Impuestos

Ganancias: cuánto vas a pagar en 2015 según tu sueldo

18/05/2015

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Los cambios que se implementaron en mayo de 2015, retroactivos al 1º de enero, establecieron distintos niveles de deducciones y mínimos para empezar a tributar, según el sueldo que cobrabas en 2013 o este año, según el caso. Mirá la nota con los cambios en Ganancias que rigen a partir de 2016

A diferencia de escenario que regía a partir de septiembre de 2013, con tres escalas distintas para trabajadores y jubilados, ahora hay múltiples situaciones del Impuesto a las Ganancias que te contamos en esta nota.

PARA LEER: Las claves de los cambios en el Impuesto a las Ganancias 2015.

Lo que la nueva resolución general 3770 de la AFIP estableció son, por un lado, sueldos de referencia que se miden de dos maneras:

-La mayor remuneración bruta normal y habitual cobrada entre enero y agosto de 2013. Se entiende como tal a la suma de todos los rubros que se percibieron, al menor, durante seis de esos ocho meses.

-La mayor remuneración bruta normal y habitual cobrada a partir de enero de 2015. En estos casos, no se establece un lapso máximo de referencia (si el sueldo subiera  el encuadre de este trabajador podría variar en el futuro).

Por otra parte, se establecen, según las situaciones salariales distintos niveles de deducciones (las que, sumadas, forman el denominado mínimo no imponible), que veremos a continuación.

CÓMO SE CALCULA. Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias.

1-Sueldos brutos hasta $ 15.000 entre enero y agosto de 2013

Las deducciones son iguales a los ingresos. La base imponibles cero, así que no deberás tributar el Impuesto a las Ganancias (estás exento y en tu recibo de sueldo tendrás una leyenda que lo indica).

Si cambiaste de empleo, también continuás sin pagar el impuesto.

2-Sueldos brutos entre $ 15.000 y $ 25.000 entre enero y agosto de 2013

La modificación de 2015 apunta a este grupo. Se lo subdividió en seis niveles, con distintas valores de mínimo no imponible (se descuenta más mientras más bajo haya sido el sueldo).

Para calcular cuánto vas a pagar de impuestos, a tu sueldo neto le tenés que restar las siguientes deducciones (los montos son mensuales) y luego aplicar la tabla de alícuotas:

                                                          Deducciones permitidas por mes
Salarios brutos de referencia (2013) por mes: Ganancia no imponible Deducción especial empleados y jubilados Cargas de familia (*)
Cónyuge Hijos Otros familiares
Menos de 15.000 (**) Las deducciones son iguales a los ingresos: el trabajador está exento
Entre 15.000 y 18.000 1.944,00 9.331,20 2.160,00 1.080,00 810,00
De 18.001 a 21.000 1.866,24 8.967,96 2.073,00 1.036,80 777,60
De 21.001 a 22.000 1.788,48 8.584,70 1.987,20 993,60 749,20
De 22.001 a 23.000 1.710,72 8.211,46 1.900,80 950,40 712,80
De 23.001 a 24.000 1.671,84 8.024,83 1.857,60 928,80 696,20
De 24.0001 a 25.000 1.632,96 7.838,21 1.814,40 907,20 680,40
Más de 25.000 (**) 1.296,00 6.220,80 1.440,00 720,00 540,00
(*) No pueden tener ingresos superiores a la ganancia no imponible. Hijos hasta 24 años.
(**) Estos valores rigen sólo si el sueldo actual supera los $ 25.000.

Como ejemplo, un trabajador soltero que cobraba entre $ 15.000 y $ 18.000 mensuales hasta agosto de 2013, podrá deducir de su sueldo neto $ 10.407,70 promedio por mes en 2015 (este valor toma en cuenta el aguinaldo, es decir, al monto anual se lo divide por 13) y tributará sobre el resto. Un trabajador con esposa/o y dos hijos a cargo, podrá restar de su base imponible $ 14.395,40 por mes.

Recordá que si tu sueldo bruto superó los $ 250.000 el año anterior, o si pedís el reintegro de la percepción por compras en el exterior, estas deducciones tenés que informarlas a través de Internet (formulario 572 web, herramienta Siradig Trabajador).

PARA INFORMAR LAS DEDUCCIONES. Cómo completar el formulario 572 web (SIRADIG).

3-Sueldos brutos superiores a $ 25.000 entre enero y agosto de 2013, pero por debajo de $ 15.000 en 2015

En este caso, se toma como referencia el salario o haber bruto de 2015 (este es un cambio respecto al período fiscal 2014 porque se seguía tomando el sueldo de 2013).

En este caso, los trabajadores o jubilados quedan exentos, como en el caso 1.

4-Sueldos brutos superiores a $ 25.000 entre enero y agosto de 2013, pero en 2015 entre $ 15.000 y $ 25.000

En este caso, también se toma como referencia el salario cobrado en 2015.

Estos trabajadores y jubilados quedan encuadrados en las seis escalas que mostramos en el caso 2.

5-Sueldos brutos superiores a $ 25.000 entre enero y agosto de 2013, y por encima de $ 25.000 en 2015

En este caso se mantiene la situación que tenían estos empleados desde 2013. Es decir, tienen los valores más bajos de deducciones (no se modifican desde marzo de 2013), por lo que su carga fiscal es la mayor de todas (mirá el último escalón en el cuadro anterior).

6-Empleados que comenzaron a trabajar o pasivos que se jubilaron a partir de septiembre de 2013

A diferencia del criterio que se venía adoptando (el sueldo de referencia es el de la fecha de ingreso), ahora se toma el mayor salario bruto cobrado desde enero de 2015.

De todos modos, la AFIP aclaró que la última modificación no puede generar una situación más desfavorable para el trabajador.

Se pueden dar las siguientes situaciones :

  • Sueldo inicial menor a $ 15.000. En este caso, empleados y trabajadores están exentos del pago del impuesto (similar al caso 1) y lo siguen estando, no importa cuánto cobren en la actualidad.
  • Sueldo inicial entre $ 15.000 y $ 25.000, y en 2015 inferior a $ 15.000. También están exentos de Ganancias (similar al caso anterior).
  • Sueldo inicial entre $ 15.000 y $ 25.000, y en 2015, también en la misma franja. Se les aplica la tabla de deducciones del caso 2, con seis niveles diferentes según el sueldo. Son quienes están alcanzados por las modificaciones de mayor de 2015.
  • Sueldo inicial entre $ 15.000 y $ 25.000, y en 2015 superior a $ 25.000. Se les aplica la tabla de deducciones de septiembre de 2013 (incremento parcial), un sólo valor para todos. No están alcanzados por las modificaciones de mayo de 2015.
  • Sueldo inicial mayor a $ 25.000. Se aplica el  menor nivel de deducciones y, por ende, tienen la mayor carga fiscal (similar al caso 5). No tienen ni las modificaciones de septiembre de 2013, ni las de mayo de 2015.

7- Empleados o jubilados de la Patagonia.

Tienen un nivel de deducciones 8,33% superior a las de sus pares del resto del país.

También varían según el salario.

En lugar de tomar como referencia el sueldo bruto de enero a agosto de 2013, se toma el mayor desde enero de 2015.

8-Trabajadores autónomos

A los independientes, los cambios de septiembre de 2013 y de mayo de 2015 no los afecta.

Las deducciones anuales son similares a los trabajadores que habían tenido ingresos superiores a $ 25.000, aunque en este caso, la deducción especial es igual a la ganancia no imponible.

 Deducciones anuales Año 2014/2015
Ganancia no imponible $ 15.552,00
Deducción especial trabajadores independientes $ 15.552,00
Cargas de familia
Cónyuge $ 17.280,00
Hijos $ 8.640,00
Otros familiares $ 6.480,00

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

84 respuestas a “Ganancias: cuánto vas a pagar en 2015 según tu sueldo”

  1. monica dice:

    Hola una persona que se jubiló en 04/15 con una remuneración inicial de 24.300 y desde agosto de $ 26.500 que escala se le aplica? Muchas gracias

  2. silvina dice:

    Hola, esta consulta es por mi marido: fue monotributista hasta enero 2016 (ingresos menores a 15.000), entra en relacion de dependencia en febrero 2016 con un sueldo de 22000 bruto. debe pagar ganancias? gracias

  3. Daniel dice:

    Te consulto, yo en el 2013 era Monotributista, desde el 2014 en relación de dependencia. En junio de 2015 cambié de trabajo. Hoy estaría alcanzado por el impuesto? Sueldo bruto 21000. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniel,
      Para ver si pagás o no Ganancias debés tomar en cuenta el primer sueldo que comenzaste a cobrar como empleado (en 2014). Si era menor a 15000 bruto, estás exento, si era más, estás alcanzado. Slds.

    • Paula Martinez dice:

      Daniel, no me pases información privada a través de esta página. Pasamela aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contacto/ Slds.

  4. Fernando J. dice:

    Buenas noches, estoy exento de ganancias (menos de 15mil brutos y previo a 2013). Para pedir el reintegro de percepciones por compra de dolares debo hacer el Siradig o el form. 746? gracias

  5. Marisa dice:

    Hola!
    Una consulta. Durante 2015 estuve desempleada, En enero 2016 empece a trabajar con sueldo Bruto $ 20000. Corresponde que me retengan ganancias en mis haberes?

    • Paula Martinez dice:

      Si trabajaste entre enero y septiembre de 2013 con un bruto inferior a $ 15.000, no corresponde. EN este caso, deberías informarle a tu nuevo empleador.

  6. Fernando dice:

    Buenos Dias. Quisiera saber como se calcula el impuesto a las ganancia para el año 2015 para un jubilado con sueldo mayot a $25.000. Por favor me podran pasar el clculo en planilla de excel. Muchas gracias. Saludos….

    • Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      Depende de tu haber jubilatorio/sueldo en 2013 y, según el caso, en 2015. Los jubilados tienen la misma situación que los empleados.
      Fijate en el cuadro de las deducciones y, a tu haber bruto mensual restale las que corresponden según tu ingreso. A ese monto se le aplica una alícuota progresiva, no es algo fácil. Tengo una planilla excel en el sitio (en la pestaña «Herramientas», «planillas de cálculo», pero no hice una para 2015 porque son un montón de situaciones distintas que considerar.
      Esperemos que con la reforma que están pensando en el nuevo Gobierno esto cambie porque es un lío. Saludos,

  7. Gabriela dc dice:

    Buenos días, mi marido entre enero agosto 2013 solo trabajo 2 meses, cobrando sueldos inferiores a 15000 brutos. Entre septiembre y diciembre 2013 tuvo 2 trabajos, uno temporal septiembre octubre con sueldo menor a 15000 bruto y a partir de noviembre uno fijo hasta mayo del 2105, en noviembre 2013 en ese trabajo comenzó a cobrar 17000 bruto. Ahora bien, esa empresa no le descontaba ganancias porque quedaba dentro de la exención enero agosto 2013, pero la nueva con la que esta desde mayo 2015 a la actualidad, le descuenta porque dice que al no haber trabajado todo el periodo enero agosto 2013 no queda exento y que lo que paso entre septiembre diciembre 2013 tampoco aplica.
    Es correcto esto. Sino es asi, como lo reclamo ya que no han respondido ninguna de mis inquietudes. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Hay una zona gris en ese punto. Yo entiendo que la normativa habla de el mayor sueldo entre enero y agosto de 2013, no importa cuántos meses trabajes. Si es inferior a $ 15.000 en bruto está exento de Ganancias.

  8. Pablo dice:

    Felicitaciones por la pàgina y la ayuda que brindan.

    Les consulto, el que ganò siempre menos de 15000 brutos, y ahora en diciembre de 2015 empezó a ganar màs de ese monto, le corresponde pagar el impuesto a las ganancias?

  9. Jose dice:

    Hola, en año 2013 ganaba menos de $ 15.000, en 2014 mis ingresos son 205.000 y en 2015 $ 250.000. debo presentar declaración de Ganancia 2013, 2014 y 2015

    Porque he presentado formulario 746/a para el reintegro de retenciones y percepciones por campras exterioir y moneda extranjera, en AFIP me piden la presentacion de esas DDJJ para continuar con la devolucion

    Gracias
    Muy buena y clara tu nota

  10. Cristian dice:

    Hola. Disculpen si duplico esta consulta, pero no la veo registrada.
    Mi caso es el siguiente: En mi trabajo actual (más de 20 años de antiguedad) tengo un sueldo bruto inferior a los 15000 pesos (así fue también de enero a agosto de 2013). En diciembre de 2015 comencé un nuevo trabajo en el sector público (conservando también el actual) donde tengo un sueldo bruto de 16000 pesos. Entre los dos sueldos suman 30000 pesos. Corresponde en este caso pagar ganancias, cuando hasta agosto 2013 no superaba los 15000 pesos? En caso de no corresponder, cómo le informo a mi nuevo empleador tal situación? Muchas gracias. Saludos cordiales.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      No corresponde. Informale a tu nuevo empleador (consultale qué documentación presentar). Saludos,

  11. Cristian dice:

    Buenas noches.
    Mi situación es la siguiente: en mi trabajo actual tengo un sueldo bruto de 14000 pesos (en agosto de 2013 también era inferior a 15000 pesos). Este año comencé a trabajar además en el sector público, con un sueldo bruto de 16000 pesos, haciendo un total entre los dos Ingresos de 30000 pesos aproximadamente.
    En este caso, al no haber tenido sueldos brutos mayores a 15000 pesos en agosto de 2013, como queda mi situación con respecto al impuesto a las ganancias? Debo presentar el formulario 572 al empleador que paga mayor sueldo? Como se le informa al empleador que en 2013 cobraba menos de 15000, en el caso de que por ese motivo no deban retenerme? Muchas gracias. Saludos cordiales.

    • Paula Martinez dice:

      Hola,
      Hasta que no cambie la ley, seguís exento si en 2013 ganabas menos de 15.000.
      Informale a tu empleador (presentale un recibo de sueldo, o lo que te pida).
      Saludos,

  12. Oscar dice:

    Hola, yo de enero a agosto 2013 estaba sin trabajo, mi primer sueldo de 2013 no superó los 15 mil pesos hasta el 2015 …la ley del 2013 sólo es veneficio para los que no superaban los 15 mil pesos , pregunto y yo que estaba sin trabajo en esa fecha cual es mi veneficio …gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. En tu caso se toma el primer sueldo que cobraste a partir de septiembre de 2013. Slds.

  13. Martin dice:

    Buenos dias, hace varios meses que consulto en distintos medios, asi mismo he pagado 6 consultas distintas con contadores y nadie sabe responder mi consulta. Yo trabaje entre enero de 2013 y agosto de 2013 solo dos meses con sueldo inferior a 15000 pesos bruto. En septiembre 2013 tuve un trabajo temporal que duro 2 meses con sueldo menor a 15000 y a partir de octubre empece a trabajar en una empresa con sueldo menor a 15000 bruto. Hasta mayo de 2015 estuve con esa empresa que no me descontaba ganancias por el decreto 1242/2013, ahora bien a partir de mayo en una nueva empresa me descuentan ganancias, diciendo que hubo ciertas modificaciones que ellos interpretan como para descontarme. Dicen que al no haber trabajado todos los meses del periodo enero-agosto 2013 o el 70% de los mismos, es como si no hubiera trabajado, y no importa lo que paso a partir de septiembre. Los distintos contadores me dicen que esta mal interpretado pero ninguno me ha dado argumentos para que yo presente a la empresa, solo eso y obviamente la empresa me sigue descontando. Esta bien o mal descontado? Si esta mal, como, por favor se lo hago entender a la empresa? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Martín,
      Lo que decís es así. Si trabajaste algún mes entre enero y agosto de 2013 se toma como referencia para aplicar el decreto 1242/2013.
      Lo dice en el artículo 2° de la REs. Gral 3525, reglamentaria del decreto: http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/215000-219999/218963/norma.htm
      El artículo 3° es el que, entiendo, tu empleador toma. Pero, según interpreto, este artículo se refiere a los rubros que deben tomarse para considerarlos en la remuneración habitual, no para el cobro o no del sueldo.
      Sugiero lo siguiente. Mandá tu consulta a la mesa de ayuda de Afip y la respuesta presentala a tu empleador. Vía web: http://www.afip.gob.ar/consultas/ por mail: [email protected] Incluso el titular de la Afip, Alberto Abad, dio su mail particular: [email protected]
      Ojalá te respondan porque es una zona sujeta a interpretación equívoca (si podés contarnos después, buenísimo). Saludos,

      • Martin dice:

        Acabo de enviar los mails y me los devuelve, aparentemente no reciben mas ni la mesa de ayuda ni abad, asi que deje mi consulta en la web, espero me respondan. Muchas gracias.

      • Martin dice:

        Hola Paula, mande la consulta y ayer me respondieron, estoy realmente indignado, lo único que hicieron fue transcribirse la ley, remarcando el párrafo del 75% sin decirme si esta bien o mal cobrado y porque. Mande otra consulta espero que me respondan, algo que me fije ayer en mi cuenta de la afip es que yo empece a trabajar en octubre 2103 nuevamente, no en septiembre. O sea fueron enero y febrero, con sueldos menores a $15000 brutos y octubre-noviembre-diciembre, también con sueldos menores a $15000 brutos. Si pudieras darme algo mas o menos armado de tu interpretacion asi les mando una carta a la empresa por mi cuenta a ver si me atienden el reclamo esta vez , te lo agradecería infinita,ente ya que los contadores aca no tienen ni idea y no cuento con el tiempo ni el dinero para ir a las oficinas de la afip en buenos aires.

      • Martin dice:

        Enviado el mail. Gracias por tu tiempo. saludos!!

  14. Maximiliano Masson dice:

    Buenas tardes, mi consulta es si deberia pagar ganancias ya que comencé a trabajar en un privado en abril de 2013 ganando menos de 15000, luego renuncié y comencé a trabajar para el estado en abril de 2014 con un bruto de $20000 y tributo ganancias. Actualmente me están descontando $17000, en total recibo la mitad de mi sueldo bruto y me parece demasiado descuento
    Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Según la resolución de Afip, si trabajaste entre enero y agosto de 2013 (no dice en ningún lado un tiempo mínimo) se toma ese salario para considerar si estás exento o no. Te sugiero que le consultes a tu empleador esa situación. Slds.

  15. osvaldo suarez dice:

    hola.buenas noches. soy jubilado y gano 30500$ y con el aguinaldo que acabo de cobrar me descontaron 14500$ de impuestos a las ganancias tengo una hija de 23 años a cargo y pago de obra social particular 34000$ al año. ademas en el 2013 ganaba menos de 13000$ por mes como empleado en relacion de dependencia y por lo que e leido segun lo interpreto yo no me tendrian que descontar. es asi? desde ya muchas gracias vivo en la patagonia en trelew

    • Paula Martinez dice:

      Hola Osvaldo,
      El tema es que para la Patagonia no se toma como referencia el sueldo de 2013 sino el de 2015. Me parece demasiado el descuento pero es posible que el acumulado del año sea alto. No podría decir a simple vista si está bien o no, depende de muchas cosas. Te sugiero que pidas que te expliquen cómo se liquidó Ganancias.
      Y recordá cargar en el Siradig tu hija y todas las deducciones que tengas antes del 31 de enero, si tenés diferencias a favor te lo devuelven con la jubilación de febrero ( https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/ ).
      Slds.
      slds.

  16. Daniel dice:

    Buenos dias, consulta importante.
    En mi trabajo tenemos algunos premios y estos nos pagan como «no remunerativo, los mismos suman para el calculo del impuesto a las ganancias pero no para hacer los descuentos previsionales ni para vacaciones ni aguinaldo.
    Por lo tanto al hacer el calculo del impuesto anual se tiene un haber bruto donde va sumado todo (presentismo, horas extras, vacaciones, premios, productividad, etc.) pero al restar las retenciones solo va lo que no es «no remunerativo», por lo tanto el resultado es un enorme impuesto.
    Ese calculo que hace la empresa, esta bien? Porque me parece que no es justo y tal vez la ley dice que tiene que ser así, pero la leí y no encontré que diga algo así o no lo leí de manera correcta.
    Me podrían indicar como es el calculo realmente.
    Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Daniel. El pago de Ganancias es sobre todo tu ingreso, o sea que no importa si el importe es o no remunerativo. Slds.

      • Daniel dice:

        Gracias Paula, eso lo entiendo perfectamente.
        Pero te doy un ejemplo, por supuesto no con todos los items, solo para que se entienda.
        Sueldo: 16000
        No remunerativo: 4000
        Para el impuesto va el total, o sea 20000, eso lo se.
        Pero las retenciones, solo se hacen por el valor de 16000.
        De mas esta decir que no es lo mismo que te saquen el 19% de 16000 que de 20000, entonces la diferencia al calcular la Ganancia Neta es:
        1)- 20000-0.19*16000= 16960
        2)- 20000-0.19*20000= 16200
        Lo cual se ve claramente que la Ganancia neta es mas chica cuando se toma 20000, lo que hace que todas las sucesivas restas hasta llegar a la Ganancia Neta Sujeta a Impuesto sea menor y por ende sea menor el impuesto calculado.
        Ademas, todo lo «no remunerativo» tampoco va para vacaciones ni aguinaldo, no es justo que se sume solamente para el impuesto.
        Espero que entiendas mi consulta.
        Muchas gracias

        • Paula Martinez dice:

          Lo que no entiendo es por qué decís que la ganancia neta es más chica si tu ingreso es mayor.
          Además, los cálculos que veo es que estás aplicando la alícuota directamente sobre el ingreso y no es así. A tu ingreso le tenés que restar todas las deducciones y a eso se aplica la alícuota progresiva según el monto (se toma el monto acumulado anual, no el mensual).

  17. Guillermo dice:

    Hola, desde el 2012 al 30 de Junio de 2015 trabaje por mi cuenta como monotributista, teniendo entre enero y agosto del 2013 una facturación menor a $15000 mensual. A partir del 1 de Julio de 2015 comencé a trabajar bajo dependencia con un sueldo bruto de $26000 y no me descontaron ganancias, pero este mes hice varias horas extras y mi bruto fue de $38500 y me descontaron $2950 de ganancias (soy casado con 2 hijos menores). Quisiera saber si es correcto ya que como en el 2013 mi facturación fue menor a $15000 creía que no me correspondía pagar ganancias.
    Desde ya muchas gracias por la respuesta.
    Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Guillermo, si no trabajaste en relación de dependencia entre enero y agosto de 2013 (el monotributo no cuenta), te van a tomar el sueldo de ingreso laboral como referencia para ver si estás o no exento o cuál es el mínimo que te corresponde.
      En tu caso sí te correspondería tributar. Es muy probable que antes no te descontaran Ganancias porque tenés varios rubros para deducir.
      No es mucho que te descuenten ese monto con tu nivel de sueldo.
      Saludos,

  18. roberto dice:

    Estimado. Tengo una jubilación de 58000 brutos. Me descontaron 11000 de imp. a las ganancias, està b ien

    Es mi tercer sueldo!! y va bajando mes a mes!! nominalmente!!

    Gracias
    rf

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Habría que ver el caso particuar, pero por ese monto bruto no es raro un descuento de 11.000. Si tiene dudas, le sugiero que haga revisar la liquidación por un contador de confianza. Un saludo, Paula

  19. Martin dice:

    Consulta. Si entre enero de 2013 y agosto tuve 1 periodo con 15.000,44 (Si, 44 centavos) y 1 con 17000 debería pagar el impuesto. La duda surge de que hay muchos contadores / legales que indican que tiene que ser promedio mayor a 15000 no un sueldo solo o dos como podría ser mi caso.

    Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola Martín-
      No se toma el promedio sino el mayor sueldo entre enero y agosto de 2013 para ver el encuadramiento. La resolución es clara en esto.
      Para esto se toman los rubros de cobro normal y habitual y esto implica que sean ítems que se hayan cobrado al menos seis meses.
      Slds.

  20. jose dice:

    Hola buenos dias una pregunta mi sueldo entre enero y agosto del 2013 era durante 4 meses cobre entre 14260 y 17509, otros dos meses entre 22217 y 23737 uno de 25251 y el ultimo de 29196 como se saca el promedio porque solo en dos meses me pase de 25000 y la ley dice que como minimo tendria que haber cobre durante 6 meses mas de 25000 para no entre en los beneficios del impuesto.
    muy muy buena la pagina excelente y gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola José,
      para encuadrarte en un nivel de deducciones X se toma el mayor sueldo entre enero y agosto de 2013, no el promedio.
      Para eso se toma la remuneración normal y habitual. Aquí es donde se computan al menos 6 meses de haber cobrado ese rubro (por ejemplo, horas extra, feriados, o similar). No dice la resolución que debés superar 25.000 los seis meses sino que, si lo superaste un mes, ya se toma este monto.
      Gracias por el comentario y me alegro que te guste la página!. Saludos,

  21. Juan Paz dice:

    Estimados, yo entre enero y agosto de 2013 solo trabaje en relación de dependencia desde enero a abril y nunca supere los $15000 brutos, el 26 de septiembre de 2013 comencé nuevamente a trabajar en relación de dependencia y a partir de ahí a los pocos meses ya superaba los $15000 brutos. Entre 9/2013 a la actualidad pase por 4 empleadores de manera ininterrumpida siempre superando los $25000 brutos, pero ninguno me descontó ganancias por encuadrarse dentro de los exentos por el periodo enero-agosto de 2013. En el 4° empleador (actual), comencé el 13/7 de 2015 y no me habían descontado hasta este mes de noviembre (sueldo de octubre), me dicen que para estar exento debo tener entre enero y agosto de 2013 al menos 6 meses (75%) del periodo con trabajo en relación de dependencia con sueldo menor a $15000 sino me toman el mejor sueldo de 2015 como si en el periodo enero-agosto del 2013 no hubiese trabajado. Esto es correcto?. Muchas Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      Lo del 75% es para ver los ítems que son normales y habituales.
      La normativa dice expresamente que se toma como referencia el mayor del período enero a agosto de 2013, no dice en esta parte que se debe haber trabajador el 75%.
      Te sugiero que, si no tenés una respuesta positiva de tu empleador, realices una consulta a la AFIP (http://www.afip.gob.ar/consultas/ o [email protected]) y vayas con la respuesta.
      Suerte!

  22. Fernando dice:

    Hola Paula:

    Yo entre enero y agosto de 2013 no trabajaba (estaba estudiando afuera). Luego en diciembre 2014 volvi a trabajar ganando aprox 22.000 brutos. Pague ganancias desde que volvi. Correspondia? Cualquier comentario se agradece.

    Saludos..

    • Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      Lamentablemente esa es una de las inequidades que establecieron con las modificaciones desde 2013. A quienes ingresan a trabajar después de agosto de 2013 les toman como referencia para ver si están exentos o para computar determinado nivel de deducciones el primer sueldo cobrado en el ingreso. Así que en tu caso sí te corresponde tributar.
      Saludos

  23. Mauge Pujol dice:

    Hola, buen día,

    Quería consultarles ya que entre enero y agosto del 2013 , yo tenía un sueldo menor a $15000 pero me tomé licencia de maternidad de abril a agosto.-
    Yo no estaba pagando ganancias, y este mes me avisaron que se equivocaron y como no trabajé en agosto me deben descontar ganancias.-
    Leí la resolución y habla del 75 % del período así que tal vez tengan razón.-

    • Paula Martinez dice:

      El 75% del período se refiere a los conceptos que se toman para considerar la remuneración «normal y habitual» (fijate que está en el artículo 3° que habla de este tema http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/215000-219999/219113/norma.htm
      En el artículo 2° está claro cuando se dice que se toma la mayor remuneración devengada en el período enero a agosto de 2013, no dice en ningún momento que se haya trabajado todos los meses. O sea que te tienen que tomar el mayor sueldo de ese período, no importa cuánto tiempo trabajaste.

  24. daniel dice:

    Buen dia, yo entre enero y agosto del 2013 no trabajaba, y a partir del diciembre del 2014 percibo 14 brutos. Si ahora cambio de trabajo y percibiria mas de 25 brutos, pago ganancias?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      No. Si estás exento seguís sin tributar aunque cambies de empleo (informale tu situación a tu nuevo empleador. Slds.

  25. daniel dice:

    Buen dia, yo entre enero y agosto del 2013 no trabajaba, y a partir del diciembre del 2015 percibo 14 brutos. Si ahora cambio de trabajo y percibiria mas de 25 brutos, pago ganancias?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Si ahora estás exento y cambiás de trabajo, seguís exento.

  26. fernando dice:

    hola, consulta. Estoy por comenzar con mi primer trabajo formal a partir de noviembre (anteriormente no tenia ninguno) y me ofrecen un bruto que supera los $50000, mi pregunta es si ¿pago ganancias desde el primer sueldo o partir de cuando lo haría para considerar el sueldo «habitual»?

    • Paula Martinez dice:

      Se tributa desde el primer sueldo si estás dentro de los límites (en ese caso, sí estarías).

  27. julieta cordoba dice:

    Hola mi consulta es la siguiente, como docente q recien comienza a trabajar no he cobrado ningún sueldo desde el mes de noviembre 2014 con una carga horaria de 12hs con sueldo mensual de 5000, en breves dicen que me depositaran los meses adeudados ese dinero tiene impuesto a la ganacia?? te lo consulto xq hay rumores de q la sumatoria de los haberes adeudados pagaran impuesto a la ganacia ya que supera los 25mil. Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No tributás si tu sueldo supera los 15000 en bruto. No se consideran los montos extraordinarios (como un retroactivo).

  28. fer dice:

    Buen día, tengo un salario de $41000 brutosy me descontaron en sept. 7734.87 pago obra social de $1400 de mi bolsillo para mi familia tengo un hijo y sin nada mas para descontar, ¿está bien ese descuento por ganacias?
    Vivo en Río negro
    en todos los calculadores me da un número distinto

    muchas gracias desde ahora…
    fer

    • Paula Martinez dice:

      Hola Fer.No te puedo decir cuánto te tienen que descontar porque depende de cuánto cobrabas hasta septiembre de 2013, o a partir de 2015 (depende el caso) y otras cuestiones.
      Es bastante difícil el procedimiento porque tenés que saber en qué nivel de retenciones te ubicás.
      De todos modos, a priori, no me parece descabellado lo que te están descontando para tu nivel de sueldo.

  29. Juan dice:

    Buenas tardes,

    Tengo una consulta teniendo en cuenta mi situación actual.

    Yo comencé a trabajar en Abril del 2014 con un salario bruto menor a los $10.000, previo a eso no trabajaba.
    Para Enero del 2015 cobraba un salario bruto de $12.000
    En Septiembre del 2015 cobre un salario bruto de $22.000
    Y ahora tengo una nueva propuesta laboral para cobrar bruto $33.000. Teniendo en cuenta esta situación, yo tendría que pagar ganancias ? En caso de ser así, en que franja entraría ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Juan, por ahora, la resolución vigente de Afip dice expresamente que se toma como referencia el mayor sueldo de enero a agosto de 2013 sin importar si después cambiás de trabajo. Si en ese período no superabas los 15000 en bruto, tenés que estar y seguir exento de Ganancias.

  30. beatrix dice:

    quiero saber cuanto le retienen a un jubilado cuyo haber es de 26000 $ y en el 2013 era menor a 14000 $

  31. franco dice:

    Hola, yo actualmente gano 19000 bruto y no pago ganancias, una empresa me esta ofreciendo cambiarme por 25000, voy a comenzar a pagar ganancias? a pesar de que antes no lo hacía.
    Es la unica duda que tengo. desde ya muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si estás exento por haber ganado menos de 15.000 brutos entre enero y agosto de 2013, lo seguirás estando por más que cambies de trabajo. Slds.

  32. LEANDRO dice:

    Hola. Quisiera consultar sobre mi situacion tributaria.
    De enero a Junio de 2013, mi bruto fue de $13355, Julio $15091 y Agosto $16147.
    Hoy mi bruto es de $31379.
    Este mes mi bruto fue de $42047 por que hice horas extras ($10668) y pague de ganancias $9338.
    Osea labure horas extras gratis. En fin mi consulta era por que en su video dice NORMAL Y HABITUAL, osea 6 de 8 meses. Si yo gane por 6 meses 13300 y los ultimos 2 meses me aumentaron, debo pagar igual?
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leandro,
      Lo normal y habitual es para ver qué items se suman o no, pero el que se toma es el mayor salario bruto normal y habitual. O sea, los aumentos salariales sí se computan. Por lo que me ponés, me parece que sí te corresponde pagar, lamentablemente. Slds.

  33. eli dice:

    Mi marido trabaja cerca de Bariloche pero vivimos en Saavedra un pueblo cerca de bahia blanca el actualmente gana en bruto 25 mil y tenemos 2 hijas a cargo le descuentan 3200 pesos de imp a las ganancias es normal? ?? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Puede ser, no es un monto exagerado para ese nivel de ingreso. De todos modos, hay que ver el caso si está bien encuadrado. Cualquier duda, sugiero consultar al área de recursos humanos, que le expliquen cómo le están descontando. Slds.

  34. Ramos Mabel dice:

    Hola. El sueldo bruto mayor de mi esposo entre enero y agosto de 2013 fue de $ 22000. El mes de agosto/2015 el bruto fue de $ 33000 y le descontaron $ 9800. En lo que va del año acumula $ 27000. Es conductor de micros y vivimos en la patagonia con 1 hijo a cargo. Puede ser tanto el descuento? . Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Sí, es probable que si tiene un bruto de 33.000 le descuenten 9.800. Habría que ver bien el caso pero no es un número disparatado. slds.

      • jorge dice:

        Lamentablemente, para un trabajador, para un laburante..ese monto que le descuentan es un disparate..!

  35. Laura dice:

    Hola, quisiera consultarles acerca de mi madre. Ella cobra una pensión por mi padre que falleció en septiembre de 2013. Con el último aumento de las jubilaciones y pensiones superó los 20000 pesos brutos y le han descontado un poco más de 8000 pesos de ganancias. Está bien ese valor????? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Laura,
      depende mucho de cómo es su historial jubilatorio, sobre todo, cuánto cobraba entre enero y agosto de 2013.
      me parece un poco raro que pague tanto con esa jubilación, pero podría darse, según el caso. Slds.

  36. Rodolfo dice:

    Estimado, soy jubilado, tengo esposa y cobro bruto 18,100.- cual es el monto que me deben descontar de ganancias mensualmente, ya que este mes me descontaron 6357,28 y nunca me descontaron ganancias anteriormente, percibo el haber desde setiembre de 2013, gracias

    • Paula Martinez dice:

      Rodolfo, no te podría decir si está bien el descuento ya que depende de muchísimas situaciones, sobre todo cuánto cobrabas entre enero y agosto de 2013 o en el primer mes de jubilación.

  37. Hernan dice:

    Hola gente de PresupuestoFamiliar

    Tengo un caso atipico para consultar, un amigo trabajo solo 3 meses durante 2013 (marzo, abril y mayo), despues no volvio a trabajar en relacion de dependencia hasta noviembre del 2014 y hasta junio del 2015 no estuvo alcanzado por ganancias, ahora le estan diciendo en el nuevo trabajo que si va a estar alcanzado, esto es correcto?
    Les dejo algunos datos para aclarar la situacion.
    Estado Civil: La pareja tambien trabaja
    2013 – Empleador X, bruto $ (marzo, abril y mayo)
    2014 – Empleador Y, bruto $15000, desde noviembre hasta principios de junio del 2015
    2015 – Empleador Z, bruto $19000, desde mediados de Junio
    Saludos y Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Hernán. Si trabajó en el período enero a agosto de 2013, se toma como referencia el sueldo bruto habitual de ese momento. Si no superó los 15.000 brutos está exento de Ganancias y sigue así.
      Tiene que informar a su actual empleador de esta situación para que la tenga en cuenta. Slds.

      • Natalia dice:

        Hola, estoy en una situación similar a la que mencionaron: trabajé de enero a mayo inclusive del 2013, con un sueldo inferior a los 15 000 brutos, solo que en la liquidación de la indeminizacion por despido de mayo figura por supuesto un monto mayor ( el sueldo de mayo, mas el aguinaldo correspondiente, mas mes de no aviso, etc).
        En diciembre del 2014 comencé a trabajar nuevamente en relación de dependencia, y luego del cambio de ganancias de mayo, comenzaron a descontarme, reclamé varias veces pero dicen que no estoy exenta. Como puedo reclamar o tomar accion entonteces para que me reintegren lo descontado si es asì? Gracias!!

        • Paula Martinez dice:

          Por lo que me contás, entiendo que sí quedarías exenta. Comentales tu sueldo en 2013, si no te responden en tu actual trabajo, te recomiendo que te asesores con un contador para hacer el reclamo porque supongo que será bastante dinero. Slds.

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