Ahorro e inversión

Dólar “ahorro”: cómo queda con el aumento impositivo de octubre

24/07/2023

En julio, aumentó la percepción a cuenta de impuestos, del 35% al 45%, para equipararlo con el dólar «tarjeta». Y en octubre, se agregó otra del 25%. Quiénes pueden comprar los U$S 200 por mes.

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A partir de la última semana de julio de 2023 la Afip aumentó, del 35% al 45%, el recargo a cuenta de impuestos sobre la compra de dólar ahorro. Y, desde el 10 de octubre, se agregó otra percepción del 25%.

De esta manera, quienes todavía pueden acceder a los U$S 200 por mes, deben pagar una cotización más alta, que se iguala al dólar tarjeta, dólar turista y dólar Qatar.

Esa percepción sobre el dólar (que se toma como pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales) se equipara, ahora, al resto de las operaciones cambiarias (compras y pagos con tarjetas).

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Cómo queda el dólar ahorro

Con estos cambios quienes quieran comprar el dólar ahorro tienen que pagar:

  • El tipo de cambio oficial minorista. Desde el 14 de agosto hasta las elecciones de octubre es de $ 367 (promedio bancos, según BCRA).
  • El 30% del Impuesto PAIS.
  • El 45% de la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.
  • El 25% de la percepción a cuenta de Bienes Personales

En total, da un recargo del 100%. A la cotización del 10 de octubre, el nuevo dólar ahorro sube de $ 657 a $ 734. Cabe aclarar que este es un valor promedio, que depende de cada banco y probablemente vuelva a subir en cualquier momento

  • En julio, tuvimos un encuentro virtual para suscriptores de la Comunidad Mi Presupuesto para analizar todo lo relacionado con «Los distintos tipos de dólar«. Sumate para poder participar en los próximos encuentros.

Todos los dólares

De esta manera, las principales cotizaciones del dólar quedan de la siguiente manera:

-Dólar oficial: $ 367.  Tipo de cambio minorista (se toma sólo para referencia).

-Dólar ahorro: $ 734. Dólar oficial más el 100% (antes, se sumaba el 75%).

Dólar tarjeta. $ 734. Dólar oficial más el 100% (antes, consumos hasta U$S 300 Oficial + 75%, igual al dólar ahorro; consumos superiores a U$S 300, oficial +80%).

Dólar Qatar (turista). $ 734. Oficial + 100% (incluye, 30% del impuesto PAIS, 45% percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, y 25% percepción a cuenta de Bienes Personales). Se unifica con el dólar tarjeta y dólar turista. La percepción del 25% había bajado al 5% el 14 de agosto de 2023, pero el 10 de octubre volvió a subir al 25%.

Además, fuera del mercado cambiario se pueden conseguir las siguientes cotizaciones:

Dólar MEP (o dólar Bolsa). Tipo de cambio implícito que surge de comprar con pesos y vender contra dólares títulos públicos dolarizados (varía según la cotización de los bonos AL30 o GD30). Termina en una cuenta de Argentina.

-Dólar CCL (contado con liquidación). Similar al dólar MEP pero la operación termina con los U$S en cuentas del exterior. Se utiliza en activos extranjeros como los Cedear y los ETF.

-Dólar blue: Mercado informal.

Quiénes pueden comprar dólar ahorro

La adquisición de los U$S 200 mensuales para ahorro ya estaba muy restringida (según el Gobierno, sólo acceden 900.000 personas).

Como principio general, sólo se autoriza esta compra a quienes tienen “ingresos o activos suficientes” aunque no hay montos mínimos sino que cada entidad evalúa la situación particular.

Expresamente, se excluye a las siguientes personas:

  • Beneficiarios de subsidios energéticos a la luz, gas o agua.
  • Personas que operaron con dólar MEP o dólar CCL en los 90 días previos (si compran los U$S 200 no podrán operar tampoco en los 90 días siguientes).
  • Empleados que recibieron el pago de su salario durante la pandemia mediante los ATP (ayuda estatal a empresas). Pese a que esta ayuda ya no se otorga, nunca se los volvió a habilitar para comprar los U$S 200.
  • Monotributistas y autónomos que sacaron los Créditos a tasa Cero en la pandemia.
  • Deudores que hubieran refinanciado o congelado cuotas de crédito durante la pandemia.
  • Cotitulares de cuenta (sólo puede adquirirlo una persona).  
  • Personas que cobren planes o programas de ayuda social (salvo asignaciones familiares para trabajadores).
  • Desocupados.
  • Autónomos, monotributistas y empleadas domésticas no están autorizados en forma automática. Pueden pedir autorización al banco llenando una declaración jurada para justificar ingresos y señalar que no recibieron subsidios de carácter alimentario. El banco no está obligado a otorgar el permiso.

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Por: Paula Martinez

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