Servicio doméstico

Todos los detalles del régimen para empleadas domésticas

24/04/2017

Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.


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Registro obligatorio

Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.

PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

YouTube video

Régimen de contratación

Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:

  • Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).
  • Trabajadores con retiro para un único empleador.
  • Trabajadores con retiro para varios empleadores (cuando trabaja en distintas casas, sea por hora o mensual).

Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.

Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.

Ver el texto completo de la Ley 26844:

¿Cuánto es el sueldo?

Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.

El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.

Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.

Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.

Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.

Aportes a la AFIP

Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.

Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:

Aportes Servicio doméstico 2023
Infogram

El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas

EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.

El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.

El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.

RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.

Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.

Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.

Recibo de sueldo

La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.

Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.

CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas

MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular

Derechos

A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).

Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.

También hay licencias por:

  • Nacimiento (para trabajador varón) de dos días corridos;
  • Matrimonio, 10 días corridos por matrimonio;
  • Fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres, 3 días; y por hermano, 1 día.
  • Para rendir examen, 2 días corridos y hasta 10 al año.

Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.

Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.

EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.

Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.

CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.

Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:

  • Antigüedad de 6 meses a 5 años, 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años, 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años, 28 días corridos.
  • Más de 20 años, 35 días corridos.

CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).

Fin de la relación laboral

La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.

Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.

En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)

LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.

Deducción del Impuesto a las Ganancias

Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.

Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

1.666 comentarios

  1. liliana mottola liliana mottola dice:

    Hola, mi empleada trabaja sólo 1 vez por semana 6 horas. Falto por enfermedad 2 de los dias laborables.
    Cómo le liquido los dias por enfermedad? Como un dia trabajado por las mismas horas o es menos?
    gracias!

    Liliana

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Liliana. Los días de enfermedad se pagan igual que los otros (los tendrías que separar y aclarar lo que quieras en «observaciones», en el recibo de sueldo). Slds.

  2. Mariana Mariana dice:

    Hola si trabajaba toda la semana ahora mí empleador me está restando días y horas de trabajo y no estoy en blanco como puedo averiguar si eso se puede hacer

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Cualquier reducción de sueldo se debe indemnizar.

  3. Mai Mai dice:

    Hola Cómo estás?
    Quería consultarte porque tengo una persona que trabaja en casa desde septiembre una vez por semana 5 horas cada vez.
    Quería saber cómo le corresponde el aguinaldo? Y si le corresponden vacaciones? Muchas gracias por tu gran aporte!!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, le corresponden aguinaldo y vacaciones.
      Mirá cómo calcularlo acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-obligaciones-que-afrontar-en-diciembre/

  4. Jimena Jimena dice:

    Buenas tardes , mi empleada se enferma seguido , quiero descontarle esos días de enfermedad y que también aparezca en el recibo , como es el calculo y el tramite , ya que en el afip no te da el ítem

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El recibo web de Afip es bastante limitado. Lo podés hacer en el formulario 102/RT en forma manual.
      Si son días de licencia se suman y se restan por el mismo monto. En las observaciones del recibo podés poner todo lo que creas conveniente para aclarar.

  5. Claudia Claudia dice:

    Hola! si deseo bajar la cantidad de horas de trabajo de mi empleada domestica:
    1) el calculo de la indemizacion es por las horas reducidas y el tiempo de antigüedad que tenga?
    2) la documentación del hecho es a través de la pagina de afip como modificación de datos y alguna nota firmada por las partes?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, la indemnización es por la diferencia de sueldo y en función de la antigüedad.
      Lo mejor es dejar todo documentado y firmado.
      En Afip solo hay que cambiar si se modifica en las categorías, hasta 12 hs, de 12 a 15 hs y más de 16 hs. semanales.

  6. Silvia Silvia dice:

    Hola tengo una empleada doméstica que trabaja 3 veces por semana 4 hs se casó como le corresponde la licencia de matrimonio? Son días corridos o laborables? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Le corresponden 10 días corridos. Slds.

  7. Florencia Florencia dice:

    Hola tengo una empleada cama adentro hace unos días y es la primera vez. Hay un régimen de cuántas horas debe trabajar como maximo? O como deberían ser las horas de descanso?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate en esta nota, donde dice «jornada laboral», ahí se explica. Acá está el texto de la ley: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2015/04/Ley-26844.-R%C3%A9gimen-Especial-de-Trabajo-de-Casas-Particulares.pdf

  8. Sol Sol dice:

    Buenas! Tengo una bebé de dos meses toma pecho mí jornada laboral es de 7 horas diarias,me corresponde media hora para amamantar o retirarme una hora antes? Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No está previsto hora para amamantar en este régimen. slds.

  9. José Luis José Luis dice:

    Buenos días. Consulta tengo una empleada que trabaja desde hace 5 años con retiro 4 hs diarias de l a v. la pregunta es dado que falleció la persona en la casa en donde trabajaba puedo bajarle las horas de trabajo y el sueldo pasarlo del máximo para personal con retiro a horas semanales?. o conviene liquidarla y contratarla nuevamente?. Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si se reduce el sueldo, se debe indemnizar a la persona por la diferencia. Te sugiero que te asesores con un profesional en tu caso particular para no tener problemas. Slds.

  10. silvana silvana dice:

    hola Paula! Para jubilarse como personal domestico, es necesario tener horas minimas semanales trabajadas? Porque mi personal solo trabaja tres hs semanales y le pago el aporte correspondiente de $ 188,88

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Lo que es necesario es completar el aporte mínimo mensual para la jubilación. Por ahora es de $ 44,80 por mes. Mirá el cuadro acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
      Si paga menos (en tu caso es $ 15,36 incluido en el aporte de 188,88), el resto se debe completar cada mes con el formulario 575/RT de aportes voluntarios (https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/11/F575RT.pdf).

  11. Marta elena Marta elena dice:

    Hola me gustaría saber en parana donde ay un sindicato para saber cuanto esta la hora porque me pagan 70pesos la hora

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El valor mínimo por hora lo podés ver en esta nota. Para ver lo del sindicato deberías buscarlo en Internet, no hay otro lugar donde fijarse.

  12. Verinica Verinica dice:

    Hola yo tengo cinco años de antigüedad los día de vacaciones son avilés, trabajo de lunes a viernes!!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, las vacaciones son días corridos (se empiezan a contar el primer día hábil de trabajo de la semana).

  13. susana susana dice:

    Buenas tardes , una señora que trabaja en cuatro casas diferentes , y en cada una se le paga por h. En una cuatro hs, mensuales en otra ocho hs. mensuales y asi. Como tiene que ella hacer el tramite para ingresar al sistema y poder jubilarse .

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para que se cuenten los meses de aportes, se debe completar el monto del aporte obligatorio (para la jubilación son $ 44,8) por mes. Si trabaja menos de 16 horas se puede completar con el aporte de distintas casas. Si falta algo, la diferencia se paga con el formulario 575/RT (https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/11/F575RT.pdf)
      Fijate en esta nota cuánto es el monto de la jubilación en cada caso: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/

  14. MARIEL URQUIZA MARIEL URQUIZA dice:

    buenas tardes. tengo una empleada domestica registrada desde 2012, ahora se jubila pero quiere seguir trabajando. Què tengo que hacer ?? le tengo que dar de baja? y volverla a inscribir??Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que modificar la relación laboral y poner que es jubilada. De esa manera, puede seguir trabajando pero con un aporte reducido. Slds.

  15. Fatima Fatima dice:

    Hola tengo una duda yo estuve un mes por parte enferma si yo entrego los certificado médicos me pagan el mes entero o sólo me corresponde un porcentaje de mi sueldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La licencia por enfermedad se paga con el valor normal

  16. Florencia Florencia dice:

    Buenas tardes las empleadas domésticas tienen días de licencia por atención de familiar enfermo? En licencias especiales no encontré esa situación. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No está previsto. Slds.

  17. Ana Ana dice:

    Si mi empleador se va de vacaciones esos días que no tengo que concurrir, me los tiene que pagar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Fijate que en esta nota se responde tu pregunta: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/10-preguntas-vacaciones-empleada-domestica/

  18. Domingo Domingo dice:

    Buenas tardes, tengo empleada doméstica por horas, cumple hasta quince horas por semana, dado que tiene que realizarse una intervención quirúrgica menor, deseo saber cuales son mis obligaciones como empleador .

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las empleadas tienen hasta 3 meses de licencia por enfermedad paga, si tienen hasta 5 años de antigüedad, y 6 meses por año si es más. Slds.

  19. Guillermo Guillermo dice:

    Hola, tengo una empleada doméstica que comenzó a trabajar a principios de año. En ese momento ella no quiso que la blanquee porque no quería perder la AUH.
    Yo quiero registrar el alta a partir de la fecha en que realmente comenzó a trabajar, como hago para pagar esos aportes «retroactivos» ?
    Al darle de alta, puedo deducir de mi impuesto a las ganancias (cat 4) su sueldo desde principio de año a pesar de que la registre ahora? Muchas gracias !!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí se puede registrar retroactivo. Tené en cuenta que no pierde la AUH porque es compatible con el régimen de servicio doméstico.
      Los aportes retroactivos los pagás uno por uno y luego tenés que abonar el interés punitorio. Una vez que abones los aportes, la podés deducir de Ganancias (el sistema del Siradig no te deja si no es así). Todos los meses del año se pueden informar hasta el 31 de enero del año siguiente.
      Slds.

  20. Carlos Carlos dice:

    Hola,
    Mi empleada domestica tiene una enfermedad grave (cancer) y no puede trabajar. Tiene una antigüedad de 1 año y medio.
    Cuanto tiempo tengo que pagarle el sueldo por enfermedad? La obra social la pierde cuando yo no se la pague mas? Tiene 40 años y un hijo de 5

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La licencia por enfermedad paga es hasta 3 meses por año para una antigüedad de hasta 5 años y de 6 meses por mayor antigüedad.
      Si no tiene aportes, pierde la obra social.

  21. Sofia Sofia dice:

    Buen día! !Una consulta si estoy cuatro años en negro .tengo derecho licencia por casamiento

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los derechos corresponden a todas las empleadas, además de la obligación de registrarlas (no pueden estar en negro).

  22. Cristina Cristina dice:

    Tengo una empleada que ella pidió trabajar menos horas. Cuatro por día tres veces a la semana
    No le bajé el sueldo. Nunca trabaja una semana completa.Enfermedad de hijos ,malestar de ella .Todo sin certificado
    Con el embarazo no hizo los trámites, pagamos nosotros. Además de sus malos días
    Cómo tengo que hacer que cumpla con sus días. Le pagué todos los meses y casi no trabajo .Ahora por vesícula un mes de carpeta.Si no trabaja puedo descontar el día.
    Cordialmente

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se puede descontar el día como en cualquier trabajo. En casos así, tan irregulares, conviene pagar por día y no por mes. Entonces, cuando no va no le pagás y listo. Slds.

  23. Macarena Macarena dice:

    Buen día. Si una empleada trabaja en 2 casas…aportando doble, eso favorece cuando se jubilan??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No, es lo mismo. siempre que aporte el mínimo previsto por mes, tiene la misma jubilación (la mínima).

  24. Lucas Lucas dice:

    Hola. Mi empleada quiere jubilarse pedo seguir trabajando. Le pago en blanco desde el 2014. Es paraguaya con residencia permanente. Tiene 65 años. Podría? Como es el trámite? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí puede seguir trabajando. Tiene un régimen de aportes a la Afip especial (es más barato). Cuando la registres y cuando pagues todos los meses, tenés que poner que es jubilada para que te apliquen el monto correcto de aportes. Slds.

  25. Jose Jose dice:

    Hola si viajo una semana y le pido a mi empleada doméstica no ir esos días debo pagarle o pedirle que devuelva esas hora . Ella trabaja mensual.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si ella no puede ir a trabajar por razones del empleador correspondería que se le paguen los días. De todos modos, en algunos casos esas cosas se arreglan (todo depende de la relación entre ustedes).