Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.
Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.
PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
Mirá el video tutorial:
Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:
Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.
Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.
Ver el texto completo de la Ley 26844:
Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.
El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.
Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.
Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.
Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.
Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.
Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:
El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas.
EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.
El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.
El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.
RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.
Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.
Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.
La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.
Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.
CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas
MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular.
A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).
Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.
También hay licencias por:
Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.
Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.
EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.
Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.
CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.
Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:
CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).
La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.
Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.
En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)
LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.
Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.
Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.
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Por: Paula Martinez
Consulta, cómo es el régimen de feriados, le corresponden todos. Por ej día de los santos difuntos.
Corresponde pagar los feriados nacionales (establecidos por ley).
Hola. Mi empleada tiene 3 años de antigüedad y está en blanco. Le corresponde licencia por enfermedad de una hija se 20 años ?
Desde ya, gracias por su respuesta.
Saludos
Mariné
No está prevista la licencia por enfermedad de hijos
Hola. Quisiera saber lo siguiente: Si mi empleador decide mensualizar mi salario, cumpliendo 5 horas diarias 6 días a la semana, a un valor de $75 por hora ¿De cuánto debería ser mi sueldo fijo? Gracias desde ya
Mi empleada inició los tramites para jubilarse y le dijeron que mis aportes estan todo, pero que ella, por trabajar menos de 16 hs. semanales, debería haber pagado $ 23 por mes desde octubre de 2014. Incluso le dieron una planilla donde figuran los importes con los intereses calculados a la fecha. El tema es que no sabemos como pagar eso y sin el pago su trámite no puede seguir.
Hola. Tenés que pagar la diferencia con el formulario 575.
Fijate en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/
Hola, en el caso de necesidad de mudanza del empleador a otra ciudad, es despido con justa causa o injustificado? Como sería la indemnizacion? Gracias
Corresponde indemnización por despido.
Hola que se abona de cargas sociales si la empleada tiene obra social de su esposo. Y no tiene intención de cambiarse.
Hola. los aportes obligatorios (incluyen obra social completa o en parte) hay que pagarlos completos, no se pueden fraccionar.
Hola, he leído casi todos los artículos publicados, excelente web, la felicito!. Quería consultar en caso de una empleada que trabaja 24 hs semanales, en el aporte obligatorio patronal de $ 684, ¿esta incluido el total para que el empleado tenga obra social o hay que descontarle algo mas en el recibo?. ¿Como se inscribe el empleado en la obra social?
Hola. Sí está incluido.
La empleada tiene que ir a la obra social y pedir los formularios para inscribirse. te sugiero buscar alguna que atienda a empleadas domésticas.
Buen dia.. consulta.. tengo q reducirle a mi niñera las horas de trabajo en vez de dia completa comenzaria a trabajar medio dia.. tengo que abonar algo como tipo indeminzacion?? Ya le avise a ella con bastante tiempo de anticipacion.. grqcias desde ya por la ayuda!!
Hola. Si le reducís el sueldo, se debe indemnizar por la diferencia.
Hola mi consulta es si gozan de las dos 1/2 horas de lactancia… Porque la ley de empleadas de casa particulares no dice nada al respecto
efectivamente no lo prevé, en ese caso, debería regirse por la ley de contrato de trabajo.
Si esta en blanco y trabaja por hs.
si me ausento por viaje,21dias tengo que pagarle igual esos dias que no viene?
no
La persona que trabaja en casa hace 10 años hace 24hs semanales. Ahora que mis hijos son mas grandes quiero bajar la cantidad de horas. Como debo proceder? Gracias
Si le bajás el sueldo, la tenés que indemnizar por la diferencia.
sospecho que mi empleada esta embarazada pero no me notifico nada, que deberia hacer yo como empleadora?
Puedo despedirla por no notificarme de su estado? Cual es el plazo obligatorio para que ella me notifique de su embarazo?
No se puede despedir por causa de embarazo.
Ella tiene que realizar el trámite en la Anses para cobrar la licencia por maternidad. Al empleador le corresponde dársela 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto.
Hola, estoy poniendo en blanco a una niñera con retiro, ella trabaja 30 horas (6 horas por 5 dias l-v) a la semana y sueldo mayor al basico. En caso de que necesite que que esté algun día 2 o 3 horas más esas se toman como horas extra ? o tiene que superar las 48 horas semanales del limite.
Otra pregunta si defino en la afip Modalidad Liquidación Semanal debo hacerle un recibo de sueldo todas las semanas o es por mes?
Horas extra es si trabaja más de 48 hs semanales. Podés pagar por hora pero el recibo se lo hacés por mes.
Mi empleada mensualizada falta hoy viernes sin causa, debo descontarle el fin de semana o sólo el viernes?
Se descuenta el día que no trabaja.
Buen dia Paula,
La licencia de enfermedad también cuenta para una empleada que viene por hora? o sea, viene dos días por semana 3 horas, si se enferma habría que pagar igual los 6 horas semanales?
Sí, también alcanza a las empleadas por hora.
Hola, quisiera saber si la contratacion es por hora, donde se le paga por dia q trabaja. La liquidacion se debe hacer mensualmente en funcion de las horas trabajadas?
Gracias
Sí, se liquida por mes. Slds.
Paula muchas gracias por toda la info, muy buena. Me queda una duda, si la empelada asiste cuando quiere (modalidad acordada por ambas partes) se le paga por dia. Cuando finaliza el mes se hace una liquidacion final donde se detalla la suma de las las horas trabajadas en el mes y la remuneracion pagada. Es posible? Seria correcto q en un por ejemplo digan 15 horas y en el otro 10 por ejemplo?
Muchisimas gracias!!
Saludos
Sí, es así.
Una consulta. En el caso que el trabajo no sea constante como debe manejarse? Ejemplo hay veces q trabaja dos dias por semana y veces que va un dia. O por ejemplo las horas que va a trabajar no son siempre las mismas. Como se maneja? El pago lo haremos diario cuando la empleada venga, pero debe haber una liquidacion mensual? El pago del sac y de las vacaciones son proporcionales a las liquidaciones mensuales?
Muchas gracias!!
Es decir, existe la posibilidad q sea por hora? Cuando ella quiere venir viene y cuando no no? No pierde ningún beneficio de la anses por ser empleada domestica no?
Gracias
Exacto.
El recibo de sueldo es mensual y puede variar de un mes a otro.
El SAC es la mitad del mejor sueldo del semestre.
Si tengo una empleada q realiza tareas de cuidado de una niña de 10 años y ademas realiza tareas generales. Como debo pagarle? Tengo q hacerla figurar como q esta en las dos categorias y pagarle doble sueldo o se pone como cuidado de personas solamente ( q seria la categoria mas alta) y se le paga como tal? Otra consulta las vacaciones se le otorgan cuando el empleador se toma las vacaciones o cuando la empleada quiere dentro de los meses correspondientes? O sea de noviembre a marzo. Ademas se le pueden fraccionar las vacaciones?(invierno/verano). Gracias espero su contestacion.
La categoría es la que corresponde a tareas generales, yo tomaría la categoría más alta.
El tema de las vacaciones, lo mejor es acordar. El empleador la tiene que notificar. sí se pueden desdoblar pero no mitad y mitad sino un porcentaje.
Una consulta: yo soy empleadora y estoy pagando todo el monto de la afip. Qué debo hacer si la empleada no quiere pagar la parte que le corresponde a ella? Tengo que seguir pagando todo yo? Gracias
Lo único obligatorio son los aportes y los paga el empleador. Lo de la empleadora es de pago voluntario.
¿se trabaja de lunes a viernes? ¿o también los sabados?
El sueldo básico es por un trabajo de 48 horas semanales (8 horas diarias y un franco semanal).
Quisiera saber si debo abonar los aportes de la empleadad que se encuentra en Lic por maternidad todo tramitado ya en anses. y si esta información debo explicitarla en algun lugar en el Afip (en hecho de que este de lic por enfermedad).
Gracias
En caso de licencia por enfermedad se siguen pagan aportes y sueldo.
En licencia por maternidad, no. Mirá esta nota nueva: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-10-preguntas-sobre-la-licencia-por-maternidad/
Los 419$ q tiene q aportar la empñeada para su os, los debe ir a abonar ella y tramitar ella a la os? O yo como empleador debo hacerle ese dto y encargarme de pagarselo a su os?
El aporte obligatorio de más de 16 horas por semana incluye los $ 419 de la obra social. La empleada lo tiene que tramitar.
Buen día, necesitaría saber cómo computar las faltas no justificadas. Como calcular el sueldo si la empleada doméstica se ausenta cuatro de los veinte días laborables al mes. Gracias
Los días se descuentan como «no trabajados»
Cuanto año devo tener de aporte para jubilarme y si no los tengo que devo aser para jubilarme¿aportar lo que me falta todo junto?
Hay que tener 30 años de aportes y 60 años de edad (mujeres). Si ya cumpliste la edad y te faltan aportes, te sugiero que consultes con un previsionalista para que te asesore cómo completarlos.
Mi empleada trabaja con un empleador 16 horas semanales y conmigo 12 horas semanales. Con el aporte que se hace, es suficiente para la obra social o tiene que aportar extra? Ella fue recibosy sus aportes a la obra social en Mendoza y le dijeron que es insuficiente… es correcta esa información o habrá entendido mal?
Para tener la obra social tiene que completar 419 por mes. El resto, lo puede completar con aportes voluntarios.
Fijate en esta nota cuánto es el monto que va a la obra social: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/