El cronograma oficial de feriados nacionales para 2025 incluye algunos días con fines turísticos para que haya fines de semana extralargos de cuatro días.
Pero, este año, serán opcionales ya que no se los considerará feriados nacionales sino días no laborables, que tienen un tratamiento laboral diferente.
En el año hay 15 días feriados: 12 inamovibles (algunos caen en fin de semana) y 4 trasladables. Además, se agregan 3 días no laborables con fines turísticos, que antes eran feriados nacionales pero ahora no.
Cabe recordar que todos estos feriados nacionales tienen una forma de pago especial para los trabajadores que prestan servicio esos días, incluidos los del servicio doméstico.
Más abajo en esta misma nota se puede ver la diferencia entre feriados nacionales y días no laborables y la modalidad de pago de cada uno.
Miércoles 1. Feriado de Año Nuevo. Quienes trabajen habitualmente ese día tendrán pago especial.
No hay feriados nacionales.
Primer fin de semana XXL (4 días) del año por el Carnaval:
Lunes 3. Feriado nacional. Primer día de Carnaval.
Martes 4. Feriado nacional. Segundo día de Carnaval.
Fin de semana largo de 3 días:
Lunes 24. Feriado nacional por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Miércoles 2. Feriado nacional por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
Fin de semana largo de 3 días feriados más 1 día no laborable.
Jueves 17. Día no laborable de Semana Santa (Jueves Santo).
Viernes 18. Feriado nacional de Semana Santa (Viernes Santo).
Fin de semana de 4 días si se computa el «puente turístico»:
Jueves 1. Feriado nacional por el Día del Trabajador. Es uno de los pocos días del año en los que el comercio está cerrado.
Viernes 2. Día no laborable, puente turístico.
Domingo 25. Feriado por el Día de la Revolución de Mayo. No se traslada. Beneficia sólo a quienes trabajan habitualmente ese día.
Fin de semana largo:
Lunes 16. Feriado por el Día del Paso a la Inmortalidad de Martín Miguel de Güemes.
Fin de semana largo:
Viernes 20. Feriado por el Día del Paso a la Inmortalidad de Manuel Belgrano.
Miércoles 9. Feriado por el Día de la Independencia Nacional. No se traslada.
Viernes 15. Puente turístico, día no laborable.
Domingo 17. Feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. No se traslada.
No hay feriados nacionales.
Domingo 12. Feriado nacional por el Día del Respeto a la Diversidad cultural. No se traslada. Beneficia sólo a quienes trabajan habitualmente ese día.
Fin de semana largo opcional, de 4 días, si se computa el «puente turístico»:
Jueves 20. Feriado nacional por el Día de la Soberanía nacional.
Viernes 21. Puente turístico, día no laborable.
Lunes 8. Feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María.
Jueves 25. Feriado nacional de Navidad.
No es lo mismo el tratamiento de una u otra modalidad.
Feriado nacional. Los empleados no están obligados trabajar. Si lo hacen tienen que cobrar el doble (un 100% más que un día normal, salvo que el convenio de la actividad fije un beneficio mayor). Esto incluye también a las empleadas domésticas si el feriado cae en el día habitual de trabajo.
Día no laborable. El empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no. Si se trabaja, el pago es el de un día normal; si no hay actividad, no se recupera otro día. En general, los empleados públicos, bancarios y de algunos servicios, no trabajan pero el resto sí lo hace. Los días no laborables más comunes son el Jueves Santo, el 24 y el 31 de diciembre.
Por: Paula Martinez
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