El Gobierno amplió algunas exenciones del Impuesto a las Ganancias que se habían establecido años atrás pero como un beneficio acotado. Se trata de los pagos que en los recibos de sueldo figuran como bonos por productividad, horas extraordinarias, fallos de caja o similares. También incluye gastos de movilidad y viáticos.
A través de un dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos se aclararon algunos aspectos de la norma anterior que impacta en los empleados en relación de dependencia.
Al permitir que algunos rubros de tus ingresos estén exentos, estos no se suman a la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto.
Sobre esta base se aplica la alícuota progresiva que luego calculará el monto a pagar.
Reducir el ingreso gravado tiene dos beneficios:
El dictamen se refiere a tres temas, con un tratamiento distinto cada uno de ellos:
Los cambios corren para el año fiscal 2023 en forma completa.
Esto quiere decir que, si en los primeros meses del año se pagó de más, el empleador lo debe devolver en los meses siguientes.
Son conceptos remuneratorios condicionados a pautas o metas objetivas de incremento de la producción. Esas pautas o metas deben estar claras y definidas.
No incluye bonos por extensión de la jornada laboral. No pueden estar vinculadas solamente a que se ponga a disposición la fuerza de trabajo.
Los fallos de caja son las sumas que se fijan para compensar el riesgo d reposición de faltante de dinero u otros valores, que se abonan a cualquier persona que tenga la función de cobrar o pagar.
Los montos así definidos quedan exentos del impuesto.
Están todos incluidos. La normativa dice que pueden ser rubros creados por las convenciones colectivas de trabajo o por contrato individual. Por lo tanto, también abarca a empleados fuera de convenio.
Solamente podrán tomar la exención quienes tengan una remuneración bruta mensual de hasta $ 808.124,72.
Sí. Solamente se podrá tomar como monto exento el equivalente al 40% de la ganancia no imponible.
Para 2023, la GNI es de $ 451.683,19, por lo tanto, se podrá tomar como exento un máximo de $ 180.673,28 al año, según publica la AFIP.
Este tope opera para cada uno de los rubros de bonos por productividad, fallos de caja, o similares. Es decir, si hubiera bonos distintos en función de diferentes criterios, el máximo se computará por cada uno.
Son todos los montos que se pagan en el recibo de sueldo como compensación, reintegro de gastos o adelanto por movilidad, viáticos o similar.
En el último tiempo hubo varias modificaciones. En este último cambio, pueden descontar estos rubros los choferes de transporte de larga distancia y, también se agrega el resto de las actividad.
Todos estos rubros hay que incluirlos en la herramienta Siradig, ingresando con clave fiscal en el sitio web de la AFIP.
En el caso de choferes de larga distancia superior a 100 kilómetros, la deducción tiene un tope anual de 4 veces la GNI. Para todo 2023, es de $ 1.806.732,80.
Los choferes de larga distancia inferior a 100 kilómetros pueden deducir hasta el equivalente a la GNI: $ 451.683,19 en 2023.
En el resto de las actividades, el máximo de la deducción es equivalente al 40% de la GNI. Para 2023 es de $ 180.673,28 anual.
Cada deducción (por viáticos, por movilidad, otra análoga) se toma en forma individual.
No. La exención solo se aplica a la diferencia entre el valor de la hora extraordinaria y el valor de la hora habitual (ordinaria).
Solamente quedan exentas aquellas que se perciban por trabajar en días feriados, inhábiles o fines de semana. Incluye días no laborables y de descanso semanal.
Se incluyen en la exención todas las horas extraordinarias por cualquier motivo (sin importar su denominación), como por ejemplo, adicionales por turnos rotativos o similares.
Aquellas horas extraordinarias u otros adicionales cobrados fuera de la jornada laboral habitual que sí queden alcanzados por Ganancias, se incluyen dentro de la base imponible pero no generan un salto en la escala de alícuotas.
Esto quiere decir que la alícuota a aplicar para calcular el impuesto es la que corresponde al ingreso antes de sumar las horas extra.
Por: Paula Martinez
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