Servicio doméstico

Empleada doméstica: cómo es el formulario de pago

30/05/2013

Desde octubre de 2014 rige el nuevo formulario 102/RT. Mirá los detalles en esta nota: «Servicio doméstico: comoo es el nuevo formulario 102/RT«.

La modificación incorpora los datos que obliga la nueva Ley de Empleados de Casas Particulares y permite que pueda utilizarse con recibo de sueldo.

Por otra parte, a partir de octubre la AFIP habilitó otra posibilidad para generar el recibo de sueldo y pagar los aportes obligatorios, cuestión que tratamos en la nota: Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo.

Además del pago de los aportes, todos los empleadores están obligados a inscribirse en el Registro Especial de la AFIP.

Nuevas escalas y montos. Se establecen tres valores distintos de aportes y contribuciones, en función de la cantidad de horas de trabajo semanal.

Lo que cambia es que el primer escalón es para “menos de 12 horas”, cuando antes era de 6 a 12 horas. Los montos cambian sólo para 16 o más horas semanales. Montos desde el período Septiembre 2014 (vencimiento octubre).

Horas semanales trabajadas
Aportes mensuales (trabajador)
Contribuciones mensuales (empleador)
Total
Menos de 12
$ 19
$ 12
$ 31
12 a menos de 16
$ 35
$ 24
$ 59
16 o más
$ 233
$ 35
$ 268
Descargar nuevos montos vigentes desde octubre en Aportes y contribuciones 2014 (Incluye ART)

Cómo completar el formulario

Ingreso de la obligación mensual. Tildar la casilla correspondiente según la cantidad de horas de trabajo y la categoría del trabajador (activo, menor de 18 años, jubilados). Si se llena en la página de la AFIP, el casillero con el monto total se completa automáticamente (acceder al F.102/RT interactivo). Si se lo hace en forma manual, habrá que sumar el aporte del empleado más la contribución (ver Instructivo para completar el formulario aquí).

Intereses resarcitorios y capitalizables. Es para el pago de períodos atrasados. Calcular aquí.

Recibo de pago. Completar nombre y apellido, y CUIT o CUIL del empleador y del trabajador. También se incluye la fecha de ingreso (inicio de la relación laboral).

Detalle del período. Hay que colocar el puesto desempeñado (Mucama, Casera, Cocinera, Jardinería, Institutriz, Mayordomía, Gobernanta, Niñera, Ama de llaves, Asistente Personal, Auxiliar para todo trabajo). Las fechas desde y hasta corresponden a cada mes, ya que el recibo se entrega en forma mensual.

Modalidad de liquidación. Hay que poner cada cuánto tiempo se paga el sueldo (debe coincidir con la modalidad que se colocó en el registro de la AFIP), la cantidad de horas según esta modalidad y hay un espacio para describir la forma de trabajo.

Remuneración. Se debe detallar cómo se compone: sueldo básico, medio aguinaldo (SAC), vacaciones (sólo cuando correspondan, no se deben prorratear todos los meses) y Otros (viáticos, preaviso, indemnizaciones, u otros). El básico se toma como cálculo para el de conceptos como el SAC y vacaciones.

Sobre los aportes que le corresponden al empleador, la AFIP no previó un espacio en el formulario. Pero, este concepto puede ir restando en «Otros», para que en el total surge la remuneración neta (esta es la que se debe poner en letras). Mirá «Cuánto cobran las empleadas domésticas«.

Copias. A diferencia del anterior, ahora se deben imprimir dos copias completas, una para el empleador, otra para el trabajador y ambas firmadas; antes se imprimía una sola vez y se recortaba la parte de cada uno.

ART. El nuevo régimen es obligatorio a partir de noviembre de 2014 (mirá «Cómo es el régimen de ART«).

F 102B. Nuevo. Instrucciones.

Un ejemplo

Pago con aguinaldo. Si estamos liquidando junio de 2013, ponemos: desde 01/06/2013;hasta 30/06/2013.

Si la remuneración es de $ 2.000 por mes, incluimos el aguinaldo, el detalle es:

Básico: $ 2.000

SAC: $ 1.000

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 2.900. Son Pesos: dos mil novecientos.

Pago con vacaciones. Si el mes que liquidamos es enero, y se toma vacaciones en febrero (se pagan adelantadas), con menos de 5 años de antigüedad (14 días).

Básico: $ 2.000

Vacaciones: $ 933,33

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 2.833,33. Son Pesos: dos mil ochocientos treinta y tres, c/33 centavos.

En la liquidación de febrero, se restan los 933,33:

Básico: $ 1.066,67

Otros

– Aporte trabajador:  -100

Suma total: $ 966,67. Son Pesos: novecientos sesenta y seis, c/67 centavos.

Más información: http://www.afip.gob.ar/casasParticulares/

Línea gratuita de AFIP para Empleados de Casas Particulares: 0800-222-2526, de lunes a viernes de 8 a 20hs.

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Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.

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– Cómo regularizar a una empleada doméstica.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

423 comentarios

  1. Sabrina Sabrina dice:

    Buenas tardes, una consulta: tiene periodo de vencimiento el pago mensual? Hasta que fecha de cada mes seria?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El pago obligatorio vence el 10 de cada mes.

  2. Ayelen Ayelen dice:

    El recibo de pago se puede utilizar como recibo de sueldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El recibo de sueldo es el Formulario 102/RT, o el recibo que generás a través de la página de la AFIP: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-generar-el-recibo-de-sueldo-y-el-vep-de-la-emplea-domestica/

  3. fernado fernado dice:

    como realizo un aporte atrasado.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenés que pagar el aporte y aparte los intereses. Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/

  4. Melisa Melisa dice:

    Hola yo trabajo 4 hora al día. .. 20 hora semanales ya hace un año cuanto me corresponde el cobro de vacaciones????

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Las vacaciones son 14 días corridos y tenés que cobrar lo que hubieras trabajado en esas dos semanas.

  5. Silvia Silvia dice:

    Como se cuantas horas de trabajo debo poner para la Asistente que cuida a mi papá con cama los fines de semana y feriados. Comenzó en abril de 2015 ahora debo darle vacaciones? Hoy enero 2015. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí les toca vacaciones. Fijate en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
      Slds.

  6. patricia Sanchez patricia Sanchez dice:

    consulta: le hice todos los aportes desde octubre del 2009 sin recibos, los mismos figuran en la sabana. La Sra. me dice que en anses para su jubilación le solicitan el comprobante de pago del banco de todos estos meses, yo entiendo que deben ser los recibos, pero no se como hacerlos para atrás.
    Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Patricia,
      Lo que necesitás el comprobante de los aportes, del banco o el tiquet que pagaste.

  7. Ire Ire dice:

    Yo no incluyo los aportes en el recibo. Lo único que incluyo como resta es la obra social. Es decir Yo Le pago El sueldo batido menos La O.s. y aporte pago los aportes y le doy el comprobante. Me podrías explicar, porque en ministerio de trabajo me dijeron que lo único que se resta es o.s.?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es lo mismo.
      La obra social es el aporte del trabajador. Del total de los aportes obligatorios a la AFIP que se pagan por mes hay una parte del trabajador (obra social) y otra del empleador (jubilación y ART). Se resta solo lo del empleado.

  8. BEATRIZ BEATRIZ dice:

    TODOS LOS MESES CONFECCIONO EL RECIBO DE SUELDO. ESTE MES LE AGREGO EL SAC Y ABAJO ME PIDE OTROS CONCEPTOS, NO SE QUE ES. NO TNGO OTROS CONCEPTOS Y SI PONGO 0,00 ME DICE QUE TENGO QUE PONER NUMERICO Y NO PUEDO SEGUIR. LAS VACACIONES SE LAS VOY A PAGAR CUANDO SE LAS TOME. GRACIAS.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No hace falta completar otros conceptos, deberías poder completarlo normalmente.

  9. Maximiliano Maximiliano dice:

    Si, por ejemplo, en enero de 2015 el básico mensual por categoría 5, por 48 horas semanales es de $ 5065, en el F102 debería poner como «Basico» $ 5065, pero si al siguiente mes, por x motivo, la empleada trabaja por ejemplo 20 hs, en el F102 debería poner como «Basico» sería $ 1744 . Y además debería realizar una modificación en SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL para cada mes que haya un cambio en la cantidad de horas?? (aclaro que no estoy preguntando por horas extra).

    1. Maximiliano Maximiliano dice:

      aviso que ya revisé todos los artículos y los videos y no pude encontrar respuesta a mis dudas, por eso la pregunta puntual. Desde ya agradezco muchísimo toda la ayuda brindada, tu trabajo es excepcional! Saludos

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si es un caso excepcional, yo pondría el monto básico habitual y le descontaría los días no trabajados para llegar al final.
      Si le estás pagando por mes, no debería variar de un mes a otro.

      1. Maximiliano Maximiliano dice:

        no, no es un caso excepcional, y tampoco le debería descontar días no trabajados porque estaría trabajando 4 horas x día de lunes a viernes, no hay días para descontar, salvo los sábados.
        pero ahora que lo comentás, cómo se «descuentan» los días no trabajados?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Simplemente, en Otros, ponés días no trabajados y el monto con un signo negativo (-) antes de los valores.

  10. Maximiliano Maximiliano dice:

    Si la empleada trabaja mensualmente 48 horas semanales, pero en el F102 en la «Modalidad de Liquidación» selecciono MENSUAL, qué «Cantidad de horas» debería poner en el casillero, 48 (haciendo referencia a horas semanales) o la totalidad de horas trabajadas en el mes (48×4= 192) ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      En realidad, no lo dice en ningún lado. Yo opté por poner las horas semanales (es algo fijo) y aclarar en Observaciones cómo es el régimen de trabajo x horas por x cantidad de días, por ejemplo.

      1. Maximiliano Maximiliano dice:

        Eso me parecía, entonces le voy a poner “Modalidad de Liquidación” MENSUAL y «Cantidad de horas» y luego en observaciones aclararé que corresponden a «cantidad de horas semanales».

        Muchas gracias. Saludos!

  11. patricia patricia dice:

    Tengo una empleada que trabaja 31 hs semanales. Cuida mi hijo de 8 años y hace tareas de planchado y limpieza de la casa. Si bien le estoy pagando como niñera ,le pago un extra en forma de viatico.
    Cuando hay aumentos ( que corresponden al salario de su categoria, me reclama que sea sobre el total) Entonces como quiero que todo sea legal,mi duda es si debo registrarla como niñera y aparte registrarla como categoría tareas generales y pagarle aparte las horas de limpieza. Como le pago en la afip. tengo que pagar doble jubilación y obra social?Saludos ,Patricia

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Lo que dice la normativa es que hay que pagar a la empleada según las tareas habituales que desempeña la mayor parte del tiempo. No corresponde el pago duplicado y mucho menos doble aporte ya que el monto de este aporte es único por mes.
      En tu caso, la encuadraría en la categoría 4 (cuidado de personas) y le pagaría todo el tiempo según esta categoría.

  12. Karina Karina dice:

    Hola Paula, muchas gracias por tus claras respuestas. Mi consulta esta vez, tiene que ver con el pago del sueldo neto a la empleada, yo del bàsico debo deducir las cargas sociales y ART o solo las cargas sociales??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Karina.
      Solo le tenés que deducir la parte del aporte del trabajador (los 233 que van a la obra social en el caso del aporte completo)
      Slds

  13. Nacho Nacho dice:

    Hola Paula, de nuevo, excelente tu blog 🙂

    Sabés si hay que pagar algún aporte por aguinaldo? Vi blogs que dicen que cada 2 medios aguinaldos debería pagarse otro mes. Pero el formulario online no veo nada especial para eso.

    Por otra parte.. Alguna ART para recomendar? Estoy pagando y aún no tengo ninguna asignada. Quisiera saber de alguna sencilla para trámites y que responda.

    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Nacho,
      El pago de los aportes es por mes calendario (no se paga nada extra por aguinaldo).
      de las ART hay un listado de la superintendencia (www.srt.gob.ar). Si tenés un productor de seguros (para el auto o la casa) te recomiendo consultarle, si no buscar alguna que tenga sucursales donde vivís.
      Slds.

  14. SEBA SEBA dice:

    HOLA QUISIERA SABER CUAL ES EL IMPORTE TOTAL A PAGAR A EMPLEADA DOMESTICA POR MES Y SI DEL TOTAL SE DESCUENTAN UNA PARTE DE LOS APORTES.-

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Seba,
      En esta nota tenés los valores nuevos de 2014 y los que regirán desde el pago de enero de 2015 (en febrero): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
      Slds.

  15. sara cura sara cura dice:

    trabajo en varias casas, yo me pago mi monotributo, como tengo que hacer ahora, no entiendo . soy mi propia empleadora presto mi servicio

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Sara,
      En realidad, el régimen del servicio doméstico es para el trabajo en forma regular y habitual. Si trabajás de vez en cuando en una casa, y luego en otra, podés ser monotributista como hasta ahora. En este caso, el régimen es distinto.
      Slds.

  16. Gisela Bell Gisela Bell dice:

    hola buenas tardes me podrian informar por favor cuanto es lo que se debe pagar en el formulario 575 en el impuesto contribuciones de seguridad social impuesto 351 concepto 896 subconcepto 896 que es diferencian de aportes y adherentes y el impuesto 302 que es obra social concepto 895 y el subconcepto 895 diferencia de aportes y adherentes.el sueldo es de $1.200 y las horas son menos de 12 muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gisela,
      En el formulario 575 tenés que pagar las diferencias entre el aporte obligatorio (según las horas) y el total.
      Mirá en esta sección, un instructivo para el nuevo formulario 575/RT: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/formularios/
      Si querés ver el monto de los aportes, mirá aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/07/Aportes-servicio-dom%C3%A9stico-AFIP-2014.pdf Recordá que el aporte es la parte que va a la obra social y las contribuciones van a la jubilación.
      Slds.

  17. mabel noemi miglianelli mabel noemi miglianelli dice:

    Hola tengo una señora en blanco hace 4 años. Concurre martes y viernes, 10 horas semanales.(5hs por día). Desde ese entonces cumplimento Formularios 102 y 575. Actualmente con la modificacion por la incorporacion de ART. En el formulario 575 en OBRA SOCIAL (diferencia de aportes y adherentes)pago $ 137 teniendo en cuenta las horas trabajadas ( por indicación de la contadora de mi esposo) Pero cuando la señora ha ido a la O Social que eligió en Bahía Blanca le han cuestionado el importe.Ella no trabaja en otro lado. Mi inquietud es saber si con todas las modificaciones que hubo hay que pagar lo mismo que si trabajara mas de 16 horas. O la diferencia ( sumada a los $137)la tiene que abonar la señora. Se han suscitado discusiones entre la empleada de la OS y la señora y yo en el medio sin saber si hay algún error.Tengo entendido que lo mío, pagarle una OS, ha sido voluntario.( 575). ¿O ahora es obligatorio? Incluso le abono el SAC y le doy vacaciones aunque entra, por modalidad de trabajo, dentro del grupo de personal autónomo. El SAC lo detallo en el formulario 102. Les agradecería me clarifiquen, nadie sabe nada y yo quiero las cosas claras. Muchas gracias
    Observacion: Es mi esposo quien la tiene registrada en la AFIP

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mabel,
      A partir del año pasado, con la nueva ley, todas las empleadas tienen que tener vacaciones, aguinaldos, feriados, etc. Además, tiene que estar registrada en la AFIP (Esto es muy importante).

      Volviendo a tu consulta sobre la obra social, hay un monto que es obligatorio (según las horas de trabajo), que tiene que ingresar el empleador pero que una parte es contribución patronal pero el resto (destinado a la Obra social) es aporte del trabajador (o sea que se descuenta del sueldo bruto). Ahora bien, si la empleada quiere tener cobertura de salud tiene que ingresar la diferencia entre el aporte obligatorio y $ 233 (los 137 eran antes, subió desde septiembre). Eso es una opción de la empleada y supuestamente el trámite lo tiene que hacer ella (y pagar, claro).
      lo mismo si quiere incluir familiares, tiene que pagar 233 por cada uno por mes.
      slds.

  18. Karin Karin dice:

    Hace más de una semana les dejé un post y sigo sin novedades. Gracias por nada, supongo.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Karin,
      Tené paciencia porque soy una sola persona para responder muchísimas consultas. Las voy respondiendo empezando por orden, en la medida que puedo.
      Gracias por la comprensión.

      1. alberto Luque alberto Luque dice:

        Paula deberias cobrar para que no te pase que encima que es gratis te basureen

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Sí. Estuve tentada a hacerlo, pero preferí responder para dejar en evidencia a gente que se desubica…

          Igual, creo que la mayoría valora lo que hago y prefiero que siga siendo así, brindar un servicio (y tratar de financiarlo de otra forma).
          Gracias por tus palabras, siempre viene bien un reconocimiento!

  19. Ricardo Ricardo dice:

    Buenos días, venía pagando todos los meses el impuesto 351 – 896 – 896 de $ 23.-. Lo confeccionaba a mano con el F575 B. En el banco no me lo pueden cobrar, que debo hacer? Sigue vigente esto? o cambió con el nuevo 102 RT que ya aboné.
    Atte.-

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Ricardo,
      Ahora el formulario es el 575/RT. Es similar al anterior, pero tenés que recalcular las diferencias con los nuevos aportes (mirá los aportes acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/ y los nuevos formularios acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/).
      slds.

  20. Cecilia Cecilia dice:

    Como se paga este formulario y donde?
    En el Banco me dicen que no lo pueden cobrar porque el sistema no esta habilitado.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Cecilia,
      Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  21. Olga Olga dice:

    ¡Qué complicado todo…! me da ganas de no tener más empleada. Estoy hace 3 horas tratando de lograr el formulario. Qué incapaces los que meten esto en al PC. ¡HÁGANLA FÁCIL…acobardan. Y yo una vez fui a AFIP a preguntar si había llenado bien el form y la empleada me contestó: Ah…qué se yo…

  22. Fernando Fernando dice:

    Hola Paula, como estás? Muchas gracias por la página, me ayudan mucho todas tus notas. Tengo una duda que no puedo aclarar completamente todavía. Mi empleada que trabaja en casa desde hace 1 año es extranjera y la tengo inscripta con el número de CUIL que tenía en el momento que empezó de manera provisoria, empezando con 62 millones. En mayo de este año le dieron el CUIL definitivo que empieza con 95 millones. En ese momento llamé al 0800 de la AFIP para preguntar cómo hacía y me dijeron que esperara que solo se tenía que actualizar en el sistema. A mi en la página de AFIP desde donde le genero el recibo y pago los aportes me sigue figurando con el 62 millones y mi duda es si no tengo que dar de baja en este sistema a mi empleada con el número viejo e inmediatamente darle el alta con el número nuevo o si espero que se corrija solo.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      La verdad que no conozco cómo hace la AFIP en ese caso, pero supongo que si te dijeron que el cambio es automático (de hecho, el reemplazo del número te lo dieron ellos) debe ser así. Te recomiendo esperar un poco más y, si no se modifica más adelante, volver a insistir.
      Slds.

  23. luciana luciana dice:

    No puedo generar el recibo de pago se habra cambiado algo con esto de la art no es lo mismo cuando entro a la pagina de afip

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Luciana,
      Volvé a insistir porque yo pude generar el VEP desde la página de Afip. Si no, podés hacerlo en forma manual, te dejo esta nota sobre el nuevo formulario: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  24. Paula Martinez Paula Martinez dice:

    Estimados, en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/ está el detalle del nuevo formulario para pagar aportes y ART.

  25. virgiinia virgiinia dice:

    Hola, tengo un problema con la obra social de adherente. El mes de septiembre aumento de $100 a $133, son saberlo, pague $100. Ahora quiero pagar los $33 de diferencia mas los intereses pero no se como, tengo el F.575, pero no se como llenarlo, ayuda! mi hijo no puede quedarse sin la cobertura! tiene diabetes tipo1. llame a Ospac pero no me atienden. Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Virginia,
      Por cada adherente son $ 233 mensuales. La diferencia entre este monto y lo que pagaste lo tenés que abonar en el F575.
      slds.