Impuestos

Monotributo: montos a pagar y límites en 2019

09/01/2019

Se deben tener en cuenta los nuevos valores para saber si hay que cambiar de categoría, un trámite que vence el 21 de enero. Todo lo que hay que considerar este año.


monotributo-valores-aportes-recategorizacion

Desde enero, cambian los aportes y los límites de las categorías. Se deben tener en cuenta los nuevos valores para saber si hay que cambiar. Todo lo que hay que considerar este año.

En el año fiscal 2019, a partir del primer mes, rigen nuevos parámetros para el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

Tanto los límites de cada categoría, los topes máximos de facturación para permanecer en el Monotributo, como los montos de aportes a la jubilación y la obra social o el impuesto integrado suben en forma automática un 28,46% respecto a los valores de 2018.

Esto significa que, ahora, un monotributista puede quedar encuadrado en otra categoría, incluso podría ser menor y pagar un aporte mensual más bajo.

Estos son los nuevos parámetros para 2019 que publicó la AFIP. Si querés ver los valores de años anteriores ingresá en el sitio del organismo.

Categorías Ingresos Brutos anuales Superficie afectada Energía Eléctrica Consumida Anualmente Alquileres Devengados Anualmente
A 138.127,99 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw 51.798,00
B 207.191,98 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw 51.798,00
C 276.255,98 Hasta 60 m2 Hasta 6700 Kw 103.595,99
D 414.383,98 Hasta 85 m2 Hasta 10000 Kw 103.595,99
E 552.511,95 Hasta 110 m2 Hasta 13000 Kw 129.083,89
F 690.639,95 Hasta 150 m2 Hasta 16500 Kw 129.494,98
G 828.767,94 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 155.393,99
H 1.151.066,58 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
I 1.352.503,24 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
J 1.553.939,89 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98
K 1.726.599,88 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw 207.191,98

Recategorización semestral

El 21 de enero vence la primera recategorización semestral de 2019 y ya se puede realizar. La segunda será hasta el 22 de julio.

¿Quién tiene que recategorizarse? Sólo aquellos que tengan que cambiar de escalón, hacia arriba o hacia abajo. Si se mantienen en el mismo nivel, no tienen que hacer nada.

Recordá que la AFIP, en base a cruces de datos que tiene, puede recategorizar de oficio a los monotributistas mal encuadrados.

¿Qué período tengo que tomar? Para ver el encuadramiento, hay que sumar la facturación anual de los 12 meses previos a la recategorización. En el vencimiento de enero, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2018. En el de julio, desde el 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019.

Cuota mensual

¿Cuándo me cobran los nuevos aportes? La cuota de la nueva categoría comienza a vencer al mes siguiente, es decir en febrero o agosto, según corresponda.

Los montos mensuales del impuesto integrado y los aportes mensuales a la obra social y la jubilación son los siguientes para 2019.

Monotributo. Montos a pagar
Infogram

¿Cómo realizo el trámite? Mirá el video tutorial con el paso a paso de la recategorización:

YouTube video

Exclusión del Monotributo

Para 2019, los pequeños contribuyentes que realicen prestaciones de servicios o locaciones y superen una facturación anual de $ 1.151.066,58 en los 12 meses previos, tienen que pasar a tributar en el Régimen General e inscribirse en IVA, Ganancias y autónomos (si corresponde).

Para quienes venden cosas muebles (comerciantes), el tope de ingresos brutos anuales es de $ 1.726.599,88.

La AFIP excluye de oficio a quienes se pasen de estos topes.

Factura electrónica

En 2019 terminarán de incorporarse al cronograma de emisión de comprobantes electrónicos obligatorios los responsables del Monotributo de las categorías más bajas.

El cronograma del año es el siguiente:

Categoría C: desde el 1 de febrero.

Categoría B: desde el 1 de marzo.

Categoría A: desde el 1 de abril.

Los monotributistas sociales no están obligados a emitir factura electrónica.

Quienes venden al público en forma masiva recién pueden seguir con facturación manual hasta el 31 de marzo de 2019.

Métodos. Los comprobantes electrónicos se pueden emitir con:

  • Factura electrónica: herramienta Comprobantes en Línea (sitio web de AFIP) o Facturador móvil (celular).
  • Tiquet: herramienta Controlador Fiscal.

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Descubre más desde Mi Presupuesto Familiar

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.


Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

76 comentarios

  1. marcos marcos dice:

    Hola, soy monotributista categoria B y el monto anual es 312 mil en bruto, aprox,.. Mi consulta es, yo puedo facturar solamente hasta ese monto? es decir por ejemplo 10 facturas de 31 mil en el año? No importa si en esos meses gasto el % 50 de gastos fijos?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para el tope de cada categoría se toman los ingresos brutos (es decir, la facturación sin ningún tipo de descuento). Si superás el límite de tu escalón, te tendrás que recategorizar a una categoría más alta.

      1. Roxana Roxana dice:

        Hola! Te consulto así me queda claro. Trabajo en relación de dependencia, puedo ser monotributista también?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola.
          Sí, por supuesto. En ese caso, en el Monotributo pagás solamente la parte impositiva (no te cobran ni OS ni aporte jubilatorio). Fijate que hay que ponerlo expresamente en la Afip al momento del alta del Monotributo.

  2. German German dice:

    Hola Paula, a partir de Enero del 2020 el monto máximo de facturación anual de categoría H se toma el anual de la nueva tabla? ejemplo: de Febrero 2019 a Enero 2020 no debe pasar los $1.739.493? o los meses del 2019 se toman con el tope de la tabla del año anterior? gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Germán.
      A partir de enero se toman los nuevos valores de la categoría en la que estás. Si te recategorizás, la nueva categoría la vas a abonar en el vencimiento de febrero. En cuanto a lo que preguntás sobre el tope máximo, ya empieza a regir en enero el límite de 1,7 millones en los 12 meses anteriores.
      Mirá más info con los nuevos montos acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-7-preguntas-sobre-los-montos-a-pagar/
      Saludos y feliz año!

  3. Andy Andy dice:

    Hola, Paula! En las tablas del monotributo hay un valor de facturación aproximada mensual. Si me excedo de ese valor pero en otros meses facturo menos (es decir que en el año mantengo mi facturación total por debajo del límite de mi categoría) hay algun problema? Es decir, es taxativo ese limite mensual?
    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Andy,
      El tope de cada categoría es para el acumulado de los 12 meses anteriores (anual).
      No importa si un mes facturás más y otro menos (o si todo tu ingreso se concentra de una sola vez).
      Tené en cuenta el tope máximo y los límites de recategorización anual. Mirá más detalles en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-7-preguntas-sobre-los-montos-a-pagar/

  4. Estela Estela dice:

    Hola Laura .mi marido es monotributo categoría G..no podíamos pagar más durante 8 meses hace una semana que abonamos todos los los meses que debíamos …lo que quiero saber si es que el Anses me tiene que pagar los meses que no podía cobrar más

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Estela. Consultá en la Anses. Me parece que no paga retroactivo, pero no sé en este caso.

  5. Rebeca Alfaro Rebeca Alfaro dice:

    buenas tardes, 2018 y hasta mayo de 2019 facturaba $ 7400 por mes. En mayo me duplicaron las hr de trabajo y por lo tanto el sueldo. Soy monotributista social y todavia no hice la recategorizacion. Corresponde q lo haga ? Excedo el limite de facturacion anual?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Rebeca.
      Para cambiar de categoría, lo que se toma en consideración son los ingresos de los últimos 12 meses. Como monotributista social no podés superar la facturación de la categoría A (fijate en el cuadro).