¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.
¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.
Denominado Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, el Monotributo está destinado a personas o sociedades irregulares con bajo nivel de ingresos o facturación.
Permite integrar en un sólo aporte los pagos por la cobertura de salud, la jubilación y los impuestos nacionales.
Pueden ingresar al Régimen Simplificado las personas que presten servicios, realicen alquileres, ejecuten obras o efectúen una actividad comercial de venta, incluso del sector agropecuario. También los integrantes de cooperativas de trabajo.
En el caso de sociedades, no pueden ser más monotributistas desde junio de 2018. Antes, debían tener hasta 3 socios y no ser regulares (sociedades de hecho o irregulares).
Requisitos. Para ingresar y permanecer en el Monotributo, la persona humana debe cumplir con todas estas condiciones:
a) Sus ingresos brutos no deben ser mayores a $ 1.151.066,58 en 2019 ($ 896.043,90 en 2018) . Los comercios de venta de cosas muebles pueden llegar hasta los $ 1.726.599,88 ($ 1.344.065,86 hasta 2018). Desde 2018, ya no deben cumplir con la cantidad mínima de empleados de cada categoría.
Estos valores, al igual que la cuota destinada al impuesto integrado, se actualiza desde 2017, una vez al año, en septiembre, según la movilidad previsional.
b) Además de los ingresos, los monotributistas no deben superar parámetros físicos (superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica) y los alquileres establecidos (hasta $ 207.191,98 anuales para las categorías máximas, en 2019).
c) En el caso de los comercios, el precio máximo de los bienes que venda no debe ser mayor a $ 19.269,14, en 2019.
d) No tiene que haber realizado importaciones en los 12 meses anteriores. Desde junio 2018, siempre y cuando se destinen a la venta posterior.
e) No podrá realizar más de tres actividades a la vez o tener más de tres unidades de explotación (en caso de inmuebles, cada uno es una unidad).
f) Las sociedades no solo deben cumplir esos requisitos sino también cada uno de sus integrantes. Esto se eliminó desde 2018, cuando el Monotributo sólo quedó reservado para personas humanas.
Empleados en relación de dependencia. Pueden adherir al Monotributo si realizan otra actividad. No tendrán que abonar la parte correspondiente a obra social y aporte previsional, solo el impuesto integrado.
Jubilados o pensionados. También pueden adherir al régimen. Podrán seguir cobrando los haberes previsionales y no deberán abonar la parte del aporte del Monotributo correspondiente a la obra social.
Regímenes especiales. También tiene un apartado para trabajadores independientes promovidos.
El Monotributo tiene 11 escalas (categorías A a K desde 2017; hasta 2016 eran B a L), con distintos parámetros y montos de aportes impositivos.
Las categorías del Monotributo que van de A y la H se pueden inscribir los monotributistas de cualquier actividad. La primera, parte de un monto de facturación anual máxima de $ 138.127,99 ($ 107.525,27, para 2018) y la última, llega hasta $ 1.151.066,58($ 896.043,90) .
Quienes se dedican al comercio, también pueden acceder a las categorías I, J o K, pero en estos casos deben tener 1, 2 o 3 empleados, respectivamente.
PARA CONSULTAR. Categorías montos para 2019.
El trámite se realiza por Internet y se necesita tener clave fiscal. Si uno no la tiene, debe ir a una oficina de AFIP con documento para obtenerla. Además, hay que tener (o gestionar) el número de CUIT.
Con esta clave, se ingresa en la página de AFIP, en el servicio «Sistema Registral”, «Registro tributario», opción «Monotributo«. Para la inscripción hay que completar el formulario F. 184 (Nuevo Modelo), una vez confirmado, se generará una constancia y la credencial el pago, el formulario F.152). (Ver Guía Paso a Paso de Adhesión al Monotributo, de AFIP)
Monto. El aporte mensual del Monotributo se compone de una parte fija destinada a la cobertura de una obra social, el aporte jubilatorio y una parte variable para integrar los impuestos -IVA y Ganancias (impuesto integrado).
La primera es igual para todas las categorías y, en 2019, es de $ 689 para obra social. El aporte jubilatorio, a partir de enero de 2017 y dejó de ser fijo; en 2019, comienza en $ 493,31 para la categoría A y sube un 10% en cada escalón siguiente. Los empleados en relación de dependencia, los jubilados y pensionados, los profesionales que aporten a una caja profesional y los menores de 18 años no deben pagar estos dos aportes.
El impuesto integrado varía según la categoría y según la actividad. En 2019, para la primera (A) es de $ 111,81 por mes con cualquier actividad. En el caso de los servicios y alquileres, el aporte máximo es de $ 4.604,26 mensuales (categoría H) y para los comercios llega a $ 7769,7 (K).
PARA CONSULTAR. Monto a pagar por categoría en 2019.
Pago. Se puede realizar con cheques, transferencia bancaria, débito en cuenta, tarjeta de crédito o por cajero automático.
Todos los monotribustistas están obligados al pago electrónico.
Hay que contar con la credencial de pago y el Código Único de Revista (CUR), que contiene los datos del monotributista y la categoría en la cual se inscribió. Para imprimirlo, hay que volver a ingresar al sistema con clave fiscal, al servicio Monotributo y cliquear en Reimpresión de Credenciales. Ver opciones de pago.
Cada cuatro meses (en enero, mayo y septiembre) vence la recategorización del monotributo y la presentación de la declaración jurada informativa.
Recategorización. Todos los monotributistas están obligados a recalcular sus parámetros cada seis meses (hasta 2017, era cada cuatro) y, si quedan fuera de la escala donde están inscriptos, se deben recategorizar.
Para esto, hay que sumar los ingresos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres pagados en los 12 meses inmediatos anteriores, (en enero, por ejemplo, hasta diciembre del año anterior).
En julio, quien mantenga los mismos parámetros no debe realizar ningún trámite (ver «Cómo realizar la recategorización).
Septiembre. A partir de 2017, en este mes o en los siguientes (según categoría) será obligatorio una confirmación de la categoría actual o recategorización, si corresponde. Solo quedan exceptuados quienes ingresaron al Monotributo en el semestre anterior.
CONSULTÁ. Cómo es la recategorización anual obligatoria del Monotributo.
Declaración jurada cuatrimestral. La presentación era obligatoria hasta enero de 2017 en los siguientes casos:
a) monotributistas en las Categorías E, F, G, H, I, J, o K; o
b) que tengan empleados, aunque estén en otras categorías.
A partir de febrero de 2017, este trámite se eliminó pero, quien no lo presentó en su momento lo debe hacer.
Domicilio fiscal electrónico. Los monotributistas deben adherir uno para que la AFIP lo use en sus comunicaciones. El que no cumple con este trámite no podrá sacar la constancia de Monotributo.
Allí se enviarán las notificaciones oficiales y habrá que revisarlo porque la AFIP entiende que el monotributista las lee.
La AFIP realiza cruce de datos con distintas fuentes de información (cuentas bancarias, gastos, compras, etcétera). Si comprueba que estos valores no están acordes a la categoría actual, puede recategorizar al monotributista de oficio o excluirlo de pleno de derecho (si supera los límites máximos de facturación).
En el sitio web de la AFIP; a través del portal Mi Monotributo, cada pequeño contribuyentes podrá consultar la información que la AFIP conoce de él, los días martes y viernes de 0 a 24 , incluida el cambio de categoría de oficio.
Por las operaciones de ventas o servicios que realice deberá emitir facturas tipo “C”. En el caso de prestadores de servicio, pueden ser recibos tipo «C».
Si tiene un local, deberá tener exhibido en un lugar visible, su constancia de inscripción en el Régimen de Monotributo y comprobante del pago del mes en curso junto con el formulario Data Fiscal (F. 960/NM).
Factura electrónica. Desde el 1 de junio de 2017, es obligatoria para todos los adheridos al Monotributo que estén en la categoría F o superior para toda su facturación.
Para imprimir factura papel, los monotributistas tienen la obligación de pedir un código de impresión de facturas, a través de la página de la Afip, con clave fiscal.
Cobro. Para operaciones con consumidores finales, los monotributistas estarán obligados a recibir tarjeta de débito .
Desde 2016, los monotributistas pueden cobrar asignaciones familiares.
Las categorías A a H, percibirán la asignación por hijo, prenatal, por escolaridad y por hijo con discapacidad, con un monto que varía según la escala.
Para las categorías I, J, K, sólo corresponden la asignación por hijo con discapacidad y la ayuda escolar anual.
Ver montos de asignaciones para contribuyentes del Monotributo.
La baja del Monotributo puede producirse por concluir las actividades, por la renuncia o por la exclusión.
Aquí hay que tener cuidado porque los efectos no son los mismos.
El cese de actividades debe ser solicitado por el monotributista porque, si no lo hace, acumulará deudas. Si, posteriormente, vuelve a tener actividad, tiene posibilidad de reingresar.
En cambio, la renuncia al Monotributo para inscribirse en el Régimen General (de IVA, Ganancias y Autónomos) no permite el reingreso al sistema simplicado hasta después de 3 años calendarios completos.
En el caso de que el pequeño contribuyente resulte excluido, tiene la misma limitación para reingresar que en la renuncia.
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Por: Paula Martinez
hola !!! no entiendo mucho de tramites ,mi pregunta es mi marido es monotributista autónomo ,el puede recibir la asignación familiar la categoría es D
Hola yo me dedico a fabricar muebles, solo me gustaría pagar aportes a la jubilación, se puede? Entiendo que debería ser la categoría más baja debido a mis ingresos, cuanto sería el monto entonces? Muchas gracias
Hola Adrián,
No podés pagar sólo los aportes a la jubilación. Si tenés una actividad, para estar «en blanco» deberías inscribirte en el Monotributo (o en el IVA si tuvieras ingresos mucho más altos).
Mirá acá los montos a pagar: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-cuales-son-los-cambios-desde-2017/
Una empleada doméstica que trabaja 4 horas por semana, en qué categoría de monotributo debe inscribirse? Cuánto es lo que se debe pagar por el monotributo que corresponda? La inscripción es en AFIP?Gracias
Las empleadas domésticas tienen un régimen de empleo especial, no el monotributo. Mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/
Quisiera conocer el régimen de vacaciones que le corresponde a los monotributista, bajo relación de dependencia. Tengo una antigüedad de 6 años como monotributista 1 año en mi trabajo anterior y 5 años en el actual . Cuantos días de vacaciones me corresponde?.
otra consulta : Tengo mi hijo menor que recibe pensión compartida con migo por su padre fallecido, me corres la asignación por hijo?
Hola.
Hay un error. El monotributista no está en relación de dependencia, son regímenes incompatibles si es por el mismo trabajo.
Lo que pasa en tu caso es un empleo encubierto como independiente. Y, como son independientes no tienen empleadores sino clientes y, por ende, no están bajo la ley de contrato de Trabajo ni tienen ningún beneficio de los empleados porque técnicamente no lo son.
Pero, vuelvo a decirte que es una situación irregular.
Q tengo q hacer para q mi empleador me ponga en blanco? Xq el solo quiere q me haga monotributista. Y me dijeron q eso es jideral sistema y no quiero estar yo en falta. Prefiero quedarme sin trabajo. Gracias
Estar en blanco es obligatorio. Si no lo hacen, te sugiero que consultes al sindicato o al ministerio de trabajo para ver qué acciones podés hacer.
buenas noches, el papa de mis nenes es autonomo, con el cual no tengo relacion, y yo estoy actualmente desempleada, si soy monotributista, puedo cobrar las asignaciones familiares? gracias.
En principio, si uno de los padres es autónomo no se puede cobrar la asignación para monotributistas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-cuanto-cobraran-los-monotributistas-segun-la-categoria/
Slds
Hola, Fijate que dice jubilados y pensionados sólo deben ingresar el impuesto. Eso está mal, el que trabaja aporta al sistema. NO pagan Obra social pero si pagan los 157 del aporte. Está bueno el informe, pero eso crea confusión. Gracias!
Hola Adriana,
Gracias por la aclaración. Es cierto, lo corrijo. Slds.
Hola! consulta rapida: Di de baja Monotributo e ingresos brutos arba ya hace un año. Y desde la Municipalidad de La Plata me dicen que nunca presente declaracion jurada por seguridad e higiene y via email me estan intimando. Nunca tuve un local y pensé que dando de baja en afip y arba ya estaba.
No entiendo que tengo que dar de baja en la municipalidad!
Hola Martín,
te sugiero consultar con tu contador, para que te asesore en tu caso particular.
hola, soy monotributista que tributa en categoría H: en la actualidad ¿Cuál es el límite de la categoría para las ventas anuales?hasta el año pasado estaba en $ 280.000,00
Hola Carlos,
Los límites de las categorías siguen igual, no hubo modificación. Se anticipó que se iban a modificar pero hasta ahora, no hay nada. Habrá que esperar porque es un tema pendiente del actual Gobierno.
Hola soy monotributista categoria b madre soltera, puedo cobrar la asignacion universal por hijo, aunque el padre sea autonomo.
No. Aqui podés ver las incompatibilidades: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-cuanto-cobraran-los-monotributistas-segun-la-categoria/
Hola buenas tardes, yo soy Monotributista Autonomo pago $480 por mes queria saber si me corresponde la Asignación po hijo. gracias..
Los autónomos no cobran asignaciones
Hola, mi situación es un tanto compleja, hace mas de 6 años que me dedico a la fotografia de forma freelance pero nunca me anote en el régimen ya que eran trabajos esporádicos mientras cursaba mi carrera, últimamente me dedico mucho mas a esto y me gustaría poder ingresar a la categoría B. Ahora bien, los años en los que no aporte puedo pagarlos de alguna forma para que me cuenten como experiencia laboral? Siempre fue en negro asi que no tengo comprobantes ni facturas salvo los trabajos realizados. Me gustaría saber si los años de aporte en el monotributo sirven como comprobante de experiencia para poder trabajar en el extranjero (normalmente piden 10 años de experiencia laboral comprobable para una visa de trabajo)
Hola. Te sugiero consultar con un contador para ver si te podés anotar en forma retroactiva y adherir a alguna moratoria para cancelar los períodos atrasados en cuotas.
Hola vendo mueble así en particular y quiero ser monotributo como algo y cuanto se paga para trabajar solo
Hola Gerardo. Te podés inscribir en el Monotributo, sin problema. El pago depende de la categoría (según los ingresos).
Te sugiero que veas este sitio de AFIP, donde vas a encontrar distintos temas relacionados y te podés sacar dudas: http://www.afip.gov.ar/monotributo/
Mi esposO es albañil, queremos empezar a pagar el monitributo. Puede? Y que categoria tendria si cobra 6500 por mes. Esta en negro
Hola. Sí puede. Si todos los meses va a cobrar ese monto, serían 78.000 al año y la categoría es la D (podría facturar hasta $ 96.000 al año). Mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-son-cambios-monotributo/
Hola soy monotributista C quiero saber si puedo cobrar salario y como debo hacer?
Mirá esta nota con los detalles sobre las asignaciones para monotributistas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-cuanto-cobraran-los-monotributistas-segun-la-categoria/
soy monotributista categoria b hace 18 meses, aporte x ley 24476 años dic 1981 al enero 1983 y de feb 1983 al 2007 julio.caja policia bonaerense- me sirven todos estos años para computar 30 años de servicio en un futuro.-en total tengo 27 años y 3 meses.- desde ya muchas gracias
Hola, sí te sirven. Te sugiero que consultes a la Anses tu historia laboral (https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=mianses) y, si no están todos los años, después preguntes cómo hacer para incluirlos. Slds.
muchas gracias Paula
HOLA SOY DAVID Y SOY MONOTRIBUTISTA CLASE B QUIERO SABER SI PUEDO COBRAR LA ASIGNACION FAMILIAR POR HIJO Y TAMBIEN SABER SI COBRO ALGO POR MI MUJER QUE ESTA EMBARAZADA,
Hola. Por ahora, los monotributistas no están incluidos en las asignaciones familiares. Se prometió que esto se iba a modificar pero aún no hay nada.
Hola soy monotributista clase b puedo tramitar la ayuda escolar
No.
hola soy monotributista c soy divorciada y quisiera saber si puedo cobrar salario.
Hola,
No hay salario familiar previsto para monotributistas. Mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-quienes-las-pueden-cobrar/
buenas tardes!!! mi marido trabaja en relacion de dependencia y aparte ahora es monotributista, va a seguir cobrando el salario por hijo o se lo sacan?
Si está dentro del límite de ingresos, lo sigue cobrando.
quisiera saber si como monotributista c puedo cobrar salario temgo mellizas de 12 años y mi marido q lo cobraba , se quedo sin trabajo , o el puede cobrar alguna asignacion hasta q tenga nuevamente trabajo
Por ahora, no hay asignación para monotributistas.
Hola, trabajo bajo relación de dependencia y gano menos de 15.000, mi esposo es monotributista. El no tiene derecho a ningún beneficio, me suman los ingresos de èl. Porque, no creo que lo incluyan si no tiene derecho a nada.
Sí, se deberían sumar.
Buenas noches! Queria preguntar si puedo cobrar la asignación universal por hijo ya que estoy con mis hijas sola y el padre no me pasa plata y es mono tributista… como tienen su apellido no la puedo cobrar.
Por ahora, los monotributistas no pueden cobrar la asignación universal.
Hola soy monitributistas, trabajo para una.fundación de limpieza soy categoría c, tengo un.hijo y soy madre soltera, quisiera saber si yo voy a.cobrar la.asignación, muchísimas gracias
Por ahora, los monotributistas no están incluidos.
Buenas tardes soy monotributista y mi pareja trabaja bajo relación de dependencia,estoy embarazada se que yo no puedo cobrar nada pero el puede cobrar nacimiento y la asignación familiar? Muchas gracias
Si gana menos de $ 15.000 en bruto, sí.