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Créditos hipotecarios UVA: cómo es el proyecto para aliviar a los deudores que aprobó Diputados

10/07/2023

Se modifica la variable para ajustar la cuota de los créditos hipotecarios. Sería el menor entre la variación salarial y la inflación (UVA), en una modalidad optativa. Lo aprobó Diputados y lo giró al Senado.

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La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto para aliviar la situación de los deudores que tomaron o quieran tomar créditos hipotecarios UVA. El punto clave de la iniciativa es que la variable de ajuste ya no será la inflación sino un índice de variación salarial, siempre que suba menos que los precios.

El texto aprobado en la primera sesión de julio de la Cámara Baja fue girado al Senado. Si se aprueba allí, faltará la promulgación y la reglamentación para que la ley se ponga en práctica.

Qué dice el proyecto

Variable de ajuste. La iniciativa establece un nuevo índice de actualización del saldo de la deuda llamado Índice Actualizable por Ripte (IAR). El RIPTE refleja la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables.

Esta variable IAR reemplazará a la UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) que ajustan por inflación (de acuerdo al Coeficiente de Estabilización de Referencia, CER) o al UVI (Unidades de Vivienda).

Pero, en realidad, se tomará la variación salarial del IAR siempre que sea inferior al aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC). En caso contrario, la cuota y el saldo de deuda se actualizará por la inflación.

Los bancos recibirán una compensación por la diferencia entre el ajuste por UVA y el ajuste por IAR a través de un nuevo Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH) que se crea en esta iniciativa.

A quiénes impacta el cambio

El texto votado en Diputados se refiere a dos grupos de deudores.

-Quienes tomen créditos hipotecarios con cláusula UVA para vivienda familiar única y de ocupación permanente, a partir de ahora. Podrán solicitar la compensación del Fondo.

-Quienes ya tienen hipotecas con cláusula UVA o UVI. Podrán elegir el ajuste por IAR si el crédito original fue menor o igual a 120 mil UVA y el valor de la vivienda menor a 140 mil UVA.

Si las hipotecas estaban entre 120 mil y 200 mil UVA y la vivienda no superaba los 225.000 UVA, el Fondo podrá compensar las diferencias (aplicar la actualización por variación salarial) sólo hasta los 120 mil y la diferencia seguirá como hasta ahora.

Estas personas tendrán 180 días desde que se publique la ley para ejercer esa opción.

La compensación se podrá aplicar en forma retroactiva a partir del 1° de enero de 2023.

Monto de las cuotas

En el caso de los deudores que tienen créditos vigentes, la norma que deberá analizar el Senado establece que, si la cuota supera el 30% de los ingresos actuales, se deberá extender el plazo del crédito, hasta en un 25% del plazo original.

Otros beneficios

El proyecto también suspende los juicios por desalojo, embargos o similares para los deudores morosos, por 365.

Además, el Fondo cubrirá hasta 3 cuotas en mora si el deudor principal fue despedido de su empleo.

Deducción de Ganancias

Un punto interesante de la ley es que modifica el monto de la deducción de los intereses de créditos hipotecarios para casa habitación en el cómputo del Impuesto a las Ganancias.

Este monto no se modificó desde hace más de 20 años y es hoy de sólo $ 20.000 al año. El texto votado pone como límite el equivalente a 3 salarios mínimos vitales y móviles.

Mayores costos

Un tema no menor es cómo se va a integrar el Fondo de Compensación.

La ley menciona entre otros, un aporte de los bancos que establecerá el Banco Central (BCRA) de hasta el 0,0025% de los depósitos totales.

También prevé que los tomadores de nuevos créditos aporten primas para constituir ese Fondo, lo cual implicaría un costo extra para estos deudores.

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Por: Paula Martinez

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