Servicio doméstico

Servicio doméstico y cuarentena: cómo es la modalidad de trabajo según el lugar

12/10/2020
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La provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son las últimas jurisdicciones que habilitan en octubre el trabajo de casas particulares. En el resto del país ya estaban trabajando. Mirá los detalles.

NOTA ACTUALIZADA AL 20 de octubre de 2020.

Con 7 meses de aislamiento social obligatorio, tanto empleadores como trabajadores de casas particulares siguen atentos a cómo sigue la actividad en las nuevas etapas para combatir la pandemia.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que la cuarentena por el coronavirus es diferenciada y depende de cada provincia, departamento o localidad.

Durante algunos meses, las zonas más complicadas en cuanto a crecimiento de los contagios del Covid-19 eran la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y varios municipios de la provincia (área Metropolitana de Buenos Aires, AMBA) pero en este trimestre, las más complicadas son las provincias.

Actividad habilitada

Con la incorporación del AMBA en octubre, las empleadas domésticas ya pueden volver a trabajar en todo el país, pero hay que estar atentos a los medios locales por si se producen restricciones en localidades puntuales. La decisión dependerá de cada jurisdicción, es importante tratar de ver los diarios locales para informarse en detalle (sobre todo en provincias donde hay diferencias por localidades).

Sí trabajan. De acuerdo a un relevamiento realizado por Mi Presupuesto Familiar, a partir de octubre la actividad del servicio doméstico estará habilitado en todo el país.

Los últimos en sumarse son:

  • Provincia de Buenos Aires (fuera del AMBA, la mayoría ya estaba trabajando): se puede retornar a la actividad a partir del lunes 19 de octubre. Localidades habilitadas: Almirante Brown, Avellaneda, Bahía Blanca, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Pueyrredón, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Nicolás, San Vicente, Tandil, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. Más info: https://www.upacp.org.ar/?event=importante-trabajo-pcia-buenos-aires-defecha-20-10-20

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236283/20201020

  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba): se habilitó la vuelta al trabajo el 15 de octubre. Se permitiría, desde el 19, el trabajo de empleadas que viven en provincia y trabajan en Caba.

Normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236109/20201015

IREMOS ACTUALIZANDO ESTA INFORMACIÓN CUANDO SURJAN NOVEDADES.

Modalidad

Para las empleadas domésticas que vuelven a la actividad, hay limitaciones que establecen según lo que decida cada jurisdicción.

En general, la modalidad más común es la siguiente:

  • Los trabajadores pueden trabajar para un solo empleador.
  • Los empleados deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
  • Se incluyen todas las categorías y actividades de cuidado, limpieza, jardinería y otras especificas (cocina).
  • Pueden trasladarse en transporte público con el certificado habilitante o la aplicación Cuidar.
  • No se pueden movilizar de una localidad a otra. Se está por ver qué pasa en el caso de empleadas que vivan en provincia de Buenos Aires y trabajen en Capital.
  • Deben trabajar con los elementos de cuidado necesarios: barbijo o tapabocas, guantes. Se deben extremar los cuidados de higienes personal al llegar y retirarse de los domicilios.
  • No pueden trabajar personas de grupos de riesgo: mayores de 60 año, embarazadas, personas con enfermedades crónicas preexistentes como diabetes, respiratorias, cardíacas, renales.
  • Están exceptuadas quienes sean el único adulto responsable para el cuidado de niños.

Casos sospechosos o contactos estrechos

No pueden concurrir a trabajar (pero deben seguir cobrando el sueldo):

  • Las empleadas que deban realizar aislamiento obligatorio por ser positivo en Covid, o ser contacto estrecho de un positivo, durante el tiempo establecido por cada jurisdicción.
  • Si algún miembro de la familia del domicilio donde trabajan tiene que realizar aislamiento obligatorio por ser positivos o contacto estrecho.

Si el trabajador doméstico tiene algún síntoma sospechoso, debe avisar a su empleador y no debe ir al domicilio hasta que tenga hisopado negativo o haya cumplido con el aislamiento.

En el caso de los lugares que regresaron al aislamiento estricto por alguna circunstancia , hay que recordar que:

  • Las empleadas domésticas no pueden concurrir al lugar de trabajo.
  • Deben seguir cobrando su salario normal y habitual. Mirá cómo pagar si el trabajador no tiene cuenta bancaria.
  • Están exceptuadas las actividades esenciales: cuidado de niños o adultos mayores, encuadradas en categoría 4.
  • No pueden trabajar de ninguna manera quienes están en grupos de riesgo.

Por: comunidadpresupu-admin