Las trabajadoras de casas particulares están incluidas en la obligación de quedarse en casa, cobrando el sueldo, en los lugares que sigue la cuarentena. Distintos casos. Mirá una forma para pagar a empleadas sin cuenta bancaria.
Nota actualizada al 23 de septiembre.
La pandemia del coronavirus (Covid-19) afecta la vida de todos. Suspende las clases, reduce la actividad y los ingresos de los independientes, obliga a quedarse en cuarentena a muchas familias y eso impacta en los trabajadores de casas particulares.
NOVEDAD. Se extendió (por tercera vez) hasta fin de noviembre de 2020, la prohibición de realizar despidos o suspensiones sin causa, o por disminución de trabajo o fuerza mayor. Los despidos en estos meses no son válidos. La medida comenzó el 30 de marzo.
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En la noche del jueves se decretó el «aislamiento social preventivo y obligatorio» para todas las personas del país.
Todos deben quedarse en su domicilio y no salir salvo para comprar alimentos, trabajar en actividades que están permitidas, ir a la farmacia y asistir a personas que lo necesiten.
Los trabajadores deben seguir cobrando su salario habitual. También se deben seguir pagando los aportes a la AFIP, que vencen el 13 de abril.
Si la empleada no tiene cuenta bancaria, una opción útil es que el empleador le envíe dinero para retirar por cajero con un código único.
Están exceptuadas las actividades esenciales para que el país siga funcionando.
En el caso del servicio doméstico, los casos en los cuales la trabajadora tendría que seguir prestando el servicio serían los considerados esenciales:
Certificado para circular. Desde el 6 de abril, es obligatorio completar en la web el Certificado Único Habilitante para Circulación (Cuhc) (clic para completar la declaración jurada). Esto genera un formulario que se puede descargar en el celular, consultar desde la aplicación móvil Mi Argentina o bien, imprimirlo para presentar a quien lo requiera.
Cama adentro. Si la empleada vive en el lugar de trabajo puede realizar el aislamiento allí.
Lo que dice el decreto es que las personas deben quedarse donde estén residiendo a las 0,00 horas del viernes 20.
Recordá, además, que el 23 y 24 de marzo son feriados nacionales (se deben pagar doble si se trabaja). Además, se adelantó el feriado del 2 de abril para el 31 de marzo.
Semana Santa. El jueves es día no laborable (no se paga como feriado), y el viernes 10 es feriado nacional.
Las empleadas domésticas están incluidas en el beneficio de $ 10.000 por única vez en abril (se puede extender si sigue la cuarentena) para trabajadores vulnerables. Aplica tanto a registradas como «en negro».
Estos eran los distintos casos que se podían presentar hasta el jueves 19, que todavía se mantienen.
Familia que vuelve de viaje del exterior
En este caso, la cuarentena en el hogar de todos quienes viajaron es obligatoria y estricta por 14 días y aquí no se considera ningún caso de excepción para salir. Deben tener alguien que les alcance los elementos esenciales.
Por esta razón, no pueden tomar contacto con otras personas, incluido el personal del servicio doméstico (salvo que también haya viajado con la familia).
En estos casos, la empleada doméstica no debe concurrir al domicilio pero debe seguir cobrando su salario normal. En algunas situaciones, se les pide que hagan las compras familiares, las cuales pueden realizarse sin contacto físico y teniendo en cuenta que el dinero en efectivo también es una fuente de contagio.
Un caso particular puede presentarse en el caso de trabajadoras cama adentro. Acá, lo mejor es que la empleada se traslade a otro lugar, pero si es imposible, también deberá cumplir la cuarentena y extremar todas las precauciones de limpieza y prevención.
Recordemos que, en el marco de esta pandemia, el Gobierno argentino dispuso que no deben ir a sus lugares de trabajo y seguir cobrando su salario normal, estas personas (ahora se sumó para todo el mundo salvo servicios esenciales):
Las empleadas domésticas están incluidas en esta resolución oficial.
Período. Es por 14 días, del 17 al 31 de marzo inclusive.
Como los chicos no tienen clases y deben quedarse en su casa, el Gobierno también dispuso una licencia especial para que uno de los padres se quede con ellos y no vaya a trabajar.
Es posible que este sea el caso de muchas trabajadoras de casas particulares con hijos.
¿Qué dice la norma? Que mientras dure la suspensión de clases (por ahora, hasta el 31 de marzo) “se considerará justificada la inasistencia” del padre, madre o “persona adulta responsable a cargo cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado” de los menores.
Quienes estén alcanzados deben notificar esta situación al empleador, justificar la necesidad y detallar los datos indispensables para controlar. Sólo se puede adherir a esto un padre o responsable por hogar.
Trabajadoras enfermas. En caso de que la empleada doméstica presente síntomas no debe concurrir al domicilio a trabajar y presentar el certificado médico de alta médica. Según la ley debe informar fehacientemente al empleador -por telegrama (que es gratuito)-, su situación y que no va a concurrir en el caso de que represente un riesgo para una de las partes, según informó el sindicato de casas particulares (UPACP).
Empleador enfermo u otro miembro del hogar. En este caso, si no se interna, se debe aislar a la persona en la casa y extremar los cuidados de limpieza.
ATENCIÓN. Recordá que todas estas medidas para evitar que el virus se disperse entre la población. No es para cuidarnos a cada uno de nosotros sino a la sociedad en general.
Por: comunidadpresupu-admin