Cambian los límites de categorías, se modifican las letras y suben los aportes por cada escalón. Los parámetros suben un 75% y se ajustarán todos los años por la movilidad previsional. Mirá cómo quedan los valores en esta nota.
Dentro de la reforma a la ley del Impuesto a las Ganancias, el Congreso nacional incluyó una modificación al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Lo primero que tenés que saber es que las categorías del Monotributo ya no van de la B (la A se había eliminado años atrás) a la L. Ahora, vuelven a comenzar en la A y se extienden hasta la K.
La AFIP cambió a todos los monotributistas a la categoría inmediata inferior en forma automática. Si estabas en la B, ahora estarás en la A; si estabas en la F, ahora será E; si estabas en la L, ahora será K, etcétera, según este cuadro:
IMPORTANTE. Si pagaste las cuotas de enero y febrero a través de una entidad de pago presencial, es probable que la cuota no haya estado actualizada. Por esa razón, tenés que pagar la diferencia, sin recargo, antes del 31 de mayo de 2017.
Podés consultar tu categoría ingresando en el sitio web de la AFIP en el Simulador de Monotributo.
Si considerás que, por tu facturación, la categoría asignada de oficio no corresponde podés realizar una modificación de datos.
Mirá el video de cómo hacerlo:
Para mantenerte en el Monotributo, tu facturación anual no podrá superar los $ 700.000 en los 12 meses anteriores (hasta ahora era $ 400.000) si sos prestador de servicios; o los $ 1.050.000 si te dedicás a la venta de cosas (antes, $ 600.000).
Además, no podés pagar más de $ 126.000 al año de alquiler ni pasarte con el consumo de energía eléctrica (20.000 kw al año).
Las nuevas categorías (ya dijimos que parten de la A y llegan a la K) suben sus límites un 75%.
La tabla ahora queda así (mirá en cuál tenés que encuadrarte según tus ingresos de los últimos 12 meses).
Según tu situación, podrías encuadrar en un escalón más bajo que el actual si tus ingresos no subieron tanto. Si es tu caso, aprovechá la recategorización de enero que, excepcionalmente vence el 31. Fijate si te conviene una modificación de datos, en este caso, rige desde la cuota de enero.
Te doy un ejemplo: Si tenés ingresos anuales por $ 180.000, hoy estás en categoría F; con la nueva denominación pasás automáticamente a la E; pero, como el límite subió, podrías cambiarte a la D.
Si tus ingresos fueran de $ 200.000, estarías en categoría G y ahora pasarías a ser F en forma automática. Pero, con los nuevos límites, podrías bajar dos escalones, a la D. En ambos casos tendrías un margen de aumento de tus ingresos para permanecer en esa categoría.
Un punto en contra de los cambios es que sube la cuota mensual, tanto en la parte del impuesto integrado (lo que pagan todos), como en el aporte jubilatorio.
De todos modos, si te pasás a una categoría más baja, no tendrías ese aumento.
Enero y febrero. El pago lo podés realizar con la credencial vieja y, hasta el 31 de mayo de 2017, ingresar los nuevos valores.
Si abonás con débito automático (en forma excepcional, en enero se debitará el día 31, en lugar del 20), depende de cada banco que actualice o no sus sistemas con los nuevos valores. Si no lo hace, la diferencia la tenés que ingresar en forma manual.
Si haces una modificación de datos antes del 20 de enero, los bancos tomarán el débito con el importe de la nueva categoría.
Impuesto integrado. Sube un 75%. Se modifica una vez al año con el ajuste automático.
Aporte jubilatorio (con destino al sistema previsional, SIPA). En lugar de ser $ 157 para todas las categorías, ahora varía. Empieza en $ 300 para la categoría A y se va agregando un 10% a cada escalón siguiente. El ajuste es automático por movilidad jubilatoria.
Obra social. Sigue en $ 419, lo modifica la Afip por resolución (en general, una vez al año.
El nuevo cuadro queda de la siguiente forma para el año 2017:
Si quedaste excluido de pleno derecho, en los últimos 12 meses, por superar los parámetros anteriores de ingresos brutos o alquileres anuales, podés volver a inscribirte en el Régimen Simplificado sin esperar los 3 años de ley, hasta el 31 de mayo de 2017.
Los ingresos máximos por categoría, los límites de facturación para permanecer en el régimen simplificado, el monto del impuesto integrado y del aporte jubilatorio se ajustarán una vez al año.
En principio, iba a ser en septiembre, pero luego la AFIP dispuso que sea en enero de cada año. Se toma el índice de movilidad jubilatoria de los dos semestres anteriores (el mismo que se usa para actualizar las jubilaciones y las asignaciones familiares).
De esta manera, no debería quedar atrasado en función de la inflación.
La AFIP también obligará a los monotributistas a abonar la cuota mensual por medios electrónicos en forma paulatina durante 2017. Por ahora, será obligatorio para las categorías E en adelante (hacé clic en el link anterior para ver la fecha).
Por: comunidadpresupu-admin
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Buenos dias!! estoy trabajando en relación de dependencia como subcontratado, pero tengo la posibilidad de facturar directamente mis servicios (como supervisor) lo cual estimo con ajustes de paritarias el bruto a facturar anual es de $444.000 anuales.- Que categoría de Monotributo es la adecuada y como el servicio lo presto en la empresa, no puedo devengar gastos como alquiler? Luz y Agua que pago en mi domicilio si a este lo declaro como domicilio fiscal?
Cuanto es el costo estimado de gastos impositivos totales? con categoría de mono-tributo puedo tomar personas en relación de dependencia?
Muchas gracias!
Hola.
Podés mirar acá los valores del Monotributo que rigen para 2018, junto con los aportes mensuales.
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-categorias-topes-y-aportes-2018/
Slds.
Hola buen día me voy a inscribir en el monotributo categoría D, soy prestador de servicios, soy técnico, pero cada tanto vendo un equipo o algún repuesto, puedo como prestador de servicios hacer una factura por un equipo? Gracias
Hola. Para facturar por la venta de un producto, tendrías que inscribirte en otra actividad en el mismo monotributo. Cualquier cosa, consultá a un contador para no errarle. Slds.
Hola compre una sprinter para trabajar de reparto. Me dijeron que tengo q inscribirme en el monotributo. Tengo mis dudas en cuanto si tengo q inscribirme monotributista o autonomo y en q categoria. Al mismo tienpo yo trabajo en relacion de dependencia.
Hola.
Si vas a trabajar, tenés que estar en blanco y facturar.
El Monotributo depende de lo que factures. Fijate en el cuadro de categorías con el estimado anual.
Si superás los límites máximos, tenés que inscribirte en Ganancias, IVA.
Si ya aportás en relación de dependencia, no tenés que volver a aportar como independiente. Mirá más en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-como-es/
Hola buenos días: soy jubilada, cobro la jubilación mínima, como no me alcanza para vivir, trabajo administrando el consorcio donde vivo, me pagaron de honorarios mensuales $ 3500.- hasta septiembre de este año y desde Agosto del año anterior.
A partir de octubre de 2017 accedieron a pagarme $ 500.- más.
Respecto al mono tributo se que soy categoría mínima o sea la A, entrego recibo de cobro, no factura ¿tengo obligación de hacerlo? y además necesito saber cuando mi hijo me transfiere a la cuenta donde cobro la jubilación $ 2000.- de su sueldo porque no llego para vivir, sucede que me cobran un 3% de Ingresos Brutos ¿eso es correcto? Cómo puedo hacer para que el Banco donde cobro la Jubilación no haga eso.
Hola.
Si te retienen ingresos brutos es porque estás inscripta. Te sugiero que consultes con un contador cómo hacer porque el banco está obligado como agente de retención.
Soy modista. Mis ingresos mensuales no son regulares, pero seria aproximadamente un promedio de $6000 por mes. Trabajo en mi casa y utilizo los servicios de la misma (luz, gas). Entro igual en la categoria A???
Gracias.
Liliana
Sí
Quiero sacar el mono tributo el mas bajo cual es? cuanto es? Y que necesito, estoy por poner un kiosco
Hola. El más bajo es categoría A, aunque tendrías que ver bien si entrás en los límites de esa categoría, me parece que la facturación es muy poca ($ 7.000 promedio por mes), también deberías ver en esa nota el tope de superficie afectada, energía electrica y alquileres.
Ruben :soy empleado en relacion de dependencia y estoy por comenzar una actividad comercial de ventas,si me inscribo en monotributo ,se suma lo percibido por sueldo y lo facturado para pagar ganancias?actualmente por mi nivel de sueldo aun no pago ganancias.Desde ya gracias por tu respuesta.
Hola. No, el Monotributo incluye un pago simplificado de Ganancias, no se suma con el salario en relación de dependencia. Slds.
Hola, muy buena la pagina, tengo una duda, con el nuevo cambio de categorización, baje a una categoría inferior, pero mi talonario de factura aún me quedan varias facturas de la anterior categoría. Hasta cuando las puedo seguir usando? y de tener que solicitar una impresión de facturas, tendría que empezar desde el Nro de factura que tengo en uso? Les agradecería, alguna orientación al respecto. saludos
HOLA Diego,
No hay problema. Las facturas no tienen la categoría, lo que te tenés que fijar es en el vencimiento (duran un año). Slds.
La declaracion informativa, ahora se debe hacer a partir de la categoria E? O se mantiene en la F?
Gracias.
Ahora es desde la E.
Hola Paula
Soy jubilada y como sigo trabajando soy monotributista, lo último que pagué fueron 196$. La nueva credencial acusa que debo pagar 368. Esto es correcto? En un apartado me pareció entender que jubilados no pagan ni obra social ni aporte jubilatorio. Te agradeceria me lo aclares. Saludos
Esos montos son solo por el Impuesto integrado, no incluye obra social ni jubilación.
Si te mantenes en la categoria que te puso la Afip, el aporte aumenta.
Si no, podés hacer la modificación de datos para ir a una categoría más baja y pagar una cuota menor, siempre y cuando coincida con tus ingresos.
Buenas tardes! yo me encontraba en la categoría C y ahora me recategorice en la categoría A. Mi problema es que el sistema (pago de obligación mensual) me cobra 131$ como si fuera de categoría B, lo cual considero que yo tendría que pagar 68$ ya que mi categoría actual es la A. ¿Como puedo resolver este inconveniente? Gracias.
Hola. Esperá unos días para ver si sjutan los valores. Se supone que te cobran lo que corresponde o sin el aumento
Hola Paula, encantada. En mi caso, de la categoría B paso a la A y eso está bien para mí. No quiero modificar datos ni recategorizarme, solo deseo imprimir mi nueva credencial, una que diga «Categoría A» y el nuevo monto de mi pago mensual. Para generarla fui a «Monotributo» y seleccioné mi CUIL y le pedí «reimpresion de credenciales». No pasa nada, ¡y estoy en Explorer! Entonces, aquí viene mi pregunta: Para generar mi nueva credencial sin modificar la categorización automática de AFIP, ¿debo tildar «Adhesión», poner mi CUIL y luego «Generar declaración jurada», llenar la declaración jurada, y esperar que el sistema me «largue» la nueva credencial? Hacer estas cosas sola, sin contador o contadora, es todo un desafío. Desde ya muchísimas gracias por la info.
Hola. Todavía no se pueden reimprimir los nuevos credenciales con el cambio de categoría.
Está bien lo que estabas haciendo, pero hay que esperar que el servicio de rehabilite. Paciencia…
Un saludo,
Oh, muchas gracias por tu respuesta. Tendré paciencia. Esto es así. Cariños.
Hola!
Actualmente estoy en la categoría D, y según la tabla con las categorías de reconversión de oficio, pertenezco a la C. Sin embargo, cuando hice el cálculo anual me di cuenta que me conviene la B, ya que mi saldo arrojó 100.400 $anual . Mi pregunta es si me conviene recategorizarme o modificar los datos. En caso de recategorizarme, mi consulta es si solo debo reimprimir la credencial de pago, por que la recategorización es automática? o debo hacer la recategorización a C?.
Y si es modificación de datos, cuando debo pagar el nuevo monto de la credencial, en febrero igual que la recategorizacion? Es decir ahora debo pagar lo mismo que venia pagando con la credencial vieja pero con el aumento, o usar la nueva credencial?
Saludos.
Modificá los datos antes y rige desde enero.
Gracias, modifique los datos. Y mi credencial es categoría B locaciones de servicio. Al momento de hacer la declaración jurada yo ingrese activo en autónomos.Pero en el F. 184/ F me aparece autónomos: categoría no definida. Eso esta bien?. No le doy importancia?. Sin embargo en la credencial de pago F. 152 me dice servicio activo.
Hola Paula, para la modificación de datos que valores debería tomar los de la última recategorización (sep 2016) o los anuales hasta diciembre 2016. Porque si tomo los de diciembre luego no es necesaria la recategorizacion que corre a partir de febrero. Si tomo los valores a Sep 2016 debo modificar datos y luego recategorizar. Gracias.
Hola Diego. Es una buena pregunta la que hacés.
Por lo que la Afip aclaró (lo puse en su página web, no en una resolución), entiendo que tenés que tomar los ultimos 12 meses y, en ese caso, no te recategorizas.
Yo lo infiero porque habla de la categoría actual.
Además, no tiene sentido tomar como base septiembre 2016 porque la modificación de datos no es cuatrimestral sino permanente.
Hola, en vez de realizar una modificación de datos, me confundí y realice una recategorizacion.. Esta mal? Porque estaba en la categoría C y la AFIP me paso a la B, pero este año como son mayores los ingresos anuales, recategorice a la categoría C.
En ese caso, está bien la recategorización.
Hola Paula: Te hago una consulta a ver si me podés ayudar. Según los nuevos parámetros, me corresponde la categoría D. Sin embargo, en la categoría de oficio que me asignó la AFIP, quedé en la categoría E, ya que antes estaba en la F. Entiendo que debería realizar la «modificación de datos», de acuerdo a los ejemplos que mencionás en la nota.
¿Tendría, entonces, que cambiar los ingresos brutos anuales a través del F.184 y consignar los acumulados en el periodo enero-diciembre 2016? Así estarían actualizados y me correspondería efectivamente la categoría D. ¿Entendí bien? Desde ya te agradezco cualquier indicación que me puedas dar. ¡Saludos!
Es así, estoy por subir un video con el trámite de modificación de datos, entre hoy y mañana lo subo a YouTube.
Hola, yo estaba en la categoria K y la afip me paso como dijiste directamente a la categoria J, hice la modificacion de datos y me corresponde la G. Mi duda es: que categoria pago este mes? J, G ó K ?Gracias
Hola.
La que te quede según la modificación de datos.
La AFIP ha hecho una recategorización de oficio.
Pero se supone que uno podría corregir esa categorización de oficio (que solo consiste en bajar una categoría respecto de la situación de diciembre) y colocarse en la categoría que corresponde a los ingresos del último año.
En una aclaración, en el sitio web de AFIP, se indica que no habría que, para eso, no habría que hacer una «recategorización», sino una «modificación de datos».
De todos modos, el correspondiente formulario no parece funcionar.
Sabe si es que todavía están «actualizando» el sistema? O como habría que proceder?
Muchas gracias por sus respuestas.
Hola Luis.
Efectivamente, hay que hacer una modificación de datos.
El funcionario sí funciona pero tenés que tener en cuenta lo siguiente: usar Internet Explorer y, según la versión, seguir los pasos que dice la Afip: https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=14858293
Hola Graciela te consulto,para ir a pagar el nuevo valor del monotributo., como hago para imprimir la nueva credencial?. Yo estaba en la categoria E y ahora hice la consulta de inscripcion y apareci en la D, con la que estoy de acuerdo. Tengo que recategorizarme o hacer modificacion de datos, o no tengo que hacer nada?. Muchas gracias. Gabriela
Hola.
Si la categoría está bien, no tenés que recategorizarte ni hacer modificación de datos.
La credencial la podés imprimir de acá desde la Constancia de Inscripción. Mirá el video (la web de AFIP cambió pero está la opción apenas entrás): https://www.youtube.com/watch?v=-ki9XjBgDus
Muchas gracias Paula ya la pude imprimir!!!
Qué Pasos debo seguir si fui excluido de pleno derecho en enero 2016 y quiero volver al monotributo?
Podés reingresar al Monotributo. Fijate en este link: http://www.afip.gob.ar/noticias/20170106Monotributo.asp
Hola, una consulta, al pagar mas de SIPA (Aporte Jubilatario) te vas a jubilar con mas ? porque antes era todo el mismo importe para todas las categorías. Gracias
La jubilación es igual para todos, no hay nada que se haya modificado al respecto
Una pregunta, en la actividad venta de cosas, antes habia un tope por articulo de 2500$, ahora a que valor subio el tope ese ?
Hola Graciela. Ese tope no lo modificaron, lamentablemente porque quedó desactualizado.
Y ese tope rige también para servicios?
Servicios es hasta $ 700.000 al año. Fijate en el cuadro grande.