Presupuesto

Empleadas domésticas y cuarentena por coronavirus

31/03/2020

Las trabajadoras de casas particulares están incluidas en la obligación de quedarse en casa, cobrando el sueldo. Distintos casos. 


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Las trabajadoras de casas particulares están incluidas en la obligación de quedarse en casa, cobrando el sueldo, en los lugares que sigue la cuarentena. Distintos casos. Mirá una forma para pagar  a empleadas sin cuenta bancaria.

Nota actualizada al 23 de septiembre. 

La pandemia del coronavirus (Covid-19) afecta la vida de todos. Suspende las clases, reduce la actividad y los ingresos de los independientes, obliga a quedarse en cuarentena a muchas familias y eso impacta en los trabajadores de casas particulares.

NOVEDAD. Se extendió (por tercera vez)   hasta fin de noviembre de 2020, la prohibición de realizar despidos o suspensiones sin causa, o por disminución de trabajo o fuerza mayor. Los despidos en estos meses no son válidos.  La medida comenzó el 30 de marzo.

Mirá el encuentro virtual en vivo que hicimos para miembros de la Comunidad Mi Presupuesto  (clic para saber de qué se trata y registrarte).

YouTube video

Decreto del 20 de marzo

En la noche del jueves se decretó el «aislamiento social preventivo y obligatorio» para todas las personas del país.

Todos deben quedarse en su domicilio y no salir salvo para comprar alimentos, trabajar en actividades que están permitidas, ir a la farmacia y asistir a personas que lo necesiten.

Los trabajadores deben seguir cobrando su salario habitual. También se deben seguir pagando los aportes a la AFIP, que vencen el 13 de abril. 

Si la empleada no tiene cuenta bancaria, una opción útil es que el empleador le envíe dinero para retirar por cajero con un código único.

Servicios esenciales

Están exceptuadas las actividades esenciales para que el país siga funcionando.

En el caso del servicio doméstico, los casos en los cuales la trabajadora tendría que seguir prestando el servicio serían los considerados esenciales:

  • El caso típico es el de cuidado de una persona mayor o discapacitada.
  • Otra situación incluida en las excepciones al aislamiento es el cuidado de niños. Este caso podría darse siempre que los padres tengan que trabajar en tareas esenciales y no puedan hacerse cargo de ellos.

Certificado para circular. Desde el 6 de abril, es obligatorio completar en la web el Certificado Único Habilitante para Circulación (Cuhc) (clic para completar la declaración jurada). Esto genera un formulario que se puede descargar en el celular, consultar desde la aplicación móvil Mi Argentina o bien, imprimirlo para presentar a quien lo requiera.

Cama adentro. Si la empleada vive en el lugar de trabajo puede realizar el aislamiento allí.

Lo que dice el decreto es que las personas deben quedarse donde estén residiendo a las 0,00 horas del viernes 20.

Recordá, además, que el 23 y 24 de marzo son feriados nacionales (se deben pagar doble si se trabaja).  Además, se adelantó el feriado del 2 de abril para el 31 de marzo.

Semana Santa. El jueves es día no laborable (no se paga como feriado), y el viernes 10 es feriado nacional.

Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)

Las empleadas domésticas están incluidas en el beneficio de $ 10.000 por única vez en abril (se puede extender si sigue la cuarentena) para trabajadores vulnerables. Aplica tanto a registradas como «en negro».

Medidas aún vigentes

Estos eran los distintos casos que se podían presentar hasta el jueves 19, que todavía se mantienen.

Familia que vuelve de viaje del exterior

En este caso, la cuarentena en el hogar de todos quienes viajaron es obligatoria y estricta por 14 días y aquí no se considera ningún caso de excepción para salir. Deben tener alguien que les alcance los elementos esenciales.

Por esta razón, no pueden tomar contacto con otras personas, incluido el personal del servicio doméstico (salvo que también haya viajado con la familia).

En estos casos, la empleada doméstica no debe concurrir al domicilio pero debe seguir cobrando su salario normal. En algunas situaciones, se les pide que hagan las compras familiares, las cuales pueden realizarse sin contacto físico y teniendo en cuenta que el dinero en efectivo también es una fuente de contagio.

Un caso particular puede presentarse en el caso de trabajadoras cama adentro. Acá, lo mejor es que la empleada se traslade a otro lugar, pero si es imposible, también deberá cumplir la cuarentena y extremar todas las precauciones de limpieza y prevención.

Grupos de riesgo

Recordemos que, en el marco de esta pandemia, el Gobierno argentino dispuso que no deben ir a sus lugares de trabajo y seguir cobrando su salario normal, estas personas (ahora se sumó para todo el mundo salvo servicios esenciales):

  • Mayores de 60 años, excepto que sean considerados personal esencial.
  • Embarazadas.
  • Con enfermedades preexistentes de riesgo: enfermedades respiratorias crónicas (enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo); enfermedades cardíacas (insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas); inmunodeficiencias; diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o por ingresar a diálisis.

Las empleadas domésticas están incluidas en esta resolución oficial.

Período. Es por 14 días, del 17 al 31 de marzo inclusive.

Responsables de menores

Como los chicos no tienen clases y deben quedarse en su casa, el Gobierno también dispuso una licencia especial para que uno de los padres se quede con ellos y no vaya a trabajar.

Es posible que este sea el caso de muchas trabajadoras de casas particulares con hijos.

¿Qué dice la norma? Que mientras dure la suspensión de clases (por ahora, hasta el 31 de marzo) “se considerará justificada la inasistencia” del padre, madre o “persona adulta responsable a cargo cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado” de los menores.

Quienes estén alcanzados deben notificar esta situación al empleador, justificar la necesidad y detallar los datos indispensables para controlar. Sólo se puede adherir a esto un padre o responsable por hogar.

Otras situaciones

Trabajadoras enfermas. En caso de que la empleada doméstica presente síntomas no debe concurrir al domicilio a trabajar y presentar el certificado médico de alta médica. Según la ley debe informar fehacientemente al empleador -por telegrama (que es gratuito)-, su situación y que no va a concurrir en el caso de que represente un riesgo para una de las partes, según informó el sindicato de casas particulares (UPACP).

Empleador enfermo u otro miembro del hogar. En este caso, si no se interna, se debe aislar a la persona en la casa y extremar los cuidados de limpieza.

ATENCIÓN. Recordá que todas estas medidas para evitar que el virus se disperse entre la población. No es para cuidarnos a cada uno de nosotros sino a la sociedad en general.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

423 comentarios

  1. Stella Maris Stella Maris dice:

    Bs días trabajo en negro hace 4 años el mes de marzo me pagó ahora este mes de abril no me corresponde le pida mi sueldo trabajaba 8 por día de lunes a viernes

  2. Cristina Cristina dice:

    Hola…cuido un nene y a su vez hago tareas del hogar..estoy en negro…x la cuarentena el mes de Abril no concurri a trabajar y al dia de hoy no me abonaron el sueldo…Quisiera saber si me corresponde cobrarlo igual o no?Muchas gracias

  3. Sandra Patricia Acuña Sandra Patricia Acuña dice:

    Hola soy empleada doméstica mi trabajo es de fin de semana sábados domingo lunes medio día y feriados 8hs como debe ser mi pago ya que solo cuesta las hs y no x los feriados que se pagan doble mi sueldo sin el aumento es de 16.500

  4. Mary Mary dice:

    Hola una pregunta este mes el aporte se paga o esta exento

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No hay nada exento, lamentablemente. Todo normal.

  5. Carolina Carolina dice:

    En mayo cobramos las empleadas domesticas que trabajamos en blanco tienen k pagar las patronas el mes de mayo

  6. Micaela Micaela dice:

    Hola, trabajo en negro servicio domestico hace 3 años 5/6 hs 4 veces a la semana,me deberían pagar mínimo un día? Desde la cuarentena no voy. Aparte que mil veces pedí que me pongan en blanco. Agradecería su respuesta

  7. maria maria dice:

    hola, estoy sin ir a trabjar desde que empezo la pandemia. me pagan todo. pero si no voy el viatico me lo tienen que pagar iguak?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, el viático es para cubrir gastos de transporte.

  8. Lilia mabel Lilia mabel dice:

    Hola te quería hacer una consulta tengo 58 años trabajo de empleada domestica ne corresponde que me abone el mes de abril mi empleadora

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí corresponde.

  9. María Aguado María Aguado dice:

    Hola , tengo una empleada que me cuida a los niños 3 días en la semana, está en blanco. Debido a esta crisis que estamos atravesando , mi marido está sin trabajo , no puedo solventar los gastos de la casa y el sueldo de la empleada por lo cual me veo obligada a tener que rescindir de su trabajo hasta que mejore la situación, si es que después de esto mejora… no se que hacer , si puedo suspenderla por un tiempo hasta que veamos cómo sigue la situación. Debo darle de baja en Afip . Yo hasta el momento le pague lo que correspondía pero ya no puedo afrontar más esto , y los niños los está cuidando su padre que ahora está desempleado . Me podrás indicar que debo hacer?

  10. Valeria Valeria dice:

    Hola Paula. Soy empleada doméstica en negro, paralelo tengo pensión por discapacidad. Pregunta mi empleadora, debe abonarme el mes de abril sin haber trabajado?

  11. Dario Dario dice:

    HOLA! Se nos hace imposible pagarle a la empleada q tenemos en blanco. Perdí me empleo y lo q gana mi señora no nos alcanza. No la puedo despedir por el DNU que no permite hacerlo. No sabemos q hacer. Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola Darío.
      Tu situación es la de muchos empleadores. Lamentablemente, tengo que decirte que no hay ninguna normativa oficial en el marco de la pandemia que ayude a los empleadores de casas particulares. Los despidos no están permitidos y, si lo hacés (aunque pagues la doble indemnización) se puede revertir fácilmente.
      Te sugeriría llegar a algún acuerdo, pero entiendo que no siempre es posible.
      Seguiremos viendo qué se puede hacer.

  12. sofia sofia dice:

    Buenas Tardes, mi domestica esta de licencia x embarazo, hace de diciembre que no viene y claramente no volvera hasta el parto, puedo dejar de pagar la ART? como para poder salvarme de algo!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No se puede dejar de pagar el aporte obligatorio porque no se pueden discriminar los componentes. Hay que abonar todo sí o sí.

  13. cecilia cecilia dice:

    soy empleada y mis empleadores solo pueden pagarme 1/2 sueldo estoy en blanco
    que hago’?

  14. Silvia Silvia dice:

    Hola Paula trabajo en una casa de 5a6 horas x día estoy en blanco ,en marzo me pongo pero me costó mucho x k no me quería pagar xque dice que me corresponde el bono de 1000 pero me salió denegado. todavía en abril no tengo novedad del pago de esta persona

  15. Karina Vanesa Escuadra Karina Vanesa Escuadra dice:

    Consulta.yo necesito contratar a una empleada con cama.ella por lo que hablamos quedaría cumpliendo la cuarentena en mi domicilio.obviamente descansando los fines de semana.hay algún permiso excepcional para poder sacar y traerla? No queremos que viaje en colectivo para evitar cualquier riesgo de contagio.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Yo te diría que saques un permiso para asistencia a personas, hay una opción en el certificado único de razones de fuerza mayor: https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/argentino/motivo

  16. Paula Martínez Paula Martínez dice:

    Estimados.
    Recuerdo lo que digo en la nota:
    #Esta es una situación excepcional y requiere del diálogo de buena fe entre empleador y trabajadora para llegar a un acuerdo.
    #En esta nota señalamos lo que dice la normativa en la cuarentena: hay casos que las empleadas están exceptuadas de trabajar y otros en los que no. Pero en todos deben seguir cobrando como siempre.
    #Hay muchas situaciones difíciles desde ambos lados y muchas de ellas son entendibles. Hay que tratar de acordar lo menos problemático.

  17. Patricia Patricia dice:

    Buenas tardes, Paula.
    Me está pasando lo mismo que a Maria Rinaldi. No sé como voy a cobrar mi sueldo y por ende no sé como voy a poder pagarle. Pudo sacar la cuenta bancaria con el dni y le transferí parte. ¿Cómo sigo?. Pagué los aportes, pero no quiero ni perjudicarla ni perjudicarme. ¿Nos podrías ayudar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Patricia.
      Como comento en la nota, no hay una solución legal porque las normas dicen que hay que pagar tanto el salario como los aportes sin ayuda estatal, no aplica en estos casos la asistencia para empleadores y cada uno podría ver si encuadra en la ayuda para monotributistas.
      Por eso, hay que tratar de ver cada caso y tratar de arreglar con buena fe y teniendo en cuenta cada situación.
      Hay empleadores que pagan el único sueldo que cobra la empleada, otros que solo contratan por hora y son un complemento; algunas cobraron los 10 mil pesos y otras no. Y desde los empleadores, algunos seguirán teniendo ingresos y otros no.
      Creo que hay que buscar de llegar a situaciones justas, conversar y ver de poner un poco cada uno. Lamentablemente, no hay soluciones generales y, seguramente, no serán satisfactorias para todos.

  18. Cinthia Cinthia dice:

    Buenas tardes necesito consultarte algo trabajo en servicio doméstico en negro y desde que empezó la cuarentena mí patron no me ha pagado nada,quiero consultar si es obligación de que me pague el sueldo y como puedo hacer para que me lo aboné.muchisimas gracias espero su respuesta saludos

  19. María rinaldi María rinaldi dice:

    Hola! Tengo una empleada que trabaja en blanco conmigo desde febrero de 2020. Venia dos veces por semana seis horas. Soy persona con discapacidad y tengo dos hijos. Le pague marzo y abril todo ok. Pero me está costando ya pensar como pagarle el próximo mes. ¿ qué debo hacer? Como seria la indemnización?

  20. Claudia Claudia dice:

    Hola paula yo estoy en aislamiento desde k empezo la cuarentena mis empleadores me pagaron solo la mitad del sueldo y no pueden pagarme el resto k debo hacer

  21. Daniela Daniela dice:

    Hola trabajo por hora y cobro en negro desde la cuarentena obligatoria obviamente no estoy asistiendo mis empleadores deben pagarme igual?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

  22. Silvina Silvina dice:

    Hola Paula. Soy Silvina, trabajo de niñera categoría 4 y según tu articulo entendí que si mi empleadora esta en su casa trabajando desde ahí, cuidando de sus hijos yo no debería ir. Es así?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El cuidado de niños y ancianos es actividad esencial y quienes realizan estas tareas están dentro de las excepciones del aislamiento obligatorio, así que pueden ir a trabajar. Necesitan solicitar el permiso especial: https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/argentino/motivo

  23. Milagros Milagros dice:

    Hola el 01 de marzo salí de vacaciones dejando a un reemplazo y tenía que volver el 16 del mismo pero empezó la cuarentena tengo derecho a seguir cobrando

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      A partir del 20 de marzo, cuando comenzó el aislamiento corresponde seguir cobrando.

  24. Paula Martínez Paula Martínez dice:

    Estimados,
    Respondo varias consultas similares (no se responderán una por una):
    1# Según el DNU 297/2020, artículo 8, es obligatorio pagar a todas las empleadas que están en aislamiento y no van a trabajar. Incluye empleadas en blanco y en negro (que no corresponde, obvio), por hora o por mes.
    2# Si la empleada cobra los $ 10.000, hay que pagar el sueldo igual.
    3# Lamentablemente, el DNU no contempla situaciones de empleadores que no tienen ingresos porque no trabajan, o que están cobrando mucho menos.
    4# Se recomienda, encarecidamente, que se trate de llegar a acuerdos entre las partes, actuando de buena fe y teniendo en cuenta distintas situaciones. Esto es algo excepcional.

  25. Johanna Johanna dice:

    Hola, debido a la pandemia y los niños en casa por la tarde a partir de las 14 no tengo quien los cuide.
    Estoy en blanco. Le planteo esto a mi empleadora, mi horario es de 8.30 a16, que necesito retirarne a las 14 por mis hijos.
    Ella dice que necesita que cumpla horarioy que no puede pagarle a alguien mas por dos horas para darme licencia por mis hijos.
    Y amenaza con despedirme si no le encontramos solucion.
    Que debo hacer?
    Muchas gracias!