Servicio doméstico

Cómo regularizar a una empleada doméstica

05/07/2013

regularizar empleada doméstica. www.presupuestofamiliar.com.ar
Cuando un empleador se atrasa en el pago de los aportes, o quiere “blanquear” a un trabajador de su casa hacia atrás, tiene que abonar los períodos atrasados y los intereses.

Luego del cambio de régimen, con la nueva obligación de registrar todas las relaciones laborales, muchos están interesados en regularizar su situación.

En esta nota, vas a encontrar una guía completa de los formularios, los procedimientos y los cálculos para realizar el trámite ante la AFIP. 

Después de marzo de 2000

En esta fecha, la AFIP implementó un régimen simplificado para regularizar la situación del servicio doméstico, con lo cual la forma de ponerse al día es mucho más sencilla (más abajo veremos qué pasa en años anteriores).

Qué tengo que hacer. Si querés blanquear a tu empleada por estos últimos 13 años, lo único que tendrías que hacer es pagar los aportes a la AFIP.

A partir del 1 de junio de 2013, además, tendrás que inscribirla en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares del fisco (ver una guía aquí: “Paso a paso para registrar al servicio doméstico”).

Podés registrarla primero y después realizar los pagos.

Mirá cómo realizar la registración en la web de AFIP en este video tutorial:

YouTube video

Qué tengo que pagar y cómo lo hago. Los aportes y contribuciones obligatorios o voluntarios a la AFIP más los intereses resarcitorios o capitalizables, correspondientes. Hasta septiembre de 2014 tenés que utilizar el F.102/B  (en el formulario están los montos de cada fecha) y después el formulario F.102/RT.

Se podrían generar diversas situaciones:

  • Que seas su único empleador por más de 16 horas semanales. Sólo tendrás que abonar los montos obligatorios (obra social más jubilación) vigentes en cada período, con el formulario F.102/B.
  • Que seas su único empleador por menos de 16 horas semanales. En este caso, el monto total de los aportes y contribuciones obligatorios no completan el monto mínimo exigido para que tu empleada acceda a su jubilación. Para que ella los pueda computar con este fin deberías completar, además de lo anterior, el monto que falta (total $ 35 por mes), a través del formulario F. 575/B o F.575/RT. No haría falta el aporte voluntario de la obra social por los períodos que ella no tuvo esa cobertura de salud.
  • Que trabaje en tu casa menos de 16 horas semanales y también lo haga en otros domicilios. Aquí, ella podrá sumar los aportes obligatorios de los otros empleadores para llegar al mínimo de $ 35 (todo a través del F.102/B o F.102/RT.) Si no lo hace, también deberían pagar el aporte voluntario ( F. 575/B o F.575/RT).


Cómo calculo los intereses. Deberás ingresar a la página de la AFIP, en una herramienta especial para ello: Cálculo de intereses

El monto obtenido tendrás que ponerlo en el formulario correspondiente (Rubro II, del F.102/B o en cada sección del F. 575/B).

Tené en cuenta que:

  • Intereses resarcitorios. Son los que se abonan en el mismo momento que se pagan los aportes y contribuciones por períodos atrasados.
  • Intereses capitalizables. Los tenés que pagar si primero abonaste los aportes atrasados y los intereses los pagás después

Si tenés clave fiscal, podés ingresar a la página web de la AFIP y generar los períodos adeudados desde la Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos, como lo explicamos en este video:

YouTube video

 

Períodos anteriores

Si tuvieras que regularizar meses comprendidos entre noviembre de 1994 y marzo del 2000, el pago de los aportes se ingresa a través de los formularios: 906 (empleado mayor de 18 años), 907 (menores de 18 años en actividad desde el 19 de julio de 1994), 908 (menores de 18 años en actividad antes del 19 de julio de 1994), 909 (si el empleado era jubilado).

Los intereses resarcitorios se ingresan a través del formulario 801/E.

El importe a ingresar lo determinará el sistema bancario, teniendo en cuenta el sueldo o aguinaldo que informes en los formularios y aplicándole los coeficientes correspondientes (mirá el Instructivo del formulario 906NM o descargá el archivo Servicio doméstico 906 (1).pdf).

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

288 comentarios

  1. eugenia eugenia dice:

    hola! buen dia!, quiero blanquear 2 años de aporte a una empleada que estuvo en negro 4 años, ya que le falta para jubilarse esos años, le doy de alta retroactiva 2 años para atras? eso seria lo correcto!, porque hacele pagar solo contribucion al empleador no puede ya que el vep solo genera contribucion: diferencia no aporte, y no estaria correcto
    es asi?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, tenés que darle el alta retroactiva y pagar mes por mes el aporte completo para más de 16 horas (más intereses). Hay que abonar todo, no se puede dividir.

  2. Silvia Silvia dice:

    Hola. Le di de alta a mi empleada y pague la art en ese mismo momento, pero a lps 4 dias entro y me dice q todavía debo art??! Tengo q avisar ek pago q hice en algún sitio?
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      ¿te sigue dando que no está pagado? En ese caso, puede haber un problema con la entidad que te cobró. Ahí tendrías que reclamar.

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      ¿Ya te figura el pago? Si no, tendrías que reclamar en la entidad que te cobró.

  3. AGUSTIN AGUSTIN dice:

    Hola,buenas tardes
    Tenemos una empleada a la cual le pagamos los aportes,contribuciones y ART a traves de homebanking hace mas de 10 años,pero nunca le dieron de alta en afip,lo acabo de verificar a traves de homebanking (por este sistema le paga los aportes y contribuciones ), y que mi familiar no tiene clave fiscal. la señora trabaja desde el 2007 en la casa. En caso de alta en afip (hoy abril 2020) le cobraran multa por no registrar ya que si le hace los aportes ? estuvo haciendo los aportes del 2007.
    gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No entiendo cómo pagaron aportes y contribuciones sin que esté dada de alta en Afip, es imposible que no esté registrada.
      Alguien tiene que figurar como empleador, con la relación laboral vigente y pagando la cuota a la Afip. para pagar esta última tenés que generar un volante de pago y abonarlo.

  4. Gaston Gaston dice:

    Hola tengo a una señora que está en mi casa trabajando desde junio del 2014 y quiero regularizarla para que después en su momento se pueda jubilar, quería saber cuanto seria el aproximado a pagar de deuda hasta el día de hoy? Ella trabaja 4 hs por día de lunes a viernes muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Tenés que pagar todos los aportes atrasados y los intereses desde entonces.
      Ingresá con clave fiscal a Presentación de DDJJ y Pago, opción Generar VEP y ahí elegí el aporte que corresponde. Antes tenés que estar inscripto como empleador de esa persona.

  5. Agustin Palacio Agustin Palacio dice:

    Buenas Tardes,mi tia tiene una empleada domestica hace mas de 10 años,estuvo sin aportes como 3 años y luego empezó a pagar aportes contribuciones y ART ,a través de homebanking. Pero al ingresara su homebanking y entrar al servicio de afip porque no tiene clave fiscal me doy cuenta que no esta dada de alta en AFip la empleada,pero si le esta pagando los conceptos precedentes hace mucho. Si la damos de alta le cobraran multa o se puede hacer un alta retroactiva? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí se puede hacer un alta retroactiva.
      Lo que no me queda claro es cómo se pagaron algunos conceptos sí y otros no cuando la cuota mensual a la Afip es un pago único ¿se trata de aportes voluntarios? Tampoco entiendo cómo se abonan conceptos a la Afip si no está registrado el empleador.

  6. Patricia Davison Patricia Davison dice:

    Tengo dos personas trabajando en la categoría de personal doméstico, estoy atrasada y no sé bien qué meses debo, puedo ir a la afip para verlo ahí, me parece más claro eso

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ingresá con tu clave fiscal en la web de Afip, en el servicio de casas particulares y ahí vas a poder ver la deuda y generar el volante de pago. Si vas a una oficina de Afip no te van a atender así nomás.

  7. Jose Jose dice:

    Buenas quería saber hasta cuántos años para atrás se puede reconocer y registrar a una empleada de casas particulares para que le computen al momento de jubilarse? Aclaro que aún no está registrada. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola José.
      Se pueden pagar aportes hacia atrás todo el tiempo que necesites.
      En la Afip, la registración no puede ser antes de abril de 2013, cuando empezó a regir el nuevo sistema. pero podés hacer constar una antigüedad anterior y pagar toda la deuda.
      Slds.

  8. Elelyn Elelyn dice:

    Hola, consulta yo trabaje en servicio domestico desde marzo 2015 a mayo 2017 le pedi a la sra.que me pague esos aportes. Me dijo que si por que no quiere que la denuncie, se pueden pagar? Y como tendria que hacer el tramites? Por que me dije que averigue.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      sí se puede pagar. ella se tiene que registrar en las fechas de los aportes en la página de la AFIP y luego pagar los montos adeudados desde allí.

  9. Cecilia Cecilia dice:

    Buenas tardes, muy buena la información de la pagina. tengo una consulta, voy a inscribir a una persona que trabaja conmigo hace unos meses, viene una sola vez por semana, la inscribo hoy con fecha de hoy y aparte pago los aportes y contribuciones de meses anteriores? muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Cecilia.
      Gracias por el comentario.
      La podés inscribir con un alta retroactiva y pagar los aportes atrasados ahora.
      Slds.

      1. pablo pablo dice:

        buenas mi señora trabaja en una casa de familia tmb va una vez por semana hay un minimo de horas para blaquerar …yo le digo qu por mas que valla 1 hora deben blanquear?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola.
          No hay mínimo de horas. Toda relación laboral habitual (la que se repite el mismo día todas las semanas) se debe registrar.

  10. Patricia Morinigo Diaz Patricia Morinigo Diaz dice:

    Hola tengo una empelada quiero pagar sus aportes desde 2015 como hago se puede hacer en cuotas? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Patricia.
      No hay moratoria ni pago en cuotas para estas deudas.
      Lo que podrías hacer es ir pagando algunos períodos cada mes (más los intereses), hasta que los completes. Slds.

  11. erica erica dice:

    buen dia estoy en negro hace 4 años ,sin vacaciones,sin aguinaldo,quiero saber si me puede poner mis aportes y pagarme por los cuatro años que me tuvo en negro y estoy actualmente hago 15 horas semanales ,3 veces x semana quiero saber si me corresponde

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La registración de las empleadas es obligatorio y se puede regularizar para atrás.

  12. Vanina Vanina dice:

    Hola soy de Morón, laconsulta es si para homologar la indemnización que se le abonará a una empleada doméstica es necesario si o si el patrocinio de un abogado?? y si tiene que ser de esa jurisdicción??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No es necesario (aunque es recomendable un asesoramiento). Te sugiero que vayas al Ministerio de Trabajo nacional que te corresponde por tu domicilio y consultes si tienen patrocinio letrado.

  13. LAURA RODRIGUEZ LAURA RODRIGUEZ dice:

    Hola tengo una empleada domestica que hice mal el aporte en el mes de 02/2012, quiero pagarlo y no se con que formulario puedo hacerlo intente con el 102b y me dicen en los rapipagos que ya no figura en sistema dicho formulario. COMO REGULARIZO ESE MES SE QUIERE JUBILAR Y LE APARCE ESA DEUDA

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Ingresá con tu clave fiscal en la herramienta Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos. Ahí tenés que poner consultar deuda del servicio doméstico y te va a aparecer el monto que debés. Desde allí mismo podés generar el volante electrónico de pago (VEP) para cancelarla.
      Slds.

  14. Karina Karina dice:

    Hola. A una pregunta respondieron que se puede dar de alta retroactivo y pagar los aportes obligatorios adeudados, más los intereses supongo…. Consulta… ¿también hay que pagar por sistema las remuneraciones retroactivas de los periodos anteriores?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las remuneraciones se pueden pagar en cuenta bancaria o efectivo.
      Los recibos de sueldo los podés hacer por el sistema, pero si sse te complica, imprimí el formulario 102/RT (https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/formularios/pdf/interactivos/102RT.pdf) y completalo a mano. Slds

  15. Marta Marta dice:

    Hola una consulta en el 2015 al 2018 tuve una empleada doméstica quisiera saber si la puedo dar de alta ahora 2019 ya que recién estoy inscripto en la afip muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Se puede dar de alta retroactivo y pagar los aportes obligatorios adeudados. Slds.

  16. Mirta graciela Mirta graciela dice:

    Hola buenas noches, necesito me orientes, como debo hacer para que en el recibo de sueldo aparezca el retroactivo de marzo, ya que en otros conceptos no está??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El recibo digital es bastante limitado y no permite poner cualquier adicional (solamente bonificaciones, que no sería el caso).
      Si querés hacerlo en forma correcta, lo mejor es el formulario manual F 102/RT.

  17. Janet Janet dice:

    Hola mi.ex empleada esta haciendo los papeles en anses para jubilarse y le dieron de pagar el formulario 575 b y en ningun lugar lo cobran porque ya es viejo la fecha de importe del.mismo, es del año 2015. Le dicen que tiene que pedir en anses el formulario 575 c. Es lo mismo?? Lo puedo descargar yo, ? Solo aparece 575RT es lo mismo??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El formulario es el 575/RT. Es la ultima versión. Hay que descargarlo, imprimirlo y completarlo a mano.

  18. NORA huertas NORA huertas dice:

    hola me faltan 3años y meses para poder comprar los 30 de moratoria , tengo 60 años y mi patrona me aportaría el faltante en años, a cuanto asciende el monto a pagar desde 2004 al 2008 por aportes no realizados ? se puede hacer ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero que busques un profesional que conozca del tema previsional y te asesore en tu caso particular. No es algo tan fácil en casos como el tuyo.

      1. Andrea Andrea dice:

        Hola..trabajo en el serv.doméstico en la casa de un fliar(cuñada) .hay algun impedimento con respecto a mis aportes? Se los tiene en cuenta para mi jubilacion?. Espero me etiendany puedan sacarme la duda. Gracias

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola.
          El empleador y la empleada no pueden ser familiares directos (no creo que haya problema siendo cuñada). Mientras estés registrada y se pagan los aportes completos todos los meses, suma para tu jubilación. Slds.

  19. RAUL MOREYRA RAUL MOREYRA dice:

    Quiero pagar dos años 2015 y 2016 de mi empleada domestica con el F 102 RT periodos en que no la tuve declarada ? es posible esto ? y rectificar en mi Simplif, Casas Part. la fecha de alta 01-01-2017 por 01-01-2015 ? Aclaro q desde 01-2017 la tengo registrada

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se puede pagar atrasado. Luego de abonar cada período (mes por mes) tenes que calcular los intereses, general el VEP y pagarlo (mirá acá: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/calculoInteres/).
      No estoy segura que te deje modificar la fecha de alta. Si no podés hacerlo en el sistema, lo podés poner en el recibo de sueldo.

  20. Gabriela Gabriela dice:

    hola, quisiera saber que formularis hay que completar para contratar servicio doméstico, si hay que pagar una ART y cómo la inscribo en la obra social?
    gracias, saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Mirá los detalles en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/

      1. viviana viviana dice:

        Hola a ni mamá es empleada doméstica, le aparece una deuda de interese resarcitorios desde el 2001 en afip a la fecha. Puede ser que ella misma los puede pagar ingresando en afip y cargando a mano los interese algunos con el formulario 575?. Nos digieron que se pueden imprimir y pagar en pago fácil.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. Sí, es así.
          Fijate en este link de Afip para calcular intereses: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/calculoInteres/

  21. Herminia mabel marsiglione Herminia mabel marsiglione dice:

    Hola en abril me tengo q jubilar con la moratoria incluida me faltan 2 años de aportes!!fui haber a mi empleadora q me daba trabajo como domestica q tenia entre el año 2011 al 2013 y me dijo q me blanqueaba para poder hacer mi tramite!!como devemos hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Hay que pagar los aportes por los períodos atrasados, más los intereses, nada más.

  22. Benedetti jose Benedetti jose dice:

    hola si registro a un personal que se vnia desempeñando sin registrarse aparte de los aportes de ley si en el futuro se la despide se cuenta los años de antiguedad anteriores al registro?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, totalmente.

  23. Lihuen Melo Lihuen Melo dice:

    Hola! El ingreso de los aporte y contribuciones debidos en el caso de la inscripción retroactiva a un año atrás, se sigue haciendo mediante el formulario 102/RT?
    Es decir, al momento del alta se abona mediante pago electrónico el pago adelantado de ART y ademas yendo a AFIP con formulario completo , los intereses resarcitorios y aportes y contribuciones adeudados? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, así es.

  24. Carolina Carolina dice:

    Y existe algún plan de pago? Por ejemplo si quiero blanquear diez años hacia atrás…

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, no hay. Es más, los planes de facilidades, en general, no incluyen aportes al servicio dome´stico.
      De todos modos, consultá a un previsionalista para ver cómo hacer con los aportes jubilatorios.

      1. Solis Solis dice:

        Si no existe un plan de pagos con el formulario actual o anterior . el empleador no puede completar el pago domestico para llegar a los aportes necesarios como trabajardor autonomo o un plan de pagos?? O no se. El fin es llegar a los 30 años.

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. Se pueden hacer aportes voluntarios como autónomo. Te sugiero consultar con un previsionalista, que vea lo que más conviene en tu caso particular.

  25. Analia Analia dice:

    Hola! quiero registrar en blanco a una empleada domestica. No pago impuestos, porque trabajo via on line para una empresa extranjera. Igual puedo realizar el tramite en Afip? es decir me permitiran sacar el cuit y clave fiscal para inscribirla? o debo estar trabajando en blanco en el país? Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si vivís en ARgentina y tenés empleada doméstica, la tenés que registrar. No necesitás CUIT sino tu Cuil y sacar la clave fiscal. Slds.