Presupuesto

Empleadas domésticas y cuarentena por coronavirus

31/03/2020

Las trabajadoras de casas particulares están incluidas en la obligación de quedarse en casa, cobrando el sueldo. Distintos casos. 


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Las trabajadoras de casas particulares están incluidas en la obligación de quedarse en casa, cobrando el sueldo, en los lugares que sigue la cuarentena. Distintos casos. Mirá una forma para pagar  a empleadas sin cuenta bancaria.

Nota actualizada al 23 de septiembre. 

La pandemia del coronavirus (Covid-19) afecta la vida de todos. Suspende las clases, reduce la actividad y los ingresos de los independientes, obliga a quedarse en cuarentena a muchas familias y eso impacta en los trabajadores de casas particulares.

NOVEDAD. Se extendió (por tercera vez)   hasta fin de noviembre de 2020, la prohibición de realizar despidos o suspensiones sin causa, o por disminución de trabajo o fuerza mayor. Los despidos en estos meses no son válidos.  La medida comenzó el 30 de marzo.

Mirá el encuentro virtual en vivo que hicimos para miembros de la Comunidad Mi Presupuesto  (clic para saber de qué se trata y registrarte).

YouTube video

Decreto del 20 de marzo

En la noche del jueves se decretó el «aislamiento social preventivo y obligatorio» para todas las personas del país.

Todos deben quedarse en su domicilio y no salir salvo para comprar alimentos, trabajar en actividades que están permitidas, ir a la farmacia y asistir a personas que lo necesiten.

Los trabajadores deben seguir cobrando su salario habitual. También se deben seguir pagando los aportes a la AFIP, que vencen el 13 de abril. 

Si la empleada no tiene cuenta bancaria, una opción útil es que el empleador le envíe dinero para retirar por cajero con un código único.

Servicios esenciales

Están exceptuadas las actividades esenciales para que el país siga funcionando.

En el caso del servicio doméstico, los casos en los cuales la trabajadora tendría que seguir prestando el servicio serían los considerados esenciales:

  • El caso típico es el de cuidado de una persona mayor o discapacitada.
  • Otra situación incluida en las excepciones al aislamiento es el cuidado de niños. Este caso podría darse siempre que los padres tengan que trabajar en tareas esenciales y no puedan hacerse cargo de ellos.

Certificado para circular. Desde el 6 de abril, es obligatorio completar en la web el Certificado Único Habilitante para Circulación (Cuhc) (clic para completar la declaración jurada). Esto genera un formulario que se puede descargar en el celular, consultar desde la aplicación móvil Mi Argentina o bien, imprimirlo para presentar a quien lo requiera.

Cama adentro. Si la empleada vive en el lugar de trabajo puede realizar el aislamiento allí.

Lo que dice el decreto es que las personas deben quedarse donde estén residiendo a las 0,00 horas del viernes 20.

Recordá, además, que el 23 y 24 de marzo son feriados nacionales (se deben pagar doble si se trabaja).  Además, se adelantó el feriado del 2 de abril para el 31 de marzo.

Semana Santa. El jueves es día no laborable (no se paga como feriado), y el viernes 10 es feriado nacional.

Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)

Las empleadas domésticas están incluidas en el beneficio de $ 10.000 por única vez en abril (se puede extender si sigue la cuarentena) para trabajadores vulnerables. Aplica tanto a registradas como «en negro».

Medidas aún vigentes

Estos eran los distintos casos que se podían presentar hasta el jueves 19, que todavía se mantienen.

Familia que vuelve de viaje del exterior

En este caso, la cuarentena en el hogar de todos quienes viajaron es obligatoria y estricta por 14 días y aquí no se considera ningún caso de excepción para salir. Deben tener alguien que les alcance los elementos esenciales.

Por esta razón, no pueden tomar contacto con otras personas, incluido el personal del servicio doméstico (salvo que también haya viajado con la familia).

En estos casos, la empleada doméstica no debe concurrir al domicilio pero debe seguir cobrando su salario normal. En algunas situaciones, se les pide que hagan las compras familiares, las cuales pueden realizarse sin contacto físico y teniendo en cuenta que el dinero en efectivo también es una fuente de contagio.

Un caso particular puede presentarse en el caso de trabajadoras cama adentro. Acá, lo mejor es que la empleada se traslade a otro lugar, pero si es imposible, también deberá cumplir la cuarentena y extremar todas las precauciones de limpieza y prevención.

Grupos de riesgo

Recordemos que, en el marco de esta pandemia, el Gobierno argentino dispuso que no deben ir a sus lugares de trabajo y seguir cobrando su salario normal, estas personas (ahora se sumó para todo el mundo salvo servicios esenciales):

  • Mayores de 60 años, excepto que sean considerados personal esencial.
  • Embarazadas.
  • Con enfermedades preexistentes de riesgo: enfermedades respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo); enfermedades cardíacas (insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas); inmunodeficiencias; diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o por ingresar a diálisis.

Las empleadas domésticas están incluidas en esta resolución oficial.

Período. Es por 14 días, del 17 al 31 de marzo inclusive.

Responsables de menores

Como los chicos no tienen clases y deben quedarse en su casa, el Gobierno también dispuso una licencia especial para que uno de los padres se quede con ellos y no vaya a trabajar.

Es posible que este sea el caso de muchas trabajadoras de casas particulares con hijos.

¿Qué dice la norma? Que mientras dure la suspensión de clases (por ahora, hasta el 31 de marzo) “se considerará justificada la inasistencia” del padre, madre o “persona adulta responsable a cargo cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado” de los menores.

Quienes estén alcanzados deben notificar esta situación al empleador, justificar la necesidad y detallar los datos indispensables para controlar. Sólo se puede adherir a esto un padre o responsable por hogar.

Otras situaciones

Trabajadoras enfermas. En caso de que la empleada doméstica presente síntomas no debe concurrir al domicilio a trabajar y presentar el certificado médico de alta médica. Según la ley debe informar fehacientemente al empleador -por telegrama (que es gratuito)-, su situación y que no va a concurrir en el caso de que represente un riesgo para una de las partes, según informó el sindicato de casas particulares (UPACP).

Empleador enfermo u otro miembro del hogar. En este caso, si no se interna, se debe aislar a la persona en la casa y extremar los cuidados de limpieza.

ATENCIÓN. Recordá que todas estas medidas para evitar que el virus se disperse entre la población. No es para cuidarnos a cada uno de nosotros sino a la sociedad en general.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

423 comentarios

  1. lorena lorena dice:

    Tengo una empleada en blanco, categoria 4. Desde el inicio de la cuarentena no viene a trabajar. he abonado su sueldo en tiempo y forma. Mi pregunta es: para calcular el aguinaldo, puedo considerar solo el tiempo que efectivamente prestò servicios? o el tiempo de cuarentena en el que no trabajó tengo que considerarlo como trabajado a esos efectos?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, todo el período de cuarentena también hay que incluirlo en el aguinaldo. En esta actividad no hubo ningún acuerdo para suspensión o pago commo no remunerativo.
      A los fines del pago son meses como si fueran de trabajo normal.

      1. Aldana Aldana dice:

        Pero el aguinaldo corresponde a días efectivamente trabajados y en este caso la empleada no está prestando servicios, porque se debiera abonar el aguinaldo de la misma forma?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hay que incluir todos los días de cuarentena en el aguinaldo.

    2. Andrea lorena Andrea lorena dice:

      Hola. Mi papá es jubilado de 92 años. Tiene una cuidadora por un lado mi papá no la podía poner en blanco x la cuestión dinero y cuando le dijimos que se haga monitributista no quiso.. En la cuarentena en vez de venir la sea los 5 días x 4 ha diarias venia solo 2 veces x semana 4 hs. Se le siguió pagando el sueldo completo hasta los viáticos que no viene. Esto ocasionó que mi Papá debe pagarle a otra sra para suplir su falta . X ende 2 días más se le paga a la otra cuidadora. Ahora como dice su primer cuidadora que en su barrio hay casos de covid no va a venir y pretende cobrar su sueldo más viaticos mensual pero ahor a debo pagarle a la segunda sra. Toda la semana completa. Mi papá dos sueldos y como expliqué su sueldo no es elastico…. tiene más gastos. Debe seguir pagándole mi papá si otra persona esta relizando su tarea y el no es una empresa es un sr. mayor jubilado. Gracias

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola.
        Las trabajadoras de categoría 4, que cuidan personas, son personal esencial. Por lo tanto, no quedaron exceptuados de trabajar en ningún momento.
        O sea que, si la empleada no va, siendo su obligación, esos días se pueden descontar, como en cualquier trabajo. Siempre es mejor acordar en estos casos y llegar a acuerdos, pero esto que te comento es lo que se desprende de los decretos. Sólo siguen cobrando su sueldo completo quienes no pueden concurrir a trabajar por el aislamiento obligatorio.

  2. Teresa Teresa dice:

    Hola. Soy niñera y tengo asma y voy a trabajar igual. Mis patrones estan ambos en la casa y sigo haciendo 9 horas normales como siempre. ¿Eso está bien? O tengo que quedarme en casa por ser de grupo de riesgo?

  3. Hola … soy empleada doméstica categoría 5 … estoy en blanco. Mi empleadora no me quiere abonar estos días de cuarentena, porque ( según ella ) no tiene los mismos ingresos … tampoco está haciendo los aportes a la afip …!!! Qué debo hacer ? Gracias

    1. Fabiana Fabiana dice:

      Hola. El último sueldo que cobre fue marzo 2020, mi empleadora me paga cargas sociales, pero 0 sueldo, eso es legal? Como genera las contrib y aportes sin un recibo de haberes en la AFIP.

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola. Lo que dice el decreto es que se debe seguir pagando.

  4. Ángeles Ángeles dice:

    Hola. Mi empleada decidió no venir, desde abril, cuida los chicos, y yo debo ir a trabajar, debo pagarle?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si está obligada a ir y no va, no le tenés que pagar.

  5. Hugo Lorenzoni Hugo Lorenzoni dice:

    Hola Paula, mi pregunta es la siguiente, si yo despido a mi empleada doméstica en este momento, que me corresponde pagarle ? Dado que hace tres meses que no puedo trabajar

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los despidos sin causa están prohibidos, es decir, son inválidos. Además, rige la doble indemnización hasta diciembre.
      La única opción en estos casos es llegar a un acuerdo entre las partes.

      1. Francisco Francisco dice:

        se puede bajar la cantidad de horas trabjadas?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Si hay una reducción del salario habitual se debe indemnizar.

      2. Tru Tru dice:

        No entiendo, si hay una ley de doble indemnización porque esta prohibido el despedido.. supongo que si contemplan doble indemnización es porque se puede despedir.
        En el caso de no poder, qué pasa con las suspensiones? Se pueden realizar?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Es una buena pregunta para hacerle a quienes hacen las normas, je.
          Tampoco se puede suspender, salvo acuerdo con el gremio (que no hay hasta ahora, ni creo que lo haya en el futuro).

  6. Sabrina Sabrina dice:

    Hola estoy en situación de embarazo de riesgo con reposo y con un niño de 6 años, ahora resulta q mi empleada (Que la tengo por cuidado de los 2) me dice que está embarazada.
    Que debo hacer? Tenemos poco tiempo de diferencia en la gestación y no me siento segura si ella nos cuida. Ni dejándole a mi hijo cuando yo voy al médico.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si está embarazada no puede trabajar. Además, tiene que tener la licencia como corresponde.

      1. Elba Elba dice:

        Hola queria saber como puedo gestionar para cobrar mi licencia estoy embarazada

  7. Marina Marina dice:

    Hola, quería saber si le corresponde al empleador pagar la obra social a la empleada domestica o solo tengo que pagar contribuciones y ART. De ser así, que le corresponde pagar la obra social a la empleada, es un derecho adquirido y debo seguir pagandolo? Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El empleador paga los aportes obligatorios.
      La parte de la OS se considera «aporte del trabajador» y se descuenta del sueldo neto en el recibo. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-aportes-obligarorios-en-2020/

  8. Adriana Adriana dice:

    Hola tengo a la señora q cuida a mi mama, me dice q ella no va a salir hacer las compras , porque se tiene que cuidar, esto es causal de despido ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      no

  9. Nancy Nancy dice:

    Estimada Paula:
    Quisiera saber por favor si hay alguna medida prevista para las casas de familia/ empleadoras en blanco que las autoridades parecen haber olvidado por completo. Hasta a las empresas han autorizado recortes salariales/ suspensiones. No creo justo que el gobierno me obligue a seguir pagando indefinidamente por un servicio que me obliga a no recibir. Sabe usted de algún servicio legal que pueda asesorarme? Desde ya, muchas gracias por sus siempre amables respuestas!
    Nancy

  10. Carolina Carolina dice:

    Otra consulta, la empleada está inscripta como menos de 12 horas por semana. Antes de la pandemia venia dos veces por semana (3 y 1/2 hora por día) y ahora, por cuestiones económicas nuestras va a venir 1 sola vez por semana. Tengo que aclarar algo en algún lado? Le tengo que hacer firmar algo? Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No hace falta. Pero, si te quedás más tranquila lo podés dejar plasmado por escrito.

  11. Carolina Carolina dice:

    Buenos días, quisiera saber que se pone en total de horas trabajadas en los meses de cuarentena que no podía venir a trabajar la trabajadora de casa particular. Gracias.

    1. Carolina Carolina dice:

      Perdón, no aclaré que es en el recibo de sueldo. Gracias

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo correcto seria poner cero (pero creo que el sistema de Afip no deja) y en observaciones señalar que es una licencia especial por el aislamiento obligatorio.

    3. Claudia Claudia dice:

      Hola una pregunta cómo se puede pagar el aguinaldo a la empleada doméstica desde que empezó la cuarentena no vino más a trabajar , a mí me pagan de apoco a la empresa la esta ayudando el estado y yo como hago para pagar. Ahora junio sueldo aguinaldo siempre seguí pagandole. El sueldo a mí me pagan en cuántas.como se puede pagar ya que no oí tengo mi ayuda de gobierno para que le pagué todo.

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        La alternativa en estos casos es dialogar con la empleada y acordar la forma de pago. No hay una solución prevista en la normativa, lo que queda es arreglar entre las partes.

  12. Paola Paola dice:

    Hola yo tengo una menor de 11 años me corresponde licencia ya q debería dejarla sola para comenzar a trabajar el próximo lunes 8 de junio soy categoría 4 y la mamá de la nena está embarazada de 6 meses y trabaja desde su casa .

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sugiero estos casos hablarlos entre las partes.
      En el caso de cuidado de menores no está claro en la ley que haya que seguir pagando el sueldo.

  13. Tomas Tomas dice:

    Hola.
    Tengo contratada a una señora que cuida a mi suegra de 86 años. La cuidadora tiene 61 años y no esta viniendo porque dice que esta exceptuada, pero por lo que lei en la página, como es personal esencial tendría que venir igual. Es así?
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los mayores de 60 años trabajan solo en caso de personal de saldu.

  14. Monica Monica dice:

    Hola que tal soy de categoría 5estoy en blanco pregunta
    mi empleador me pagaba todos los viernes y con este problema de pandemia tengo que estar llamándole para que me pague .principio era cada 2 semanas y ahora paso 3 y me dice que no tiene dinero .y va a ver!!! si la semana que viene me transfiere .que puedo hacer para que me pague?

  15. Ivan devia Ivan devia dice:

    Hola mi señora ase un año que está en blanco y las dos primeras semanas le pagaba y ya después no le pagaron más porque díselo su patrona que ella tiene una inmobiliaria y no está generando plata y si ella no le ingresa plata no puede pagarle

  16. Gaston Gaston dice:

    Buenas día, mi empleada por un accidente en otro trabajo falto todo enero y febrero, luego trabajo un día solamente en marzo y desde entonces no trabaja por la pandemia. Mi consulta es, el aguinaldo como lo computo? la mitad de que sueldo? la mitad del mes que mas cobro sin venir a trabajar? la mitad de un solo día que vino? Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si estaba de licencia y luego no fue por la cuarentena, igual tenía que seguir cobrando el sueldo. El aguinaldo es la mitad del mejor salario del semestre.

  17. Maria Maria dice:

    Hola,
    Nuestra empleada doméstica trabaja 5hs por semana en casa. Como corresponde, no asistió en toda la cuarentena y le pagamos el sueldo todos los meses por transferencia.
    Por decisión nuestra, hace ya un año que percibe por hora mucho más de lo que la ley exige. Todo esto reflejado en sus recibos ya que trabaja en blanco con los aportes, etc.
    Es posible en este tiempo de cuarentena empezar a pagarle lo que la ley exige y recortarle ese extra?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El sueldo no se puede reducir unilateralmente (salvo un acuerdo con la empleada).
      Lo que se recomienda si se paga por encima del mínimo es poner «a cuenta de futuros aumentos», de esa manera cuando hay suba salarial de convenio se puede absorber con ese monto.
      En la cuarentena, el pago debe seguir contemplando todos los ítems que se pagaban (incluido estos extra, siempre que fueran habituales). Entiendo que se podría no abonar viáticos o algún otro rubro de compensación de gastos, pero el resto no se puede evitar.

  18. Claudia Calderón Claudia Calderón dice:

    Hola Paula, muchas gracias por la presentación. Muy clara.
    Si quisiera acordar con mi empleada bajar las horas trabajadas y en consecuencia el sueldo. Deberia indemnizarla. Como podria hacerlo de manera documentada? Ingrese a la pagina de de Argentina.gob y me indica sacar un turno para resolucion de conflictos. Es necesario? dice que tenemos que poner dos abogados. Es asi?
    Espero tu respuesta. Saludos cordiales

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      La indemnización es en caso de despido o reducción salarial sin causa, no en los casos de común acuerdo.
      El tema de resolución de conflictos es solo si hay problemas. Si no, es cuestión de hacer algún acuerdo firmado por ambas partes y listo.

  19. patricia patricia dice:

    mi empleador me hace ir igual a trabajar, soy domestica, que peso legal me puede caer, si contagio, me contagio y toda esta cadena infecciosa llegara a ocurrir.

    1. Nancy Nancy dice:

      Estimada Paula:
      Quisiera saber por favor si hay algo previsto para las casas de familia/ empleadoras en blanco, que tristemente cargan con las mismas obligaciones que una empresa pero sin lucro y en este contexto sin el mínimo beneficio de la posible reducción salarial.
      Me resulta injusto que el gobierno me obligue a seguir pagando de manera indefinida por un servicio familiar al que por otro lado me prohíbe acceder. El panorama se vuelve más crítico con la extensión de la prohibición de despidos y doble indemnización. Sabe usted de algún servicio legal que pueda asesorar a las familias?
      Desde ya muchas gracias!
      Atentos saludos,
      Nancy

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Nancy.
        Estoy de acuerdo con lo que planteás, de hecho es lo que le pasa a muchas familias que vieron reducido su ingreso.
        Lamentablemente, la normativa no permite ni reducir el sueldo, ni las horas, ni despedir, ni siquiera hay una alivio en el pago de aportes obligatorios.
        Lo único que queda es tratar de llegar a una acuerdo con la empleada para lograr una salida consensuada.
        Un saludo,

  20. Marina Marina dice:

    Hola. Mi empleadora me pide un formulario que dice debí presentar desde el 20 de marzo para confeccionar el recibo de sueldo, que contemple la Licencia extraordinaria por emergencia sanitaria. Eso donde lo consigo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      no sé a qué formulario se referirá

  21. BEATRIZ BEATRIZ dice:

    HOLA

    QUISIERA SABER SI A UNA EMPLEADA DOMESTICA POR HORA QUE DEBIDO A LA CUARENTENA NO CONCURRE A SU TRABAJO APARTE DEL SUELDO HAY QUE PAGARLE LOS VIATICOS TAMBIEN.
    MUCHAS GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los viáticos no.

  22. Luisa Luisa dice:

    Buenas noches,hace 3 años que trabajo cuidando una niña y haciendo todos los quehaceres de la casa,pero siempre mi categoría fue 5,ahora mi jefa quiere que regrese a trabajar dice que me va a poner categoria 4,mi miedo es que convivo con mi madre de 65 años y mi padre que es diabético,corresponde el cambio de categoria?y que comienze a trabajar??gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El cuidado de personas es una actividad esencial.
      En cuanto a tu convivencia, es cuestión de extremar todos los cuidados en el domicilio laboral y en el tuyo particular.

  23. Adriana Adriana dice:

    Hola, me llamo Adriana
    Soy cuidadora de persona mayor, estoy trabajando en negro.Mi empleador dice que no debe pagarme porque estoy en negro.
    Como la señora que asisto tiene 97 años su hijo se la llevo a su casa para mejor cuidado.asi que desde el 20 de marzo no estoy trabajando. Deben pagarme la totalidad?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí corresponde

    2. Stella Maris Arnoldo Stella Maris Arnoldo dice:

      Yo trabajo en negro como empleada doméstica. Soy hipertensa por orden de mi doctora me dijo que tenía que hacer la cuarentena. Cómo ya se puede empezar a trabajar . Hoy fui a la casa de mi patrona y me dijo que siga quedándome en mi casa tranquila. Hace 70 días que no trabajo y no me pagó un centavo de toda la cuarentena. Estaba trabajando 3 veces por semana en la casa de ella y una vez en la casa de la madre . Y hoy me dejan sin trabajo. Tengo 60 años y no me puedo jubilar. Que hago. Le inicio juicio?? Espero su respuesta
      Muchas gracias.
      Stella Maris Arnoldo

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Stella.
        Las normas de estos meses señalan varias cuestiones: primero, se debe seguir abonando el sueldo. Segundo, no se puede despedir. Si no llegan a un acuerdo, la única vía es la judicial.

  24. silvina silvina dice:

    Buenas tardes, tengo empleada en blanco y no viene a trabajar desde el 18 de marzo (el 18 no quiso venir por tener miedo..) le pago todo lo que corresponde pero mi pregunta es..se puede al menos después de más de 2 meses tomar al menos 2 semanas a cuenta de vacaciones? muchas gracias por su respuesta.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Silvina,
      La verdad que la normativa no permite nada. Pero lo que se sugiere es que se trate de llegar a un acuerdo entre las partes, de buena fe, teniendo en cuenta toda la situación que es difícil para todos, empleados y empleadores.

  25. belen belen dice:

    Perdon me falto decirte que ella esta inscripta como cuidadora de mis hijos. A pesar de que tendria que volver a trabajar quiere este tipo de licencia especial x su hijo.
    le corresponde?
    o la tengo que considerar como que renucio?
    como hago para que se reintegre a trabajar?