Servicio doméstico: los cambios que introduce la reforma laboral

La ley de reforma laboral de 2026 incluye algunas modificaciones al régimen laboral del servicio doméstico. Se destacan: recibo de sueldo, jornada parcial, período de prueba e indemnizaciones.
Servicio domestico

A partir del 6 de marzo de 2026 entró en vigencia la  Ley de Modernización Laboral (27.802) que modifica numerosos aspectos del mercado del trabajo en Argentina y también impacta en el régimen del servicio doméstico.

En esta nota nos centraremos en los aspectos que cambian las relaciones laborales entre empleadores y personal de casas particulares.

Las principales modificaciones se refieren a:

  • Período de prueba
  • Jornada a tiempo parcial (menos de 48 horas semanales).
  • Recibo de sueldo
  • Indemnización.
  • Ropa de trabajo

Período de prueba más largo para las empleadas domésticas

En el régimen original de servicio doméstico, al contratar a una nueva empleada doméstica el período de prueba era de 30 días corridos para el personal “cama adentro” y 15 días de trabajo efectivo para el personal con retiro (hasta 3 meses calendario) .

Con la nueva ley, desde 2026, el período de prueba se extiende a 6 meses calendario.

Durante este período sí hay que registrar a la empleada doméstica y corren todos los derechos y obligaciones, pero la relación laboral se puede terminar por cualquiera de las partes sin el pago de ninguna indemnización ni preaviso.

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Cambios para empleadas que trabajan menos de 48 horas semanales

Una duda que siempre surge para las empleadas que no trabajan jornada completa (6 días, 8 horas diarias) es cómo se calcula el sueldo.

Como en el régimen específico de casas particulares no se dice nada, los laboralistas remitían a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) en lo referente a jornada parcial (hasta los 2/3 parte de la jornada normal, o 32 horas semanales).

Esto era válido hasta marzo de 2020. Pero, en ese momento, el convenio colectivo de casas particulares decidió que hasta 20 horas de trabajo semanal se pagará el monto del valor hora y, por más de 20 horas se abona un proporcional del valor mensual.

Pese a esta aclaración, seguían las dudas de si se tomaba en este último caso hasta las 32 horas (jornada parcial por la LCT) o no.

Ahora, la reforma laboral de 2026 despeja estas dudas.

Por un lado, dice que no se aplica la LCT al régimen de casas particulares salvo remisión expresa, que en este caso no se da.

Pero, lo más importante, es que la nueva ley 27.802 modifica el régimen de contrato a tiempo parcial (no pone más el límite de 2/3 del tiempo sino que dice que todo debe ser proporcional) y, además, crea una flexibilidad importante en las jornadas de trabajo y las compensaciones de horas.

La nueva obligación para el recibo de sueldo del servicio doméstico

La reforma laboral de 2026 incorpora un cambio en el recibo de sueldo y en la forma de probar el pago de los salarios al personal doméstico.

Antes estaba permitido entregar el recibo de sueldo en papel (mediante el formulario F 102/RT) o generarlos en forma electrónica.

Ahora, es obligatorio el recibo de sueldo electrónico realizado a través de la web de ARCA (ex AFIP).

¿Cómo se puede pagar el sueldo?

Se sigue admitiendo el pago por transferencia, acreditación en cuenta sueldo (de un banco) o efectivo.

Se agregó como novedad que la constancia bancaria del pago (acreditación o transferencia) es prueba suficiente de haber abonado el salario.   

Qué pasa con la ropa y elementos de trabajo

En la ley original estaba la obligación por parte del empleador de proveer la ropa y los elementos de trabajo.

Ahora se agrega la opción de abonar una suma no remunerativa por estos conceptos, luego del período de prueba.

Cómo es el cálculo y la actualización de las indemnizaciones

Se mantiene la base de las indemnizaciones por antigüedad en caso de despido sin causa en el mejor sueldo normal y habitual.

Pero la nueva ley excluye expresamente:

  • Aguinaldo.
  • Vacaciones no gozadas.
  • Horas extra.
  • Gratificaciones extraordinarias.

Además, en caso de juicios laborales, la forma de actualizar los montos y las tasas no quedan a criterio del juez sino que se unifica para reducir la litigiosidad. Todos los montos se actualizan de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% de interés puro anual.

Así se unifican los criterios con la LCT , con la intención de que el despido sea más previsible y reducir la cantidad de juicios laborales.

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