Servicio doméstico
Servicio doméstico y cuarentena: cómo es la modalidad de trabajo según el lugar
12/10/2020
La provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las últimas jurisdicciones que habilitan en octubre el trabajo de casas particulares. En el resto del país ya estaban trabajando. Mirá los detalles.
NOTA ACTUALIZADA AL 20 de octubre de 2020.
Con 7 meses de aislamiento social obligatorio, tanto empleadores como trabajadores de casas particulares siguen atentos a cómo sigue la actividad en las nuevas etapas para combatir la pandemia.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que la cuarentena por el coronavirus es diferenciada y depende de cada provincia, departamento o localidad.
Durante algunos meses, las zonas más complicadas en cuanto a crecimiento de los contagios del Covid-19 eran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y varios municipios de la provincia (área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA) pero en este trimestre, las más complicadas son las provincias.
Actividad habilitada
Con la incorporación del AMBA en octubre, las empleadas domésticas ya pueden volver a trabajar en todo el país, pero hay que estar atentos a los medios locales por si se producen restricciones en localidades puntuales. La decisión dependerá de cada jurisdicción, es importante tratar de ver los diarios locales para informarse en detalle (sobre todo en provincias donde hay diferencias por localidades).
Sí trabajan. De acuerdo a un relevamiento realizado por Mi Presupuesto Familiar, a partir de octubre la actividad del servicio doméstico estará habilitado en todo el país.
Los últimos en sumarse son:
- Provincia de Buenos Aires (fuera del AMBA, la mayoría ya estaba trabajando): se puede retornar a la actividad a partir del lunes 19 de octubre. Localidades habilitadas: Almirante Brown, Avellaneda, Bahía Blanca, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Vicente, Tandil, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. Más info: https://www.upacp.org.ar/?event=importante-trabajo-pcia-buenos-aires-defecha-20-10-20
Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236283/20201020
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba): se habilitó la vuelta al trabajo el 15 de octubre. Se permitiría, desde el 19, el trabajo de empleadas que viven en provincia y trabajan en Caba.
Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236109/20201015
IREMOS ACTUALIZANDO ESTA INFORMACIÓN CUANDO SURJAN NOVEDADES.
Modalidad
Para las empleadas domésticas que vuelven a la actividad, hay limitaciones que establecen según lo que decida cada jurisdicción.
En general, la modalidad más común es la siguiente:
- Los trabajadores pueden trabajar para un solo empleador.
- Los empleados deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
- Se incluyen todas las categorías y actividades de cuidado, limpieza, jardinería y otras especificas (cocina).
- Pueden trasladarse en transporte público con el certificado habilitante o la aplicación Cuidar.
- No se pueden movilizar de una localidad a otra. Se está por ver qué pasa en el caso de empleadas que vivan en provincia de Buenos Aires y trabajen en Capital.
- Deben trabajar con los elementos de cuidado necesarios: barbijo o tapabocas, guantes. Se deben extremar los cuidados de higienes personal al llegar y retirarse de los domicilios.
- No pueden trabajar personas de grupos de riesgo: mayores de 60 año, embarazadas, personas con enfermedades crónicas preexistentes como diabetes, respiratorias, cardíacas, renales.
- Están exceptuadas quienes sean el único adulto responsable para el cuidado de niños.
Casos sospechosos o contactos estrechos
No pueden concurrir a trabajar (pero deben seguir cobrando el sueldo):
- Las empleadas que deban realizar aislamiento obligatorio por ser positivo en Covid, o ser contacto estrecho de un positivo, durante el tiempo establecido por cada jurisdicción.
- Si algún miembro de la familia del domicilio donde trabajan tiene que realizar aislamiento obligatorio por ser positivos o contacto estrecho.
Si el trabajador doméstico tiene algún síntoma sospechoso, debe avisar a su empleador y no debe ir al domicilio hasta que tenga hisopado negativo o haya cumplido con el aislamiento.
En el caso de los lugares que regresaron al aislamiento estricto por alguna circunstancia , hay que recordar que:
- Las empleadas domésticas no pueden concurrir al lugar de trabajo.
- Deben seguir cobrando su salario normal y habitual. Mirá cómo pagar si el trabajador no tiene cuenta bancaria.
- Están exceptuadas las actividades esenciales: cuidado de niños o adultos mayores, encuadradas en categoría 4.
- No pueden trabajar de ninguna manera quienes están en grupos de riesgo.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola mi mana tiene empleada cama adentro categoría 4 ya que ella tiene 81 años.la empleada tiene domicilio en Venezuela Córdoba. Se fue en cuarentena con un vecino que la llevó que no hay micros.ahora no tiene como volver .que se hace en este caso?.gracias
Tengo una empleada doméstica vivo en San Vicente pcia BsAs . Desfe q comenzo la pandemia no la hice venir. Vive en la misma ciudad. Como está en blanco le he pagado normalmente. Puedo hacerla volver a trabajar. Venia sólo 2 dias.
Sólo si estás fuera del Amba.
Hola
En mi ciudad, la cuarentena para el trabajo en casas particulares se habilito.
Mi empleada NO quiere venir xq al cambiar un poco los recorridos de los micros, ya no la deja en la puerta y debe caminar…..
Mismo camino realizaba cuando se la contrato, luego se modificaron los recorridos y ahora nuevamente por causas de publico conocimiento.
Me dice que la despida. Deberia renunciar ella…..
Medios tiene y el transporte se lo abono. Tengo que seguir pagando????
Todo el tiempo desde el 19 de Marzo hasta que se habilito 12-06-2020 le pague. Entiendo que si no viene, pudiendo venir ( NO es de riesgo) NO debo pagar
Gracias Aguardo respuesta
Hola.
Si la empleada se tiene que presentar a trabajar y no va, se la puede intimar para que retome su trabajo y, si no lo hace, dar por finalizada la relación laboral. no es ni un despido ni una renuncia, en ese caso.
Claro que siempre es mejor llegar a un acuerdo amablemente, pero esta es una solución legal.
Hola , yo estoy suspendida del trabajo , y el SAC voy a cobrar menos y en cuotas, tengo que seguir pagando todo a mi empleada domestica regular con SAC y todo? se me hace imposible. Hay forma de bajarle la remuneracion ahora que no esta viniendo a trabajar?
Hola. Es un buen punto el que señalás, pero la normativa no ampara a los empleadores del servicio doméstico. La única alternativa es llegar a algún acuerdo entre las partes.
Hola, estoy pagando a mi empleada p licencia p enfermedad por 6 meses que se vencen en julio…. ahora debería esperarla un año hasta el alta médica, por el tema pandemia debería seguir pagandole mensualidad igual? Vivo en Mar del plata donde si se permite asistir al trabajo….
Agradeceré la respuesta
Saludos
Hola.
Si se le acabó el tiempo de licencia paga y no vuelve a trabajar, no se pagaría (tendrías que ver para conservarle el puesto de trabajo).
De todos modos, si está en grupo de riesgo no puede volver a trabajar aunque sea zona blanca (y tiene que seguir cobrando el sueldo, no ya como licencia por enfermedad).
Gracias por la pronta respuesta.
Tiene cancer y va para largo el tratamiento….
Tiene 50 años…
o sea que igual debería pagarle por pandemia?
Gracias
Sí.
Hola soy empleada doméstica hace 6 año y mí empleador me comunico que en diciembre me quedo sin trabajo por qué el se jubila . Y no va a seguir nesecitando mí servicio . Que me corresponde cobrar por eso ?? Muchas gracias
Hola.
Corresponde la indemnización por despido. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/baja-del-servicio-domestico-nuevo-video-tutorial/
Es verdad que una empleada doméstica que está en blanco puede trabajar con el certificado único de asistir personas con problemas cuando no es así? Además me dijo mi jefa que si no voy puedo perder mi sueldo completo.
El certificado de asistencia de personas es para empleadas en categoría 4.
Hola Paula,
La consulta es la siguiente, hace más de tres meses que la señora que trabaja en nuestro hogar no viene por la cuarenta somos de CABA realmente se me está complicando seguir pagandole el sueldo, hay alguna posibilidad que la ART pague de ahora en más hasta que se regularice la situación?
Muchas Gracias
Hola Diana,
Lamentablemente no hay ningún alivio para los empleadores en esta situación. Lo de las ART no, para nada.
Hola. Mi mamá tiene 67 es empleada doméstica y su empleadora le hizo un permiso y pide que vaya a trabajar. Ella puede negarse o debería ir. Es de Venado Tuerto, Santa Fe.
Más de 60 años es grupo de riesgo.
Buen día! Tengo una familiar que trabaja en Entre Ríos y la semana que viene vuelve a trabajar pero no sabe como sacar su permiso para circular ya que no encuentra la excepción en la pagina de Argentina.gob.ar, hay algo especifico sobre esta actividad para sacar la excepcion?
Gracias!
Fijate en esta página: https://www.argentina.gob.ar/circular
Ahí ponen los requisitos y excepciones por provincia.
Hola Paula como estas necesito tu ayuda, antes de la cuarentena la empleada domestica que trabaja en mi casa se se quebró la mano en su casa, yo le seguí pagando como corresponde, ella obviamente no vino a trabajar, esto paso afines de febrero, ahora ella ya esta bien pero no le dan turno y me parece q ella tampoco quiere ir a un hospital para q le den el alta medica, hasta el momento le estuve pagando sin problema pero ahora mi marido perdió el trabajo, estamos un poco desesperados porq no le podemos seguir pagando, no sabemos donde averiguar, no queremos tener ningún problema con ella, y queremos hacer las cosas bien, pero no sabemos que pasos seguir y que seria lo que le corresponde, como afecta el tema de la cuarentena, si hay doble indemnización y el tema de su mano si ella podría hacer ningún problema. Por favor si nos podes ayudar de donde podemos conseguir información al respecto.
Hola.
Ese tipo de temas encuadran dentro de las licencias por enfermedad. Son hasta 3 o 6 meses por año, según su antigüedad. Pero, obviamente, para que corra la licencia tiene que presentar certificado médico (todos los centros médicos están atendiendo).
Hasta fin de julio, los despidos están prohibidos y son inválidos, por más que rija la doble indemnización.
Sobre la vuelta al trabajo, depende del lugar, si ya se habilitó el trabajo doméstico en tu ciudad o no.
hola queria preguntar .yo tengo 63 años y hace 9año trabajoservicio domestico .x mes y ahora mi patrona quiere que empiese a trabajar x hora .en realidad yo creo que ella me tiene que seguir pagando x mes asta que termine todo esto .que me dicen ustedes
Sí tiene que seguir pagando y lo mayores de 60 años son grupo de riesgo
Hla Paula soy empleada domestica trabajo en negro desde hace 9 años por hora Anses no me pago la asignacion de los 10$ mil, mi empleador debe pagarme ese dinero
no, ¿por qué debería?
El empleador tiene que pagar el sueldo normal.
Buenos días !! Quería consultar en Chubut volvimos a fase 2 . Debería ir a trabajar soy empleada doméstica. Gracias por su respuesta
Sí
Mar del plata quinta categoría!esta habilitada??
Tengo entendido que sí se habilitó, siempre para trabajadores dentro de la ciudad.
Buenas tardes Paula! Soy de Resistencia Chaco,quería consultarle si acá ya se puede trabajar?,soy trabajadora doméstica 5categoria.Soy Alba.Tambien estoy en negro,sí me despiden corresponde indemnización?
Hola. No, la zona de Resistencia sigue en el aislamiento obligatorio
Hola paula… por algun motivo afip no registro el pago del periodo 03/2019 y ahora el del 04/2020, y no me deja abonar el que pertenece a este mes. hay alguna manera de realizarlo?
Hola… descubrí que el vep desde pagomiscuentas fue generado para imputarse al periodo 05, por eso aparecía impago el 04 y no me aparece el 05.
Hola. Podés pagar el VEP atrasado con este procedimiento: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-pagar-on-line-aportes-voluntarios-y-atrasados/
Hola quiero saber si está habilitado el personal doméstico quinta categoría para trabajar en buenos aires?
Está habilitado en varios municipios del interior de la provincia. Los podés ver acá: https://www.upacp.org.ar/?event=regresoseguro-serviciodomestico
No en el área metropolitana de Buenos Aires.
Hola Paula quería hacer una consulta aca En Paraná algunas empleadas no tenemos el permiso para circular y tenemos q concurrir igual al trabajo sin medidas de protección como dice el protocolo de la Provincia a donde debería hacer mi reclamo gracias
Hola. Consultalo en el sindicato de tu ciudad para que te digan cómo es en tu caso.
Buenas noches Paula!Quisiera saber si en Resistencia Chaco está exceptuada la categoría 5 del servicio doméstico? Y sí te despiden trabaJando en negro corresponde que te pague indemnización?Soy Alba.Gracias.
Hola.
En Chaco está habilitado desde mayo el servicio doméstico para quienes trabajan en un solo empleador.
Sobre el despido, está prohibido hasta fin de julio.
Hola Paula. Buen día.
Dos consultas:
1: En referencia a la consulta de Sandra Avendaño, referida al gran cambio que hubo por Res. 1/2020 referido a fijar como guía el trabajo de 24 hs semanales.
Me podrías explicar por favor. Actualmente mi empleada Jubilada trabaja y le pago 19 hs semanales y le pago el proporcional según tu calculadora.
¿Que cambio ahora? ¿como debo pagarle? Incluso antes de la caurentena tarbaja 16 hs. ¿Puedo liquidar de igual modalidad porcentual por 16hs?
2: En referencia a la ayuda para pago de sueldos del gobierno mediante inscripcion en Afip. ¿Empleadas domesticas acceden?. Si es así. ¿como debo hacer?
Hola Daniel.
Por menos de 24 hs. semanales el pago es por hora (o sea, el día que va a trabajar se paga). Y el monto a abonar es el mínimo por hora (que es mucho más alto que el proporcional). Puede variar de un mes a otro la cantidad de días u horas de trabajo, no es necesario que sea el mismo todos los meses. O sea que sí podés abonar menos horas si trabaja menos.
Y el segundo punto, lamentablemente, no hay ninguna ayuda para empleadores de casas particulares ni alivio en pago de aportes (ni nada).
Hola! Tengo las siguientes dudas:
Tengo empleada doméstica en blanco y trabaja por hora (menos de 12 horas semanales) categoría 5.
_ en Chubut a partir de mayo ya estaba habilitado para trabajar esa categoria.
La señora no vino a trabajar las dos primeras semanas de mayo alegando que no tenía transporte público (el transporte estaba funcionando con horarios fijos y menor frecuencia). Que si yo la iba a buscar a su domicilio ella trabajaría porque no quería estar esperando 2 horas en la parada.
_ después de varias tentativas vino a trabajar las dos últimas semanas de mayo.
Y ahora me pide que le abone las dos primeras semanas que no trabajo.
Ella trabaja paralelamente en otro domicilio también en blanco, y se reincorporó en tiempo y forma apenas liberaron el trabajo para su categoría.
¿Corresponde abonarse esos días?
Hola.
Habría que ver la normativa específica de Chubut. La verdad que este tema lo maneja cada municipio y es diferente en cada lugar.
En general, no se permitía el uso del transporte público y es el empleador el que tiene que ver cómo llega el trabajador al domicilio laboral. No conozco cómo es ahí específicamente.
O sea, dependiendo cómo funcione la actividad en tu ciudad, si no estaba permitido que use el transporte y no pudo ir a trabajar tiene que cobrar igual porque no era su responsabilidad si no podía llegar. En caso contrario, no cobraría.
Hola Paula. Buen dia. Mi consulta esta referida al gran cambio que hubo por Res. 1/2020 referido a fijar como guía el trabajo de 24 hs semanales.
1- La CNTCP tiene facultades para fijar por resolución este tema que modifica sustancialmente la forma de liquidar los sueldos del personal.
Es valido si se venia proporcionando a la cantidad de horas trabajados, que Uds hacían en su calculadora hasta antes del aumento de marzo, agregarle horas de trabajo hasta llegar a 24, ya que de igual modo hay que abonarle el mínimo?
La verdad no se si han tratado este tema en algún video, por lo cual te pido me envies el link para profundizar el estudio del tema.
Espero ansiosa tu respuesta.
Muchas gracias!
Perdón lo primero era una pregunta
Hola Sandra.
Según me comentaron laboralistas, la comisión excede en sus atribuciones al decidir esa modalidad. Pero la resolución está…
y sí creo que se pueden agregar horas de trabajo en el resumen, por ejemplo, pasar de 20 a 24 hs.
Slds.
hola, tengo varias dudas:
_tengo en blanco a una empleada domestica, ella trabaja por hora, la cantidad de horas trabajadas debe ser todos los meses la misma? o un dia o mes puede trabajar menos horas si asi lo necesito?.
_no tenemos contrato de trabajo que establezca el día y horario de trabajo ( solo está registrada) siempre acordamos el dia y hora ( una vez por semana) de trabajo, ultimamente ella me cambia los dias y horas constantemente y los dias que la necesito no puede ( comenzó a trabajar en otro domicilio).
_en la provincia de Chubut a partir de Mayo ya estan habilitadas para trabajar las empleadas domesticas, ella optó por trabajar en la otra casa porque le dijeron que si no trabajaba no le pagaban, puede venir a trabajar tambien a mi domicilio?.
_cuando la llame para que se reintegre al trabajo no concurrió dos semanas alegando que habia paro de transporte publico y que ella no estaria 2 horas esperando en la parada que yo la buscase en su casa y la llevara nuevamente, como no pude hacer eso, ahora me cobra los dias no trabajados. Me corresponde pagarle?.
Hola.
No hay problema con variar la cantidad de horas si el pago es por día. Incluso la modalidad permite cambiar día y horario.
Sobre el tema de Chubut, como te comenté en otro mensaje, depende de la modalidad de tu ciudad (en cada lugar es diferente, no es uniforme en todo el país)
Buenos dias! Hay alguna novedad respecto a la posibilidad de trabajar en villa carlos paz? Muchas gracias
Hola. No. Por ahora no se habilitó la actividad en ningún lugar de la provincia de Córdoba.
Qué pasa si la empleada doméstica que está en blanco cómo corresponde y por ser de la categoría de tareas generales no viene a trabajar porque así lo dice la ley pero va a realizar esas mismas tareas a distintos lugares porque le pagan por hora, pero está en negro. Está violando la cuarentena ?y corresponde que en la casa donde trabaja en blanco le paguen el sueldo?
Hola. Sí es una violación de la cuarentena, pero eso no es una causa para que el empleador no pague el sueldo.
Podria ese tema de incumplimiento de cuarentena ser causa justa de despido? Porque si no asiste a trabajar por causa de la cuarentena a donde está registrada y si lo hace en otro… digamos hay una mala fe flagrante.
Sí podría, pero antes de despedir a la persona consultaría con un profesional. La verdad que la Justicia en general falla a favor de los trabajadores en los despidos así que debería estar muy bien justificado.
Hola Paula, buenas tardes.
Mi empleada aun no tiene 15 días efectivos de trabajo (empezó el 02/03/2020 y dejó de trabajar por la cuarentena el 20/003/2020, 14 días trabajó solamente.)
Entiendo que sigue en período de prueba (cobrando y sin trabajar), qué es lo que me corresponde pagar si la hecho ahora?
Noelia
Hola.
Si se desvincula en período de prueba, hay que pagar el mes, más aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas
Hola! Cuándo pueden volver a trabajar las empleadas domesticas mayores de 60 años ya jubiladas pero que optaron ellas mismas por seguir trabajando haciéndoles aportes a Afip cono jubiladas?
Continuó cobrando habitualmente y con los aumentos de ley.
No pueden trabajar, ni siquiera en las «zonas blancas».
Muchas gracias!
Hola. Soy de Río Negro, acá se retomo a partir de hoy la actividad. Mi empleada está jubilada pero sigue trabajando y yo sigo aportando en la categoría»jubilada». Por su edad(62) es persona de riesgo y no puedo convocarla. Dos consultas: si la despido,debo indemnizarla? Si la despido cuando finalice la cuarentena,debo indemnizarla?
Hola Patricia.
Efectivamente si es mayor de 60 no puede trabajar.
Sigue vigente la prohibición de despedir trabajadores (de cualquier sector) hasta fin de mayo y, probablemente esto se prorrogue.
Después hay que ver si sigue la doble indemnización (Por ahora, es hasta el 9 de junio).
Hola. Si la empleada tiene que optar por un trabajo, qué pasa con el otro empleador. Le tiene que seguir pagando?
Entiendo que sí, pero es una buena pregunta, que va a traer problemas.
Buen día. Soy Empleada Doméstica trabajo media jornada. Estoy en blanco hace 7 años. Mi consulta es hubo descuentos en el sueldo. Les consulto porque yo recibí descuento ahora cuando recibí mi pago de abril. Muchas gracias
no hubo
Hola buen dia:estoy en mi pais de nacimiento desde el mes de febrero por vacaciones y por motivo de la cuarentena no puedo regrezar a buenos aires donde trabajaba como empleada domestica por horas en casas particulares.mi pregunta es: puede cobrar mi sueldo estando fuera del pais.
Si cobrás por un cuenta bancaria o una billetera digital, sí.