bien la empresa tenía dos opciones: retirar en dólares o en pesos, hoy la primera alternativa ya no está disponible y sólo se pueden obtener en moneda nacional.

Tanto en esta billetera como en otras aplicaciones web, existe la posibilidad de utilizar el dinero para compras desde allí mismo (sin pasar por un banco) o con una tarjeta precargada (tipo Payoneer). Sin embargo, hay que tener presente que las operaciones que están facturadas como exportaciones tienen que ingresarse en el sistema en no más de 180 días.

Como este es un tema delicado, te recomiendo consultar con tu contador para evitar inconvenientes.


Por: comunidadpresupu-admin