Impuestos

Video: Pedir reintegro del 20/35% a la AFIP si no pagás impuestos

30/01/2014

Video Pedir reintegro 20 35 a la AFIP sin pagar impuestos

Si compraste dólares ahorro, realizaste gastos en el exterior, con tarjeta o por Internet, o compraste viajes, la AFIP te cobró una percepción a cuenta de impuestos del 20% o 35%, según la fecha.

Si no pagás Ganancias ni Bienes Personales, para pedir el reintegro tenés que seguir un procedimiento especial, que te muestro en este video instructivo.

El mecanismo lo estableció la AFIP en la Resolución General 3.420, que no establece plazos límites para pedir la devolución.

Las percepciones de 2012, 2013 y 2014 ya las podés pedir y te las van a devolver en cuotas. Las de 2015, recién las podrás enviar a mediados de 2016 después que venzan las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

MIRÁ. Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.

EL TRÁMITE. Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos

Antes de empezar vas a necesitar:

  • número de CUIT (si sólo tenés CUIL, lo tenés que pedir en una oficina de AFIP),
  • registrar datos biométricos (también en una oficina de la AFIP).
  • clave fiscal (si no la tenés, también la pedís personalmente).
  • informar a la AFIP la CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta en la que te depositarán el dinero. Esto se hace vía web (mirá “Paso a paso:  declarar CBU a la AFIP“).

YouTube video

Para pedir la devolución, tenés que ingresar con clave fiscal a la página de la AFIP, en el servicio “Mis aplicaciones web” (o adherirlo, si no está en tu listado).

Allí hay que ir al Formulario F.746/A (Devoluciones y transferencias), agregar nuevo y completar los datos mes por mes.

Si algún recargo que te hicieron no figura, lo podés agregar en Percepciones no registradas en Mis Retenciones.

Luego, hacé click en “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y Presentar.

No olvides informar a la AFIP tu CBU, habilitando la herramienta en tu listado con clave fiscal (mirá “Paso a paso:  declarar CBU a la AFIP“).

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 Para seguir leyendo

Guía Paso a Paso Mis Aplicaciones Web.

Cómo recuperar el 20/35% de los recargos por compras en el exterior.

Video: Consultar recargos de AFIP por compras en el exterior.

– Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.

– Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

529 comentarios

  1. Federico Federico dice:

    Me acabo de desayunar con la noticia de que me devolvieron las percepciones de 2012, 2013 y 2014.

    Que bueno es tener un gobierno que cumple sus obligaciones.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Buenísimo!

  2. Bruno Ivaldi Bruno Ivaldi dice:

    Hola, realice las presentaciones de 2012-2013-2014 y las presente y ahora me figuran archivadas desde septiembre de 2015, porque?

  3. mariano mariano dice:

    hola, en unas presentaciones de formularios F746/A me fijura en estado archivado, hay alguna forma de volver a presentar o dar de baja y volver a presentar? o una vez que dice archivado no se puede volver a reclamar? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No creo que se pueda.

    2. Micaela Micaela dice:

      Tengo presentadas 3 solicitudes de devolución de 2014 (dos son de montos chicos, menos de 500$, por la percepción del 20% a la compra de moneda extranjera) y el otro es de mas de 5000$ por el 35% de recargo a viajes al exterior….las dos de monto chico dicen Aprobado devolución en cuotas, la otra no dice nada….. me lo van a devolver? porqué no dice nada?….gracias por tu ayuda Paula.

      Saludos, Micaela.-

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Micaela, tenés que esperar a ver en qué estado te figura, quizá todavía lo estén analizando y no lo hayan aprobado. Saludos,

        1. Micaela Micaela dice:

          ok, muchas gracias!!!!

  4. Leonardo Leonardo dice:

    Hola Paula,
    En mi caso, yo trabajo en relacion de dependencia y pago el impuesto a las ganancias. El año pasado hice un viaje al exterior y cargue todo en el Siradig. Mi empleador me devolvio lo que correspondia a lo que ellos me retuvieron, pero me quedo un saldo a favor.
    Como es el proceso para reclamarlo a la AFIP? La declaracion se hace a traves de la web o hay que presentarse? Es para problemas?
    Disculpa si ya te hicieron la pregunta, no llegue a ver todos los comentarios.
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Leonardo,
      Si te sobra tendrías que inscribirte en Ganancias y presentar DDJJ de Ganancias con saldo a favor y aplicar ese saldo a otros impuestos (Bienes personales, por ejempo) o pedirlo.
      Te sugiero consultar con un contador porque no siempre conviene. Slds.

  5. Jorge Jorge dice:

    Hola. Estoy teniendo problema para solicitar las percepciones de 20 y el 35.
    El tema es esi. En el año 2014 tengo una sola retencion por 4ta categoria de 390 pesos con lo cual presente en enero de 2015 el form 572web en donde solo cargue los intereses de un credito hipotecario que tengo pero no cargue las persepciones por los dolares porque desconocia que debia cargarlas. Cuando este año quiero cargar el form 746 de los periodos de 2014 en donde compre dolares el sistema me informa que no lo puedo hacer porque tengo hecha la declaracion jurada y que en su defecto debo presentar una rectificativa que desde siradig no me permite hacer.
    En afip me infor.aron que debo generar una declaracion jurada como si fuera un contribuyente comun por aplicativo RG2226 y solicitar el saldo a favor pero desconosco como se puede hacer. Alguien me puede tirar una punta sobre este tema?? Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Jorge,
      Si tuviste retenciones de Ganancias en 2014 no podés pedir por el form. 746 porque eso es para quienes no tributaron ningún impuesto ese año.
      En teoría, el procedimiento es inscribirse en Ganancias y presentar una DDJJ con saldo a favor pero, te sugiero consultar antes a un contador porque no se de nadie que se lo hayan devuelto así. Si pagás Bienes Personales lo podrías aplicar a este impuesto.
      Slds.

  6. SILVINA SILVINA dice:

    Hola Paula, segui el paso a paso del video pero en dos meses en solo GRABE pero no PRESENTE…no se como hacer para corregirlo, llego a ver q esta en Proceso pero no me da la opcion de modificarlo.Sabrias decirme como tendria q hacer. Desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Silvina.
      Cuando entrás a Mis Aplicaciones WEb te vas a encontrar con la página Buscar, poné formulario 746, en Estado nada y aceptá.
      Te va a tirar un listado de todos los formularios presentados. Fijate si te aparece alguno «En proceso» o Borrador o sin presentar. Entrá en Ver y ahí lo podés modificar o presentar. Saludos,

  7. Nicolas Nicolas dice:

    Hola, mi caso es el siguiente, en el 2013 me efectuaron retenciones de ganancias, por ejemplo por $2000, en mi recibo de sueldo. Pero tambien había realizado gastos con tarjeta en el exterior, pago de pasajes, etc, a los que tambien me aplicaron «percepciones», pero en este caso supongamos que el monto era $3000. Oportunamente presente la DDJJ de Ganancias F572 por web, para recuperar los $3000, pero como mis retenciones fueron por $2000, solo me devolvieron eso y no $3000 que fue lo que yo pagué en concepto de percepciones.
    Cuando quiero cargar el formulario F746A por algún mes del período 2013, la página me tira un error de validación que dice:

    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas.

    Espero puedan resolver mi duda y haber sido claro con la explicación

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Nicolás,
      Si tuviste retenciones de Ganancias en un período (2013) no podés pedir las percepciones de ese año por el F 746.
      Si te quedó un saldo a favor deberías presentar una declaración jurada exteriorizándolo. PEro, la verdad, que si te quedaron 1.000 pesos te sugiero que ni te metas en eso porque la Afip ha realizado inspecciones en estos casos y por ese monto no vale la pena.
      Pero, si pagás Bienes Personales, sí podrías presentar la DDJJ de Ganancias con saldo a favor y usar este monto para pagar Bienes.
      En cualquier caso, consultá a un contador para hacerlo.
      Slds.

  8. juan juan dice:

    Deben tildarse los saldos negativos también?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si son negativos es porque están restando algo que antes sumó y estaba mal. Fijate a qué corresponden.

  9. Enrique Carbonne Enrique Carbonne dice:

    Perdòn, la fecha lìlmite sigue siendo el 31 de Enero ??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sólo si sos empleado, te retuvieron Ganancias y tenés que pedir las percepciones por el Siradig. Si no, no hay límite: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuando-devolvera-la-afip-el-2035-por-compra-de-dolares-y-tarjeta/

  10. Leandro Leandro dice:

    Hola! Tengo un problema para registrar el CBU. Puede ser que el CBU ingresado no sea mio sino que es de mi mujer y por esto no me deja ingresar al formulario 746.
    Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que poner el CBU de una cuenta tuya. No creo que te deje poner de otro. Saludos,

  11. Marianela Marianela dice:

    He cargado el cbu pero me aparece un mensaje que dice que la afip debe validarlo con mi entidad bancaria. ¿Como debo proceder para poder continur con mi trámite?

  12. pedro pedro dice:

    Buen dia cuando estyo en mis aplicaciones web / cargando el formulario me figura la leyenda

    «ADVERTENCIA: La carga de datos que está a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias
    y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir y la información ingresada quedará en estado BORRADOR hasta las fechas mencionadas.»

    cosa que en este video no, tienen idea? desde ya, muchas gracias, son de gran ayuda.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola
      Es porque las percepciones de 2015 todavía no se pueden pedir, hay que esperar después que venzan las presentaciones de las DDJJ de esos impuestos.
      https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuando-devolvera-la-afip-el-2035-por-compra-de-dolares-y-tarjeta/
      Saludos.

  13. jesica jesica dice:

    Hola yo solicite el reintegro en el mes de febrero 2015 y todavía no me lo devuelven, que debo hacer, porque no me aparece rechazado el trámite.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola.
      Supuestamente, empiezan a devolver en febrero: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuando-devolvera-la-afip-el-2035-por-compra-de-dolares-y-tarjeta/
      Adherite al domicilio electrónico para que te envíen ahi las comunicaciones.

      1. Micaela Micaela dice:

        Una consulta, cómo se adhiere al domicilio electrónico??
        gracias!

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola.
          Acá te dejo una guía paso a paso: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/DomicilioFiscal.asp Slds.

  14. Angelica Angelica dice:

    Hola,
    Cargue perfecto 2014 pero cuando voy a intentar cargar 2013 me aparece «error de validacion» y abajo me pone esto:
    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas

    Sabes que podria ser?
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Debe ser porque en 2013 pagaste Ganancias. En ese caso, para pedir ese monto te tenés que inscribir en el impuesto y presentar una DDJJ en abril con saldo a favor. Consultá a un contador para ver si realmente te conviene. Slds.

  15. alicia rosi alicia rosi dice:

    NO ME REINTEGRAN PERCEPCIONES DEL AÑO 2013—-y 2014 POR comPRA DE MONEDA eXTRANJERA PASOS A SEGUIR SALUDA

  16. claudia claudia dice:

    Hola. Estoy llenando el formulario 746 y cargo un período de 2014 y me lo toma. Vuelvo a cargar otro mes y año y ahí me aparece el cartelito rojo que me dice que debo cumplir con el art. 2.
    O sea que la primera devolución me la tomó sin inconvenientes y después (cualquier período que solicitara) ya me aparece ese cartel. A qué se debe? Alguien me puede ayudar? Gs.!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Será porque intentás cargar algo de 2015? No lo podés pedir hasta mediados de año.

  17. judith judith dice:

    Las retenciones sufridas en el 2015 por compra de ME Deben ser deblaradas en el formulario 572 previamente para pedir la devolucion? yo no estoy alcanzada por el impuesto a las ganancias.
    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no pagás Ganancias, no.

  18. Mercedes Mercedes dice:

    Hola, quisiera saber so inscribirme en el cuit, q me piden en el afip para la devolucion del 20 x compras en dolares, aafecta mi estado en ganancias, ya wue estoy excenta, gracias..

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No lo afecta.

  19. Pedro Pedro dice:

    Hola buenas tardes!
    Necesito comentarte, me solicitan CUIT, trabajo en relación de dependecia y mi Domicilio en DNI es en ENTRE RIOS. Vivo en SANTA FE, y nunca realicé el cambio de domicilio, ya que alquilo.
    Que necesito llevar? Ya que según leí, debería realizar cambio de domicilio a SANTA FE, y llevar los servicios del departamento que alquilo a mi nombre, previo cambio de domicilio en DNI.

    O puedo declarar que tengo domicilio en ENTRE RIOS y alquilo en SANTA FE?
    Muchas gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Llevá dos servicios a tu nombre, o el contrato de alquiler. Saludos.

  20. Diego Diego dice:

    Hola, comienzo a realizar la operación para el reintegro por compra de divisas y cuando llego a donde hay q poner el periodo y demás completo el periodo pero no se q poner en donde me aparecen las opciones ( en proceso- por error-etc) q ingreso ahí? Y después me figura que ingrese nuevamente un periodo comprendido entre 2 fechas ahí también q tengo q poner ? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No entiendo bien pero me parece que estás en consulta.
      Tenés que poner +NUEVO. Por las dudas, dejá la opción en blanco.

  21. Isabel Isabel dice:

    Hola Paula,
    Yo ya realice todos los pasos, tengo presentados los formularios desde el 2014. Mi pregunta es la siguiente: soy empleada del poder judicial y me pide que especifique mi actividad económica y que agregue los impuestos… Que debería consignar? Muchas gracias! Isabel

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Isabel, la actividad económica es actividad en relación de dependencia. Impuestos no pogas nada. Saludos,

  22. Sofia Magali Sofia Magali dice:

    Hola! debo generar mi clave fiscal para poder recuperar el 35% que pague de un viaje. Que necesito llevar o solo debo presentarme en afip con documento y me la dan?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Mirá esta nota actualizada con los requisitos: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/

  23. Lorena Lorena dice:

    Hola! Una vez que ya están hechas las presentaciones. Cuanto tiempo se estima que demora la AFIP para devolver el dinero?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Esto es lo último que dijo la Afip al respecto: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuando-devolvera-la-afip-el-2035-por-compra-de-dolares-y-tarjeta/

  24. gustavo Restivo gustavo Restivo dice:

    Soy empleado de relación de dependencia y la empresa me realizo retenciones del Impuesto a las ganancias desde Septiembre del año 2013.

    En Julio de 2015 a mi pedido de revisión, la Empresa me informo que por aplicación del Decreto 1242/2013, debía dejar de tributar Impuesto a las ganancias por ser mi mejor remuneracion normal, mensual y habitual del periodo Enero/agosto del 2013 por debajo de $15.000, 00; y que por tal motivo iban a proceder a realizarme la devolución de los montos retenidos desde Septiembre de 2013. Lo que asi sucedio.

    Ahora la consulta es: Necesito presentar el formulario 746/A para el recupero de las DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS año 2014 y no me permite el sistema de la AFIP con la leyenda :

    «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas»

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El problema que para la Afip quedó como si hubieras tributado el impuesto.
      En este caso, tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ del año 2014 (va a estar atrasada) con saldo a favor, recién ahí lo podés recuperar.
      La otra opción es que utilices ese saldo para cancelar Bienes Personales si lo tenés que pagar.
      Te sugiero consultar a un contador si vale la pena hacerlo.

  25. miguel miguel dice:

    hola cuando cargo el formulario me aparece en pantalla : un cartel rojo que dice : error de validacion por que sera?? y me dice en ese cartel , que para solicitar la devolucion del gravamen percibido debo cumplir con el art.2 de la reg 3420 (afip) y sus modificaciones…..me pueden decir por que ???y que tramite preciso hacer???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que ir a sacar el CUIT y datos biométricos: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/