Para ingresar los aportes y contribuciones a la seguridad social y a la ART, hay que usar un volante de pago diseñado por la AFIP, o bien generarlo a través de la web.
Se trata del Formulario 102/RT, que incluye en un solo monto el pago obligatorio a la obra social, la jubilación y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Desde el período junio 2016 (vence el 11 de julio), se incrementa el aporte a la obra social. Pasará de $ 233 a $ 419 por el titular y cada miembro del grupo familiar y el total, de $ 498 a $ 684.
A partir del período octubre de 2014 (vence en noviembre), los nuevos valores de los aportes obligatorios son los siguientes (ver valores para activos, jubilados y menores):
Horas trabajadas semanalmente | TOTAL A PAGAR | Aportes trabajador (obra social) | Contribuciones empleador (jubilación) | Cuota ART |
Menos de 12 | $ 176 | $ 34 | $ 12 | $ 130 |
Desde 12 a menos de 16 | $ 252 | $ 63 | $ 24 | $ 165 |
16 o más | $ 684 | $ 419 | $ 35 | $ 230 |
VALORES ANTERIORES. Cuánto es el aporte del servicio doméstico.
Una aclaración importante, los aportes y las contribuciones se pagan a mes vencido (en noviembre, el período Octubre, por ejemplo); pero la cuota a la ART es el mes corriente (se paga noviembre). El período que se coloca en los formularios es el mes vencido (en este ejemplo, octubre).
Recordá: Si la empleada trabaja menos de 16 horas semanales, para tener la cobertura de la obra social y de la jubilación tiene que ingresar todos los meses los $ 233 ($ 419 desde junio de 2016) y $ 35, respectivamente. La diferencia entre el aporte obligatorio y el total se paga como aporte voluntario a través del Formulario 575/RT.
Hay tres opciones para abonar los aportes:
1-Por ventanilla, en un banco, Rapipago o similar, que cobren impuestos de AFIP. En este caso hay que imprimir los formularios (se puede completar en forma interactiva o a mano) y presentarlo para pagar.
Para los aportes obligatorios es el Formulario 102/RT; para los voluntarios o inicio de la relación laboral por la ART el Formulario 575/RT; y para el fin de la relación el Formulario 1350 (más abajo podés ver cuándo se usa cada uno).
2-A través de la página web de cada banco (Homebanking). En este caso, hay que elegir la opción “AFIP Doméstica Activa… “ por la cantidad de horas que corresponda. Los bancos permiten guardar el pago para no llenar los meses de nuevo los meses siguientes. (Es probable que esta opción tenga problemas en noviembre, hasta que los bancos actualicen sus sistemas informáticos).
3-A través del Volante Electrónico de Pago (VEP). Para esto, hay que ingresar en la página web de AFIP con clave fiscal, en el Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social, opción Personal de Casas Particulares; el mismo lugar donde dimos de alta a la empleada doméstica. Allí generamos el Volante Electrónico de Pago. Luego, podemos pagarlo en el sitio de www.pagomiscuentas.com.ar o de LinkPagos; o en el Homebanking de nuestro banco. Aquí, la opción que tenemos que elegir es “Pago de impuestos AFIP (VEP)”, o similar.
EL TRÁMITE. Cómo generar el VEP para el servicio doméstico.
Mirá el video tutorial:
Si ya pagamos los aportes de la seguridad social con el formulario anterior (102B), la cuota a la ART hay que ingresarla en forma separada en el Formulario 575/RT; en esta caso el período de imputación es Octubre de 2014 (aunque se está pagando la cobertura de noviembre, porque es el mes en curso). Códigos: Impuesto: 786; Concepto: 932; Subconcepto: 932.
También podemos generar un VEP con el procedimiento que señalamos antes, en la opción “Casas Partic. Pago Alta ART”.
Al iniciar una nueva relación laboral hay que pagar ese mismo mes, solo con la cobertura de la ART (mediante el formulario 575/RT) y recién al mes siguiente utilizar el formulario 102/RT con el aporte completo.
Al terminar una relación laboral, se paga a mes vencido solamente los aportes y contribuciones a la seguridad social (no la ART). En este caso hay que utilizar el Formulario 1350, solo a través de la generación del VEP pero, previamente, hay que informar a la AFIP la baja en el Registro.
Vencimiento. Los aportes obligatorios vencen el 10 de cada mes (o el día hábil siguiente) y los voluntarios, el 15.
Como dijimos antes, los aportes y contribuciones obligatorios corresponden al mes anterior y las cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo son las del mes corriente.
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–Aportes servicio doméstico AFIP y ART desde octubre de 2014.
–Servicio doméstico: paso a paso para afiliarse a una ART.
-Cómo es el régimen de la ART para empleadas domésticas.
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Por: comunidadpresupu-admin
hola buenas tardes, tengo mi empleada que esta embarazada y de anses me solicitan el formulario 102/B, yo pago las contribuciones desde el pago volante VEP, por hombanking de banco nacion. al formulario me solicitan de anses que sea llenado por computadora, o seaa online, pero no logro hacerlo, solo me lo imprime vacio. cual sera la pagina para llenar dicho formulario? muchas gracias
Hola. El formulario 102/B es el recibo de sueldo (https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/ y https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-pagar-aportes-empleada-domestica-celular/ ). También lo podés generar por la página web de la AFIP, y adicioná el talón de pago del VEP.
Después de cargar los datos en el form interactivo 102/RT, al momento de imprimir se blanquea y solo se imprime el formulario vacío. Malisimo!!!
Imprimí el formulario en blanco y llenalo a mano.
Lo mejor es generar el recibo y el VEP en la web de AFIP y pagarlo por homebanking, lo más fácil. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/
Hola, buenas tardes. Bajá el F102RT de la página de AFIP a tu PC, abrilo con Acrobat Reader (importante), escribí los datos que te pide y una vez listo imprimilo y guardá los cambios, así te queda con todos los datos grabados para el mes siguiente en el que solo cambiarías la parte del mes de pago y algún anexo (SAC/Vac,etc). Espero te sirva.
gracias Iñaki
Buenas tardes,
en 2015 no pude pagar un par de aportes de mi empleada domestica, y desde el sitio web de la AFIP no me dejan generar el VEP, solo puedo ver en el PDF Archivo Historico que no se hicieron estos aportes.
Como puedo hacer para regularizar esta situación?
Gracias!
Hola.
Tendrías que imprimir el formulario en papel.
Mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/
Slds.
Hola quisiera saber cuál es mi sueldo por 32 horas semanales ,estoy trabajando en blanco ,gracias
Fijate los sueldos mínimos acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/calculadoras/
trabajo ocho horas semanales desde agosto ,,recien ahora me van a blanquear por que segun ellos no saben hacerlo ,,quiero saber si tengo que pagar algo de mi bolsillo y cuanto ,si tengo derecho a la obra social y si me corresponde el salario familiar de mi hija discapacitada ya que soy unico sosten de familia y ella cuenta con una pencion graciable de $700 espero respuesta gracias
Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/
Buenas Tarde:
Una familia amiga tuvo una empleada domestica hace veinte años, y hoy en día, está cerca de jubilarse y quiere pagarle los años de aporte que trabajo con ella, fui personalmente a la Afip de mi provincia, y me dijeron que hacerlo mediante el F-102B, podrían orientarme cómo hacerlo, para no cometer errores que en vez de ayudar, entorpezcan, en el futuro.
Desde ya, muchas gracias
Fijate en esta nota cómo es para períodos viejos. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/
de todos modos, sugiero que ella consulte a un previsionalista para ver si no le convendría incluir algunos períodos en moratoria.
Slds
Hola buen día,
yo tengo una empleada que viene 12 horas semanales, cuanto debo pagarle? que pasa cuando no viene se descuenta o debo siempre pagar la totalidad aunque no venga.-?
Cuando no se trabaja, se descuentan los días como en cualquier empleo
Buen dia!! no entiendo como calcular la diferencia de aportes cuando el trabajador se registro por menos de 12hs semanales. Ya que la ley dice la diferencia hasta llegar a 35 (PBU) y la diferencia hasta llegar a 33 (permanencia en SIPA). A ello debo sumarle la diferencia entre 34 y 419? Creo que hay algo que estoy tomando 2 veces… Espero que me puedan ayudar!!!! gracias!!
Hola,
No tenés que tomar los 33.
Los aportes previsionales tienen que llegar a $ 35 (pagás la diferencia) y a la obra social, hasta $ 419 (también la diferencia). Lo otro no lo tengas en cuenta.
Slds.
Hola tengo una empleada con la categoría F.1027 trabajador jubilada ¿le corresponde araguinaldo? Gracias espero su respuesta.
Hola. A todas las empleadas les corresponde. Slds.
Buenas noches, tengo una empleada domestica que trabaja 2 veces por semana 4 hs cada dia, un total de 8 hs semanales, cuanto es el aporte? Espero respuesta. Muchas gracias.
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Buen día.
Tengo una duda con el tema de cuándo se debe usar el formulario 575.
Si la vigencia del contrato de ART comienza en agosto, por qué no se abona en agosto con el 102RT?
¿Pago los $230 de ART con el 575 y lo imputo a julio? Y en septiembre, si uso el 102RT no estaría pagando el mes en curso (septiembre)? Cuándo pago el periodo fiscal de agosto entonces?
Desde ya, muchas gracias.
Hola.
La ART se paga a mes en curso, por eso tenés que usar el 575/RT, como dice en la última parte de esta nota.
Cuando pagues el mes que viene, marcá período agosto (son los aportes a la Afip), aunque en realidad la ART corresponderá a septiembre.
Saludos,
Porque no funciona la calculadora para obtener el sueldo?
Hola Paula,
Dí la baja de mi empleada doméstica en el período 07/2016 con el formulario 1350 pero antes de eso (por error) pagué el aporte con el F102RT por el mismo período, es decir lo pagué dos veces. Como puedo hacer para recuperarlo?
Hola Adriana,
Se pueden reimputar pagos ingresando con clave fiscal en la herramienta Cuenta Corriente Monotributista y Autonomos (CCAM).
Hola queria saber q pasa siyo tomo licencia por maternidad y cuando debo reincorporarme justo para casii fin de diciembre….y decido no seguir trabajando….q pasa….cobro algo despues de casi 5años ymedios detrabajo enblanco,o presento renuncia y no me corresponde ni aguinaldo…………
Hola. Si renunciás te tienen que pagar un proporcional del aguinaldo por el tiempo trabajado y las vacaciones del año. No corresponde indemnización por antigüedad.
Hola Paula,
Tengo varias dudas. Bueno en el caso del pago por hora tengo un importe y mensual otro según escala. Cuando utilizo o hasta cuantos días por semana pagaría en valor hora, pq Tengo un caso que una empleada q trabajaría lun a vie 8hs (40hs semanales) que utilizo el básico mensual de 4ta categoría o el valor de la hora ?. Es bastante la dif entre aplicar hs o mes.
En caso que realice recibos semanales y una semana solo tenga 2 dias y los otros 3 dias corresponda a el mes siguiente ¿Que periodo coloco en el formulario 102 rt ?
Gracias Zulema
Hola, si trabaja 40 horas semanales tendrías que pagarle el sueldo mensual mínimo.
resLos recibos los tendrías que hacer mensuales, con el monto correspondiente
Slds.
Hola Paula, por error pagué um mes de más en la ART y ahora no sé cómo hacer para pagar por un mes solamente los aportes y contribuciones para recuperar ese mes pagado de más. Gracias por tu ayuda.
Hola Ana.
En la página web de la Afip, podés entrar con tu clave fiscal en CCMA – CUENTA CORRIENTE DE CONTRIBUYENTES MONOTRIBUTISTAS Y AUTONOMOS.
Esa herramienta te permite reasignar montos acreedores a otros pagos. Ahí te va a salir si está bien pagado o no (no me queda muy claro cómo hiciste un pago a la ART separado del resto?). Slds.
hola Paula:
para completar el formulario 575/RT, entiendo que en la parte de III OBRA SOCIAL, hay que completar la diferencia a pagar entre lo aportado entre todos los aportes de distintos empleadores y el pago minimo… eso iria en «DIFERENCIA DE APORTES Y ADHERENTES»,
esto es correcto???
la otra consulta es si hay que agregar el aporte a la Obra Social por un hijo….
en donde y de cuanto seria ese aporte???
desde ya muchas gracias
Hola Diego,
Es así. Por cualquier duda, fijate acá el instructivo para completar el 575/RT: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/11/Instructivo-para-completar-el-Formulario-575RT.pdf
Saludos,
Hola Paula, Vos sabes que pague en Pago Facil el 1/7 el nuevo aporte para JUNIO, x pago facil como hago siempre. Pero en el ticket la apertura de items no se corresponde con lo publicado en tu pag. y en AFIP inclusive. Por ejemplo rubro de obra social dice 320,04, y ART 328,96, La contribucion quedó en $35. EL total coincide (684), pero me llamo la atención esta apertura de os valores, Hice el descuento de aporte en el recibo de 320,04 como decia el ticket, pero me parece que esto no está bien. No se como se arregla y si se me genera algun inconveniente. Nadie me puede indicar que hacer.. No se si alguien mas lo comentó. gracias por todo.
Hola Mabi, Debe ser algún error.
Acá están los montos discriminados, según lo publicado por la AFIP: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/Aportes-servicio-domestico-junio-2016.pdf
Hubo alguien más que le pasó lo mismo. Definitivamente está mal, porque el aporte a la ART es 230 y a la obra social 419.
Hola:
Como hago el formulario 102/RT con los nuevos aportes si todos los modelos que obtengo por la web (incluido el de AFIP), traen los antiguos valores impresos?.
Por ej. mi empleada que trabaja menos de 12 horas debiera decir 176$ en los primeros valores y todos tienen 161$ como era antes… (y no se pueden corregir).
Gracias
Fijate en esta nota, los links tienen el formulario actualizado.
Slds.
hola los valores estan actualizados en la web pero no en el formulario 102 rt como lo consigo??
Hola Carlos.
El link al formulario que está en esta nota ya está actualizado. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/f102-rt-2016/
Buenas tarde yo quisiera saber cómo calcular el sueldo que me corresponde.y como saber si mis patrones me pagan lo que me corresponde.yo trabajo las 8hs diarias de lunes a sabado..gracias
Aquí podés ver los sueldos mínimos vigentes: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calculadora-sueldo-servicio-domestico/ Slds.
Queria saber donde encuentro el formulario actualizado con los nuevos aporte para julio y como se paga un mes vencido gracias
Hola. El nuevo formulario lo podés descargar aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/f102-rt-2016/
El mes vencido lo podés pagar con el mismo formulario, poniendo otro monto (está ahí detallado).
Si no, lo mejor es generar el VEP desde la página de AFIP, que ahí te pone automáticamente el valor que corresponde: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/
Buenas tardes. Quise completar hoy el formulario 102 RT correspondiente a junio pero no cambiaron aún los montos de las obligaciones a pagar y mañnaa es fin de mes. El cambio se verá reflejado recién a partir del día 1/7?
Muchas gracias.
Mirá aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/f102-rt-2016/
También lo podés generar en la página web de AFIP, ahí está siempre actualizado: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/
Buenas tardes, quería saber como hago para poder abonarle a la empleada de casa de familia la obra social art. y jubilación ya que no entendí si lo abono yo o lo abona la empleada. muchas gracias
El empleador paga el aporte obligatorio.
BUENAS TARDES ME GUSTARIA SABER CUANDO CAMBIAN LOS VALORES PARA EL FORMULARIO 102RT, YO DE 12 A MENOS DE 16 HS.VENGO PAGANDO 224 Y ME DIJERON DONDE LO PAGUE Q AUMENTA.YA ESTAN LOS NUEVOS VALORES?
Hola. Sube para el período junio, que vence el 10 de julio (o sea, por este mes siguen los mismos).
Hola buenos días quería preguntar cuanto es el monto que debería estar cobrando si trabajo de lunes a sábado de 7:00 am a 17:00 y feriados tambien ago limpiez y planchado cuido una nena especial cocino y me están pagando al rededor de 3000.
Acá están los nuevos valores desde este fin de mes: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/sueldo-personal-domestico-aumento-junio-2016/
puedo contratar una empleada para que trabaje en domicilios particulares?como se declara?gracias
En esta nota podés ver cómo es el régimen para casas particulares: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/