Impuesto a las Ganancias: cuáles son los montos mínimos y las deducciones del segundo semestre de 2026

En julio de 2026, se actualizan por inflación los mínimos, deducciones y alícuotas del Impuesto a las Ganancias y cambian los montos a pagar. Los nuevos valores.
Impuestos a las Ganancias

En el segundo semestre de 2026, se actualizan por inflación los mínimos, deducciones y escala de alícuotas del Impuesto a las Ganancias.

Los nuevos valores impactan en el piso y en el monto que pagan los empleados en relación de dependencia y jubilados, a partir de los sueldos y haberees cobrados desde el 1 de julio de 2026.

Todos los parámetros suben en forma automática por la inflación en el primer semestre de 2026, que acumuló un aumento de 16,846%.

De esta manera, habrá menos empleados que paguen el Impuesto a las Ganancias. Quienes sigan alcanzados abonarán un monto menor ya que también se actualiza la escala de alicuotas para calcular el impuesto.

Mínimos del Impuesto a las Ganancias en el segundo semestre

En concreto, desde julio de 2026, sube 16,85% la ganancia mínima no imponible y las deducciones que conforman el piso para empezar a pagar el Impuesto a las Ganancias.

De esta manera, entre julio y diciembre de 2026, los asalariados sin cargas de familia ni otras deducciones empezar a pagar Ganancias a partir de $ 2.909.507 de sueldo neto por mes (hasta junio el mínimo era de $ 2.490.038) o $ 3.985.627 de bruto.

Si fuera un trabajador que puede deducir cónyuge y 2 hijos, comenzaría a pagar a partir de un salario neto de $  3.858.461,5 (en el primer semestre, era $ 3.302.178,85 o bruto de $ 5.285.563.

Por su parte, los autónomos empezarán a pagar a partir de un ingreso neto de $ 2.257.376 promedio mensual (en 2025, eran $ 1.690.314,57 ).

Cargas de familia y otras deducciones

El impuesto permite deducciones personales que cada uno puede incluir en su declaración (vía Siradig, en el caso de empleados y jubilados) para reducir la base imponible y bajar la carga del impuesto.

Durante la segunda mitad de 2026 (sueldos percibidos desde julio a diciembre) se toman las siguientes deducciones por hijo y cónyuge, actualizadas por inflación:

  • Cónyuge o conviviente. Deducción anual: $ 5.669.323,06 ($ 472.443, 59 promedio por mes).
  • Hijo. $ 2.859.060,30 anual ($ 238.255,03 promedio mensua).
  • Hijo incapacitado para el trabajo. $ 5.718.120,61 anual ($ 476.510,05 promedio mensual).

Se pueden computar como cargas de familia las personas con ingresos anuales inferiores a la Ganancia no Imponible: $ 6.019.671,36 ($ 501.639,28 promedio mensual).

También se incrementan las deducciones atadas a la Ganancia no Imponible, como el servicio doméstico y los alquileres.

Cuánto pagarán los empleados

Para calcular el monto a pagar, a los ingresos hay que restarle la ganancia no imponible (GNI) y las deducciones.

Así se obtiene la base imponible y, sobre esta, se aplica la escala de alícuotas desde el 5% al 35% sobre el monto excedente, para darle progresividad al Impuesto a las Ganancias.

Los escalones de la tabla de alícuotas también se actualizan a partir de julio de 2026.

Esa tabla la publicará en los próximos días la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Para la liquidación de sueldos cobrados durante el 1° semestre de 2026, se tomaron los siguientes parámetros:

En los próximos días, ARCA difundirá la tablas del segundo semestre y de la liquidación anual 2026.

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