Impuestos

10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% por la compra de dólares

19/01/2015

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El pago  a cuenta del 20% o 35% que nos cobra la AFIP si compramos dólares para ahorro, viajes al exterior, gastos con tarjeta o divisas para salir del país, se puede recuperar.

Pero depende de la situación fiscal de cada uno, cuál es el trámite que hay que hacer y cuánto va a demorar el reintegro.

En una nota anterior te cuento cómo es el procedimiento para recuperar ese 20% o 35%, y acá planteo 10 preguntas que hacen los lectores de Mi Presupuesto Familiar sobre el tema.

1- ¿Quiénes pueden pedir el reintegro de las percepciones? ¿A cualquier persona se las devuelven?

En teoría sí. Pero quienes están tributando el Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales las pueden recuperar más rápido y seguro. El resto, tiene que tener paciencia y esperar  (mirá las preguntas 3, 7 y 8).

2- Si el titular de la tarjeta o la cuenta bancaria no es la misma persona que hizo el gasto ¿quién tiene que pedir la devolución?

Según las resoluciones de la AFIP, quien está sujeto a la percepción es la persona que paga (un viaje, una compra, etcétera). Si se trata de un pasaje, en avión o en colectivo, que sale a nombre de otra persona (un hijo, por ejemplo), quien abona la puede tomar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, siempre y cuando ese hijo esté a cargo en el impuesto.

3- ¿Qué trámite hay que hacer para pedir la devolución de la percepción del 20% o el 35%?

Depende de la situación fiscal de cada uno.

  • Empleados en relación de dependencia o jubilados que pagan el Impuesto a las Ganancias: a través del Siradig (el formulario 572 web que se utiliza para informar las deducciones al empleador). Mirá: «Cómo completar el Siradig«.
  • Empleados o jubilados que no pagan Ganancias: a través del Formulario 746/A, herramienta Mis Aplicaciones Web (clic para ver el video). Necesitan tener CUIT, clave fiscal, registrar datos biométricos en AFIP y declarar el CBU de la cuenta bancaria. Mirá: «Cómo pedir el 35% si no pagás impuestos» .
  • Autónomos: mediante la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, o del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Monotributistas: se computan en la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales. Si no tributan, se utiliza la herramienta Mis Aplicaciones Web, y se genera el Formulario 746/A.
  • Ninguno de los casos anteriores: con Mis Aplicaciones Web y el Formulario 746/A.

4- En la herramienta Mis Aplicaciones Web no me deja cargar nada y me aparece un cartel de que debo dirigirme a verificar mi domicilio a la AFIP ¿qué hago?

Eso puede ser porque tenés CUIL, y tenés que ir a la dependencia de AFIP que te corresponde a sacar el CUIT.

También puede ser que tengas un nivel de clave fiscal muy bajo (1) y necesitás subirlo para hacer el trámite. Andá a la AFIP con documentación que corrobore tu domicilio.

También corroborá que el domicilio fiscal y el particular estén correctos.

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5-Para completar el Siradig ¿tengo que ir a la AFIP?

Solamente necesitás tu clave fiscal de nivel 2 o superior. Si no la tenés, tendrás que sacarla.

Si ya estás haciendo trámites en la web de AFIP, no será necesario. No necesitás sacar el CUIT.

6- Soy empleado pero el monto de las percepciones por compra de dólares supera lo que pagué de Ganancias ¿cómo recupero la diferencia?

En ese caso, el empleador reintegrará hasta el monto que se pagó de Ganancias en todo el año. Para pedir el resto, el trabajador debería inscribirse en este impuesto y presentar la declaración jurada anual (en abril o mayo) con un saldo a favor. Este saldo se puede aplicar luego a otros impuestos.

Te recomiendo consultar con un contador que te asesore para hacer correctamente la presentación.

7- ¿Cuándo puedo pedir el reintegro de las percepciones?

Depende de tu situación y la herramienta que utilices. Recordá que las percepciones corresponden al período en el cual se paga la compra (podés consultar las que te hicieron a través de Mis Retenciones).

  • Siradig (F.572 web). Se pueden cargar mes a mes, o todo junto. El último plazo para completar y enviar el formulario es el 31 de enero del año siguiente.
  • Declaración anual de Ganancias o Bienes Personales. Las percepciones de todo un año calendario se incluyen en la presentación anual que vence entre abril y mayo del año siguiente.
  • Mis Aplicaciones Web (F.746/A). En este caso no hay un plazo máximo para cargar los datos pero recién se puede pedir a partir del año siguiente.

8- ¿Cuándo me lo van a devolver?

También depende el trámite y tu situación. Si pagás impuestos, es mucho más rápido y seguro; si no tributás está más bien, ligado a la “suerte” que tengas.

  • Siradig. En general, los empleadores las toman en cuenta las percepciones del F 572 web  recién cuando realizan  la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias, con el sueldo de febrero del año siguiente. Pero, hay empresas que decidieron computarlas en la liquidación mensual de Ganancias, así que, en estos casos, el reintegro depende de cuándo envies los datos.
  • Mis Aplicaciones Web. En este caso, lo único que te puedo decir es que la AFIP no tiene un plazo para responder la solicitud. Si te lo devuelve, demora muchísimo (más de un año). Se puede presentar una nota para pedir un pronto de despacho después de los 60 días, pero el resultado también es incierto.
  • Además, la AFIP puede rechazar la solicitud y pedirte que expliques de dónde sacaste los fondos, si no tenés actividad declarada que justifique los gastos.
  • Declaración jurada. Si la percepción se puede descontar del monto que tenés que pagar de Ganancias y Bienes Personales, no hay problema. Lo recuperás en abril o mayo, al presentar la DDJJ.

Pero, si te da un saldo a favor te quedará para compensar impuestos futuros (en caso de que alguna vez tributes).

9- ¿Qué hago si se me pasó el 31 de enero y no completé el Siradig?

Tenés que inscribirte en el Impuesto a las Ganancias y presentar la declaración jurada anual en abril o mayo con las percepciones y las deducciones que no informaste a tu empleador.

 10- ¿Qué pasa si no me aparecen las percepciones en la herramienta Mis Retenciones?

Primero, asegurate que estás haciendo el procedimiento correcto para la consulta.

Después, tené en cuenta que las percepciones se toman en el mes que fueron pagadas (si son de tarjeta de crédito no es el mes de la compra sino el del vencimiento del resumen) y, en general, después del día 10 aparecen las del período anterior.

Si así y todo no están, las podés agregar en el Siradig o en Mis Aplicaciones Web, con todos los datos que te piden.

Si te quedó alguna pregunta sobre tu caso particular, no dudes en consultar a un contador que te asesore para que no tengas problemas futuros con el fisco.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

370 comentarios

  1. micaela micaela dice:

    Hola, queria saber si realizan la devolucion del 35÷ al titular de la cuenta (no paga impuesto a la ganancia ni de bienes personales) en caso de que el gasto en dolares se haya efectuado con una tarjeta adicional a nombre de una persona no registrada en afip (no trabaja).
    Ademas queria saber si esta devolucion puede ser pedida por personas que adquirieron un prestamo a tasa cero del estado.
    Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tené en cuenta que esta nota es para la devolución de la percepción que regía hasta 2015.
      Para el nuevo período de 2020 todavía no está la aplicación ni la normativa específica, pero podés ver los detalles acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-podes-recuperar-el-recargo-del-35-sobre-el-dolar-oficial/

  2. Paula Paula dice:

    Hola! tengo que presentar una ddjj de bs personales 2015 (y no corresponde presentar ganancias), y tengo percepciones por compras en el exterior con código de impuesto a las ganancias. Se pueden computar de todos modos las percepciones de ganancias en bs personales (cambiando el código)?
    Gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Consultale a tu contador.

  3. Dario Dario dice:

    Hola, realicé una compra de pasajes aéreos para mis padres, la percepción la realizó la aerolínea, a través del impuesto ZK, como no figuraba en las percepciones en la pagina de la afip, las ingresé manualmente. Quisiera saber si corresponde reclamar como pagador esas percepciones o no. Ya que son los únicos meses en donde no me aparece que el tramite está aprobado.

    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Según las resoluciones de Afip, quien tiene que pedir la devolución de las percepciones es quién las paga, pero agrega que la persona tiene que estar a cargo. Si la facturación salió con tu CUIT, no hay problema; si salió con el Cuit de tus padres, es probable que no te la aprueben.
      Slds.

  4. Claudia Claudia dice:

    Hola mi primo compró dólares pero quedó sin trabajo y no tiene cuenta bancaria. Puedo ingresar mi numero de cbu en su cuenta de afip para q cobre él?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El CBU debe ser de una cuenta a nombre del titular de la percepción. Se pueden abrir cuentas gratuitas en los bancos .

  5. Ignacio Ignacio dice:

    Estoy viviendo en el exterior y cerré mi cuenta bancaria en Argentina. Ya di de baja mi CBU en mi cuenta de AFIP, y cuando quise declarar el CBU de mi madre para recibir las percepciones, la AFIP me la rechazó. Alguien sabe como hacer esto?

  6. Belen Belen dice:

    hola queria saber si se sabe el día de pago de las percepciones 2015 ya que tengo todo ok pero al momento no me depositaron
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Que yo sepa todavía no depositaron a nadie, incluso a los aprobados. No dijeron nada, así que hay que esperar. Slds.

  7. Marti Marti dice:

    Hola se sabe q dia de agosto pagan las percepciones 2015, ya me figura aprobado pero no dicen q dia pagan. Gracias

  8. gaston gaston dice:

    Hola a mi me apareció la misma leyenda que el primer comentario“De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción”
    que debería hacer ? gracias

  9. Daniel Alejandro Barroso Daniel Alejandro Barroso dice:

    Hola entre para ver como iba el tramite de la devolución de compras de dolares 2015 y me encontré con este cartel eso que significa. me podrás ayudar. desde ya muchas gracias.
    «De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción».

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Hubo varias preguntas sobre lo mismo.
      Muchas veces pasa que los agentes de percepción (bancos, tarjetas, agencias de viajes, etc.) hacen ajustes o correcciones, aparecen montos sumados y restados.
      En realidad, el saldo debería ser el total de las percepciones que sí te hicieron.
      Igual, chequeá para ver si es así.
      Un saludo,

  10. CARLOS ALBERTO OLIVIERI CARLOS ALBERTO OLIVIERI dice:

    En cuantas cuotas devolverá la AFIP las retenciones 20/35 % . Si por ejemplo el monto a devolver es de $ 100.000 , siempre serán cuotas de $ 6000 . Muchas gracias por la info.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, eso dijeron.

  11. laura laura dice:

    si presente saldo a favor en la ddjj de ganancias por las percepciones, ahora me figura un saldo de libre disponibilidad y me dice que vaya a la agencia, que debo hacer, puedo rectificar la ddjj de ganancias???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Laura,
      tenés que ir a la dependencia de AFIP, consultale a tu contador.

    2. Sandra Sandra dice:

      Fíjate si podes hacer una rectificativa no exteriorizando el saldo a favor de las percepciones en la dj. Me pasó lo mismo.

      Saludos

  12. Federico Federico dice:

    Hola una consulta. A mi me descuentan impuesto a las ganancias yo cargue el formulario 572. En marzo aprox me devolvieron un dinero que me figuro como ajuste de impuesto a las ganancias. Mi consulta es si corresponde ademas que me devuelvan todas las compras de dolares que realice el año pasado. En el 572 yo cargue todas las compra de dolares. Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Las percepciones que cargaste en el 572 por el período 2015, te las tendrían que haber devuelto con el sueldo de febrero último. Pedí el formulario 649 del ejercicio 2015, para ver si está OK.

  13. Ezequiel Cappellano Ezequiel Cappellano dice:

    Buenas, le hago una consulta. Recién hice desde «mis aplicaciones web» la presentación de las retenciones que me aplico la afip durante el año pasado. Aparecen como estado «presentado» pero nada mas, no dice «en proceso» ni nada que indique cuando me van a devolver esos montos. Como puedo saber cuanto tardan en depositar el dinero? muchas gracias por toda la info.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si tenés todo en orden, tendrían que empezar a devolverte el mes que viene (pagan entre el 10 y el 20 de cada mes).

  14. Emi Emi dice:

    hola te hago una consulta yo en el exterior hice compras con una extension de una tarjeta de credito de mi padre… quien debe reclamar las retenciones? gracias… solo mi padre o puedo hacerlo yo mismo. En mis retenciones no me aparece… pense que era por mi dni. Bueno gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El pedido lo tiene que hacer el titular de la tarjeta, pero siempre que la persona esté a su cargo. Tendría que probar él de hacer el pedido.
      Slds.

  15. Gisele Gisele dice:

    Quiero cargar una percepcion de una aerolinea que pague con 2 tarjetas de credito, Se el importe total de la percepcion pero no cuanto es de cada tarjeta, como puedo hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Te sugiero que lo cargues como te aparece en Mis Retenciones, para no tener problemas. Mirá el trámite aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/
      .

  16. christian christian dice:

    F746/A – PERIODO [201409] – TRANSACCION [490358657] – FECHA CONSULTA [20-07-2016 16:48]
    IMPORTE [$450,21]
    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [09-07-2016]

    Estamos a 20 de Julio y aun no me depositaron en la caja de ahorro . Que puede haber pasado ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si son percepciones de 2015, las devolverán recién desde agosto.

  17. Sergio Sergio dice:

    Hoy es 20/7 y aun no me depositaron la cuota del 14/07. Hasta ahora no tuve problemas y me depositaron todos los meses montos de $6000. Lo particular de esta cuota es que este mes es menor a 6000. ¿Tiene algo que ver o hay algun atraso en los pagos de este mes? Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No dijeron nada de atraso. Lo que sí dijeron es que las percepciones de 2015 recién las empiezan a pagar en agosto.

  18. marcos marcos dice:

    Hola! una consulta, yo tengo gastos con tarjeta realizados en el exterior pero no tengo cuenta bancaria (es una tarjeta universitaria) puedo poner el cbu de otra persona para que se realice el reintegro en esa cuenta?? gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcos,
      Me parece que la Afip no está aceptando el CBU de terceras personas, probá pero creo que no.
      De todos modos, podés abrir una cuenta gratuita (caja de ahorro) y no hay problemas. Saludos!

  19. sheila sheila dice:

    hola: hoy es 14/07 julio es la ultima cuota de pago, para la de devolución de percepción, mi estado es aprobado devolución en cuotas, tengo que esperar mas dias si hoy no me lo acreditan en mi cuenta?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si si te aprobaron la devolución te la devolverán en cuotas, hasta un máximo de 6000 por mes.
      En julio no es el último pago, se sigue pagando todos los meses.

  20. Gabriel Gabriel dice:

    Buen dia: Soy empleado en relacion de dependencia. Despues de haber descontado de Ganancias las comprase en el exterior me quedo un saldo a favor (ya presente Ingresos Brutos pero no tengo que pagar nada, asi que de ahi no puedo descontarlo), como hago para recuperar ese dinero? El Form 746/A no me deja llenarlo porque presente Ganancias y algo del dinero ya me devolvieron en febrero de 2016. Muchas gracias por su respuesta! Saludos! Gabriel.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gabriel,
      Tu caso es un tema que aún no tiene respuesta!
      En teoría, tendrías que presentar una DDJJ de Ganancias con saldo a favor y, después, usar ese saldo para pagar otros impuestos (Bienes Personales) o pedir la devolución. El problema es que esta devolución tiene un trámite que los contadores no sugieren seguir (no devuelven a casi nadie y podés quedar sujeto a una inspección).
      Te sugiero que consultes a un contador tu caso para que te asesore personalmente.
      Saludos,

  21. jonathan lozada jonathan lozada dice:

    Hola nunca pague ganancias y a la hora de completar los datos en la parte de misaplicaciones web me dice que no puedo hacerlo por que pagó impuestos a las ganancias. Que debo hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Es probable que hayas tenido alguna retención de Ganancias en el año que vas a pedir las percepciones por la compra de dólares.

      1. jonathan lozada jonathan lozada dice:

        Tengo todos los recibos y no pague ganancias en 2015 nunca pague ganancias

  22. matias matias dice:

    consulta.en el 2013 me retuvieron el 20% y en el 2014 el 35% por unos viajes que hice al exterior. trabajo en relacion de dependencia y no pahgo ganancias. como hago para que me reintegren lo del paquetes y los gastos que hice con la tarjeta. no tengo todas las facturas ya que en el momento que pague los viajes les comente que no pagaba ganancias y me dijeron que no podia recuperar ese porcentaje

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Podés ver los detalles del trámite en esta nta: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/

  23. Juan Carlos López Juan Carlos López dice:

    Hola. Fui a la AFIP para sacar mi CUIT para que me reintegren todas las compras en dólares que hice en EBay en internet desde 2012. Pero cuando ingreso a mis Retenciones, no aparece NADA!!!! Qué debo hacer?
    Lo único que logré al intentar que me devuelvan mi dinero con este tramite, es que la AFIP me empiece a descontar 1500 pesos por mes, siendo docente!!!! No sé qué hacer… Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola, en primer lugar, no tiene nada que ver lo que te descuentan de Ganancias con haber sacado el CUIT.
      Después, habría que ver si estás consultando bien en Mis Retenciones (Acordate de tildar el casillero percepciones, fijate en este videO:https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/

      Al ingresar en el formulario 746, en cada mes, te deberían aparecer las percepciones de ese período. Si no aparecen, las podés cargar a mano.