Servicio doméstico

Todos los detalles del régimen para empleadas domésticas

24/04/2017

Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.


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Registro obligatorio

Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.

PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

YouTube video

Régimen de contratación

Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:

  • Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).
  • Trabajadores con retiro para un único empleador.
  • Trabajadores con retiro para varios empleadores (cuando trabaja en distintas casas, sea por hora o mensual).

Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.

Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.

Ver el texto completo de la Ley 26844:

¿Cuánto es el sueldo?

Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.

El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.

Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.

Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.

Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.

Aportes a la AFIP

Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.

Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:

Aportes Servicio doméstico 2023
Infogram

El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas

EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.

El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.

El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.

RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.

Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.

Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.

Recibo de sueldo

La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.

Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.

CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas

MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular

Derechos

A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).

Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.

También hay licencias por:

  • Nacimiento (para trabajador varón) de dos días corridos;
  • Matrimonio, 10 días corridos por matrimonio;
  • Fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres, 3 días; y por hermano, 1 día.
  • Para rendir examen, 2 días corridos y hasta 10 al año.

Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.

Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.

EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.

Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.

CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.

Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:

  • Antigüedad de 6 meses a 5 años, 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años, 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años, 28 días corridos.
  • Más de 20 años, 35 días corridos.

CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).

Fin de la relación laboral

La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.

Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.

En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)

LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.

Deducción del Impuesto a las Ganancias

Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.

Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

1.666 comentarios

  1. mariana frega mariana frega dice:

    Hola cual seria el sueldo de una cuidadora de personas que trabaja sabado domingo y lunes completos sin retiro Cual es el pago por feriados y para las fiestas .gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Se cuenta la cantidad de hora por semana. No está previsto una diferencia de sueldo por trabajar normalmente los fines de semana.
      Si se trabaja los feriados se paga el doble por ese día (sólo los feriados nacionles, 25/12 y 1/1).
      Slds.

  2. Lorena Lorena dice:

    Hola soy empleada doméstica me despidieron después de trabajar seis años y nueve meses en la liquidación figuran seis años ,mi pregunta es los seis meses no se cobran ???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      la indemnización es un sueldo por año o por fracción superior a 3 meses. O sea, en ese caso serían 7 sueldos.

  3. ELI ELI dice:

    Buenos días quisiera saber si por trabajar 24 hs semanales,en cuidado de adulto mayor con los domingos incluidos que sueldo me corresponde gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Podés ver los sueldos mínimos en nuestra calculadora: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/calculadoras/

  4. Agustina Agustina dice:

    Hola trabajo en un casa 9 horas de lunes a viernes y en ningun momento s hablo de pago extra ya que al principio eran solo 8 horas de trabajo y me fije en la escala de los sueldos y gano lo que dice ai qu se gana por 48 semanales pero no entiendo si esta hora que se sumo entra dentro de estos valores o lo tengo que cobrar como extra

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El sueldo completo es por 48 horas semanales. Lo que exceda ese tiempo se paga como hora extra.

  5. pablo pablo dice:

    hola . buenas tardes. se puede pedir a la empleada domestica que cambie el horario de la mañana a la tarde. que pasa si no puede. gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Se pueden cambiar las condiciones de trabajo con acuerdo de la empleada.

  6. Patricia Belén Arcos Patricia Belén Arcos dice:

    Hola mi horario de trabajo es de lunes a viernes de 6 de la mañana a 15hrs , el horario tiene algún pago diferente ?? Y en caso de trámites q realizar por la mañana se pide día completo ,ya sea de bancos o visitas al doctor o examen médico

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay diferencias en los sueldos mínimos por horario
      Si vas a faltar deberías arreglar con tu empleador como compensar las horas.

  7. Valeria Valeria dice:

    Hola buenas noches.. Yo trabajo 15 horas semanales y mi patrón ahora quiere reducirse horas. Lo puede hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Se puede hacer abonando indemnización si baja el sueldo.

  8. Camila Camila dice:

    Buenas tardes. Una empleada doméstica tiene 2 empleadores. Le suspendieron la obra social porque le dijeron que pagaron de más sus aportes. Quisiera saber si conoce algún caso similar, o como se haria para que los dos empleadores juntos paguen los aportes. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Camila.
      No puede ser que le suspendan por pago ‘de más». De hecho mucjas empleadas tienen aportes superiores al mínimo. Cualquier duda, consultá en la Superintendencia de servicios de salud.

  9. Ana Lopez Ana Lopez dice:

    Buenos dias, el día 20 de octubre di de alta tengo que pagar todo lo de afip o proporcional??
    cual es el monto que ella esta obligada a pagar ?
    desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Ana.
      Los aportes del servicio doméstico son únicos por mes, no se puede pagar proporcional, sino que hay que abonar el mes completo.
      Lo que corresponde a la empleada es el aporte a la obra social. Slds.

  10. Marcelo Marcelo dice:

    Buenos días,

    tenemos una empleada domestica en casa, como empleador está mi esposa. Queremos que a partir del mes próximo cambiar el empleador y que sea yo. Con las mismas condiciones por supuesto y manteniendo su antiguedad, podemos hacerlo? Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcelo.
      Sí pueden. Uno tiene que dar de baja la relación y otro darla de alta al mes siguiente. Tengan cuidado de hacerlo justo a fin de mes, para no duplicar el aporte mensual.
      En caso de matrimonio, se considera que la relación laboral continúa, así que no hay que hacer nada más, pero como vos decís, se mantiene la antigüedad.
      Un saludo,

  11. gabriel gabriel dice:

    buenos días, que pasa con una empleada doméstica que tiene más de un empleador ? Ella tiene algún beneficio más ? se le reduce por ejemplo el monto que tiene que pagar por sus hijos a la obra social ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gabriel.
      En ese caso, los aportes obligatorios se suman pero sólo para su jubilación y su obra social.
      Si quiere incluir a sus hijos, sí o sí, tiene que pagar los 689 por cada uno aparte (por más que entre todos los aportes de los empleadores supere el mínimo).

  12. silvana olguin silvana olguin dice:

    Hola ,mi empleada falta constantemente a veces de manera injustificada y otras presentando certificado medico, tiene 10 años de antiguedad. Realmente esta situacion me tiene un poco saturada pero debido a la cantidad de años me es imposible despedirla… Tengo algun atenuante si quisiera romper su relacion laboral?Gracias x su respuesta

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Silvana.
      Tendrías que documentar muy bien el caso si la quisieras despedir sin causa. Tené en cuenta que la justicia laboral, por lo general, es más favorable a los trabajadores.
      Te sugiero que consultes con un abogado para que te asesore bien en esto.
      Slds.

  13. victoria victoria dice:

    buenas tarde yo trAbajo en negro hace 9 años . x semana trabajo 54 hs en diciembre me voy a casar necesito saber cuanto es lo aue ellos me tienen aue abonar x matrimonio ? o no me tienen auw pagar nada.se que 10 dias me dan por el mismo pero no se cuanto es lo que me corresponde ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Corresponden 10 días corridos de licencia. No hay ninguna asignación extraordinaria por matrimonio.

  14. Buenos Dias: Yo trabajo desde el 1/1/19 y hasta hoy 3/10/19 no recibo el «recibo d sueldo»me dan vuelta y no me lo dan.Trabajo de lunes a sabado.en la semana d lunes a viernes desde las 8 a 19 hs..Los sabados de 9 a 13 hs.Q debo hacer? y ¿Cuanto debo cobrar?Y q puedo hacer si no tengo ni me dan el recibo.

  15. roberto roberto dice:

    Hola una consulta, a una empleada domestica con cama adentro le corresponde el gasto de alimentos a parte de su sueldo?
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Roberto.
      Sí, está previsto por ley que se le brinde alimentación. Mirá el artículo 14, inciso d): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2015/04/Ley-26844.-R%C3%A9gimen-Especial-de-Trabajo-de-Casas-Particulares.pdf
      Slds.

    2. Ana Victoria Ana Victoria dice:

      Hola Paula
      Mi empleada trabaja 6 horas semanales, repartido en dos días. Corresponde que se siente a desayunar dentro de ese horario?

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Ana.
        No está prevista la comida en el régimen con retiro. Slds.

  16. Walter Walter dice:

    Buenos días, por un familiar de la empleada doméstica. ¿Le corresponde que le abone el día?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No está previsto en la ley

  17. Mario Diego Garbino Mario Diego Garbino dice:

    Buenas tardes, tengo una empleada que trabaja solo los viernes cinco horas, en caso de enfermedad, se le debe pagar lo mismo? y en caso de embarazo y reposos durante el mismo por amenaza de pérdida, también como debo manejarlo? esta en blanco y normalmente le pago entre 20 o 25 horas mensuales. Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mario
      Es así. Las empleadas tienen derecho a las licencias sin importar cuántas horas de trabajo estén.
      La lic. por enfermedad es hasta 3 o 6 meses, según antigüedad, por año.
      Slds.

  18. Carolina Carolina dice:

    Buen día.

    Existe algún máximo de horas semanales trabajadas a partir de la cual debe abonarse un sueldo mensual? O siempre es cantidad de horas semanales trabajadas por el precio de la hora?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Carolina.
      La normativa no dice nada. Pero en algunas provincias, el ministerio de Trabajo interpreta que es a partir de 20 semanales se paga mensual y menos se paga por día.
      Como digo, es una interpretación. De todos modos, si son pocas horas o días, el pago puede ser mensual pero el sueldo proporcional a las 48 hs. es muy poco, por eso, en general, se usa el valor de la hora (que es bastante más alto).
      Slds.

  19. Santiago Sebastian Santiago Sebastian dice:

    Buenos días,
    Tengo a una empleada trabajando en cuidado de personas (niñera) durante 8hs por día y quisiera, de mutuo acuerdo, reducir su jornada a 2hs diarias cuando mi hijo comience con el jardín de infantes.
    Cual es la mejor forma de hacerlo? debo despedirla y volverla a contratar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Santiago.
      Hay que indemnizar a la empleada por la diferencia salarial.
      Además, corresponde modificar los datos de la relación laboral en Afip. En esta nota podés ver cómo hacerlo: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-modificar-sueldo-datos-en-la-web-de-afip/

  20. amc amc dice:

    Debo contratar una cuidadora para que asista: de lunes a viernes pero desde las 14 hs hasta las 9 hs del dia siguiente, si bien ingresa a la tarde se queda por la noche a dormir y se retira a la mañana siguiente, en este caso debo tomar el importe mensual de la cuarta categoría? seria asi?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para el cuidado de personas es cuarta categoría.

  21. Ricardo Ricardo dice:

    buenas tardes es obligatorio para el servicio doméstico presentar certificado de buena conducta. necesito respuesta a la brevedad gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Son requisitos que puede pedir el empleador para conocer más a quién vaya a trabajar en su casa, pero no está establecido en ningún lado.
      Slds.

  22. Nikka Nikka dice:

    Hola, Tengo una empleada domestica hace casi 4 años. En enero/19 le completé los formularios para que comience el beneficio jubilatorio por llegar a la edad. Ya me visitaron del Anses para constatar la relación laboral.
    ¿Como se si ya le salio el beneficio?
    Luego de que obtenga el beneficio, el calculo de indenmizacion por antigüedad comienza de cero?
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Ella tendría que comunicarse con Anses para que le informen cuándo obtiene el beneficio.
      Si sigue trabajando la relación laboral no se corta.

  23. Silvia Lilian techera Silvia Lilian techera dice:

    Hola buenas tardes yo trabajo de personal para tareas generales y trabajo 12 horas 5 días de a semana cuánto tengo que ganar

      1. Mariana Mariana dice:

        Buenas tardes
        La empleada doméstica viene 4 horas por semana y falta mucho por enfermedad no grave de su hijo o sin excusa alguna aunque siempre avisa. Tengo que pagrle igual el día que falta?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola Mariana.
          Es como cualquier trabajo. El día que no va, se descuenta, salvo que esté con licencia.

  24. Celina Celina dice:

    Buenas tardes,
    Mi empleada se presentó en la obra social para inscribirse con la constancia de Alta de la AFIP. Aparte de este formulario le piden también recibo de sueldo o Formulario 102/RT. Tengo entendido que cualquiera de estos formularios se entregan a mes vencido. Qué documentación tendría que presentar entonces, si comenzó a trabajar a principios de este mes (septiembre)? Recién estos documentos se van a generar en el mes de octubre.
    Muchas gracias! Saludos

  25. paola paola dice:

    hola queria consultar una persona con cama adentro .los fines de semana tiene su franco ,como tendria que ser su reintegro al trabajo y su salida?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. el régimen cama adentro tiene seis días de trabajo y un franco semanal.