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Monotributo: Cómo es el régimen para pequeños contribuyentes

14/01/2019

¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.


¿Quiénes pueden ingresar en el Monotributo? ¿Cuáles son las categorías? ¿Cuánto hay que pagar? ¿Cuándo hay que recategorizarse? Una guía con los temas principales del sistema.

Denominado Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, el Monotributo está destinado a personas o sociedades irregulares con bajo nivel de ingresos o facturación.

Permite integrar en un sólo aporte los pagos por la cobertura de salud, la jubilación y los impuestos nacionales.

Quiénes pueden ser monotributistas

Pueden ingresar al Régimen Simplificado las personas que presten servicios, realicen alquileres, ejecuten obras o efectúen una actividad comercial de venta, incluso del sector agropecuario. También los integrantes de cooperativas de trabajo.

En el caso de sociedades, no pueden ser más monotributistas desde junio de 2018. Antes, debían tener hasta 3 socios y no ser regulares (sociedades de hecho o irregulares).

Requisitos. Para ingresar y permanecer en el Monotributo, la persona humana debe cumplir con todas estas condiciones:

a) Sus ingresos brutos no deben ser mayores a $ 1.151.066,58 en 2019 ($ 896.043,90 en 2018) . Los comercios de venta de cosas muebles pueden llegar hasta los $ 1.726.599,88 ($ 1.344.065,86 hasta 2018). Desde 2018, ya no deben cumplir con la cantidad mínima de empleados de cada categoría.

Estos valores, al igual que la cuota destinada al impuesto integrado, se actualiza desde 2017, una vez al año, en septiembre, según la movilidad previsional.

b) Además de los ingresos, los monotributistas no deben superar parámetros físicos (superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica) y los alquileres establecidos (hasta $ 207.191,98 anuales para las categorías máximas, en 2019).

c) En el caso de los comercios, el precio máximo de los bienes que venda no debe ser mayor a $ 19.269,14, en  2019.

d) No tiene que haber realizado importaciones en los 12 meses anteriores. Desde junio 2018, siempre y cuando se destinen a la venta posterior.

e) No podrá realizar más de tres actividades a la vez o tener más de tres unidades de explotación (en caso de inmuebles, cada uno es una unidad).

f) Las sociedades no solo deben cumplir esos requisitos sino también cada uno de sus integrantes. Esto se eliminó desde 2018, cuando el Monotributo sólo quedó reservado para personas humanas.

Empleados en relación de dependencia. Pueden adherir al Monotributo si realizan otra actividad. No tendrán que abonar la parte correspondiente a obra social y aporte previsional, solo el impuesto integrado.

Jubilados o pensionados. También pueden adherir al régimen. Podrán seguir cobrando los haberes previsionales y no deberán abonar la parte del aporte del Monotributo correspondiente a la obra social.

Regímenes especiales. También tiene un apartado para trabajadores independientes promovidos.

Cuáles son las categorías

El Monotributo tiene 11 escalas (categorías A a K desde 2017; hasta 2016 eran B a L), con distintos parámetros y montos de aportes impositivos.

Las categorías del Monotributo que van de y la H se pueden inscribir los monotributistas de cualquier actividad. La primera, parte de un monto de facturación anual máxima de $ 138.127,99 ($ 107.525,27, para 2018) y la última, llega hasta $ 1.151.066,58($ 896.043,90) .

Quienes se dedican al comercio, también pueden acceder a las categorías I, J o K, pero en estos casos deben tener 1, 2 o 3 empleados, respectivamente.

PARA CONSULTAR. Categorías montos para 2019.

Cómo inscribirse

El trámite se realiza por Internet y se necesita tener clave fiscal. Si uno no la tiene, debe ir a una oficina de AFIP con documento para obtenerla. Además, hay que tener (o gestionar) el número de CUIT.

Con esta clave, se ingresa en la página de AFIP, en el servicio «Sistema Registral”, «Registro tributario», opción «Monotributo«. Para la inscripción hay que completar el formulario F. 184 (Nuevo Modelo), una vez confirmado, se generará una constancia y la credencial el pago, el formulario F.152). (Ver Guía Paso a Paso de Adhesión al Monotributo, de AFIP)

Cómo y cuanto pagar

Monto. El aporte mensual del Monotributo se compone de una parte fija destinada a la cobertura de una obra social, el aporte jubilatorio y una parte variable para integrar los impuestos -IVA y Ganancias (impuesto integrado).

La primera es igual para todas las categorías y, en 2019, es de $ 689 para obra social. El aporte jubilatorio, a partir de enero de 2017 y dejó de ser fijo; en 2019, comienza en $ 493,31 para la categoría A y sube un 10% en cada escalón siguiente. Los empleados en relación de dependencia, los jubilados y pensionados, los profesionales que aporten a una caja profesional y los menores de 18 años no deben pagar estos dos aportes.

El impuesto integrado varía según la categoría y según la actividad. En 2019, para la primera (A) es de $ 111,81 por mes con cualquier actividad. En el caso de los servicios y alquileres, el aporte máximo es de $ 4.604,26 mensuales (categoría H) y para los comercios llega a $ 7769,7 (K).

PARA CONSULTAR. Monto a pagar por categoría en 2019.

Pago. Se puede realizar con cheques, transferencia bancaria, débito en cuenta, tarjeta de crédito o por cajero automático.

Todos los monotribustistas están obligados al pago electrónico.

Hay que contar con la credencial de pago y el Código Único de Revista (CUR), que contiene los datos del monotributista y la categoría en la cual se inscribió. Para imprimirlo, hay que volver a ingresar al sistema con clave fiscal, al servicio Monotributo y cliquear en Reimpresión de Credenciales. Ver opciones de pago.

Obligaciones de los monotributistas

Cada cuatro meses (en enero, mayo y septiembre) vence la recategorización del monotributo y la presentación de la declaración jurada informativa.

Recategorización. Todos los monotributistas están obligados a recalcular sus parámetros cada seis meses (hasta 2017, era cada cuatro) y, si quedan fuera de la escala donde están inscriptos, se deben recategorizar.

Para esto, hay que sumar los ingresos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres pagados en los 12 meses inmediatos anteriores, (en enero, por ejemplo, hasta diciembre del año anterior).

En julio, quien mantenga los mismos parámetros no debe realizar ningún trámite (ver «Cómo realizar la recategorización).

Septiembre. A partir de 2017, en este mes o en los siguientes (según categoría) será obligatorio una confirmación de la categoría actual o recategorización, si corresponde. Solo quedan exceptuados quienes ingresaron al Monotributo en el semestre anterior.

CONSULTÁ. Cómo es la recategorización anual obligatoria del Monotributo

Declaración jurada cuatrimestral. La presentación era obligatoria hasta enero de 2017 en los siguientes casos:

a) monotributistas en las Categorías E, F, G, H, I, J, o K; o

b) que tengan empleados, aunque estén en otras categorías.

A partir de febrero de 2017, este trámite se eliminó pero, quien no lo presentó en su momento lo debe hacer.

Domicilio fiscal electrónico. Los monotributistas deben adherir uno para que la AFIP lo use en sus comunicaciones. El que no cumple con este trámite no podrá sacar la constancia de Monotributo.

Allí se enviarán las notificaciones oficiales y habrá que revisarlo porque la AFIP entiende que el monotributista las lee.

Recategorización y exclusión de oficio

La AFIP realiza cruce de datos con distintas fuentes de información (cuentas bancarias, gastos, compras, etcétera). Si comprueba que estos valores no están acordes a la categoría actual, puede recategorizar al monotributista de oficio o excluirlo de pleno de derecho (si supera los límites máximos de facturación).

En el sitio web de la AFIP; a través del portal Mi Monotributo, cada pequeño contribuyentes podrá consultar la información que la AFIP conoce de él, los días martes y viernes de 0 a 24 , incluida el cambio de categoría de oficio.

 ¿Qué comprobantes debe emitir un monotributista?

Por las operaciones de ventas o servicios que realice deberá emitir facturas tipo “C”. En el caso de prestadores de servicio, pueden ser recibos tipo «C».

Si tiene un local, deberá tener exhibido en un lugar visible, su constancia de inscripción en el Régimen de Monotributo y comprobante del pago del mes en curso junto con el formulario Data Fiscal (F. 960/NM).

Factura electrónica. Desde el 1 de junio de 2017, es obligatoria para todos los adheridos al Monotributo que estén en la categoría F o superior para toda su facturación.

Para imprimir factura papel, los monotributistas tienen la obligación de pedir un código de impresión de facturas, a través de la página de la Afip, con clave fiscal.

Cobro. Para operaciones con consumidores finales, los monotributistas estarán obligados a recibir tarjeta de débito .

Asignaciones familiares

Desde 2016, los monotributistas pueden cobrar asignaciones familiares.

Las categorías A a H, percibirán la asignación por hijo, prenatal, por escolaridad y por hijo con discapacidad, con un monto que varía según la escala.

Para las categorías I, J, K, sólo corresponden la asignación por hijo con discapacidad y la ayuda escolar anual.

Ver montos de asignaciones para contribuyentes del Monotributo.

Cómo es la baja del régimen simplificado

La baja del Monotributo puede producirse por concluir las actividades, por la renuncia o por la exclusión.

Aquí hay que tener cuidado porque los efectos no son los mismos.

El cese de actividades debe ser solicitado por el monotributista porque, si no lo hace, acumulará deudas. Si, posteriormente, vuelve a tener actividad, tiene posibilidad de reingresar.

En cambio, la renuncia al Monotributo para inscribirse en el Régimen General (de IVA, Ganancias y Autónomos) no permite el reingreso al sistema simplicado hasta después de 3 años calendarios completos.

En el caso de que el pequeño contribuyente resulte excluido, tiene la misma limitación para reingresar que en la renuncia.

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Por: Paula Martinez

Comentarios

240 comentarios

  1. ROSA LEDESMA ROSA LEDESMA dice:

    hola, soy monotributista, hace un mes trabajo en relacion de dependencia medio dia, puedo cobrar la asignacion familiar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Rosa,
      Si estás dentro del ingreso familiar límite, sí. Tendrías que declarar a tus hijos y sacarles el CUIL, si no lo tienen.
      Slds.

  2. ALFREDO. ALFREDO. dice:

    Buenos Dias,queria informarme,me estoy por casar cobro el subsidio por Casamiento,si cobro, cul es el tramite?Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Alfredo,
      No hay un subsidio por casamiento. Lo que existe es una de las asignaciones familiares, que es un monto fijo por matrimonio para los empleados en relación de dependencia (lo pueden cobrar ambos cónyuges si encuadran dentro de los límites de ingresos, menos de $ 15.000 por mes).
      Para más datos, mirá la nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/asignaciones-familiares-quienes-las-pueden-cobrar/
      Slds.

  3. mel mel dice:

    hola yo quisiera saber si soy monotirbutista. podria cobrar maternidad por maternidad?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No. Los monotributistas no tienen el beneficio de las asignaciones familiares por maternidad (tampoco licencia).
      Slds.

  4. adriana adriana dice:

    tengo con discapacidad soy monotributista la mas baja .mi marido trabaja en blanco gana menos de 8000 pesos , puedo cobrar el salario por discapacidad

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Adriana,
      El salario se cobra por los hijos. Los monotributistas no están incluidos en el régimen de asignaciones familiares, pero si tu marido es empleado, el sí puede cobrarlo.
      Slds.

  5. maris maris dice:

    Mi conyugue se hizo monotributista con la categoria mas baja…cobra alguna asignacion familiar.?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      Los monotributistas no están incluidos en las asignaciones familiares.
      Slds.

  6. gabriela gabriela dice:

    hola mi marido es monotributista y me quitaron la asignacion universal,que debo hacer para cobrar de nuevo??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gabriela,
      Si el padre de los niños tiene ingresos como monotributista no les corresponde la asignación universal por hijo.
      Slds.

  7. ange ange dice:

    hola.soy docente ,. me anoté como maestra comunitaria y me piden que me inscriba como monotrbutista.mi marido trabaja en blanco y cobra el salario por hijo discapacitado de mi nene,es cierto que no cobraría más?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Vos, como monotributista no podés cobrar asignación familiar, pero si tu marido es empleado y sí la cobra, la va a seguir cobrando. Además, para los hijos discapacitados no hay tope de ingreso familiar, aunque podría suceder que entre ambos sumen un monto que haga que cobre unos pesos menos.
      Slds.

  8. Fernanda Fernanda dice:

    hola , quisiera SABER, MI CUÑADO ES MONOTRIBUTISTA DE CATEGORIA BAJA., LE CORRESPONDE LA AYUDA ESCOLAR ? O ALGUN OTRA AYUDA???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Fernanda,
      Los monotributistas no tienen asignaciones familiares, ni la asignación universal por hijo.
      Slds.

  9. ALEJANDRA ALEJANDRA dice:

    HOLA QUE TAL ESTUVE LEYENDO TEMA MONOTRIBUTISTA Y NO PODEMOS COBRAR NI ASIG, FAMILIAR NI ASIG, UNIVERSAL POR HIJO CREO QUE ES ALGO IN GUSTO , PORQUE LAS PERSONAS Q ESTAN PONIENDO UNA PEQUEÑA EMPRESA SE JUEGAN EL DÍA A DÍA PARA GANAR EL DINERO TRABAJANDO , SI NOSOTROS HACEMOS APORTES PARA TODO TAMBIÉN. AL MARGEN QUE LAS PERSONAS QUE COBRAN ASIG U.POX HIJO CUMPLAN CON LOS REQ DE LIBRETA , MUCHOS DE ELLOS NO USAN ESE DINERO PARA LOS NIÑOS QUE SON DE ELLOS EL DINERO QUE COBRAN , PERO BUENO SIGO PENSANDO QUE ESTA MAL TODO EL RÉGIMEN. SI UNO PIENSA ANOTARSE COMO AMA DE CASA PUEDO SEGUIR TENIENDO UVHI Y DESP. SI LLEGO A TENER LA POSIBILIDAD DE TENER UNA LIC PARA REMIS SIGO CONSERVANDO LA MISMA INSCRIPCIÓN O TENGO QUE CAMBIAR DE CATEGORIA . PUEDEN DECIRME GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Alejandra,
      Comparto que es injusto que los monotributistas no puedan cobrar asignación (aunque sea los de las categorías más bajas).
      Pero no entiendo bien qué querés preguntar.
      slds.

  10. Rodolfo Rodolfo dice:

    Recien descubri la página y me parece muy completa y útil. Gracias
    Les realizo 2 consultas. Soy Monotribustista con profesión Abogado desde julio de 2010. En setiembre de 2013 recibí, al entrar en AFIP, una notificación que debía presentarme en ANSES para hacer la Declaración Jurada de Salud algo que aún no hice. Me solicitan que lleve la Constancia de Inscripción de Autónomos F.940. Mis preguntas son: 1. Llevo 4 años registrado y aportando, ¿Igualmente debo realizar la DDJJ de Salud si no deje de cotizar en 48 meses? y 2. No encuentro el F.940 ya que al Adherirme me emitieron el F. 184/F y tengo la Constancia de Opción actualizada. ¿Cómo obtengo dicho F.940?. Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Rodolfo,
      No te sabría contestar cuestiones tan puntuales. Tendrías que consultar en una oficina de Afip, o con un contador que haga estos trámites.
      De todos modos, me parece raro que te pidan constancia de autónomo si estás como monotributista.
      Slds.

  11. Korina Korina dice:

    hola, trabajo en una rotiseria en sociedad con mi hermana,quisiera saber si me corresponde cobrar asignacion familiar por mi hija.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      La asignación familiar es para empleados en relación de dependencia.
      Slds

  12. Marilina Marilina dice:

    Buenos días. Hace poco renuncié a mi trabajo para dedicarme a la corrección de textos como trabajadora independiente. ¿Debería darme de alta en afip antes de empezar a realizar esta tarea? ¿Bajo qué categoría o régimen tributario? Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marilina,
      Si lo que vas a cobrar está dentro de los límites del Monotributo (hasta $ 400.000 al año) te recomiendo inscribirte en este régimen porque es lo más simple. Sobre la categoría, tendrías que estimar cuánto vas a ganar por año y, si luego cambia, te podés recategorizar cada cuatrimestre (mirá el cuadro en la nota).
      Slds.

  13. claudia claudia dice:

    si sos monotribitista autonomo de la clase c que pagas la categoria mas baja no te corresponde asignacion por hijo,o salario x hijo? si alguien me puede responder gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Claudia,
      Los monotributistas no tienen ningún beneficio de asignaciones familiares, ni de asignación universal.
      Slds.

  14. adrian adrian dice:

    Hola soy monotributista y mi mujer empiesa a trabajar. En blanco con recibo de sueldo.ella cobrara el salario familiar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Adrián,
      Sólo va a cobrar si el grupo familiar está dentro de los límites de un ingreso bruto inferior a $ 15.000 mensuales cada uno.
      Slds.

  15. yanina yanina dice:

    hola yo queria saber si a mi marido lo ponen como monotributista..yo pierdo la asignacion universal??? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Yanina,
      Así es. La AUH ess para familias sin ingresos en blanco (o del servicio doméstico o monotributo social).
      Slds.

  16. estefany estefany dice:

    hola soy monotributista social tengo derecho a cobrar la asignación familiar tengo dos nenes

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Estefany,
      Sí podés cobrar, los únicos monotributistas que pueden percibir la asignación universal por hijo son los del Monotributo Social.
      Slds.

  17. luis luis dice:

    buenas noches Paula, queria consultarte, tengo dos hijos con mi ex pareja, ella cobra la asignacion universal por hijo, lo que yo queria saber como puedo anotarme como monotributista, para que mis dos hijos tengan obra social, sin que mi ex pareja no pierda la asignacion universal.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Luis,
      Si te inscribís como monotributista, los hijos no podrán tener la asignación universal.
      Sí vas a tener derecho a una obra social (parte del aporte es para eso). Tenés que elegir una y afiliarte. Mirá más acá: http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=monotributistas
      Slds.

  18. estefany estefany dice:

    soy monotributista y si puedo cobrar la asignación familiar por hijo tengo dos hijos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      Los monotributistas no están incluidos en el régimen de asignaciones familiares, tampoco pueden cobrar la asignación universal por hijo.
      slds.

  19. yamile yamile dice:

    hola si soy monotributistas pierdo el pago de la discapacidad de mi hijo????

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Yamile,
      Entiendo que lo que te pagan es una asignación familiar.
      Esto depende de cuál sea la situación del padre. Si es trabajador «en blanco», la podés seguir cobrando.
      Si estabas cobrando una asignación universal para personas sin ingresos o para empleadas domésticas, si entrás al monotributo perdés este beneficio.
      Slds.

  20. ALEX ALEX dice:

    HOLA ALGUIEN ME PUEDE EPLICAR SI SIOY MONOTRIBUTISTA LO CUAL ES UN REQUSITO PARA PODER TRABAJAR EN UN HOSPITAL ,NO TENGO PERSONAS A CARGO NI NADA SOLO TRABAJO CUMPLO HORARIO Y GANO 5200 NO TENGO DERECHO A COBRAR ASIGNACION?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Alex,
      Los monotributistas no tienen ningún beneficio de asignaciones familiares, ni universal.
      Slds.

  21. leonardo leonardo dice:

    ME INSCRIBI COMO MONOTRIBUTISTA ,DEBO DE DARME DE ALTA COMO AUTONOMO EN LA ANSES Y PRESENTAR F940? ,MUCHAS GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Leonardo,
      En el monotributo está incluida una parte de impuesto integrado (IVA y Ganancias) y otra parte de aporte jubilatorio y a la obra social. Así que no tenés que inscribirte como autónomo.
      Saludos (y perdón por la demora, pero estaba de vacaciones),

  22. Paula:

    Una pregunta, me inscribi en monotributo porque soy abogado en el mes de Diciembre. Estamos a 7 de Febrero y no abone todavia el impuesto correspondiente de 39 pesos. (tambien soy empleado)…
    Intento abonarlo via pago mis cuentas y/o homebanking pero no puedo.
    Como debo hacerlo? tiene algo que ver que me haya vencido la primera cuota?
    desde ya gracias. La pagina esta muy buena.
    saludos, Gustavo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gustavo,
      Gracias por el comentario, me alegra que te guste la página.
      Es probable que por homebanking no puedas pagar un mes vencido.
      Tendrías que imprimir el comprobante del Monotributo desde la página de la AFIP e ir a pagarlo a un banco.
      Slds.

  23. María María dice:

    Buenos días, quisiera realizar la siguiente consulta respecto al Monotributo y el Condominio.
    Un condominio alquila un único local comercial. El valor de la renta mensual es de 50.000 (IVA incluido). El condominio es Responsable Inscripto en IVA. Los 3 socios (33.33% c/u) integrantes del condominio se encuentran inscriptos en Ganancias. Adicionalmente los 3 socios son jubilados, no teniendo otra actividad o ingreso. Consulta: los socios pueden inscribirse en Monotributo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      María,
      Tu pregunta excede a lo que yo te puedo responder. Te sugiero consultar con un contador, o hacer una pregunta a la AFIP en [email protected] (te contestan en unos días) o por teléfono a 0810-999-2347.
      Slds.

  24. Mauro Damián Mauro Damián dice:

    Soy albañil independiente de 33 años, puedo anotarme como monotributista? o donde me tengo que anotar para que en los aportes jubilatorios se sepa que estoy en la construcción? Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mauro,
      Sí, tendrías que anotarte como monotributista. Fijate en la nota cuál categoría te corresponde según lo que cobrás (se toman los últimos 12 meses). Saludos,

  25. Anonymous Anonymous dice:

    Hola, Puedo hacer un cese de actividades de monotributo si por un tiempo no voy a trabajar? Hace varios meses que estoy sin actividades y sin facturación y me estoy dedicando a la casa. gracias. Susana.

    1. Sí, Susana, podés cesar las actividades (no renunciar, porque en ese caso hay un período para luego volver a ingresar). Tené en cuenta que el período que sigas activa acumula deudas.
      Slds.

      1. Susana Susana dice:

        gracias! Una pregunta más: Hasta que fecha tengo tiempo para dar el cese de actividad de monotributo y no tener que pagar un mes mas?
        Gracias.