Al terminar una relación laboral con una empleada doméstica hay varios temas a tener en cuenta: la formalización, el pago de todas las sumas adeudadas y la indemnización, si corresponde, y la baja en el registro de la AFIP.
En esta nota vamos a ver qué trámites hay que hacer, cuánto hay que pagar y cómo.
La finalización de la relación de trabajo entre el personal de casas particulares y su empleador puede darse por distintas razones. Estas son las que prevé la ley que rige actualmente para el servicio doméstico:
Los procedimientos para terminar la relación son diferentes según la causa. A continuación, veremos qué hacer en cada uno de los casos anteriores.
-Mutuo acuerdo: la ley establece que esto se debe formalizar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación (consultar oficinas en todo el país). De todos modos, también se admite considerar extinguida la relación si se desprende “del comportamiento concluyente y recíproco” que así lo indique.
-Renuncia de la empleada. Debe formalizarla a través del envío al empleador de un telegrama o carta documento, o bien, realizar una manifestación personal ante el Ministerio.
– Denuncia de incumplimiento del contrato de trabajo. La ley no lo dice expresamente pero en estos casos también es conveniente dejar asentada la causa en el Ministerio.
-Abandono de trabajo. Para que el empleador considere que la trabajadora abandonó su puesto laboral, debe intimarla en forma fehaciente (carta documento) para que se reintegre al trabajo con, al menos, dos días hábiles de anticipación.
-Despido sin causa. Enviar una carta documento a la empleada con la noticia y la fecha de cese de la relación. La ley obliga a avisar 10 días antes (con una antigüedad inferior a un año) o 30 días (si es superior), si el plazo no se cumple, se debe pagar una indemnización por este plazo.
Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:
La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.
Es conveniente pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y realizar la liquidación y pago final allí para que quede constancia de lo pagado y evitar problemas en el futuro.
Indemnizaciones. Los casos en los cuales corresponde pagar son los siguientes:
Cualquiera sea la causa, un punto que no hay que olvidar es dar de baja la relación laboral en el registro de la AFIP. Si esto no se cumple, se sigue generando la obligación de ingresar los aportes. El plazo son 5 días corridos.
Para esto se debe ingresar en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, “Servicio Doméstico” y luego hacer click en Relaciones Laborales.
En la pantalla van a aparecer los datos y al costado, a la derecha, varios íconos muy chicos (mirá la imagen a continuación). Hay que hacer clic en el tacho de basura (registrar baja), poner la fecha de finalización (puede ser distinta a la del día del trámite) y aceptar.
Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que está se paga por adelantado).
Se debe generar el formulario 1350 y se paga en forma electrónica (Pagomis cuentas, Pagos Link, Homebanking).
IMPORTANTE. Ante cualquier duda, es recomendable que busques el asesoramiento de un profesional especialista en temas laborales y la consulta en el Ministerio de Trabajo. Recordá que este es un tema muy sensible que puede traer inconvenientes si no queda resuelto adecuadamente.
– Ley 26844. Régimen Especial de Trabajo de Casas Particulares.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola! Necesito generar el ultimo recibo con la liquidación final. Si le doy de baja, despues me va a permitir generarle el recibo?
Por otro lado, cuando haga el recibo, el proporcional del aguinaldo y de las vacaciones lo agrego como «otros» cuando tenga que hacer el recibo?
Muchas gracias!!!
Hola.
Sí, una vez que des la baja y pagues el VEP, se hace el recibo. Lo podés ver en este video tutorial: https://youtu.be/qCfevrMSB4A
Slds.
Me olvide de incluir que tampoco pude hacer la certificación de servicio y ahora tengo que «certificar mi firma » en un banco.
Hola… lamentablemente no pude generar mediante el sistema de la afip el ultimo recibo de sueldo cuando quise volver del pago del VEP ya no me dejaba hacer el recibo como lo vine haciendo por 5 años… Es normal? Es solo MANUAL la última liquidación?
Hola. Se debería poder, aunque quizá haya habido un error en el sistema de ese momento. Si después no podés volver a entrar lo vas a tener que hacer manual, con el formulario 102/RT.
Hola Paula, muy bueno el posteo. Dos cosas el link al F1350 me dio error constantemente pero ingresando directamente al sitio de AFIP y buscándolo logré bajarlo… y la dirección que salía era distinta al link propuesto en este posteo.
Mi futura ex-empleada me pregunta si inmediatamente que registre su baja ella queda sin obra social y no sabía qué responderle, entiendo que el PMO lo tiene cubierto por tres meses, pero me lo podes confirmar para informárselo. Muchas gracias.
Gracias por la info.
El link era viejo, ya lo saqué.
Sobre la obra social, solamente cubre los períodos pagados, no sigue la cobertura después.
Slds.
Hola Paula! -consulto: se debe hacer Certificación de Servicios cuando finaliza la relación laboral?
Sí.
si la empleada hizo abandono de trabajo? no se presento mas, no existe restricción alguna dado la ciudad se encuentra en fase 5 de distanciamiento social, y la intime a que se presenta a trabajar, con CD (3 de ellas la puedo despedir) por abandono de trabajo; dado que no existe impedimento alguno ni es persona de riesgo
Si la intimaste y no se presenta cuando debería hacerlo, sí se puede dar por terminada la relación laboral.
quisiera saber si al presentar el despido en la secretaria de trabajo de mi empleada, tengo que presentar el formulario 6,2 de anses y el formulario PS.6.293
El certificado de servicios se lo tenés que dar a la empleada para que lo tenga cuando se jubile.
Hola. Yo vivo en Rosario. Fase 5 de cuarentena. Puedo despedir a la empleada doméstica pagando todas las de la ley?
No, la prohibición de despedir es para todo el país.
Buenos días, mi empleada de 10 años, sufrió un accidente que la dejó imposibilitada de trabajar durante un año y medio, hace 6 meses, contraté un reemplazo por horas. Acaban de darle el alta a mi empleada y quiero desvincular a quien había contratado en reemplazo, que debo hacer? Gracias
La podés dar de baja por este motivo, pagando la indemnización correspondiente.
Buen dia quisiera saber cuanto me corresponderia de pago por renuncia voluntaria 6 años de trabajo pero hace 4 años que blanqueada o sea 2 años estuve trabajando en negro..gracias
Hola! Una vez que tengo el telegrama de renuncia, puedo dar la baja antes dela fecha del telegrama. Por ejemplo si renuncia el 28 del mes, puedo generar la baja, los recibos y la liquidación final antes de esa fecha, asi ya el 29 puede firmar todos los papeles?
Hacé la baja con la fecha posterior a la renuncia.
Si ya tengo el telegrama en mano, ya puedo realizar la baja, el recibo de julio y la liquidacion?
El recibo de julio y la liquidacion final van por separado o se coloca todo en el recibo de julio?
Desde la fecha de baja del telegrama.
Para el trámite, mirá este tutorial: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/baja-del-servicio-domestico-nuevo-video-tutorial/
Hola.
Puedo enviar hoy 3 de julio el aviso de despido mediante un telegrama para mi empleada doméstica, es decir se haría efectivo el despido el 3 de agosto donde entiendo ya no estaría la ley que prohíbe realizar despidos verdad?
Esto es viable? o debo esperar hasta agosto para recién poder dar el aviso?
Muchas gracias.
Hola. No podés enviar avisos de despido en la cuarentena.
Tampoco sabemos si se extenderá más la prohibición…
Si la puse en blanco a partir de Enero 2020 la puedo dar de baja cumpliendo todos los rquerimientos?
LA tengo en blanco y nunca deje de pagar desde que empezola cuarentena pero no puedo mas.
Monotributo clase B
Hola Maxi.
No se puede. A diferencia de la doble indemnización (que se aplica para las relaciones vigentes al inicio del DNU), en este caso, el decreto que prohíbe los despidos no lo limita, o sea que se aplica a cualquier relación laboral. Es decir que no se puede despedir.
Una opción es hacer un acuerdo entre partes (algo «parecido» a un retiro voluntario), pagando un monto de común acuerdo. En este caso, dejá todo por escrito.
Una empleada del servicio doméstico en CABA, que por acuerdo homologado (con abogado) terminó la relación en 7/2015 y olvidé darle la baja en la AFIP. Entonces al día de hoy me aparece como deuda…le puedo dar la baja retroactiva al 2015?
Mmmm. Fijate si te deja. Pero el plazo para dar de baja en la Afip son 5 días hábiles.
Sí, ví. Pero como es una acuerdo homologado pensé que con una nota lo podían tomar. Gracias!
es que no hay una acuerdo para suspensiones con el sindicato de casas particulares.
En la pandemia hubo muchos gremios que los hicieron, pero no fue este el caso
Hola, quiero despedir a mi empleada ya que no tengo dinero para pagarle, solo trabajo 5 meses y desde una semana antes de la cuarentena no trabaja, pero le sigo pagando. Como debo proceder?
Hola. Está prohibido despedir a las empleadas que ingresaron antes de diciembre.
Buen dia quisiera saber cuanto me corresponderia de pago por renuncia voluntaria 6 años de trabajo pero hace 4 años que blanqueada o sea 2 años estuve trabajando en negro..gracias
Por renuncia corresponden vacaciones no gozadas y aguinaldo proporcional.
Hola buenas tardes, tengo un empleada domesticas para tareas generales, que solo trabaja los viernes 4 hs, esta registrada, le he pagado y le sigo pagando el sueldo, por mas que no puede venir a trabajar por la cuarentena. El tema es que por la pandemia me cambiaron el horario de mi empleo, y ahora no dispongo de las mañanas para que ella venga a mi casa, le ofrecí poder venir otro día en otro horario y según ella tiene todo los días ocupados, como puedo hacer para finalizar la relación laboral ante este DNU? ya en el mes de julio no trabajaría mas en mi casa. Muchas gracias
Hola. No podrías terminar la relación con un despido porque es inválido. Tendrías que llegar a algo de común acuerdo pagando lo que corresponde. Slds.
Hola tengo 62años trabajo como empleada doméstica tengo antigüedad de 6 meses x la cuarentena no trabaje no me pagó nada y ahora me dise que no me necesita más no lo hizo formal solo de palabra y me quiere reconocer solo 15.000 como debo proceder y como hago para jubilar me solo tengo 3 años de aportes.
Hola tengo una empleada domestica que desde Marzo no viene a trabajar exige que le,pague Abril y Mayo el Sac y que proceda a,la,registración desde 2011 trabaja en mi casa no cocinaba solo limpiaba , para lavar usaba lavarropas y planchaba
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-y-cuarentena-por-coronavirus/
Hola buenos días!! Te consulto xq quiero renunciar a mi trabajo, ya que, me redujeron el sueldo y ya no hay un buen clima laboral.5 años tengo trabajando con ellos.Mi consulta es que debo cobrar ante mi renuncia. Gracias
Hola. Corresponde cobrar el sueldo del mes, más vacaciones y aguinaldo proporcional.
Si vos renuncias es una cosa si te despiden en caso tenés derecho a una indemnizacion. Sls
Hola, tengo una clienta que quiere dar de baja su empleada doméstica que blanqueó justo antes de la cuarentena. Nunca contrató la ART. Pero perdió su trabajo y ya no la necesita. Deberá pagar la ART adeudada?
Si trabajó aunque sea el primer mes, hay que pagar la ART y los demás aportes. Cuando se hace la baja en la AFIP se puede generar un VEP por los montos adeudados.
Hola si yo renuncio q es lo q me tiene q pagar yo voy a trabajar solo junio 2020 y estoy desde agosto 2018
Proporcional del aguinaldo y vacaciones no gozadas.
Hola, mi empleada esta anotada de entre 12 y 16 horas semanales.
Le puedo cambiar la cantidad de horas para pagarle menos ya que, mis ingresos son menores?
Sí se puede. PEro tené en cuenta que las reducciones salariales hay que indemnizarlas.
Hola! quería consultar mi hermana cuida a mi hijo porque es de confianza, en este caso puede mi pareja registrarla para para pagarle en Blanco? Consulto por el tema que es familiar. Gracias por el asesoramiento.
No está permitido registrar como empleada a un familiar directo.
Buenos días, en mí ciudad hay paro de colectivos hace más de 10 días, mí empleada no viene desde entonces, debo pagarle esos días a pesar de que no vino a trabajar?
Cuando hay paro de colectivos el empleador debe facilitarle el traslado al trabajador. Es su responsabilidad. Por supuesto debe seguir pagando. Y si no está dentro de las actividades esenciales no puede concurrir.
Hola a mi marido le están pagando la mitad del sueldo y está trabajando semana de por medio, no le puedo pagar más a la señora que trabaja en casa y la llamé para explicarle la situación y ofreciéndole un sueldo y medio para que me envíe la renuncia y primero me dijo que sí y al otro día que no y me llamó su abogada.
La puedo despedir por razones de fuerza mayor?
El DNU no es inconstitucional?.
Necesito ayuda!
Hola.
Lamentablemente, el DNU obliga a seguir pagando el sueldo y prohibe el despido (además de la doble indemnización).
No hay ninguna opción legal más que pagar todo. Podés asesorarte con un abogado propio, en todo caso.
Hola. Tengo una empleada que no está viniendo a trabajar porque es persona de riesgo. El tema es que ella está saliendo a vender en la calle. Qué se hace? No va a trabajar pero trabaja, estafa a su empleador y rompe la cuarentena…. Y otra consulta: se puede cambiar la categoría de la empleada en cuanto a días, cantidad de horas, si es limpieza o cuidado de personas de manera unilateral? Cómo se manejan esos cambios?
Hola. En ese caso, te diría que le envíes una intimación por telegrama (asesorate con algún profesional).
Sí se pueden cambiar las condiciones en acuerdo con la empleada, pero si hay disminución de sueldo se debe indemnizar.
Hola mi empleadora me hizo firmar hace dos meses delante de su contador la baja en afip de común acuerdo diciendo que le era imposible pagar los gastos que le generó estando registrada pero me dijo que de igual modo iba a seguir trabajando para ella, resulta que ahora me pidió que no vaya más, mi consulta es ese acuerdo tiene algún tipo de validez? Ya que no está hecho por la subsecretaría de trabajo
Te sugiero que lo consultes con un profesional o en el propio Ministerio: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/tribunaldomestico