Servicio doméstico

Todos los detalles del régimen para empleadas domésticas

24/04/2017

Un resumen de todas las obligaciones que hay que cumplir y los montos actualizados que hay que pagar para estar al día con el Régimen Especial de Contrato para el Personal de Casas Particulares.


personal-domestico-casas-particulares_mipresupuestofamiliar

Registro obligatorio

Todas las empleadas domésticas, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La inscripción se puede realizar en forma retroactiva a partir de junio de 2013.

PARA EMPEZAR. Paso a paso para registrar al servicio doméstico.

Mirá el video tutorial:

YouTube video

Régimen de contratación

Se puede contratar a los empleados del servicio doméstico bajo tres modalidades:

  • Trabajadores sin retiro (comúnmente conocidos como “cama adentro”).
  • Trabajadores con retiro para un único empleador.
  • Trabajadores con retiro para varios empleadores (cuando trabaja en distintas casas, sea por hora o mensual).

Período de prueba. A partir del día de inscripción en el registro de la AFIP empieza la relación laboral y comienza el período de prueba.

Son 30 días para el personal sin retiro (cama adentro) y 15 días de trabajo efectivo para las trabajadoras con retiro. A partir de allí, se presume que la relación laboral continúa y por tiempo indeterminado.

Ver el texto completo de la Ley 26844:

¿Cuánto es el sueldo?

Las remuneraciones mínimas por categoría se fijan, aproximadamente, una vez al año, tanto para sueldos mensuales como por hora.

El salario por mes es por 48 horas de trabajo semanal (8 horas diarias, 6 días a la semana) y se puede calcular un proporcional.

Jornada laboral. Se fija un máximo de 8 horas diarias o 48 horas semanales (se pueden distribuir de manera desigual, siempre que el día no exceda las 9 horas de trabajo) con un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.

Para la empleada “cama adentro” es obligatorio tener 9 horas de descanso nocturno y 3 horas entre las tareas de la mañana y de la tarde.

Horas extra. Cualquier trabajo fuera de esos límites se pagará como hora extra, con un monto equivalente al 50% del sueldo habitual los días comunes y del 100% los fines de semana (sábado desde las 13 y domingo) y los feriados.

Aportes a la AFIP

Todos los empleadores tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, que dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.

Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:

Aportes Servicio doméstico 2023
Infogram

El aporte obligatorio lo tiene que abonar el empleador con el Formulario 102/RT. Se puede imprimir en forma manual o generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) a través de la página web de la AFIP.POR MES. Monto de aportes obligatorios empleadas domésticas

EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para pagar el aporte del servicio doméstico.

El aporte del trabajador (obra social) luego se descuenta de la remuneración mensual en el recibo de sueldo de la empleada. Pero, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al salario mínimo lega.

El pago mensual incluye la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), mediante la cual el empleador tiene cobertura en caso de accidentes laborales.

RIESGOS DEL TRABAJO. Cómo es el régimen de ART para empleadas domésticas.

Cobertura. Para tener la cobertura de la obra social, la empleada tiene que completar el aporte total mensual y para computar ese mes en el aporte jubilatorio debe ingresar el total de la contribución patronal.

Si trabaja menos de 16 horas por semana, puede sumar los pagos de varios empleadores y, el resto, completarlo con aportes voluntarios, que se abonan a través del formulario 575/RT.

Recibo de sueldo

La ley establece la obligatoriedad de otorgar un recibo de sueldo con una serie de datos obligatorios. El formulario 102/RT de la AFIP sirve como recibo de sueldo, además de para abonar los aportes obligatorios.

Pero la AFIP implementó una opción (yo la recomiendo porque así queda asentado en la base de datos del fisco el pago) para generar el recibo de sueldo de la empleada doméstica a través de su página web.

CONSULTÁ. Dos opciones para dar el recibo de sueldo a las empleadas domésticas

MÓVIL. Cómo pagar el aporte y generar el recibo con el celular

Derechos

A partir de la implementación de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, todas las empleadas (mensualizadas o por hora) tienen derecho a aguinaldo, vacaciones y licencias (incluida por maternidad).

Licencia por enfermedad. La empleada tiene hasta 3 meses al año con 5 años de antigüedad, o hasta 6 meses, si la antigüedad es mayor.

También hay licencias por:

  • Nacimiento (para trabajador varón) de dos días corridos;
  • Matrimonio, 10 días corridos por matrimonio;
  • Fallecimiento del cónyuge o conviviente, hijos o padres, 3 días; y por hermano, 1 día.
  • Para rendir examen, 2 días corridos y hasta 10 al año.

Licencia por maternidad. Es obligatorio que las empleadas se tomen 45 días antes de la fecha de probable de parto y hasta 45 días después (o, si la trabajadora quiere, 30 días antes y 60 días después), con un total de 90 días corridos.

Durante ese período el sueldo lo debe abonar la ANSES a través del régimen de asignaciones familiares. Durante este período, el empleador no paga el sueldo, sino que la empleada recibe de la ANSES una asignación equivalente a lo que cobraba.

EL TRÁMITE. Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad.

Aguinaldo. Todos los trabajadores del servicio doméstico cobran un sueldo anual complementario (SAC) en dos veces (con los salarios de junio y de diciembre) equivalente a la mitad del mejor sueldo del semestre. Si trabajó menos de seis meses en el semestre, se paga proporcional.

CÓMO HACERLO. Cómo calcular el aguinaldo de la empleada doméstica.

Vacaciones. La licencia anual se debe otorgar entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo. La extensión depende de la antigüedad laboral:

  • Antigüedad de 6 meses a 5 años, 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años, 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años, 28 días corridos.
  • Más de 20 años, 35 días corridos.

CONSULTÁ. Empleada doméstica: cómo pagar las vacaciones (incluye antigüedad menor a 6 meses).

Fin de la relación laboral

La relación entre la trabajadora y el empleador puede terminar por acuerdo entre las partes, por decisión de una de ellas, por jubilación, muerte u otras causas.

Según cada situación, los trámites a cumplir son diferentes pero en cualquier caso, se deben abonar los valores proporcionales al aguinaldo y vacaciones no gozadas y dar de baja a la empleada del registro de la AFIP.

En caso de despido sin causa, además, se debe abonar una indemnización. Es igual a un mes de sueldo por cada año de servicio trabajado o fracción mayor de 3 meses (la base es el último sueldo). Además, hay que sumar el preaviso (10 días hasta 1 año de antigüedad y de 30 días, si es mayor)

LOS TRÁMITES. Cómo dar de baja al servicio doméstico.

Deducción del Impuesto a las Ganancias

Si el empleador es contribuyente del Impuesto a las Ganancias, puede deducir hasta monto equivalente a un mínimo no imponible concepto de remuneraciones y contribuciones obligatorias del servicio doméstico.

Si trabaja en relación de dependencia, debe informar a la empresa para que le realicen estas deducciones a través del formulario 572 web (Siradig) o mediante el formulario manual.

  • ¿Querés entender mejor la realidad económica y conocer cómo te afecta? Conocé la Comunidad Mi Presupuesto, Sólo la información que necesitás, sin marearte.

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Descubre más desde Mi Presupuesto Familiar

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.


Por: Paula Martinez

Comentarios

1.666 comentarios

  1. Eugenia Eugenia dice:

    Hola…quiero contratar a una chica para q me ayude con las tareas domesticas. Trabajaria cerca de 36 hs mensuales. Quiero ponerla en blanco pero ella cobra asignación universal por hijo y tiene miedo de perderla por estar en blanco.
    Es asi? Si la pongo en blanco por un sueldo de 3600 pesos ella pierde la asigancion de los dos nenes?
    Seria una pena xq yo no puedo pagarle el equivalente a la asignación q ella perdería y tendría q buscar otra chica.
    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No pierde la asignación universal si la ponés en blanco, porque es una prestación compatible con el trabajo de empleada doméstica. Slds.

  2. Ana ippolito Ana ippolito dice:

    Trabajo 2 veces por semana 7 horas cada día.14:por semana.me están pagando menos de 80 la hora.y yo sé que están pagando mucho más .ellos dicen que es lo que se debe pagar.es así?porque las empleadas cobran más.?hace 6 años que trabajo ahí

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      A partir de julio, el mínimo por hora es de $ 80. Los números los podés ver acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-aumento-salarial-de-2018/

  3. Graciela Graciela dice:

    Hola buenas tade una consulta yo trabajo lunes miércoles y viernes 5 horas x día estoy en blanco desde el primer día yo quiero saber los feriados tengo que trabajar lo x que no se porque yo los trabajo o me lo hacen recuperar gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los feriados trabajados se paga el doble que un día normal. Si no se trabajan, se paga normal. Slds.

  4. NOELIA NOELIA dice:

    Hola, buen día. Hace 1 año que tengo una empleada domestica que se niega a que la ponga en blanco. ¿que debo hacer? Y en caso de despido que debo pagar, en febrero del 2019 cumple 1 año de servicio. Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ponerla en blanco es una obligación, no es optativo. Con su cuil y DNI lo podés hacer.

  5. Valeria Valeria dice:

    Hola. Se pueden reducir las horas de trabajo y los dias establecidos? Estoy cubierta por la ley?
    Trabaja en casa una chica en blanco, 2 veces 3 hs. desde hace un año.

    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, pero si hay rebaja de sueldo la tenés que indemnizar. Slds.

      1. agustina echarte iriondo agustina echarte iriondo dice:

        se puede reducir horas de trabajo cuando no se modifica la categoria que pago en afip? es decir, en lugar de que venga 15 horas, que solo venga 12 horas

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Sí se puede, pero hay que indemnizar a la empleada si se baja el sueldo, por la diferencia salarial.

  6. veronica veronica dice:

    Hola, te hago una consulta. Tengo una señora que trabaja en casa por hora una vez a la semana y está registrada. Si no viene a trabajar debo pagarle igual el día?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      es como cualquier trabajo, si no va, no cobra.

  7. Elisa Elisa dice:

    Hola deseo desvincular a mi empleada doméstica, trabaja 6 hs semanales. Como son los pasos a seguir?
    Gracias!

  8. Elisa Elisa dice:

    Hola tengo que dar de baja a mi empleada doméstica trabaja 6 horas semanales. Como son los pasos a seguir? No me queda claro si debo enviar telegrama.
    Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Mirá los detalles en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/

    2. sandra sandra dice:

      anda a ver a un contador o abogado que te haga el tramite sino lo tenes claro.

  9. lorena lorena dice:

    Hola tengo una sra Qué viene una vez cada 15 días 3 horas. Entra en el régimen de Dependencia? Es obligatorio registrarla?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La ley dice que hay que registrar si es una relación laboral estable, no pone mínimo de horas de trabajo.

  10. Esther Esther dice:

    Empleo un servicio doméstico de 6 horas cada 15 días
    Consultó si corresponde anotarla con esa cantidad de tiempo
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      deberías anotarla si es una relación regular.

  11. Santiago Santiago dice:

    Hola! por lo que tengo entendido, el aporte a la obra social lo paga el empleador y no se lo descuenta del sueldo de la empleada domestica. Es asi?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El empleador paga el aporte obligatorio completo a la AFIP según las horas trabajadas, pero la obra social es aporte del trabajador y se puede descontar en el recibo de sueldo.
      De todos modos, el sueldo de bolsillo (una vez deducido ese aporte) no puede ser inferior al sueldo mínimo.

  12. Erika Erika dice:

    Hola estoy trabajando en negro como niñera hace 10 meses. En principio tenía un sueldo fijo, como las horas extras no me las pagaban y excedían entre 12 y 14hrs mi jornada laboral decidí pedir un aumento. Por el contrario lo que recibí fue una reducción a 6hrs con un ajuste a lo que debe cobrarse por hora. Mi jefa por una cosa u otra no quiere blanquear me. Qué debo hacer para defender mis derechos y el tiempo que llevo trabajando para ella y no perder mi trabajo.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero que consultes con el sindicato de tu ciudad, o con el Ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

  13. Rodríguez María Rodríguez María dice:

    Hola soy niñera trabajo 25 hr semanales me corresponde viáticos?
    Y los días de paro de transporte q se debe hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No está previsto el pago de viáticos en la normativa.
      En el paro de transporte deberías arreglar con tu empleador cómo ir a trabajar.

  14. Betina Simon Betina Simon dice:

    Hola! Buenos dias! Tengo 1 empleada por hora ( menos de 12 hs semanales) registrada, con aportes y pagos al dia. Me tome vacaciones ( fuera de la temporada de vacaciones) y quisiera saber si corresponde que le pague los dias que no vino por mis vacaciones.
    Muchas gracias
    Betina

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. En esta nota está respondida la consulta que hacés: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/10-preguntas-vacaciones-empleada-domestica/

  15. Mirtha medina Mirtha medina dice:

    Hola trabajo como empleada doméstica con retiro por hora tengo varias casas estoy registrada yo necesitaría saber en el caso que justo el día que debo trabajar hay paro de transporte y como yo tengo 2hs de viaje hasta mí trabajo y.no puedo ir me corresponde cobrarlo igual y en el caso de los feriados ?muchas gracias ..

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola. Lo que deberías arreglar con el empleador es cómo ir a trabajar de otra manera. Slds.

  16. Graciela Lenier Graciela Lenier dice:

    Hola! Mi madre (94 años) es cuidada por una señora cama adentro.Se retira sábado 14 hs. hasta domingo 21 hs. Corresponde descanso en días feriados? Está bien el descanso semanal? Muchas gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los feriados trabajados se pagan un 100% más que un día normal. Si no trabaja ese día, se paga normal (si abonás por mes, es el sueldo habitual). Slds.

  17. Sandra Sandra dice:

    Hola. Las empleadas sin retiro…tienen licencia pir familiar enfermo. Porque la ley no lo menciona. Y si fuera asi de cuanto tiempo seria la licencia

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No está previsto.

  18. Cristina Cristina dice:

    Buenas tardes, queria consultar, yo trabajo en una casa de familia limpiando y cuidando una persona mayor, comenzé hace 5 años como acompañante de esta persona ya que se podia trasladar e higienizarse sola, tuvo un Acv y quedó en sillas de ruedas, hace ya 3 años, debido al esfuerzo que debo hacer tengo comprometido el hombro, estoy haciendo kinesio xq se me desgarró el musculo, mi pregunta es , me corresponde alguna indemnizacion si yo decido renunciar ya que mi salud se está deteriorando debido al esfuerzo que debo hacer? Ah y estoy en negro, hasta hace un mes trabajaba 40 hs semanales y ahora trabajo 24 hs semanales y cobro mensual. Desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Todo lo que es accidentes de trabajo y enfermedades laborales lo cubre la ART que contrata la empleadora (lo paga con el aporte mensual). Te sugiero que consultes con el ministerio para ver cómo hacer en tu caso, para reclamar a la ART. Slds.

  19. Patricia r Patricia r dice:

    Buenas tardes, tomé una empleada que renunció a las 2 semanas, del 28/5 al 8/6. No la registré, ahora pide que le pague los aportes. Qué mes corresponde pagar ? La puedo registrar ahora ? Y como hago para darla de baja con retroactividad ? Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se puede registrar y dar de baja (no más de 5 días).

  20. EDUARDO EDUARDO dice:

    Hola Buenos Dias.-
    Mi ex pareja con la cual tengo una niña cuida a mi mama..porque tenemos una buena relación.. la puedo declarar como empleada domestica..??
    muchas Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Se puede poner como empleada doméstica a una persona siempre y cuando no sea familiar directo.

  21. Claudia Di Stefano Claudia Di Stefano dice:

    Hola! Tengo una empleada que viene una vez por semana ocho horas, cobra por hora. Para estos casos, específicamente cuando la relación es con varios empleadores, todos con retiro, cómo se calcula vacaciones/ aguinaldo, licencias por enfermedad, etc. porque la Ley tiene un vacío tremendo con este tipo de empleadas, no aclara la forma de calcular o si corresponden los mismos derechos que las personas que prestan servicio mensualizado, en estos casos la propia empleada suele cambiar el día de prestación de servicio a su necesidad, como sería el tema feriados, licencias? Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Mirá en los links de cada tema en esta misma (vacaciones, aguinaldo, licencias, etc) cómo se calcula cada caso.
      La ley es bien clara que todas las empleadas tienen todos los derechos.
      Slds.

  22. Mauro Mauro dice:

    Hola, necesito registrar a una empleada que trabaja 5 horas semanales. Recuerdo que hasta hace un tiempo había que darse de alta como empleador en el sitio de la AFIP previo a registrar a la trabajadora. Eso continúa siendo así?…o (disponiendo de clave fiscal) puedo comenzar a registrarla directamente en el micrositio para «Empleadas de Casas Particulares»?.
    Además necesitaría saber lo siguiente, por favor:

    1. La empleada trabaja hace varios años y hasta ahora no quiso ser regularizada por temor a perder algún otro beneficio. Sin embargo ahora cambio de idea. Puedo registrarla con fecha la fecha de inicio real de la relación laboral, o el registro se hace automáticamente con la fecha del día en que se procede vía web?

    2. Si en efecto pudiera efectuar el registro de la relación laboral con una fecha del pasado, de qué forma se computan los aportes y contribuciones que se deben + los intereses resarcitorios?…es hacia atrás hasta Junio de 2013 solamente o hasta el comienzo de la relación laboral?…hay que hacer un cálculo individual de los intereses de cada mes y luego sumarlos en un único formulario 102?

    3. Si el registro de la relación laboral se computa con la fecha del día en que se hace el trámite…cómo puedo calcular la deuda para regularizarle los aportes?

    Desde ya, muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí se puede registrar hacia atrás pero no más de 2013. Igual, se pueden pagar períodos anteriores de aportes para regularizar la situación.
      Mirá los detalles acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/

  23. Stella Maris Moreira Stella Maris Moreira dice:

    Hola yo cuido a una persona mayor con discapacidad, la baño, cocino, además le realizo todas las tareas del hogar, más trámites personales, operaciones bancarias (algunas de las cuales las hago personalmente con la responsabilidad que conlleva la misma), llevarla al médicos, realizar trámites en la obra social, paseo su perro e inclusive atiendo a su hijo discapacitado mental cuando viene de visita y se queda, estoy con retiro, la pregunta es donde me encasillo, no hay ningún item así de completo, me abona $100.- la hora lo que me parece muy poco por tanta tarea, estoy 8 horas donde no me siento ni cinco minutos, ni almuerzo, estoy hace 4 años, espero que me puedan ayudar, gracias.-

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La categoría es la que corresponde a la mayor cantidad de tareas que realizas. En tu caso podría ser cuidado de persona. El pago está dentro del valor mínimo legal, si te parece poco, podrías negociar algo más.

  24. Gisel Gisel dice:

    Buenas tardes mi mama ttabaja 8 hs. X semana de empleada domestica..queria saber si pueden ponerla en blanco..ella hace diez años trabaja para esa familia se puede blanquarla y puede pedir retroactivo por los años trabajados en negro????

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Todas las empleadas tienen que estar en blanco. Para atrás se pueden pagar los aportes correspondientes y las diferencias salariales con el mínimo de convenio.

  25. Daiana Daiana dice:

    Hola, buenas noches. Mi empleadora cambio su trabajo y ya no necesita que vaya todos los días y me quiere reducir las horas de trabajo, ( 2 días/8 horas semanales) y me dice que me va a pagar un poco más por hora. Yo estoy en blanco y hace casi 8 años que trabajo más de 16 horas semanales. Mi consulta es: ¿Me debería despedir y pagar una indemnización y proporcional de aguinaldo y vacaciones? Y realizar un nuevo contrato de trabajo para los días que me necesite?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si tenés un contrato, se puede modificar. Si no, se puede cambiar el alta en la Afip y las condiciones en el recibo de sueldo.
      La indemnización corresponde por la diferencia del sueldo, si te pagan menos.