Impuestos

Monotributo: montos a pagar y límites en 2019

09/01/2019

monotributo-valores-aportes-recategorizacion

Desde enero, cambian los aportes y los límites de las categorías. Se deben tener en cuenta los nuevos valores para saber si hay que cambiar. Todo lo que hay que considerar este año.

En el año fiscal 2019, a partir del primer mes, rigen nuevos parámetros para el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

Tanto los límites de cada categoría, los topes máximos de facturación para permanecer en el Monotributo, como los montos de aportes a la jubilación y la obra social o el impuesto integrado suben en forma automática un 28,46% respecto a los valores de 2018.

Esto significa que, ahora, un monotributista puede quedar encuadrado en otra categoría, incluso podría ser menor y pagar un aporte mensual más bajo.

Estos son los nuevos parámetros para 2019 que publicó la AFIP. Si querés ver los valores de años anteriores ingresá en el sitio del organismo.

Categorías Ingresos Brutos anuales Superficie afectada Energía Eléctrica Consumida Anualmente Alquileres Devengados Anualmente
A 138.127,99 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw 51.798,00
B 207.191,98 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw 51.798,00
C 276.255,98 Hasta 60 m2 Hasta 6700 Kw 103.595,99
D 414.383,98 Hasta 85 m2 Hasta 10000 Kw 103.595,99
E 552.511,95 Hasta 110 m2 Hasta 13000 Kw 129.083,89
F 690.639,95 Hasta 150 m2 Hasta 16500 Kw 129.494,98
G 828.767,94 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 155.393,99
H 1.151.066,58 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
I 1.352.503,24 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
J 1.553.939,89 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
K 1.726.599,88 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98

Recategorización semestral

El 21 de enero vence la primera recategorización semestral de 2019 y ya se puede realizar. La segunda será hasta el 22 de julio.

¿Quién tiene que recategorizarse? Sólo aquellos que tengan que cambiar de escalón, hacia arriba o hacia abajo. Si se mantienen en el mismo nivel, no tienen que hacer nada.

Recordá que la AFIP, en base a cruces de datos que tiene, puede recategorizar de oficio a los monotributistas mal encuadrados.

¿Qué período tengo que tomar? Para ver el encuadramiento, hay que sumar la facturación anual de los 12 meses previos a la recategorización. En el vencimiento de enero, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018. En el de julio, desde el 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019.

Cuota mensual

¿Cuándo me cobran los nuevos aportes? La cuota de la nueva categoría comienza a vencer al mes siguiente, es decir en febrero o agosto, según corresponda.

Los montos mensuales del impuesto integrado y los aportes mensuales a la obra social y la jubilación son los siguientes para 2019.

Monotributo. Montos a pagar
Infogram

¿Cómo realizo el trámite? Mirá el video tutorial con el paso a paso de la recategorización:

Exclusión del Monotributo

Para 2019, los pequeños contribuyentes que realicen prestaciones de servicios o locaciones y superen una facturación anual de $ 1.151.066,58 en los 12 meses previos, tienen que pasar a tributar en el Régimen General e inscribirse en IVA, Ganancias y autónomos (si corresponde).

Para quienes venden cosas muebles (comerciantes), el tope de ingresos brutos anuales es de $ 1.726.599,88.

La AFIP excluye de oficio a quienes se pasen de estos topes.

Factura electrónica

En 2019 terminarán de incorporarse al cronograma de emisión de comprobantes electrónicos obligatorios los responsables del Monotributo de las categorías más bajas.

El cronograma del año es el siguiente:

Categoría C: desde el 1 de febrero.

Categoría B: desde el 1 de marzo.

Categoría A: desde el 1 de abril.

Los monotributistas sociales no están obligados a emitir factura electrónica.

Quienes venden al público en forma masiva recién pueden seguir con facturación manual hasta el 31 de marzo de 2019.

Métodos. Los comprobantes electrónicos se pueden emitir con:

  • Factura electrónica: herramienta Comprobantes en Línea (sitio web de AFIP) o Facturador móvil (celular).
  • Tiquet: herramienta Controlador Fiscal.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

76 respuestas a “Monotributo: montos a pagar y límites en 2019”

  1. marcos dice:

    Hola, soy monotributista categoria B y el monto anual es 312 mil en bruto, aprox,.. Mi consulta es, yo puedo facturar solamente hasta ese monto? es decir por ejemplo 10 facturas de 31 mil en el año? No importa si en esos meses gasto el % 50 de gastos fijos?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para el tope de cada categoría se toman los ingresos brutos (es decir, la facturación sin ningún tipo de descuento). Si superás el límite de tu escalón, te tendrás que recategorizar a una categoría más alta.

      • Roxana dice:

        Hola! Te consulto así me queda claro. Trabajo en relación de dependencia, puedo ser monotributista también?

        • Paula Martinez dice:

          Hola.
          Sí, por supuesto. En ese caso, en el Monotributo pagás solamente la parte impositiva (no te cobran ni OS ni aporte jubilatorio). Fijate que hay que ponerlo expresamente en la Afip al momento del alta del Monotributo.

  2. German dice:

    Hola Paula, a partir de Enero del 2020 el monto máximo de facturación anual de categoría H se toma el anual de la nueva tabla? ejemplo: de Febrero 2019 a Enero 2020 no debe pasar los $1.739.493? o los meses del 2019 se toman con el tope de la tabla del año anterior? gracias!

  3. Andy dice:

    Hola, Paula! En las tablas del monotributo hay un valor de facturación aproximada mensual. Si me excedo de ese valor pero en otros meses facturo menos (es decir que en el año mantengo mi facturación total por debajo del límite de mi categoría) hay algun problema? Es decir, es taxativo ese limite mensual?
    Gracias!

  4. Estela dice:

    Hola Laura .mi marido es monotributo categoría G..no podíamos pagar más durante 8 meses hace una semana que abonamos todos los los meses que debíamos …lo que quiero saber si es que el Anses me tiene que pagar los meses que no podía cobrar más

    • Paula Martinez dice:

      Hola Estela. Consultá en la Anses. Me parece que no paga retroactivo, pero no sé en este caso.

  5. Rebeca Alfaro dice:

    buenas tardes, 2018 y hasta mayo de 2019 facturaba $ 7400 por mes. En mayo me duplicaron las hr de trabajo y por lo tanto el sueldo. Soy monotributista social y todavia no hice la recategorizacion. Corresponde q lo haga ? Excedo el limite de facturacion anual?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Rebeca.
      Para cambiar de categoría, lo que se toma en consideración son los ingresos de los últimos 12 meses. Como monotributista social no podés superar la facturación de la categoría A (fijate en el cuadro).

  6. Luis Diaz dice:

    Hola buen día. Tengo 28 años de aportes en la industria automotriz y con 58 años me dan la prejubilación. Hasra los 65 años. Puedo completar los 30 años como monotributista?. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luis.
      Sí podés, pero te acinsejo que consultes con un especialista previsional para que no te baje mucho la jubilación con esa alternativa.

  7. Ruben dice:

    Hola, mi hermano está inscripto en monotributo, categoría A. Como se inscribe en IIBB? tiene que hacerlo o con el monotributo ya está como corresponde para servicios administrativos, fotocopiado y archivo. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Rubén.
      Ingresos Brutos es un impuesto provincial y depende de cada provincia el régimen.
      En algunas jurisdicciones (Córdoba, Mendoza, Río Negro, Jujuy y se irán agregando otras) está el Monotributo Unificado. En este caso, cuando uno se inscribe en el Monotributo, automáticamente te dan de alta en IIBB y te aplican la cuota mensual que corresponde a la categoría.
      En el resto de las provincias, el trámite hay que hacerlo por separado en la Dirección de Rentas. Te sugiero que consultes con tu contador para que te asesore en tu caso. Slds.

  8. sergio dice:

    Hola, soy monotributista y no se que % debo pagar de ingresos brutos. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sergio.
      Ingresos Brutos es un impuesto provincial y depende de cada provincia el régimen.
      En algunas jurisdicciones (Córdoba, Mendoza, Río Negro, Jujuy y se irán agregando otras) está el Monotributo Unificado. En este caso, cuando uno se inscribe en el Monotributo, automáticamente te dan de alta en IIBB y te aplican la cuota mensual que corresponde a la categoría.
      En el resto de las provincias, el trámite hay que hacerlo por separado en la Dirección de Rentas. Te sugiero que consultes con tu contador para que te asesore en tu caso. Slds.

  9. Sandra dice:

    Hola Paula, gracias por la información.
    Te hago una consulta.

    1) Si me hago monotributista mañana (12 de octubre) cuándo empiezo a pagar la primera cuota? a qué mes correspondería?

    2) El «año» que tengo que considerar para no pasarme de facturación para permanecer en mi categoría corresponde al «año fiscal» (1 de enero a 31 de diciembre), o a los 12 meses que empiezan a partir de que me hago monotributista (12 de octubre del 2019 al 12 de octubre del 2020)?

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Sandra.
      El aporte del Monotributo se paga el mes en curso y vence el 20. Entonces, tendrías que abonarlo antes de ese día de octubre.
      Para la recategorización se toman los 12 meses previos (enero a diciembre o julio a junio, según sea la de enero o la de julio).
      Lo que tenés que ver en cada factura (también los 12 meses previos) es para seguir en el régimen, esto es relevante cuando estás en la categoría más alta.
      Espero que te sirva. Saludos,

  10. Ana Lidia dice:

    Hola Paula, en el caso de una profesional inscripta en monotributo desde hace años y ahora paralelamente a la profesión va a vender libros usados y algunas otras cosas. Puede mantenerse en el monotributo, y en caso afirmativo cual sería la cuota, la de venta de cosas muebles o la profesional?
    Muchas gracias desde ya.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Ana.
      Sí podés ser monotributista si tenés hasta 3 actividades distintas. Tendrías que pagar como venta de cosas muebles.
      Cualquier duda, consultá antes con un contador. Un saludo,

  11. Graciela dice:

    Buen dia. Como puedo inscribir a mis hijos para q trabajen conmigo soy categoria E. Son mayores de 18 los 2. Gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Graciela.
      Los podés tener como monotributistas. En ese caso, se pueden inscribir cada uno en la Afip y pagar los aportes.
      La otra opción es tenerlos como empleados pero es más caro y más complicado; en este caso, sí o sí, necesitás un profesional que te asesore y realice los pagos y presentaciones mensuales.
      Acá podés ver lo referente al Monotributo, no es complicado pero te conviene consultar a un contador aunque sea, la primera vez, para encuadrarte como corresponde: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-como-es/
      Slds

  12. leanardo dice:

    Hola tengo una duda: Para estar en determinada categoria siempre el calculo es anual de facturacion o es en promedio mensual? o sea si ejemplo si la categoria x es de 240.000 anual de limite… mes a mes no puedo excederme de 20.000? (12×20.000) o durante ese año puedo facturar 50.000 un mes 10.000 otros 60.000 otro y asi…. sin pasarme de 240.000 limite de categoria!!! gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Siempre es el acumulado de los 12 meses previos (se toma así porque se considera que los ingresos pueden variar de un mes a otro, o cobrar varios meses juntos, por ejemplo). En estos casos, la obligación de recategorizarse es dos veces al año, en julio y enero.
      Lo que tenés que seguir muy de cerca es si estás en la categoría más alta, cada factura hay que ver si el monto anual no se pasa para no quedar excluido de oficio: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-como-evitar-exclusion-afip/

  13. Jhonivel dice:

    Hola buen dia, una consulta, me di de alta en agosto soy categoria D pues en un principio iba a facturar ese primedio, Pero ahora estoy facturando 120.000 pesos mensuales aproximadamente. Me puedo recategorizar en enero sin problemas? Puedo tener consecuencias por eso? Como excluirme?7

  14. Matías dice:

    Hola. Soy monotributista categoría C. Cuál es el precio unitario máximo? Muchas gracias

  15. Cecilia Flores dice:

    Buenas tardes Paula. Me podrías decir cuánto me cobran la categoría C del Monotributo si también soy empleada en relación d e dependencia? Y la categoría B.
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Fijate los valores en el cuadro que está en esta nota. Lo que tendrías que pagar es sólo la parte impositiva (no te van a cobrar ni el aporte jubilatorio ni la obra social). Slds,

      • Melanie dice:

        Hola, buen día! Tengo varias consulta respecto a mi monotributo. Soy categoría D, el límite de monto de facturación es mensual o anual? Es decir, yo había sacado en promedio que iba a facturar aproximadamente $36000 mensual, por eso automáticamente desde la página (cuando me hice monotributista) me pusieron en categoría D. Pero resulta que hay meses que no facturo y otros que si, aunque jamás llegue a facturar $36000 al mes. Ahora tengo que hacer dos facturas que hacen la suma de $52000, ¿me afecta en algo?.

  16. Gustavo Castiella dice:

    Hola. Para pasar de categoria qué se tiene en cuenta, el monto facturado o el monto cobrado en los últimos doce meses? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Se tiene en cuenta el monto facturado (recordá que ahora es factura electrónica) en los últimos 12 meses. No importa cuándo lo cobrás. Slds.

    • Rocio dice:

      Hola Paula, debo hacer un monotributo a mí Madre, porque con los años que tiene de aporte no se puede jubilar y nosé que rubro o categoría debo hacerle. Desde ya Gracias

      • Paula Martinez dice:

        Hola. Te sugiero que consultes antes a un previsionalista para que te asesore bien, por ahí podés ingresar a una moratoria o algo así.

  17. Miguel dice:

    Hola , quisiera saber cómo tributar con una actividad de entretenimiento, una banda de cumbia cover, y estamos tocando pero ahora nuestros clientes nos están exigiendo factura.
    Aproximadamente facturamos entre 30.000 un mes, otro mes 15.000, otro mes nada, y en época festiva hasta 80.000.
    Podemos inscribirnos en algún monotributo. Y que actividad tenemos que elegir?

    Todos Trabajamos en relación de dependencia. Esta sería una segunda actividad aparte , y no queremos pagar aportes provisionales xq ya nos estan descontando del trabajo.

    Aunque no es mucha plata ,no queremos tener problemas a la hora de ponerla en el banco . Ahí alguna forma de poder facturar?

    Saludos desde jujuy

    • Paula Martinez dice:

      Hola Miguel
      Sí, podés inscribirte en el Monotributo, en la categoría que corresponda según la facturación estimada.
      Lo que tenés que considerar es que ya no se pueden inscribir más sociedades, solamente es para personas físicas. Lo que pueden hacer es facturar uno solo o sacar todos monotributo e ir turnándose (para no pasarse del límite).
      En cuanto a la actividad, puede ser de servicios, pero cuando te inscribas fijate bien. Te sugiero que consultes un contador que te asesore para la inscripción y que vea si tenés que pagar Ingresos Brutos en la provincia o algún impuesto municipal por esa actividad.
      Por los aportes, si están en relación de dependencia, por el monotributo solamente les van a cobrar la parte del impuesto (no los aportes).
      Un saludo,

    • Julio dice:

      Soy trabajador temporario y quiero hacerme monotributista cuanto tengo q pagar durante q este blanqueado

      • Paula Martinez dice:

        Hola. Fijate en los cuadros que están en esta nota. Depende de tu categoría que, a la vez, depende de cuanto vas a cobrar en el año.

  18. Claudio dice:

    Hola, yo soy categoria E
    Quisiera saber si puedo hacer una factura de 50 mil pesos?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que tenés que tener cuidado es no pasarte de categoría ni del límite máximo del Monotributo en los últimos 12 meses calendario. Si llegara a pasar, te van a recategorizar o excluir de oficio (te pasan a régimen general) y te va a quedar una deuda por la diferencia.

  19. Marcela dice:

    Hola puedo dar de alta el monotributo trabajador promovido. Sólo a efectos se realizar aportes jubiatorios. En este caso no estoy obligada a emitir factura electronica verdad. Por q el alta no es por q desarrollo una actividad sino sólo para efectuar aportes? En este caso solo efectuados pagos a cuenta? Sin presentaciones

  20. Victoria dice:

    Hola! Me tengo que inscribir y no se cómo calcular el monto de la facturación anual. En el Trabajo me piden que me inscriba. Calculo el monto de lo que me pagan x 12 y listo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, es así. Si todavía no cobraste, se toma un estimado en base al ingreso del mes. Si ya facturaste, tomá los 12 meses anteriores.

  21. barbara dice:

    buenas, mi mamá comercia y brinda servicios, pero son «changas» no es que tiene una gran facturación. Si o si, debe inscribirse en la categoría K para figurar como comerciante? Porque le conviene figurar así ya que compra en mayoristas los insumos para los productos que elabora

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los comerciantes pueden estar en cualquier categoría (desde la A), según su facturación.

  22. Viviana gentile dice:

    Hola, debo inscribirme en monotributo para poder jubilarme ta que me faltan años de aportes, en que categoría entro? Cual es el importe mensual?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Todo depende de cuál es tu nivel de ingresos o facturación.
      En cualquier caso, podés empezar por la categoría más baja y luego ajustarla. Fijate que en la nota está el cuadro con las categorías y montos a pagar.

  23. Omar kiriazon dice:

    Hola. Trabajo de seguridad. Y m piden q me haga monotributista .cuanto tengo q pagar yo por mes de monotributo .muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que se debe pagar depende de los ingresos de los últimos 12 meses. Fijate en el cuadro de cada categoría. Cuando te inscribas en el Monotributo te preguntan la facturación estimada y en base a eso te asignan una categoría. Slds.

      • Daniel huenteñanco dice:

        Hl hasta cuanto puede facturar el monotributo social miro la tabla y no la entiendo

  24. Ana dice:

    Hola! quisiera saber si aplica que me inscriba como monotributista en el caso de querer emitir factura por un servicio específico que solo brindaré por única vez – Trabajo en relación de dependencia y tengo que dar un entrenamiento fuera de mi trabajo por el cual me piden facturar, pero solo va a ser en esta ocasión.

    Y si tengo que facturar como monotributista, debo pagar los conceptos mensuales de obra social y jubilación? ya pago estos conceptos en mi trabajo actual en relación de dependencia.

    gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Podés inscribirte como monotributista pero recordá que tenés que hacer aportes todos los meses mientras esté vigente. Si después de facturar no lo necesitás más, lo mejor es darte de baja.
      En cuanto a la cuota mensual, si ya aportás en relación de dependencia, el Monotributo se paga sólo la parte del impuesto, no los aportes jubilatorios ni obra social. Slds.

  25. Celeste Rebak dice:

    Hola. Además del monotributo que se paga mensualmente, ¿qué otro impuesto hay que pagar estando en la categoría K?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Depende de dónde vivas y de tu actividad. En algunas provincias (Córdoba, Mendoza, y se sumarán más) está el Monotributo Unificado que tiene incorporado el pago de Ingresos Brutos. En estos casos, no tenés que hacer nada más porque te dan de alta automático en Rentas.
      Pero, hay otros lugares (CABA, provincia de Buenos Aires) que no está unificado. En este caso, tenés que ver si te corresponde tributar IIBB según tu actividad. Tené en cuenta que algunas están exentas y otras no, y cada jurisdicción es diferente.
      Te sugiero que consultes con un contador que te asesore para tener todo en regla.

      • Federico dice:

        Hola muy buena la información!
        Si yo tuviera que emitir una factura ahora por un importe que supera el monto máximo de mí categoría, me tengo que recategorizar antes de facturar? Me puedo recategorizar después, pero antes de Enero 2020? Puedo esperar a enero 2020? O directamente no puedo facturar?
        Gracias!!

        • Paula Martinez dice:

          Hola.
          No hace falta que te recategorices hasta enero. Lo que sí tenés que tener cuidado es no pasarte del máximo del Monotributo porque ahí sí te excluyen en cualquier momento (si sumás 12 meses por arriba del tope).
          Una opción es la Modificación del monotributo, no es recategorización, pero cambiando los datos de tu situación y tu ingreso, te cambian de categoría con efecto desde ese momento (en realidad, desde el mes siguiente).
          Slds.

  26. cynthia dice:

    hola tengo que hacer el monotributo para tener una obra social y no entiendo. alguien me puede explicar como fnciona el monotributo

  27. Macías Maria dice:

    Hola quisiera saber yo tengo una pensión no contributiva y quiero saber si puedo y me ofrecieron para trabajar de cuidadora social puedo adquirir el monotributo social cuanto es el monto anual de monotributo social

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Creo que sí podés, pero por las dudas consultá con la Anses o el organismo que te paga la pensión.

  28. Hola. Hay algún tope mínimo máximo mensual para la categoría A? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate que en la nota hay un cuadro con el límite de cada categoría.

  29. Abel dice:

    Hola buenas tardes!! Soy categoría C y quería consultar. Cuánto debo abonar ahora en Marzo 2019. Y que beneficios tengo. Muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Todo el año se paga lo mismo. Los valores de esta nota rigen hasta diciembre (salvo que cambies de categoría en julio). Slds.

      • Mariela dice:

        Hola, en categoría d de locación de servicios, se tiene en cuenta la facturación mensual ó solo la facturación anual? Es decir si realizo una factura de 100.000$ un mes, y en los próximos no facturó más de 10.000$, y no pasó el tope anual de 414.383$, puedo hacerlo?
        Gracias!

  30. Hola , muy buena la página. ¿Es requisito para la categoría K (comercio) tener empleados?
    Muchas gracias
    José

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No, desde 2017 ya no es obligatorio tener empleados en ninguna de las categorías. Slds.

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