Servicio doméstico

Todos los detalles del régimen para empleadas domésticas

24/04/2017

Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.


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Registro obligatorio

Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.

PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

YouTube video

Régimen de contratación

Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:

  • Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).
  • Trabajadores con retiro para un único empleador.
  • Trabajadores con retiro para varios empleadores (cuando trabaja en distintas casas, sea por hora o mensual).

Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.

Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.

Ver el texto completo de la Ley 26844:

¿Cuánto es el sueldo?

Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.

El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.

Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.

Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.

Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.

Aportes a la AFIP

Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.

Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:

Aportes Servicio doméstico 2023
Infogram

El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas

EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.

El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.

El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.

RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.

Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.

Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.

Recibo de sueldo

La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.

Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.

CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas

MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular

Derechos

A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).

Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.

También hay licencias por:

  • Nacimiento (para trabajador varón) de dos días corridos;
  • Matrimonio, 10 días corridos por matrimonio;
  • Fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres, 3 días; y por hermano, 1 día.
  • Para rendir examen, 2 días corridos y hasta 10 al año.

Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.

Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.

EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.

Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.

CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.

Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:

  • Antigüedad de 6 meses a 5 años, 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años, 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años, 28 días corridos.
  • Más de 20 años, 35 días corridos.

CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).

Fin de la relación laboral

La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.

Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.

En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)

LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.

Deducción del Impuesto a las Ganancias

Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.

Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

1.666 comentarios

  1. Patricio nally Patricio nally dice:

    Mi empleada se ausento una semana y me trajo un certificado de cuidado del padre enfermo corresponde pagarle esa semana?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No está prevista la licencia por enfermedad de familiares.

  2. Fernando Fernando dice:

    Hola recien acabo de hablar con la afip ya que no puedo generar el recibo de sueldo como lo venia haciendo (siguiendo su video de ejemplo) porque no me deja ingresar un importe negativo (los 419 correspondiente al aporte a la obra social). En la AFIP me informa que no es correcto que se descuente esos 419 pesos ya que es un aporte a cargo del empleador. Yo acabo de ver la ley y no dice que sea a cargo del empleado. En la pagina «http://www.afip.gob.ar/casasparticulares/valorAportesContribucionesART.asp» que me sugirio visitar la agente me dice que ahi claramente dice que es un aporte a cargo del empleador. Ya no sè como seguir adelante.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      ME parece que el sistema de Afip tiene un problema porque debería permitir restar montos (no solo por aportes, sino por cualquier otra cosa). En todo caso, el recibo se puede imprimir y llenar en forma manual.
      La resolución de Afip dice claramente «aporte del trabajador», de todas formas, quien lo ingresa (junto con el resto de los aportes y la ART) es el empleador.
      En ningún caso, el sueldo de bolsillo puede ser inferior al mínimo vigente (después de restarle los aportes). Slds.

  3. karina karina dice:

    Hola te hago una consulta,la persona que trabaja en casa, trabaja 35 horas semanales, es decir 5 dias de 7 horas. ¿Cuánto tendría que cobrar, salario mínimo, con zona desfavorable? ¿cuánto tendría que figurar en su recibo? te pregunto porque hay un ítem que dice que superando las 32 horas se paga sueldo completo. El tema es que no cumple con las 48 hs semanales.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Podés ver en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/

  4. Pablo Pablo dice:

    Si mi empleada falta por enfermedad le debo pagar el dia? Trabaja 2 dias por semana 6 horas

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Las empleadas tienen 3 o 6 meses de licencia por enfermedad por año.

  5. Stella maris Stella maris dice:

    Hola buenas tardes, soy empleada doméstica y ya hace más de cinco años que estoy, quisiera saber si me corresponde que me paguen antigüedad? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No está prevista la antigüedad en el régimen del servicio doméstico. Slds.

  6. Barblivia Barblivia dice:

    Buenas tardes, si una persona viene tres veces por semana, y trabaja hace más de 5 años, ¿cuanto es el máximo de faltas por enfermedad pagas que puede tener, por año? y si dice que falta por kinesiología pero salvo la orden no tiene ningún certificado médico, ¿se debe justificar? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Más de 5 años, son hasta 6 meses de licencia por enfermedad.

  7. Guillermo Guillermo dice:

    Hola
    Empleada modalidad
    Con retiro para distintos Empleadores
    48 hrs al mes

    Si la empleada se ausenta por accidente laboral en casa de otro Empleador, como debería actuar de mi parte

    Se informa a Art ?
    Corresponde el pago de sueldo de mi parte ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí corresponde informar a la ART y realizar los trámites que te digan.

  8. teresa teresa dice:

    buen día, puede una empleada domestica con cama. trabajar 16 hs diarias?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El máximo por día son 9 horas.

  9. adriana dugandric adriana dugandric dice:

    hola buenas noches, la empleada que trabaja en mi casa ingresó en noviembre de 2016, el 13 de febrero se tuvo que operar de urgencia de la vesicula dándole el alta el cirujano el 19 de marzo, reeintegrándosae a trabajar enseguidar. el lunes pasado se cayó en su casa teniendo una fractura que es quirurgica, operándose el lunes que viene, mi consulta es hasta cuando debo pagarle ya que su médico le dijo que ni en septiembre ni octubre va a trabajar.
    cuantos días tienen de licencia por enfermedad y cómo se sigue cuando los pasan porque tambien estuvo faltando 3 días para a ir al oculista.
    muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Hasta 5 años de antigüedad son 3 meses pagos de licencia por enfermedad, por más de 5 años, corresponden hasta 6 meses al año. Slds.

  10. Marcelo IANKELEWICH Marcelo IANKELEWICH dice:

    Hola: necesito saber como deduzco de ganancias la indemnización a la empleada domestica por despido y si el importe a deducir se suma al deducible por sueldo o si se toma aparte.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcelo,
      La deducción de servicio doméstico incluye todo lo pagado a la empleada, siempre con el mismo tope anual, no hay un monto aparte.

  11. FERNANDO FERNANDO dice:

    Buenas noches, quería saber si se puede deducir de ganancias lo pagado a un empleado domestico en concepto de indemnización por despido. Corresponde aplicar el tope para esto también?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Fernando, sí corre el mismo tope anual.

  12. Eliana Eliana dice:

    Buen día, si mi empleada falta por enfermedad del cónyuge , hijos o padres/suegros le debo pagar ese día o se lo puedo descontar? Ella trabaja 4 hs diarias de lunes a viernes. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No está prevista la licencia por enfermedad de familiares en este régimen .

  13. soledad soledad dice:

    Como puedo averiguar mi ART,ya que mi empleador no sabe y en la pagina no me permite ingresar datos?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La ART es del empleador y la puede consultar en la página de AFIP, en el registro de casas particulares.

  14. Ricardo Montenegro Ricardo Montenegro dice:

    Hola, la persona que realiza tareas domésticas en mi casa, y que también trabaja en lo de mi cuñada, hace unas semanas tuvo un accidente cuando volvía a su casa luego de haber trabajado en lo de mi cuñada. Desde ese momento se encuetra sin poder trabajar y está siendo atendida al respecto.
    Mi duda es sobre el pago de las horas que normalmente cumple en mi casa: hasta el momento las abono yo, y mi ART (Prevenciòn ART) me informó que así es hasta que le den el alta los médicos de la ART contratada por mi cuñada (La Segunda ART).
    Sin embargo una persona de La Segunda ART le informó a mi cuñada que mi ART debe reintegrarme el valor de esas horas porque mi empleada, por más que no se accidentó mientras trabajaba conmigo, se encuentra con licencia por ART.
    Sinceramente no entiendo cuál de las dos ART está en lo cierto.

    Desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Te sugiero consultar en la superintendencia: http://www.srt.gob.ar

  15. Mara Mara dice:

    Cuál es el tope de faltas por mes o por año de una empleada doméstica?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Están las licencias de ley (fijate en el apartado que corresponde en la nota):

  16. Maria Isabel Quevedo Maria Isabel Quevedo dice:

    A mi me calculan 8hs por dia pero estoy con cama pienso que se calculan 12 hs

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Depende de la cantidad de horas que efectivamente trabajes.

  17. Graciela Sanchez Graciela Sanchez dice:

    Hola soy empleada doméstica con retiro estoy mensual yo quiero saber si los feriados nacionales también tengo que trabajar normalmente

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los feriados se cobran el doble.

  18. Carla Carla dice:

    Queria saber si una empleada bajo el régimen de horas semanales, uno de los días que asiste a la casa donde trabaja cae feriado y no asiste. Se paga igual? simple?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si

  19. Monica Monica dice:

    Una empleada que trabaja menos de 12 horas por semana (2 dias 4 horas c/u) y le pago por día , avisa que esta enferma, se le debe pagar ese día, se debe solicitar certificado médico o con que avise por teléfono alcanza legalmente?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Legalmente la licencia por enfermedad se justifica con certificado médico.

  20. Natalia Natalia dice:

    Buenas tardes, mi empleada esta con Licencia por ART desde Junio. La ART le paga hasta el alta o max 1 año, no? Que pasa si despues del alta de la ART y de Superintendecia sigue acusando dolores e incapacidad de trabajar? Quien le paga el sueldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Depende de las licencias por enfermedad que tenga. Según antigÜEdad puede tener hasta 3 meses o hasta 6 meses por año.

  21. fabian fabian dice:

    hola paula necesito info, estamos por contratar a una señora se va a poner en blanco como corresponde. mi consulta es que se acordo de agosto a fines de enero trabaje las 8 hora por dia y apartir de febrero trabajaria 4 horas por dia. esto mismo lo aclaron cuando liquido las hora para efectuar el recibo del mes a corrar. o a fines de enero se debe dar por terminada la jornada de 8 hs y volver a tomarla por 4 hs al dia?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Podrías hacer un contrato por tiempo determinado.
      Te sugiero consultar en el Ministerio de Trabajo (www.trabajo.gob.ar/domestico) cómo hacer. Slds.

  22. Silvia Silvia dice:

    Hola. Tengo una empleada que viene tres veces por semana. Le pago en forma mensual. Pero con el tema de los feriados puente y demás me veo perjudicada. Se les debe efectuar descuentos? Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los feriados se pagan.

  23. Noelia Noelia dice:

    No tengo claro en qué caso se abona el salario por hora y en qué caso mensual. Si una empleada trabaja en categoría 5 de lunes a viernes 4 horas por día, ¿cuál es el sueldo que debería recibir?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La ley no lo dice, así que queda sujeto a la decisión de las partes.
      Si trabaja todos los días, lo lógico es que el pago sea mensual. Si trabaja algunos días a la semana, puede ser por día. Acá podés ver los sueldos mínimos vigentes: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
      Slds.

  24. Andrea Andrea dice:

    Buenas noches.
    No tengo claro el tema de liquidacion de horas. Si una empleada, falta un dia, se paga ese dia? o no?
    Gracias. Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Es como en cualquier trabajo, el día que falta se descuenta salvo que se recupere otro día. Slds

  25. Leticia Leticia dice:

    Hola, les consulto por la licencia por enfermedad. Si tiene menos de un año de antigüedad, ¿cuánto le corresponde por ese rubro? ¿Hasta tres meses por año, o se exige una mayor antigüedad en el trabajo? Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Son hasta 3 meses por año para menos de 5 años de antigüedad. Slds.