Servicio doméstico

Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica

25/03/2013

 

Desde mayo de 2013 rige un nuevo régimen laboral para los trabajadores del servicio doméstico de toda la Argentina.

En esta nota, un resumen con las obligaciones que establece el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares y las modificaciones respecto al sistema anterior.

Este régimen otorga más beneficios para las trabajadoras y se mantiene para el empleador la posibilidad de deducir los pagos en el cómputo del Impuesto a las Ganancias. Además, seguirá el régimen simplificado de registración y aportes a la AFIP, pero se incluirán otros ítems para financiar la ART y la licencia por maternidad.

El sistema

Estos son los principales cambios, que recién regirán cuando sean reglamentados por los organismos correspondientes (mirá «Servicio doméstico: las dudas del nuevo régimen laboral«).

Contratación. A diferencia de la normativa anterior (que sólo consideraba relación de dependencia la situación en que se trabajaba más de 16 horas semanales), el nuevo régimen se aplica a todas las situaciones, incluyendo a las empleadas por hora.

Una vez que la empleada comienza a trabajar, se considerará un período de prueba de 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y de 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí se presume que la relación laboral continúa y es por tiempo indeterminado.

Se establecen tres modalidades:

  • Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).
  • Trabajadores con retiro para un único empleador.
  • Trabajadores con retiro para varios empleadores.

Registración. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un régimen simplificado por el cual, para “blanquear” a la empleada doméstica, sólo hay que realizar el pago mensual de los aportes y contribuciones y registrar la relación en el organismo. El total por mes es de $ 95 hasta abril de 2013 y $ 135 desde mayo de 2013, monto que incluye tanto la parte de quien contrata, como la del trabajador. Desde septiembre de 2014 sube a $ 268.

Es obligatorio inscribirse en un registro especial de la AFIP y registrar las modificaciones.  Mirá AFIP reguló la inscripción de las empleadas domésticas y Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

YouTube video

¿Cuánto es el aporte? Todos los empleadores, independientemente de la cantidad de horas de trabajo, deben realizar los aportes a la AFIP. Las sumas son fijas por mes y varían según la cantidad de horas semanales trabajadas, según el siguiente cuadro.

Aportes obligatorios empleada doméstica
Infogram

Cobertura. El monto total de $ 135 desde mayo de 2013 ($ 268 desde sseptiembre de 2014) es el que permite a la empleada acceder a una obra social y a una futura jubilación. Si trabaja menos de 16 horas semanales puede sumar los aportes de distintos empleadores. Si, así y todo, no llega al monto total, lo podrá completar la trabajadora a través de aportes voluntarios. Si quiere incluir a familiares en la obra social, puede pagar $ 100 por mes por cada uno, desde mayo 2013 (después, de $ 233).

¿Cómo es el trámite? Para registrar a una empleada doméstica se debe contar con su número de CUIL (si no lo tiene, debe tramitarlo en la Anses). Luego, hay que descargar e imprimir el Nuevo Formulario F 102/B. Una vez impreso, se puede pagar en un banco, Rapipago, Pago Fácil o por Internet a través de Pagos mis cuentas (descargar el Nuevo formulario F 102/B). Para los aportes voluntarios por la cobertura de familiares, utilizar el formulario F.575/B.
Recibo de sueldo. Ese formulario también sirve como recibo del pago de la remuneración a la trabajadora e incluye una copia para las dos partes. Se deben incluir todos los ítems que se le abonan. La AFIP estableció dos opciones para entregar el recibo de pago (mirá «Cómo es el nuevo formulario de pago» o «Nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo«).
¿Cuánto cobran? El Ministerio de Trabajo establece valores mínimos obligatorios para el trabajo por mes o por hora. Pero las partes pueden acordar montos superiores (desde septiembre de 2013 rigen los siguientes: Cómo quedan las nuevas categorías y montos).
¿Hay que pagar una ART? La nueva ley incorpora a las trabajadoras domésticas al régimen de Riesgos del Trabajo. Hasta ahora, no estaban comprendidas pero el empleador podía contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrir enfermedades o accidentes de trabajo.
Habrá que esperar a que se reglamente este artículo, ya que los empleadores deberán pagar un monto mensual a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para que la empleada tenga esta cobertura.
Por ahora,  la solución es un seguro de Accidentes Personales, el cual cubre por una suma determinada por el empleador (no hay un monto establecido por ley) accidentes que causen la muerte invalidez total o parcial incurable, los gastos de asistencia médica y farmacéutica.

Derechos de la trabajadora

Jornada laboral. Antes, el Estatuto establecía (para las empleadas que trabajaban más de 16 horas para un empleador) un franco semanal o dos medios días libres por la semana. Ahora, para todas las trabajadoras se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.
Para la empleada «cama adentro” se mantiene la obligación de tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.
Horas extra. La nueva ley incorpora la obligación de que cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13) y los feriados.
Aguinaldo. La empleada debe cobrar un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los pagos de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.
Vacaciones. Con la nueva norma, se computan días corridos, se establece que se deben tomar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo y se agrega un escalón:

  • Antigüedad de 6 meses a 5 años, 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años, 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años, 28 días corridos.
  • Más de 20 años, 35 días corridos.

Licencias. Antes, no se contemplaban licencias por embarazo o maternidad, y por enfermedad, tenía un máximo de 30 días al año. Ahora, por enfermedad tendrá hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si es mayor.
También se incorporan las licencias por: nacimiento (para trabajador varón) de dos días corridos; 10 días corridos por matrimonio; 3 días por fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres y 1 día por hermano; 2 días corridos y hasta 10 al año para rendir examen.
Maternidad. La nueva ley incorpora a las empleadas al régimen de asignaciones familiares y dice que la AFIP deberá determinar los aportes para financiar estas prestaciones (algo aún no reglamentado). La licencia comienza 45 días antes de la fecha de probable de parto y concluye 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después) y tiene que totalizar 90 días.
Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba. Mirá cómo los detalles en: «Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad«.
Despido. En la ley anterior, si es injustificado, la indemnización es igual a medio mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo).
En el nuevo régimen, la indemnización sube a un mes de sueldo por año de servicio o mayor de 3 meses. El preaviso es de 10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor (si no se cumple con el preaviso, a la indemnización se agrega el sueldo de este período).

Deducción del Impuesto a las Ganancias

Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible (mirá Cómo pagar menos por el Impuesto a las Ganancias). Incluye los aportes a la AFIP y las remuneraciones. Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones o hacerlo a través de Internet (formulario 572 web).

Régimen salarial

Hasta el 1º de septiembre de 2013, regía para todo el país categorías incluidas en el decreto 7979/1956 y hay un norma especial para la Provincia de Córdoba (decreto provincial Nº 3922/75). A partir de esa fecha, se unifican las categorías para todo el país. Todos los años se establecen salarios mínimos para estas categorías.
Según la nueva ley, el Ministerio de Trabajo debe establecer las categorías profesionales que regirán en todo el país y fijar los salarios mínimos. Luego será fijada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante convenio colectivo.
Los nuevos montos mínimos fueron fijados para que comiencen a regir a partir del 1º de septiembre de 2013, corresponden a 8 horas diarias de trabajo, 6 días a la semana (48 horas semanales). Mirá aquí las nuevas escalas salariales para todo el país.
Para las empleadas que trabajan por hora, el valor unitario mínimo está en $ 25 para trabajadoras con retiro y en $ 28 cada adentro, aunque estos no son, necesariamente, los valores de mercado, donde se suele pagar más.
Mirá el texto de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Boletín Oficial del 12/04/2013)
Descargar Cuadro de Aportes y Contribuciones Personal de Casas Particulares (hasta agosto 2014) y Cuadro de Aportes y Contribuciones Personal de Casas Particulares (Desde septiembre 2014)

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Para seguir leyendo

– Cuáles son las categorías del servicio doméstico.
– Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
– Nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo.
– Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
Servicio doméstico: las dudas del nuevo régimen laboral.
– Cómo regularizar a una empleada doméstica.
Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.
Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.
– Cómo pagar menos por el Impuesto a las Ganancias
– Qué cambia para las empleadas domésticas (abril 2014).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

532 comentarios

  1. Diego Diego dice:

    Buenas quisiera saber si se puede poner como empleado doméstico a un familiar directo ( hermana/o)

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No. El empleador no puede ser familiar directo de la trabajadora.

      1. AnabelS AnabelS dice:

        Hola. Y una prima?

  2. Samanta Acosta Samanta Acosta dice:

    Buenas noches. Quiero contratar a una persona pribada de su libertad, puedo? Se le agrega alguna particularidad al contrato o remuneracion … GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay restricciones alrespecto.

  3. Sofia Sofia dice:

    Tengo una empleada desde 1 de Agosto. 20 horas semanales , le hago los aportes.
    Falta el 50% del tiempo y quiero despedirla.
    Que debo pagarlo de vacaciones; preaviso e indemnizacion

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Sofía.
      En esta nota podés ver los detalles para indemnización por despido: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/

    2. Marta Marta dice:

      Hola buen noche, hace 8 años que mi yerno me puso en blanco xq cuidó a mi nieto, ahora ya tengo 60 años puedo jubilarme sin problemas, tengo todos los recibos de sueldo, puede haber problema xq mi empleador es la pareja de mi hija

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola. Te sugiero consultar con un profesional previsionalista para ver el tema de la jubilación.

  4. Reynoso Reynoso dice:

    Hola, queria consultar, si soy monotributista nivel mas bajo, cobro la asignación universal por hijo discapacitado, si me dan de alta como trabajadora en casa doméstica, pierdo la asignación familiar? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Las empleadas domésticas pueden cobrar AUH. tendrías que hacer el trámite en Anses. Slds.

  5. Declaración jurada? Declaración jurada? dice:

    Hola trabajé para mí yerno, tres años y 8 meses, en tareas domésticas de los cuales uno se debe y se pagara por moratoria, me perjudica, poner en el certificado de servicios pedido por anses el parentesco ya que es una declaración jurada

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El régimen de servicio doméstico no permite trabajar para un familiar, pero no tengo claro hasta qué nivel de parentesco. Por las dudas, mejor no ponerlo, me parece. De todos modos, si podés asesorate con algún profesional previsionalista para no meter la pata.

  6. Ana Ana dice:

    Hola, cuanto se le debe pagar a una empleada cuidadora de persona mayor por trabajo de sábados y domingos sin retiro? Osea 48 hs semanales?mensual proporcional a los días trabajados o cuanto x ser sábado y domingos . Nadie sabe decirme exactamente xq por hora está claro Que No porque los fines son al doble y al mes cobraría una suma sideral. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los fines de semana se paga doble si son horas extra o es un día no laborable. Si es un trabajo normal, debería cobrar el sueldo habitual según la cantidad de horas (aunque podrías negociar algún monto mayor por ser fin de semana). Slds.

  7. Hola……. me podes informar por favor tengo 1 sra que trabaja 2hs semanales..hace lo muy
    basico..cual es el sueldo q le corresponde .. si debo pagarle aguinaldo… y en caso q deje de trabajar q debo abonarle???. hace 6 años q esta en casa….ahora viene cada 15 dias… desde hace 1 mes. mil
    gracias por su ayuda.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí corresponde aguinaldo.
      En esta nota podés ver lo que se paga cuando se despide: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/ Slds.

  8. silvina silvina dice:

    una empleada domestica que trabaja para 2 empleadores distintos, como se unidica el aporte de la obra social? las 2 deben pagar $689 o como es? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Cada empleador tiene que pagar el aporte obligatorio completo, según la cantidad de horas de trabajo semanales: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/

  9. Pamela Pamela dice:

    Hola, ?cual es el límite de horas que deben trabajar por semana para cobrar por horas o mensualizado ? Ejemplo, trabajo 25 horas semanales, me corresponde cobrar por horas o mensualizado? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La normativa no dice nada.
      En algunos lugares, el ministerio entiende que por menos de 20 horas se paga por hora, pero esto no está respaldado por ninguna norma.
      Por 25 horas semanales, lo usual es el pago mensual. Slds.

  10. Paula Paula dice:

    Hola : soy empleada domestica. Pero trabajo en distintos lugares . Quiero saber , si haciendo el monotributo mi marido , me sacan la asignacion.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Según la categoría del Monotributo, él pasa a cobrar las asignaciones por hijo : https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-quienes-las-pueden-cobrar/

  11. Gustavo Gustavo dice:

    Hola, contraté a mi cuñada como empleada doméstica hace 12 años. Siempre la tuve en blanco. Tendrá problemas cuando quiera jubilarse? No vive bajo nuestro techo.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No va a haber problema si tiene los aportes. El régimen no se aplica a familiares directos pero no creo que sea el caso.

      1. Pablo Perez Pablo Perez dice:

        Buenas, tengo la idea de contratar a mi cuñada para servicio doméstico. En su opinión, estaría alcanzada por la restricción de familiares directos. Vale destacar que la casa que habitamos, donde esta persona trabajaría) está a nombre de mi suegra (madre de esta persona). No tenemos contrato de alquiler, ya que ella nos cede la propiedad para habitarla.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. Lo que hay que tener en cuenta es si la Afip puede ver la relación familiar. en principio no me parece que sea directa, pero habría que ver el caso

      2. lorena lorena dice:

        Hola soy pensionada no contributiva y me estan x blanquear en servicio domestico.pierdo la pension y cuales serian los beneficios ?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. Consultá con quien te otorga el beneficio si es incompatible.

        2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. No se pierde

  12. Sol Sol dice:

    Hola buenas tardes consulta tengo una empleada que trabaja de 12 a 18 hs semanales la quiero poner en blanco y ella no quiere para que no le saquen las asignaciones por sus hijos porq dice que se las sacan … Es verdad que le sacan las asignaciones? Y por otro lado cuanto seria lo que le tengo que pagar por hora y cuanto seria el aporte jubilatorio el de art y obra social q debo pagar a la afip

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las empleadas domésticas siguen cobrando asignaciones, no se las sacan.
      Los aportes los podés consultar aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/

  13. Ruben Moreno Ruben Moreno dice:

    Quiero felicitar a quienes dirigen y elaboran esta pagina. Es Clara, precisa y sumamente util. No encontre nada que la supere . Da gusto ver que hay professionals que hacen tan bien su trabajo y contribuyen a facilitarnos las cosas.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Muchas gracias, Rubén.
      Lo hacemos con mucho entusiasmo para aportar y nos viene muy bien comentarios como el tuyo.
      Paula

  14. Claudia Claudia dice:

    hola podemos tener a una empleada domestica declarada, mi conviviente por 7 hs semanales los días martes, y yo, también por 7 hs semanales los días viernes. O sea que la misma empleada tenga 2 relaciones laborales (2 empleadores distintos) para un mismo domicilio. Es posible esto? Muchas gracias Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Para un mismo domicilio, no.

  15. Alejandra Alejandra dice:

    Hola…trabajo por hora. Los feriados debo cobrarlos si justo es dia q deberia trabajar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

  16. Juan Juan dice:

    Hola, hoy comenzo a trabajar en mi casa una empleada domestica, vendra 4 horas todos los lunes. Mi intención es pagarle por jornada, asi que debo hacer la liquidacion del sueldo cada vez que viene y poner diaria y la cantidad de horas, no es asi?
    No me queda claro si puedo pagarle cada vez que viene y hacer la liquidacion el ultimo lunes del mes. Es que no quiero pagarle sin tener recibo del pago que estoy realizando. Como debo proceder?

    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Le pagás por día y el recibo de sueldo se lo das una vez por mes.

  17. Betty Betty dice:

    Hola yo tuve q inscribir a mi hija en la obra social soy empleada doméstica me sacan la asignación universal X hijo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      no

  18. Sofia Sofia dice:

    hola,
    quisiera saber qué tramite debe hacer la empleadora ante el aviso de embarazo de su empleada. Al momento de la licencia es necesario firmar alguna nota?. Se le debe pedir la constancia médica que indica la fecha posible de parto?
    El ANSES le pagará el sueldo a partir de cuándo? La empleadora debe dejar constancia en algún lado que la empleada está de licencia por maternidad.
    Realmente no quisiera incumplir con ningun paso, por eso consulto. Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ella tiene que hacer, cuanto antes, el trámite en la Anses para pedir la licencia por maternidad. NEcesita certificado médico con fecha probable de parto y pedir turno. Fijate los detalles acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-licencia-maternidad/
      El trámite demora y también se demoran en empezar a pagar. Durante los 90 días de licencia, la Anses le paga.
      Los formularios los puede descargar aquí: http://www.anses.gob.ar/prestacion/maternidad-maternidad-down-87

  19. Lucìa Lucìa dice:

    en el anterior texto dice……»Ahora, por enfermedad tendrá hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si es mayor.

    Antes de ese plazo..còmo se debe actuar ante inasistencias por enfermedad?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Perdón es 3 meses hasta cinco años de antiguedad

      1. Gisela Gisela dice:

        Perdón pero como se justifica esa inasistencia… o queda injustificada o me descuentan el dia o de las vacaciones??

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Con certificado médico

  20. RUBEN HORACIO MOREBNO RUBEN HORACIO MOREBNO dice:

    Este sitio es realmente muy útil para mantenerse informado en todas estas cuestiones de economía familiar y persona, Como además es gratuito, debemos agradecer a los exponentes que así nos ayudan desinteresadamente. Hoy en día no es fácil que ésto. Muchas gracias. Además, el texto es claro y conciso.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Muchas gracias por el comentario, Rubén.
      Justamente, esa es nuestra idea, ayudar a la gente que no conoce (ni tiene por qué conocer) sobre temas que hacen a su situación personal, con mucha rigurosidad técnica pero con lenguaje sencillo.
      Un saludo,

  21. yanina yanina dice:

    Hola hoy empleada doméstica y mi patrón me quiere inscribir. Yo cobro asignación universal por hijo me sacan si me inscriben??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No te lo sacan, las empleadas domésticas pueden seguir cobrando la AUH.

  22. Natalia Natalia dice:

    Hola!
    Tengo una empelada en casa desde hace 7 meses bajo el regimen x hora 12-16 hs.
    La quiero dar de baja porque desde que comenzo falta injustificadamente 5 o 6 veces por mes (que no le PAgo) mas las otras tantas que se enferma (que si le pago)

    .El tema es que necesito ayuda realmente y ella no me sirve.
    La pregunta es, tengo que notificarla formalmente (carta documento)
    Tengo que indemnizarla?

    Debo hacerle firmar algun papel que me cubra al momento de abonarle sueldo y proporcional de SAC y Vacaciones?

    Muchas gracias
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Podés ver los detalles en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/

  23. Marga Marga dice:

    Hola cuanto le corresponde a una empleada domestica que trabaja de lunes a sabados.8 horas?

  24. Liliana Liliana dice:

    hola quier consultarles, mi mama y yo somos jubiladas mi madre quedo en silla de rueda y pusimos una persona para que ayudara en la casa, ayer domingo intuimos que podria estar embarazada por
    un comentario que hizo, no informo nada entro a trabajar con nosotras el 1 de noviembre del 2016 la pusimos en blanco y yo quiero saber si estoy en posibilidad de despedirla porque no me puedo hacer cargo de pagarle mas. Con que preaviso y que tengo que tener en cuenta.Les infomo que somos jubiladas con jubilacion ordinaria no tenemos jubilacion alta entre las dos no llegamos a 20000pesos
    Espero su respuesta Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Te sugiero que te asesores con un profesional especialista en temas laborales.

  25. jorgelina jorgelina dice:

    Cuanto seria el salario q me corresponde por trabajar ocho horas diarias de empleada domestica.porq mi patrona me quiere blanquear..
    Yo ahora cobro la asignacion universal por hijo….cuano tiempo tardan en empezar a cobrar la otra si me blanquea?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si sos empleada doméstica registrada seguís cobrando la asignación universal. No es incompatible.