Impuestos

Ganancias: qué tener en cuenta en el último mes del año

10/12/2018

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Hay que informar las deducciones al empleador. Impacto del aguinaldo y los pagos extraordinarios en el impuesto. Qué cambia para 2019.

Llegó diciembre y los empleados que pagan el Impuesto a las Ganancias se empiezan a preocupar sobre el impacto del tributo en este mes especial.

En particular, se preguntan cómo los afectará el cobro del aguinaldo, las eventuales bonificaciones extraordinarias de 2018 y cómo hacer para pagar lo menos posible. En esta nota respondemos a las consultas más usuales y veremos qué cambios habrá en 2019.

Aguinaldo

A partir de 2017, el sueldo anual complementario (SAC) se va computando a lo largo del año en cada mes para evitar el salto que se producía en junio y diciembre cuando se cobraba.

¿Cómo funciona? A partir de enero, el empleador le suma al sueldo del mes una 12° parte más y ahí calcula el Impuesto a las Ganancias. Así los meses siguientes.

Al pagar el aguinaldo, si queda alguna diferencia, se realiza el ajuste pero no es un monto tan significativo como antes, cuando se lo tomaba todo en un solo mes.

¿Qué puede pasar en diciembre? Como los sueldos no son iguales todos los meses y el medio aguinaldo se calcula sobre el mayor salario del semestre, lo más probable es que quede un saldo a pagar de Ganancias sin computar.

Esa diferencia se toma en la liquidación de diciembre, o en el cierre anual, durante abril del año siguiente.

Bono de fin de año

En 2018, varios trabajadores cobrarán un bono de fin de año de $ 5.000, en dos veces, la mitad con el sueldo de noviembre (se recibe a principios de diciembre) y la otra, con el de enero (que se percibe los primeros días de febrero).

Este bono se suma a los fines de calcular los ingresos en Ganancias. La primera parte va a ingresar en el año fiscal 2018 y, la segunda, en 2019.

Gratificaciones y pagos extraordinarios

Cualquier tipo de ingreso o pago extra se incluye en el ingreso anual que tributa el impuesto. Es decir que sí pagan Ganancias.

Pero hay distintas opciones para calcular el impuesto.

Si la bonificación extraordinaria se cobra de una sola vez en diciembre, se debe sumar al ingreso del año en curso (2018). En ese caso, el pago del impuesto será mucho más alto el último mes del año. Incluso, puede ser mayor que el monto extra que se recibe.

Por el contrario, lo que suelen hacer las empresas es abonar ese extra en los primeros días de enero (con el sueldo de diciembre). En este caso, ese monto forma parte del ingreso del año siguiente (2019). La ventaja de esta modalidad es que se puede prorratear a lo largo del año (en 12 meses) por lo que el impacto será menor y diluido en un período más largo.

Deducciones

Algo muy importante que hay que tener en cuenta en cualquier momento del año, pero sobre todo al final cuando los sueldos son más altos (y, por esto, mucha veces se tributa un monto mayor), es informar al empleador todas las deducciones para tributar menos.

Este trámite lo tiene que realizar cada uno, a través del Formulario 572 web (en la herramienta Siradig – Trabajador, con clave fiscal, en el sitio de la AFIP).


Las deducciones permiten reducir la base imponible del impuesto (el ingreso neto) para achicar el monto a pagar.

¿Qué se puede deducir? Hay varios rubros que dependen de la situación de cada uno.

#Cargas de familia. Se puede computar al cónyuge si sus ingresos anuales no superan los $ 66.917,91, o a los hijos menores de 18 años. Hay que tener en cuenta que, desde 2018, un solo padre puede deducir el 100% de cada hijo, o los dos padres, el 50% cada uno. No se pueden computar si se cobran asignaciones familiares.

#Servicio doméstico. Se puede deducir hasta $ 66.917,91 del monto pagado en concepto de remuneración y aportes a las empleadas de casas particulares.

Es imprescindible que la trabajadora esté registrada en la AFIP y estén abonados los aportes del mes que se deduce.

#Crédito hipotecario. Está permitido deducir hasta $ 20.000 al año por los intereses de créditos hipotecarios para vivienda única.

#Alquileres. Se puede descontar hasta el 40% del monto del alquiler, siempre que se cuente con factura.

#Medina prepaga y gastos médicos. Se pueden pagar las cuotas si no son obligatorias por el titular y las cargas de familia.

#Otras deducciones. También está permitido restar, en un porcentaje, los montos abonados por seguros de vida, impuesto al Cheque, aportes a cajas jubilatorias profesionales y donaciones, entre otros.

Qué cambia en 2019

Si el sueldo de diciembre se cobra los primeros días de enero, este ingreso (junto con todos los pagos extra, como señalamos más arriba) se tomará para el año fiscal 2019.

Todos los años, las deducciones y la escala de alícuotas del impuesto se actualizan según la variación salarial (índice RIPTE) de los 12 meses a octubre del año anterior.

En 2019, esos parámetros aumentarán 28,29%. Así, un empleado en relación de dependencia que no puede deducir hijos ni cónyuge comenzará a tributar a partir de un ingreso anual de $ 497.924,13 (o $ 38.301,85 mensual).

También suben el tope para deducir el servicio doméstico y las deducciones por cargas de familia en el mismo porcentaje.

Descargá la planilla de Calculo Impuesto a las Ganancias. Año2019 y la anterior Cálculo Impuesto a las Ganancias- Año 2018.

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Por: comunidadpresupu-admin

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