¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.
¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.
Denominado Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, el Monotributo está destinado a personas o sociedades irregulares con bajo nivel de ingresos o facturación.
Permite integrar en un sólo aporte los pagos por la cobertura de salud, la jubilación y los impuestos nacionales.
Pueden ingresar al Régimen Simplificado las personas que presten servicios, realicen alquileres, ejecuten obras o efectúen una actividad comercial de venta, incluso del sector agropecuario. También los integrantes de cooperativas de trabajo.
En el caso de sociedades, no pueden ser más monotributistas desde junio de 2018. Antes, debían tener hasta 3 socios y no ser regulares (sociedades de hecho o irregulares).
Requisitos. Para ingresar y permanecer en el Monotributo, la persona humana debe cumplir con todas estas condiciones:
a) Sus ingresos brutos no deben ser mayores a $ 1.151.066,58 en 2019 ($ 896.043,90 en 2018) . Los comercios de venta de cosas muebles pueden llegar hasta los $ 1.726.599,88 ($ 1.344.065,86 hasta 2018). Desde 2018, ya no deben cumplir con la cantidad mínima de empleados de cada categoría.
Estos valores, al igual que la cuota destinada al impuesto integrado, se actualiza desde 2017, una vez al año, en septiembre, según la movilidad previsional.
b) Además de los ingresos, los monotributistas no deben superar parámetros físicos (superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica) y los alquileres establecidos (hasta $ 207.191,98 anuales para las categorías máximas, en 2019).
c) En el caso de los comercios, el precio máximo de los bienes que venda no debe ser mayor a $ 19.269,14, en 2019.
d) No tiene que haber realizado importaciones en los 12 meses anteriores. Desde junio 2018, siempre y cuando se destinen a la venta posterior.
e) No podrá realizar más de tres actividades a la vez o tener más de tres unidades de explotación (en caso de inmuebles, cada uno es una unidad).
f) Las sociedades no solo deben cumplir esos requisitos sino también cada uno de sus integrantes. Esto se eliminó desde 2018, cuando el Monotributo sólo quedó reservado para personas humanas.
Empleados en relación de dependencia. Pueden adherir al Monotributo si realizan otra actividad. No tendrán que abonar la parte correspondiente a obra social y aporte previsional, solo el impuesto integrado.
Jubilados o pensionados. También pueden adherir al régimen. Podrán seguir cobrando los haberes previsionales y no deberán abonar la parte del aporte del Monotributo correspondiente a la obra social.
Regímenes especiales. También tiene un apartado para trabajadores independientes promovidos.
El Monotributo tiene 11 escalas (categorías A a K desde 2017; hasta 2016 eran B a L), con distintos parámetros y montos de aportes impositivos.
Las categorías del Monotributo que van de A y la H se pueden inscribir los monotributistas de cualquier actividad. La primera, parte de un monto de facturación anual máxima de $ 138.127,99 ($ 107.525,27, para 2018) y la última, llega hasta $ 1.151.066,58($ 896.043,90) .
Quienes se dedican al comercio, también pueden acceder a las categorías I, J o K, pero en estos casos deben tener 1, 2 o 3 empleados, respectivamente.
PARA CONSULTAR. Categorías montos para 2019.
El trámite se realiza por Internet y se necesita tener clave fiscal. Si uno no la tiene, debe ir a una oficina de AFIP con documento para obtenerla. Además, hay que tener (o gestionar) el número de CUIT.
Con esta clave, se ingresa en la página de AFIP, en el servicio «Sistema Registral”, «Registro tributario», opción «Monotributo«. Para la inscripción hay que completar el formulario F. 184 (Nuevo Modelo), una vez confirmado, se generará una constancia y la credencial el pago, el formulario F.152). (Ver Guía Paso a Paso de Adhesión al Monotributo, de AFIP)
Monto. El aporte mensual del Monotributo se compone de una parte fija destinada a la cobertura de una obra social, el aporte jubilatorio y una parte variable para integrar los impuestos -IVA y Ganancias (impuesto integrado).
La primera es igual para todas las categorías y, en 2019, es de $ 689 para obra social. El aporte jubilatorio, a partir de enero de 2017 y dejó de ser fijo; en 2019, comienza en $ 493,31 para la categoría A y sube un 10% en cada escalón siguiente. Los empleados en relación de dependencia, los jubilados y pensionados, los profesionales que aporten a una caja profesional y los menores de 18 años no deben pagar estos dos aportes.
El impuesto integrado varía según la categoría y según la actividad. En 2019, para la primera (A) es de $ 111,81 por mes con cualquier actividad. En el caso de los servicios y alquileres, el aporte máximo es de $ 4.604,26 mensuales (categoría H) y para los comercios llega a $ 7769,7 (K).
PARA CONSULTAR. Monto a pagar por categoría en 2019.
Pago. Se puede realizar con cheques, transferencia bancaria, débito en cuenta, tarjeta de crédito o por cajero automático.
Todos los monotribustistas están obligados al pago electrónico.
Hay que contar con la credencial de pago y el Código Único de Revista (CUR), que contiene los datos del monotributista y la categoría en la cual se inscribió. Para imprimirlo, hay que volver a ingresar al sistema con clave fiscal, al servicio Monotributo y cliquear en Reimpresión de Credenciales. Ver opciones de pago.
Cada cuatro meses (en enero, mayo y septiembre) vence la recategorización del monotributo y la presentación de la declaración jurada informativa.
Recategorización. Todos los monotributistas están obligados a recalcular sus parámetros cada seis meses (hasta 2017, era cada cuatro) y, si quedan fuera de la escala donde están inscriptos, se deben recategorizar.
Para esto, hay que sumar los ingresos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres pagados en los 12 meses inmediatos anteriores, (en enero, por ejemplo, hasta diciembre del año anterior).
En julio, quien mantenga los mismos parámetros no debe realizar ningún trámite (ver «Cómo realizar la recategorización).
Septiembre. A partir de 2017, en este mes o en los siguientes (según categoría) será obligatorio una confirmación de la categoría actual o recategorización, si corresponde. Solo quedan exceptuados quienes ingresaron al Monotributo en el semestre anterior.
CONSULTÁ. Cómo es la recategorización anual obligatoria del Monotributo.
Declaración jurada cuatrimestral. La presentación era obligatoria hasta enero de 2017 en los siguientes casos:
a) monotributistas en las Categorías E, F, G, H, I, J, o K; o
b) que tengan empleados, aunque estén en otras categorías.
A partir de febrero de 2017, este trámite se eliminó pero, quien no lo presentó en su momento lo debe hacer.
Domicilio fiscal electrónico. Los monotributistas deben adherir uno para que la AFIP lo use en sus comunicaciones. El que no cumple con este trámite no podrá sacar la constancia de Monotributo.
Allí se enviarán las notificaciones oficiales y habrá que revisarlo porque la AFIP entiende que el monotributista las lee.
La AFIP realiza cruce de datos con distintas fuentes de información (cuentas bancarias, gastos, compras, etcétera). Si comprueba que estos valores no están acordes a la categoría actual, puede recategorizar al monotributista de oficio o excluirlo de pleno de derecho (si supera los límites máximos de facturación).
En el sitio web de la AFIP; a través del portal Mi Monotributo, cada pequeño contribuyentes podrá consultar la información que la AFIP conoce de él, los días martes y viernes de 0 a 24 , incluida el cambio de categoría de oficio.
Por las operaciones de ventas o servicios que realice deberá emitir facturas tipo “C”. En el caso de prestadores de servicio, pueden ser recibos tipo «C».
Si tiene un local, deberá tener exhibido en un lugar visible, su constancia de inscripción en el Régimen de Monotributo y comprobante del pago del mes en curso junto con el formulario Data Fiscal (F. 960/NM).
Factura electrónica. Desde el 1 de junio de 2017, es obligatoria para todos los adheridos al Monotributo que estén en la categoría F o superior para toda su facturación.
Para imprimir factura papel, los monotributistas tienen la obligación de pedir un código de impresión de facturas, a través de la página de la Afip, con clave fiscal.
Cobro. Para operaciones con consumidores finales, los monotributistas estarán obligados a recibir tarjeta de débito .
Desde 2016, los monotributistas pueden cobrar asignaciones familiares.
Las categorías A a H, percibirán la asignación por hijo, prenatal, por escolaridad y por hijo con discapacidad, con un monto que varía según la escala.
Para las categorías I, J, K, sólo corresponden la asignación por hijo con discapacidad y la ayuda escolar anual.
Ver montos de asignaciones para contribuyentes del Monotributo.
La baja del Monotributo puede producirse por concluir las actividades, por la renuncia o por la exclusión.
Aquí hay que tener cuidado porque los efectos no son los mismos.
El cese de actividades debe ser solicitado por el monotributista porque, si no lo hace, acumulará deudas. Si, posteriormente, vuelve a tener actividad, tiene posibilidad de reingresar.
En cambio, la renuncia al Monotributo para inscribirse en el Régimen General (de IVA, Ganancias y Autónomos) no permite el reingreso al sistema simplicado hasta después de 3 años calendarios completos.
En el caso de que el pequeño contribuyente resulte excluido, tiene la misma limitación para reingresar que en la renuncia.
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Por: Paula Martinez
Paula buenas tardes. Tengo una «consultonta»…decir que estoy adherida al REGIMEN SIMPLIFICADO es lo mismo que decir «soy monotributista»????
Hola Débora.
Exactamente, el nombre completo del monotributo es Régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
Slds.
como se hace para facturar cuando el monotributista vende articulos al detal a consumidores finales, por ejemplo en mi caso vendo golosinas y alimentos. Como tendria que facturar?
Hola Nelson,
En ese caso hay que dar tickets a través de controladores fiscales. El comprobante ticket tiene la misma validez que la factura.
Fijate en este link, donde señala Modalidades a Utilizar, en la opción a) está el controlador fiscal.
También tenés la opción de facturar vía web o con app del celular: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/factura-electronica-por-que-usar-el-facturador-movil/
Slds.
hola soy monotributista categoria G y estoy por sacar un credito pero el banco me pide que le presente el formulario 711 ganancia persona humana eso es asi
Gracias
Hola Luis.
Para justificar ingresos, los monotributistas tienen que presentar los pagos de los aportes o una certificación de un contador.
Ganancias personas humanas es para autónomos (los del Monotributo no pagan Ganancias).
Espero que te sirva, saludos,
Buenas tardes. Me interesa saber si un monotributista que trabaja a domicilio haciendo tareas de limpieza, podar plantas, pintar, plomería etc. etc.- tiene cubierto un accidente personal en el lugar donde està realizando la tarea ? Muchas gracias.
Hola Miguel.
El régimen del Monotributo no tiene cubiertos accidentes.
Como opción, podés contratar un seguro de accidentes personales en forma particular.
Espero que te sirva, saludos,
Hola, tengo un albañil monotributista y quiere traer un empleado, que debe hacer para que este en blanco y cual sería el costo?
Hola. Entiendo que en ese caso también debería ponerse como monotributista. El costo depende de la categoría: https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp
Hola , muy buena la página.
Soy monotributista categoria G y no voy a cobrar ni facturar por 5 meses. Entiendo que puedo darme de baja, pero antes tengo que pagar la deuda que tengo?.
Otra pregunta, cuando me dé de alta de nuevo, lo hago en la misma categoría? Mantengo el NIvel 3?.
Necesito bajar gastos y no me preocupa tener menos aportes jubilatorios.
Hola. Antes de darte de baja tenés que cancelar lo adeudado.
Al darte de alta, la categoría está en función de lo que estimes que vas a facturar (no hace falta que sea la misma que antes); podés empezar en un nivel bajo y subir si hiciera falta.
El tema del nivel 3 es para la clave fiscal y no cambia nada con este trámite.
hola! soy profesional de la salud y trabajo en un geriatrico 35 hs al mes hace 11 años y 6 meses con factura de monotributo. Queria saber si corresponderia pago de vacaciones y aguinaldo u otro beneficio del trabajador. Gracias!
Hola.
Los monotributistas no están bajo convenio ni tienen los derechos de los empleados en relación de dependencia porque no lo son.
Aunque sé que es habitual que los médicos y otros profesionales del sector estén como independientes, si tenés un horario y un régimen laboral fijo, es una relación laboral encubierta.
Slds.
Hola soy malvina . Estoy pronto a ser . Auxiliar en enfermería a domicilio, paramédico, y Ayudanate geroncologico . Me puedo hacer un mono tributo.
Hola Malvina.
Sí podés.
Buenos Días mi nombre es Ariel Espinosa, estoy matriculado en el consejo de profesionales de ingeniería mecánica, poseo una discapacidad por lo que cobro una pensión no contributiva, quiero trabajar de forma independiente razón por la que deseo tramitar el monotributo. Teniendo en cuenta que voy a facturar y firmar y sellar con mi número de matrícula quiero saber si esto me provocaría el cese del beneficio por ejercer mi profesión o puedo inscribirme a este régimen tributario sin perder mi derecho al beneficio.
Desde ya muchas gracias !!
Hola.
Deberías averiguar en la institución que te otorga el beneficio, si es o no incompatible con tu actividad. Slss.
Hola, muy interesante el articulo. Estoy por hacerme el monotributo para maquilladora profesional, sabés que categoria podría ser? Es muy diverso el trabajo ya que puedo maquillar a una novia o a una quinceañera, y a su vez, maquillar para un spot publicitario o un corto. Gracias!
Hola.
Gracias por el comentario, me alegro que te sirva el artículo.
La categoría depende del monto estimado de facturación anual. Tenés que ver, más o menos, cuánto cobrarías e inscribirte en el escalón correspondiente (mirá los ingresos acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-montos-a-pagar-2019/)
En el caso de la actividad, si no sabés cuál poner, elegí «servicios NCP» (no comprendidos en ninguna parte).
Hola cómo estás me toca cobrar asignación porque tengo mi hija a cargo ? Soy monotributo social.?
Los monotributistas sociales pueden cobrar AUH, siempre que el otro padre no tenga ingresos en blanco (o sea del servicio doméstico).
Hola, soy monotributista y doy clases de gastronomia en un instituto en caba, categoria D, me tengo que inscribir en IIBB en Agip, y que categoria me corresponderia en caso de ser asi, inscribirme
Hola.
Mirá acá cómo es el régimen simplificado de Bs. As.: https://www.agip.gob.ar/impuestos/ingresos-brutos
Si tenés dudas, asesorate con un contador.
Hola, soy monotributista categoria A la minima, como no tengo un comercio y el trabajo no es constante, queria saber si tengo que inscribirme en Ingresos Brutos, aclaro que soy de provincia de Buenos Aires, gracias saludos
Hola. No conozco el régimen de Bs. As. Te sugiero que consultes un contador que te asesore en particular. Slds.
Hola! Excelente página. Quisiera saber qué hacer en mi caso que soy estudiante autodidacta y actualmente estoy alquilando (con la ayuda de mis padres hasta que logre independizarme).
En un futuro no muy lejano, quiero empezar a hacer trabajos de desarrollo web, pero no estoy seguro si ahora tendría que registrarme como monotributista o no; ya que eventualmente hago algún que otro trabajo que no está relacionado con lo que estudio.
¿Qué sería lo más adecuado en mi caso considerando que trabajaría desde el departamento?
Gracias de antemano.
Hola Marcos,
Me alegro que te sirva la página!
Si estás cobrando algún trabajo, podrías empezar pagando el Monotributo en la categoría más baja (siempre que lo puedas pagar). No es muy caro y te sirve porque te va sumando años de aportes jubilatorios y también te permite tener una obra social. Saludos,
hola mi marido es monotributista y yo empleada bajo relacion de dependencia en organismo publico municipal, en este caso, se sumarian ambos ingresos mensuales y se pagaria asignacion por hijo segun escala de ingresos familiares mensuales???
Exacto.
Hola..
Yo tengo pensión no contributiva por discapacidad, y trabajo como técnica en cardioligia, puedo ser monotributista sin que m saquen los aportes de la pensión? ??
Tendrás un lugar para recomendarme y asesorarme? ????
Monica
Mil gracias. ..
Hola. Te sugiero que hables con algún previsionalista.
No es un tema que maneje, pero si estás pensión por discapacidad, habría que ver si es compatible para seguir trabajando en otra cosa. (si fueras jubilada, sí podrías). Slds.
Hola
Estoy jubilado y tengo la posiblidad
que prestar servicios de asesoría a una empresa, puedo facturar como monotributista?
Gracias
Hola.
Sí, se puede ser monotributista. Como jubilado no tenés que pagar los aportes a la seguridad social en el Monotributo. Fijate cuando te inscribas de elegir la opción correcta. Slds.
Hola, soy estudiante y doy clases de apoyo escolar desde mi casa, tengo varios chicos/as permanentemente. Mi consulta es, si puedo inscribirme como monotributista.
Hola.
Sí podés. Desde los 16 años se puede inscribir. Mirá acá los valores de las nuevas categorías: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-categorias-topes-y-aportes-2018/
si compro un taxi y tengo un empleado cuales serian los pasos a seguir
Hola. Te sugiero que consultes en contador para que te asesore qué impuestos tenés que pagar (e inscribirte). No es tan fácil porque tenés la Afip, más ingresos brutos y los municipales. además, tenés el tema del alta del empleado.
Si trabajo eventualmente prestando servicios informáticos al extranjero, como me debo anotar? Ya que quisiera ingresar el dinero y no tener problemas de ningún tipo, pero tampoco es muy estable lo que realizo como para pagar ese dinero mes a mes.
Muchas gracias.
Podés anotarte como monotributista y emitir factura para exportador de eservicios.
Hola, quiero contratar un albañil y hacerlo en blanco. Esta bien que le pague un monotributo para esto? Una vez terminado mi trabajo, debería solicitar un cese?
Lo correcto sería que él se inscriba en el Monotributo y te emita una factura a tu nombre. Después, puede seguir pagando o darse de baja si no va a facturar más.
Mi marido monotributista me tiene a cargo en la obra social si me inscribo en monotributo por servicio tengo q pagar obra social o puede seguir pagando mi marido por mi para no,perder la antigüedad en la obra social?
El aporte del servicio doméstico incluye la obra social. Lo que podrías hacer es seguir derivando ese dinero a la OS que ya tenés. No hay problema para esto
Hola qué tal? Soy desempleada y con intención de abrir un negocio en mí ciudad tratando de acceder a un crédito para emprendedores… Mí consulta es, puedo inscribirme al monotributo sin tener actividad ni ingresos y cuando abra el negocio recatogarizarne de ser necesario?
Hola. Sí se puede, poné una actividad y un ingreso estimado.
Soy jubilada y percibo alquileres. Debo anotarme en el monotributo? Pierdo mi obra social?
Sí corresponde y no perdes la obra social. Consulta con un contador.
Hola trabajo en relacion de dependencia, como cobro alquileres me debo anotar en el monotributo, me faltan 6 meses para jubilarme Pierdo la OS? Por quë regimen me jubilo?
Hola. Si seguís trabajando en relación de dependencia, los aportes jubilatorios se toman por el sueldo y el régimen sigue siendo el mismo.
El monotributo, en este caso, no tiene aportes a la seguridad social (elegí la opción sin aportes, por ser empleada).
Hola, queria consultar algo:
-Si por ejemplo vendo cuadros y al mes no llego al minimo de 7000, no me tengo que inscribir en ningun lado, no? Aunque lo haga habitualmente y viva de ello??
-Y si supero esa cifra y llego a los 15000 por ejemplo, y no hago ningun tramite ni me inscribo ni nada, que problemas o sanciones podria llegar a tener?? podria ir presa?
Gracias.
Hola. Te tenés que inscribir siempre, en el Monotributo podés entrar en la primera categoría hasta que llegues al máximo (no hay un mínimo): Una vez que lo superás, te tenés que paar a una categoría más alta o la Afip te recategoriza de oficio (si detecta eses ingreso mayor).