Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.
Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.
PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
Mirá el video tutorial:
Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:
Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.
Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.
Ver el texto completo de la Ley 26844:
Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.
El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.
Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.
Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.
Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.
Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.
Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:
El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas.
EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.
El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.
El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.
RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.
Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.
Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.
La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.
Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.
CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas
MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular.
A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).
Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.
También hay licencias por:
Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.
Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.
EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.
Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.
CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.
Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:
CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).
La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.
Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.
En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)
LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.
Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.
Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.
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Por: Paula Martinez
Hola buenas noches..
Mi consulta es..yo me tengo que operar mi empleador ya esta al tanto. Minimo dos meses de total reposo me dijo el cirujano. En ese tiempo que debo estar sin trabajar…me lo deben pagar igual??
Xq mi empleador me dijo que no corresponde.desde ya muchas gracias.
Hola. Sí está prevista la licencia por enfermedad: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2015/04/Ley-26844.-R%C3%A9gimen-Especial-de-Trabajo-de-Casas-Particulares.pdf
Actualmente la empleada trabaja 20 horas / semana, con aportes y ART a nuestro cargo. La empleada plantea reducir a 16 o 12 hs / semana. Cómo debemos proceder administrativamente con esta reducción de horas y sueldo?
Hola. Tendrías que modificar el alta en la AFIP con menos horas.
Podrías dejar constancia que la reducción de horas es a pedido de la empleada, para que no reclame indemnización por esa diferencia
Hola, te hago una consulta. A mi casa viene una señora que trabaja unas 4 horas una vez por semana. Ella me aumenta cuando lo va considerando necesario su valor hora, cuando no puede venir porque tiene algo que hacer o se va de viaje, por ejemplo, me avisa y no viene. Los horarios también los maneja, acordamos que viene los miércoles pero a veces es a la mañana, otras a la tarde, según como ella se acomoda. Mi consulta es, si yo la pongo en blanco, ¿qué pasa si ella se va un mes de viaje como suele hacer? ¿En ese caso le descuento los días? Por otro lado, me está cobrando 90 pesos la hora, bastante más del mínimo salarial. En ese caso, ¿las cargas que yo tengo que pagar serían las mismas?
Hola.
Primero, es obligatorio que esté en blanco, no es opcional.
Segundo. Si hay una regularidad en la relación, cuando no trabaja, no se paga. Podría arreglar tomarse vacaciones cuando se va de viaje o acordar alguna otra forma.
El valor por hora es un acuerdo entre las partes, la ley solo fija valores mínimos pero se puede pagar más. Es algo que deberían ver si se empiezan a pagar vacaciones, aguinaldo, aportes, etc.
Hola..trabajo de empleada domestica y estaba con licencia por maternidad.. Cumplia 14 hora semanal.. Ahora que quiero retomar mi trabajo el empleador me quiere reducir la hora a la mitad. Tengo que aceptar eso.. o el empleador esta obligado a devolverme mi trabajo tal cual lo deje antes de la licencia.
Se mantiene el mismo trabajo que antes.
Cualquier duda, consultá con el Ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico
Hola! Muy buen informe! Muy completo!
Tengo dos consultas:
1- en el caso de empleada/o con retiro, si por pedido del empleador se suspende una jornada laboral (ejemplo: vacaciones o ausencia en la casa del empleador), ¿es obligatorio abonar las horas de trabajo no realizado?
2- En el caso de días feriados en el día de trabajo pactado, ¿se debe pagar todo el día como horas extras? ¿Se debe pagar según la consulta 1 por más que el empleado no trabaje?
No encontré estos puntos en la ley ni en el apartado de licencias.
Desde ya muchas gracias!
Si un día la empleada no puede trabajar por culpa del empleador, podría cambiarlo por otro día (con acuerdo de la trabajadora) o no. En cualquier caso, se debe pagar.
En los feriados, se paga el doble si trabajó y si no trabaja, se paga simple.
Buenos dias, tengo una empleada..16 hras semanalas, el tema es que cada 2×3 esta faltando porque se le enferma su hijo, o porque tiene reunion en el jardin..corresponde descontarle estos dias? saludos
Como cualquier trabajo, salvo que tenga licencia, los días que no trabaja no se pagan.
Hola, y como se calculan esos dias? como se divide el mes? por dias habiles o por el total del mes?
gracias
Hola! Necesito saber si existen licencias por fallecimiento de familiar NO directo (suegros o cuñados) y por familiares directos (hijos), de cuentos dias? Aguardo repsuesta.
Hola.
Fijate en el artículo 38 de la ley, allí están los días de licencia en cada caso: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2015/04/Ley-26844.-R%C3%A9gimen-Especial-de-Trabajo-de-Casas-Particulares.pdf
HOLA, TENGO UNA EMPLEADA QUE HACE 15 DÍAS QUE NO VIENE YA QUE EL MARIDO DE SU MAMÁ FUE OPERADO Y ELLA VIAJÓ PARA ACOMPAÑARLA, MI PREGUNTA ES, LE CORRESPONDE COBRAR EL SUELDO COMPLETO CUANDO ELLA DECIDA VOLVER?
Es como en cualquier empleo, si no trabaja no cobra, salvo las licencias contempladas en la ley.
HOLA BUENOS DIAS SOY DANIEL MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE EN EL CASO DE UNA LICENCIA POR MATERNIDAD NO SE PAGA EL SUELDO POR EL PERIODO DE LICENCIA PORQUE LO PAGA ANSES Y LOS APORTES TAMPOCO SE ABONAN?
Así es
Hola, tengo una empleada domestica registrada que trabaja 3 veces x semana 6 hs (18 hs semanales). Quisiera reducir su jornada a 5 hs por día (15 hs semanales). Debo indemnizarla como si la despidiera? Leí que podía hacer una indemnización parcial por las horas reducidas. Gracias
Hola. Es así. Ante cualquier duda, consultá en el Ministerio de Trabajo.
Hola .
tengo una empleada que cumple realiza las tareas de la casa y me cuida a mi bebé de 1 año. esta sin retiro. tengo varias consultas al respecto.
se pueden hacer contratos por tiempo menor de 1 año e ir renovando?
el precio de los honorarios como lo calculo? según las cuidados de personas o tareas generales (o ambas)
Hola.
la relación laboral es por tiempo indeterminado (si finaliza al año se debe indemnizar).
Los sueldos mínimos son los que rigen legalmente y la categoría es 4 para cuidado de personas (se toma una sola categoría, la de las tareas habituales): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
holhola soy maria ines trabajo hace casi 3 años en casa de flia, me caso el 16/6 por civil y la licencoa la quiero tomar en enero no ahora asi junto para casarnos por iglesia. en algunas paginas dice que si se puede, si arreglamos con los jefes.
Tengo una empleada doméstica que trabaja doce horas y que tiene Obra Social por el trabajo del marido. Por trabajar doce horas sólo pago un mínimo obligatorio que no debería dar acceso al beneficio de obra social. Ella NO pagó nunca la diferencia para acceder al beneficio. Sin embargo en la OBRA Social le dieron de baja automáticamente porque realiza a portes por ser empleada doméstica ¿Como actuar en estos casos?
Hola,una consulta… Mi empleada en algunas ocasiones cuida mis hijos (si están enfermos y quedan en casa por ejemplo, o en vacaciones), pero por lo general ellos están en el jardín. Le corresponde estar en la categoría de cuidado de personas?
Depende si es una tarea regular o excepcional.
Hola, mi empleada trabaja los lunes 6hs y jueves 8hs, está bien que este dada de alta como mensual y no semanal? Y si alguno de esos dos días es feriado y no viene tengo que abonar la semana completa igual cierto?
Y otra consulta, si llega a faltar injustificadamente y no se le abona el día como se refleja eso en el recibo electrónico? Se aclara en la observación? Muchas gracias!
Hola. Sí, se puede pagar en forma semanal y los feriados se pagan.
Como en cualquier trabajo, las faltas se descuentan (salvo que recupere otro día) y después se lo restás al sueldo mensual. Podés poner todo lo que te parezca oportuno en las observaciones (la verdad que no hay un modelo estándar).
Slds.
Es obligatorio pagar los días feriados si mi empleada trabaja 3Hs de lunes a viernes y se le abona por hora?
sí
por mas que se le pague por día. Igual le corresponde?
los feriados del 27/28 de febrero (carnaval) y 13/14 de abril(semana Santa) Tbíen se le paga los dos días?.
en carnaval, los dos días son feriados nacionales.
En semana santa, solo el viernes.
Consulta quiero tener una empleada 4 horas 1 vez por semana en limpieza. O sea 16 horas al mes….cuanto debo abonarle el mes.Gracias.
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
Mid patron dijo ponerme en blanco.pero solo hace mis aportes no tengo obra social ni nada solo aportes q debo hacer?
Con los aportes tenés que ir a una obra social para afiliarte.
Hola pregunto yo siempre tuve como opción la obra social ospaga, ellos me dice ahora q debo cambiar xq el régimen es diferente,sera xq el sueldo no llega a cubrir la cuota general?
no conozco
Gola estoy de licencia por enfermedad. Quien deberia pagarme los dias mi patron o la ART ?? Grcs !
La ART solo paga si hay un accidente o enfermedad laboral.
Trabajo cama adentro cuidando una enferma me dicen que se computan 8hs diarias pienso que no es así sino tendría que ser con retiro, para mí se cuenta 12hs diarias
Hola, las empleadas domesticas tienen periodo de Lactancia?
No está previsto en la ley
Cuáles son los feriados que deben tomarse las empleadas domésticas? Por ejemplo, el Jueves Santo, es un día laborable para los privados. Las empleadas domésticas tienen feriado ese día?
Otra consulta: que trámite se realiza cuando una empleada trabajaba 6 hs diarias y por cambios de organización familiar solo se la empieza a requerir, por ejemplo, 3 hs diarias, 2 veces por semana? Cómo se modifica el sueldo en este caso? Se debe firmar algún acuerdo de partes?
Gracias. Siempre me es muy útil la información publicada en este portal.
Hola
Son todos los feriados nacionales más el día de la empleada doméstica.
Si le vas a reducir el sueldo, deberías indemnizarla por la diferencia.
El sueldo lo tenés que modificar en la página de la Afip, modificando el alta.
me alegra que te sea útil el sitio! Slds.
El empleador debe seguir pagando los aportes ( F102/ ) correspondientes, durante la licencia de maternidad??
En teoría, no
Hola puede ser q una vez al mes hay un decreto que tenemos un dia al mes para salir hacer tramites. ? Puede ser ? Eso me dijeron q tengo derecho d salir un dia hacer cosas
No está previsto en la ley.