Servicio doméstico

Servicio doméstico: sube el aporte mensual a la ART

08/05/2019

Desde mayo de 2019, la parte que cubre los riesgos del trabajo de la empleada son un porcentaje del sueldo de referencia. Así, la cuota obligatoria total aumenta el mes que suben las remuneraciones.

Luego de varios años sin modificar, a partir de mayo de 2019, los valores que los empleadores de casas particulares deben abonar con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) se incrementarán en función de la variación de los sueldos mínimos.

Las dos entidades que regulan la actividad (las superintendencias de Riesgos del Trabajo y de Seguros) decidieron actualizar los montos fijos mensuales. A partir de este mes, el valor seguirá siendo fijo según la cantidad de horas, pero pasa a ser un porcentaje de la remuneración del servicio doméstico.  

En la Resolución conjunta 01/2019, se estableció que, para los trabajadores de 16 horas o más semanales, el aporte con destino a la ART es de 2,93% del salario básico de convenio de la categoría 5 (tareas generales) con retiro. Desde marzo de 2019, el sueldo de referencia es de $ 12.703,5, con lo cual la cuota a la ART será de $ 372,0 por mes (hasta abril 2019 era de $ 230). En junio, aumenta a  $ 409 y el aporte total sube a $ 1.155,55 y , en agosto a $ 447 y $ 1.193,55, respectivamente 

En el caso de las empleadas domésticas que trabajen entre 12 y 15 horas semanales, el monto destinado a la ART subirá de $ 165 a $ 241 por mes (64,8% del monto total), y para aquellos que tengan jornadas de menos de 12 horas por semana, la cuota pasará de $ 130 a $ 150,75 (40,50%).

Los nuevos valores

De esta manera, los montos de los aportes obligatorios totales a pagar por mes serán los siguientes, según lo oficializó la AFIP en su página web:

Aportes obligatorios empleada doméstica
Infogram

 

Horas trabajadas semanalmente Importe total Aportes Contribuciones Cuota Riesgos del Trabajo
Menos de 12 $ 205,64 $ 55,91 $ 19,73 $ 130
Desde 12 a menos de 16 $ 308,05 $ 103,59 $ 39,46 $ 165
16 o más $ 976,55 $ 689 $ 57,55 $ 230

 

Cuándo rige

La norma publicada en el Boletín Oficial dice que su vigencia comienza el día de su publicación, es decir, debería tenerse en cuenta para el período mayo de 2019

Como la ART se paga por el mes en curso (a diferencia que los aportes y contribuciones que se abonan a mes vencido), con el vencimiento del 10 de mayo deberían ajustarse los nuevos valores. Habrá que ver cómo se pagará la diferencia en el caso de los empleadores que ya abonaron la cuota de este mes.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

21 respuestas a “Servicio doméstico: sube el aporte mensual a la ART”

  1. Mariana dice:

    Buenas tardes, tengo una empelada domestica que trabaja en casa por 3 horas de lunes a viernes, o sea 15 horas semanales.
    Cuando ella falta por enfermedad y no presenta certificado, corresponde pagarle el día? Tengo entendido que se justifica la falta con el certificado médico.
    Desde que comenzó está registrada en blanco.
    Muchas gracias.
    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mariana.
      Esto es como cualquier trabajo. Los días de licencia se deben justificar. Si no, quedan como días no trabajados y no se pagan.
      Slds.

  2. daniel migliore dice:

    hola
    tengo una empleada que es Jubilada (se jubilo con nosotros y continua trabajando), 19 horas semanales. la calculadora me da que corresponde $6537,19 POR 19 HS.
    Dos consultas:
    1- Hay un mínimo de horas semanales para pagarle el sueldo parcial como hago?
    2-En la pagina de Afip me indica que debo pagar por ART $541,55
    Corresponde $6537.19 MAS $541.55 o $6537.19 MENOS $541.55?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Respecto al proporcional de horas mensuales, hay una interpretación (en el ministerio de Buenos Aires y otros organismos) que dicen que por más de 20 o 24 hs. corresponde el pago por día (y tomar el valor hora que es más alto), pero en otros lugares no se considera igual.
      El tema con esto es que no se basa en ninguna norma, resolución, ni un instructivo o disposición. Por lo tanto, yo tomo lo que señalan los laboralistas de que se debe aplicar en forma supletoria la Ley de Contrato de Trabajo para jornada parcial.
      Sobre el segundo punto, los aportes a la AFIP los debe pagar el empleador (aparte del sueldo). hay una parte que es aporte del trabajador (y se descuenta del sueldo) que va a la obra social, pero los jubilados no lo pagan.
      Un saludo,

  3. Gabriela dice:

    Buenas tardes, si cuando pongo el CUIL de la empleada en la página de la Superintendencia dice:
    Empleador S – S
    La ART de S es S
    Línea telefónica gratuita para Denuncia de Siniestros: S
    Línea telefónica gratuita para Consultas y Reclamos: S
    Es porque la Superintendencia todavía no la asignó no?
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, es probable, si el registro de la empleada es reciente.
      Esperá un poco para ver si te asignaron una ART. Comprobá en la página de Afip, con tu clave fiscal en la sección de casas particulares si ya hay una ART o no (también puede ser un problema del sistema de la superintendencia).
      Slds.

  4. MARIA FERNANDA dice:

    Para los que pagamos antes del vencimiento cómo se salda la diferencia?
    Por otra parte no pude encontrar el formulario 102 rt actualizado, me podría facilitar un link, ya que los que encuentro no contienen este aumento de la art.
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Te sugiero pagar el aporte por VEP. Entrá con tu clave fiscal al sito de la Afip y desde allí lo podés generar. Ahí también te va a aparecer la deuda, si la hubiera. Slds.

  5. estela dice:

    Hola Paula, nuevamente te consulto si salió alguna resolución para aquellos empleadores que pagamos el aporte total antes de que saliera el aumento de la ART. Lo mejor sería que el aumento corriera desde este mes….siempre es más complicado hacer un VEP. Gracias por tus respuestas.
    Estela

  6. Luis dice:

    Hola, cómo se contrata la ART? Me contacte con Provincia ART y me dijeron que tengo que usar un servicio de AFIP pero no le he encontrado.

  7. berenice dice:

    Buenos días!
    La empleada me pide una certificación de servicios para jubilarse, estuve viendo en ANSES esta el formulario 6.293, pero solo tiene para completar 4 periodos y tengo 10 años de trabajo.
    Se le hacen varias certificaciones, o como se hace? Completando algo generico y despues darle copia del pagp?
    Agradezco la ayuda

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Consultá en la Anses para ver qué te dicen (o a un previsionalista). Slds.

  8. estela dice:

    Por favor me podrían averiguar cómo pago la diferencia de la ART porque yo pagué el aporte el día 6 de mayo con el valor anterior. Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hubo muchos casos así. Todavía la AFIP no actualizó los valores.
      Hay que ver si el nuevo monto regirá desde el próximo mes o si habrá algún VEP para pagar la diferencia. Slds.

  9. Jorge Zabala dice:

    Hola. Empezando con estos nuevos valores. El costo total de una empleada domestica de menos de doce horas es $ 226,39?
    Los aportes es lo correspondiente a la jubilación o comprende mas cosas?
    El termino contribuciones. Que comprende?
    Estoy analizando el costo de tomar una empleada domestica con doce hs semanales de trabajo y no conozco el tema.
    Muchas gracias por su atención.
    Atentamente.
    Jorge Zabala.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Jorge.
      Esos son los valores para menos de 12 horas por semana. Incluye jubilación, Obra social y ART. Las contribuciones están incluidas.
      Slds.

  10. María Isabel Quevedo dice:

    Son unos caraduras cómo van a aumentar tanto? Yo tuve un accidente el 15 de abril tengo la rodilla rota y me rechazaron el siniestro según ellos porque sufro de amnesia recién me entero de eso, yo cuido enfermos a los cuales tengo que darles medicación una persona con amnesia podría hacerlo?la art que tengo es Provincia Seguros les comento esto para que se fijen a la hora de contratar una aseguradora

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