Desde Mi Presupuesto Familiar les acercamos un nuevo video tutorial de nuestro canal de YouTube con el paso a paso detallado para poder registrar al personal de casas particulares en la AFIP.
El régimen de servicio doméstico aplica a todas las modalidades de empleo, incluye cama adentro o con retiro, sin importar la cantidad de horas de trabajo semanal, siempre que sea una relación laboral regular.
Todas las novedades respecto a estas relaciones laborales (registro, modificación de datos, baja, etcétera) deben cumplirse dentro de los cinco días corridos.
Para registrar a una empleada es necesario tener a mano lo siguiente:
–Clave fiscal del empleador. Ver: cómo tramitarla en AFIP vía web.
–CUIL (Clave Única de Identificación Laboral) de la empleada. Si no la tiene, ella debe generarla en la Anses.
–Domicilio de la trabajadora.
–Otros datos de la empleada, no obligatorios: Clave Bancaria Uniforme (CBU), número telefónico, y dirección de correo electrónico.
Mirá el video tutorial de nuestro canal de YouTube :
1#- Para realizar el trámite se debe ingresar a la página web de AFIP con clave fiscal.
2#-En la página de inicio ir a “Mis Servicios” y elegir “Personal de Casas Particulares” (o “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”). Si no encontramos esta herramienta, tenemos que darla de alta (adherir servicio) a través del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
3#-Por defecto nos aparece una tarjeta para “Alta del trabajador”. Hacemos clic allí.
4#-La primera pantalla a completar corresponde a los “Datos del trabajador” y sigue el Domicilio del trabajador.
5#-A continuación hay que informar los datos del trabajo. Se incluye: la categoría, la modalidad con o sin retiro, la cantidad de horas semanales (esto es lo que se considerará para pagar los aportes mensuales a la AFIP), si el pago es mensual o por día, y la remuneración pactada.
En la fecha de ingreso, se puede poner alguna anterior, hasta junio de 2013 (esto sirve para regularizar relaciones laborales).
También se completa si la empleada doméstica es jubilada o no, y si el trabajo es por tiempo indeterminado o termina en alguna fecha cierta.
6#-Por último, se completa el domicilio laboral, donde la persona prestará los servicios.
7#-Se revisan todos los datos y se confirma el alta.
8#-Se descarga e imprime la constancia por duplicado.
9#- El empleado nuevo ya está registrado. Ahora hay que generar y pagar la cuota de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART), que se abona por el mes en curso. Se puede hacer en forma manual o electrónica por homebanking.
Por: Paula Martinez
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Consulta: si se da de alta con fecha anterior (ejemplo se da de alta desde enero 2021) ¿Hay que generar los recibos de sueldo por los períodos anteriores?
Gracias.
No, el sistema no te va a dejar generar recibos anteriores.
Una consulta si das de alta en determinada franja por determinado monto mensual. Y un mes hace más hs de lo que usualmente trabaja, ese monto establecido en el alta hay que modificarlo? (Teniendo en cuenta que cobraría más ese mes)
No hay que modificar el alta si es una situación excepcional. Con corregir el monto del mes en el recibo es suficiente (se puede agregar lo necesario en observaciones)
Hola! Acabo de terminar de dar de alta a mi empleada y pagado el VEP.
La ART se da de alta automáticamente o tengo que hacer alguna gestión?
Gracias
Si no elegiste una ART, la AFip te asigna una.
Hola! Para poder dar de alta a una empleada doméstica, el empleador también tiene que tener registrado su propio trabajo en blanco?? Por ejemplo, si yo trabajo en negro y quiero anotar a la chica que me cuida los chicos, lo puedo hacer?? Gracias.
Hola Maira. No es un requisito que el empleador tenga empleo.
De todos modos, no te aseguro que la Afip en algún momento no vaya a hacer algún control de este tipo para ver si hay inconsistencias. Hasta ahora no lo hizo pero sería mejor que el empleador, al menos, tenga cómo justificar ingresos.
Slds.