En 2026, terminan la mayoría de los contratos de alquiler firmados con la ley derogada en diciembre de 2023, y que tenían un plazo mínimo de 3 años.
Con esa ley, la actualización de los valores se realizaba, de forma obligatoria, una vez al año con el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central.
Ahora, en cambio, rige la libertad de contratación con impacto en varios aspectos:
- Plazo del contrato.
- Periodicidad del ajuste del valor del alquiler.
- Índice de actualización de los valores.
En cuanto al plazo, se puede elegir cualquiera pero, si no se lo menciona, será de 2 años para vivienda permanente y 3 años para el resto de los destinos. En la locación temporal (ejemplo, vacaciones, estudiantes, etcétera), será según usos y costumbre del lugar.
¿Estás buscando un préstamo hipotecario UVA? En la masterclass “Cómo evaluar los créditos hipotecarios UVA para comprar tu casa sin sobresaltos” vas aprender cómo funciona para tomar la decisión que mejor se adapte a tus necesidades . Mirá acá toda la info.
Cuándo hay que actualizar el precio de los alquileres
En la ley de alquileres de 2020, se habilitó el ajuste del valor de los alquileres (que antes no estaba permitido) pero se obligaba a hacerlo una vez al año, al terminar los 12 y 24 meses (para un contrato estándar de 3 años).
Ahora, las partes pueden acordar la periodicidad. Con una inflación tan alta, dejarla una vez al año casi no es una opción elegida.
Lo que se estila es hacer un ajuste:
- Mensual.
- Trimestral.
- Cuatrimestral
En menor medida, se opta por la actualización semestral.
Cómo se aumenta el valor de los alquileres
El Índice de Contratos de Locación (ICL), que publica el Banco Central en su sitio web, se sigue utilizando para ajustar los precios del alquiler porque combina la inflación con la evolución de los salarios “en blanco”.
Además, es un indicador que tiene una variación diaria y es fácil de utilizar para actualizar los valores sin confusiones.
Otra variable para ajustar los alquileres es el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que refleja solo inflación (no los salarios).
Aquí se pueden tomar distintas versiones:
- El IPC Nacional que publica el Indec, es el más usado.
- También se puede utilizar el IPC de la ciudad donde se realice la locación (CABA, Córdoba, Santa Fe, etcétera).
- Otros indicadores: se puede elegir también ajustar por la variación salarial, por el costo de la construcción, u otra variable, según el tipo de alquiler (vivienda, comercio, industria, servicios).
Lo importante es que el índice y la periodicidad queden expresamente estipulados en el contrato de locación.
Cuánto subirán los valores en abril de 2026
Como el ajuste se define entre las partes, cada caso será diferente.
Para comparar, vamos a calcular la actualización trimestral, cuatrimestral, semestral y anual en función del ICL y del IPC.
En abril 2026, el aumento por este ICL sería el siguiente (contrato el día 5 del mes):
- Variación anual: 33,21%.
- Variación semestral: 12,40%
- Variación cuatrimestral: 8,50%
- Variación trimestral: 6,10%.
- Variación mensual: 2,02%
Si se toma la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional, el último dato difundido es el de febrero con estos aumentos:
- Variación anual: 33,05%.
- Variación semestral: 16,55%
- Variación cuatrimestral: 11,57%
- Variación trimestral: 8,87%.
- Variación mensual: 2,90%
En este caso, el ajuste por ICL es menor, pero esto no siempre es así.
NO TE MAREES CON TANTAS NOVEDADES. Tené sólo la información necesaria, explicada en forma simple y confiable. Suscribite a la Comunidad Mi Presupuesto y participá de encuentros, accedé a material exclusivo y despejá tus dudas.