Las trabajadoras de casas particulares tienen 90 días que son pagados por la ANSES. En esta nota, respondemos algunas dudas frecuentes sobre este tema.
Las empleadas domésticas tienen, al igual que el resto de las trabajadoras, una licencia por maternidad que consiste en 90 días en el momento del parto y, durante ese período cobrar una asignación por maternidad de la ANSES.
Si bien el régimen de trabajadoras de casas particulares estableció este derecho y la ANSES lo reglamentó, hay muchos temas que generan dudas.
Vera Sánchez, de Zolvers, una empresa que te ayuda a gestionar los pagos y cumplir con las obligaciones del servicio doméstico, respondió las preguntas más frecuentes sobre el tema.
1- ¿Cuánto tiempo dura la licencia?
El tiempo que prevé la ley son 90 días corridos. Comienza 45 días antes de la fecha probable de parto (según el certificado médico) y sigue 45 días después.
La empleada puede optar por tomar la licencia 30 días antes y 60 días después, pero lo tiene que informar a su empleador y a la Anses.
Si el parto se adelanta, se empiezan a contar los 90 días desde ese momento.
2- ¿Se pueden tomar tres meses más?
La Ley de Contrato de Trabajo permite que, al finalizar los 90 días de licencia por maternidad, todas las empleadas (incluidas las domésticas) puedan extender otros tres meses la licencia, pero, en este caso, sin goce de sueldo.
En este caso, la trabajadora debe avisar a su empleador. En este período sí corresponden aportes.
En la provincia de Córdoba, el gobierno provincial paga un cuarto mes de sueldo. En este caso, la licencia sin goce de sueldo será de otros dos meses.
Así, en total, la empleada tendría seis meses de licencia por maternidad (una parte sin cobrar).
3- ¿Todas las empleadas pueden recibir la asignación por maternidad?
Para que la ANSES abone la asignación durante la licencia la empleada tiene que vivir en el país, ser argentina naturalizada o por opción o, si es extranjera, tener tres años mínimos de residencia.
Además, tiene que tener una antigüedad en el trabajo de, al menos, tres meses.
En caso de que no los tenga al momento de comenzar los 90 días de licencia, se le comenzará a abonar a partir de que los cumpla, pero por los días que le queden
4- ¿Cuándo hay que hacer el trámite?
El trámite ante la ANSES se puede hacer hasta el momento de comenzar la licencia.
Sin embargo, se recomienda realizarlo lo antes posible, a partir de la 12° semana de gestación (según la fecha probable de parto). Hay que tener en el turno se demora y también hay un período entre que se realiza el trámite y se comienza a cobrar.
5- ¿Qué se necesita para realizar el trámite?
Lo primero que hay que tener es el certificado médico con la fecha probable de parto.
Luego, hay que pedir turno telefónico a la ANSES (teléfono 130) y concurrir con el formulario 2.75 de Maternidad Servicio Doméstico, la constancia del alta de la empleada doméstica ante la AFIP, el último volante de pago de los aportes y contribuciones a la AFIP (Formulario 102B o VEP) y el Documento Nacional de Identidad (DNI).
6- ¿Cuál es el monto que cobra la empleada?
La ANSES pagará bajo la figura de asignación por maternidad un monto equivalente al sueldo básico bruto que cobraba la trabajadora, sin ningún descuento. El empleador no abona el salario de esos 90 días, pero sí el aguinaldo que corresponda por el tiempo trabajado.
Importante. El monto que la ANSES paga es el que figura en el registro de la AFIP. Por esa razón, se recomienda que el empleador se fije que esté actualizado antes que la trabajadora pida la licencia y, si no lo está, que lo modifique.
7- ¿Se deben pagar los aportes a la AFIP durante ese período?
No. Los 90 días de licencia no se computan para los aportes jubilatorios, aunque sigue vigente la cobertura de la obra social.
8- ¿Qué pasa con la ART?
Como esos meses no habrá aportes, se recomienda informar a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) sobre la licencia por maternidad de la empleada.
9- ¿Cómo hago para cubrir con otra persona esos meses?
La trabajadora que reemplace a la que está con licencia por maternidad se debe registrar en la AFIP.
No se puede dar el alta con fecha de baja. Lo que corresponde es, al cumplirse los 90 días, despedirla con el pago de la indemnización sin causa (un mes de sueldo, como mínimo) y el proporcional de aguinaldo y vacaciones.
Hay que tener en cuenta el tiempo de preaviso, que es de 10 días antes de la fecha de baja. Si no se comunica, hay que pagar este período junto con la indemnización.
Una opción es contratar personal doméstico por pocos días para que no exceda el período de prueba (en este caso, no se paga indemnización, aunque sí aguinaldo y vacaciones proporcionales). Son los primeros 30 días en caso de empleadas cama adentro, o 15 días de trabajo efectivo (sin superar los tres meses) para el resto de las trabajadoras.
10- ¿Cómo se cobra la prestación prenatal?
Además de la licencia por maternidad, desde el 3° mes ya se puede empezar a cobrar la Asignación por Embarazo para Protección Social, una prestación equivalente al prenatal, que se transforma en la Asignación Universal por Hijo una vez que nace el niño.
Es otro trámite diferente de la asignación por maternidad y requiere un turno previo, que se puede sacar en la página web de la ANSES.
-Empleada doméstica: por qué es importante una correcta registración
–Empleada doméstica: una herramienta para tenerla “en blanco”
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
Por: comunidadpresupu-admin
Buenas noches. Finalmente luego de la licencia mi empleada renunció. Ya envió el telegrama de renuncia y pague la liquidación final.
Debo hacer algún trámite adicional? Cómo doy de baja ART y la obra social?
Muchas gracias
Saludos
Hola.
En este video tutorial hay una explicación para la baja en Afip: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/baja-del-servicio-domestico-nuevo-video-tutorial/
Y en nuestro canal de you tube podés ver el chat en vivo que tuvimos con los miembros de la Comunidad sobre este tema
Excelente, ya hice toda la baja. Tengo que informar a la ART / Obra Social o ya esta baja es suficiente?
Muchas gracias
Saludos
no hay que informar. Ellos te dan de baja cuando no registran pagos.
Buenas noches. La colaboradora tenía vencimiento de contrato el 30/06/2020 con validez por un año según lo acordado. Inscripta en AFIP se cumplió con todos los pagos y proporcional de vacaciones / aguinaldo y pagos en cuarentena. Me informa está embarazada pero no lo notifica mediante certificado. Me envía carta documento solicitando extensión de contrato, pero no indica embarazo. Que pasos debo seguir? Debo pagar alguna indemnización? … teniendo todos los comprobantes de los recibos pagados y firmados en el año de contrato más las transferencias en cuarentena ya que por el aislamiento no se presentó a firmar lo pagado.-
hola. Si es un contrato a plazo fijo con fecha cierta de finalización, cumplido el plazo hay que pagar el monto equivalente a la indemnización, vacaciones, aguinaldo y todo lo que quede.
Por lo otro, te sugiero que lo consultes con algún profesional que vea tu caso y te asesore en particular.
Hola! Mi empleada domestica esta de licencia por maternidad hasta el 20/7. Mi consulta es que opciones tiene: 1) reintegrarse (y estando en cuarentena no trabajaría hasta que se levante la misma), 2) no reintegrarse y renunciar 3) adherirse al plan de cese cobrando el 25% del salario mas alto del ultimo semestre por año trabajado? 4) extender su licencia por un minimo de 3 meses y un maximo de 6 sin goce de sueldo. Te consulto porque me dijeron que la ley de contrato de trabajo excluye a las empleadas domesticas en algunos articulos y en la ley de las empleadas domesticas no incluye ni la excedencia ni el convenio del 25%. Gracias!
Hola.
Tiene todas las opciones menos la 3, no hay ninguna opción para adherirse a un cese.
Hola! quiero hacerte la siguiente consulta, soy empleadora de una empleada domestica q comenZó su licencia por maternidad el 10 de junio, debo pagar el aporte de junio para q pueda cobrar la asignación por maternidad de anses? recién la semana que viene iniciará el trámite la empleada.gracias
Sí, hay que pagar los aportes.
Si no realizó todavía el trámite para cobrar la asignación le va a demorar un par de meses.
Hola estoy embarazada x la pandemia aún no m pude hacer nada en anses tengo que subir los formularios x asignacion de maternidad ,aparte de eso tengo hacer otra cosa
https://www.anses.gob.ar/
Hola que tal, mi empleada tiene fecha probable de parto el 9/9, y optó por 30d antes. Qué día exacto comienza y como liquido el mes de agosto? Ella está mensualizada. La consulta de cuando comienza es a los efectos de la liquidación, ya que por la cuarentena no está concurriendo a trabajar. Gracias.
Hola.
Contá 30 días antes de la FPP.
A fin de mes le liquidás solamente los 9 días de julio que trabajó. El resto lo restás como «licencia por maternidad». Durante este período de licencia no se paga el sueldo ni corre aguinaldo ni vacaciones.
Hola mi licencia por embarazo comenzo el 3 de julio cuando deberia pagarme anses?
https://www.anses.gob.ar/consulta/calendario-de-pagos
Buenas tardes hace 2 meses y medio que tengo una empleada reemplazando a otra que esta operada, el tema es que la reemplazante esta embarazada recientemente. ¿qué hago con la reemplazante cuando se reintegre la titular? Aclaro que la reemplazante no esta en blanco.
A la reemplazante la deberías tomar con una fecha de finalización cierta. y darla de baja, pagando lo que corresponde al finalizar la relación. Corresponde poner en blanco a todas las trabajadoras.
Que se le debe abonar si la empleada tenía fecha de finalización fin de junio y está embarazada? Inició en enero. Gracias
Se paga el aguinaldo y las vacaaciones proporcional, más una indemnización por el tiempo trabajado (mínimo, un sueldo).
Hola! la empleada se embarazó a fines del año pasado, perdió el embarazo de pocas semanas. Trabajó enero. Febrero y mitad de marzo estuvo de vacaciones (febrero correspondía y marzo pidió para no ir voluntariamente). Fue un solo día y comenzó la cuarentena, después paro de colectivos. Fue dos semanas y ahora dice que esta embarazada de pocas semanas y debe hacer reposo todo el embarazo (no envió certificado médico). Luego no sabe si volverá. Que se debe hacer en este caso¡?
Lo primero, que presente el certificado médico para la licencia por enfermedad. Después que haga el trámite para que Anses le pague el período de licencia.
Y no puede volver a trabajar aunque se levante el aislamiento porque entra dentro de grupos de riesgo.
la empleada inició en enero. avisó que estaba embarazada en Mayo. Y cuando se inscribió En Afip se puso fecha de finalización fin de junio. Cómo se calcula el pago liq final?
Se toma el proporcional por el tiempo trabajado. Si ya estaba avisada de la finalización del contrato, no corre el preaviso.
La indemnización no puede ser inferior a un sueldo completo. y también se pagan vacaaciones y aguinaldo proporcional.
En febrero Di de alta una empleada domestica, y al mes me notifica q esta embarazada, comienza su licencia el 15 de junio, sólo realice el pago de los aportes de Mayo. Es necesario q pague todos los meses (febrero a mayo) sus aportes para q ella pueda gozar de la asignación por maternidad? O sólo pago los últimos 3 periodos?
La empleada puede obtener la asignación por maternidad si tiene tres meses de antigüedad. Si no le pagan todo, no la va a poder cobrar.
La empleada domestica recién la semana que viene hará los tramites para cobrar la asignación por maternidad, debo pagarle el aporte de junio? Comenzó su licencia el 10 de junio.
Los aportes hay que pagarlos porque, si no, la Afip los deja como deuda. No tiene ningún procedimiento para informar de la licencia…
Hola! Mi empleada comenzó a mediados de enero su licencia por embarazo. Desde el primero de enero sacó sus vacaciones ( pagas por supuesto) y las empalmó con la licencia. En abril pidió la licencia sin goce de sueldo que es hasta mediados de julio. Me corresponde pagar aguinaldo?
Hola. El aguinaldo se paga por el período de trabajo . No se toma en cuenta la licencia por maternidad ni la licencia sin goce de sueldo. El período de vacaciones sí se incluye.
Hola yo presente tarde los papeles de mi licencia ya el 30 de junio termina será que me van a pagar igual
hola buenas noches mi empleada domestica se tomo la licencia, no pague los aportes y contribuciones en afip como dice la ley pero me figuran como deuda y dia a dia se incrementan los intereses … que tramite debo hacer para que afip cruce la informacion con anses para que sepan que estuvo de licencia por maternidad esos 3 meses ??? gracias
Hola.
Un punto que está en el aire porque Afip no tiene implementado un mecanismo para informar una licencia por maternidad. Yo lo pagaría porque acumula la deuda, pero lo correcto es que no se abonen esos meses. Veremos si en algún momento se dispone algún trámite para esto.
hola qtal soy empleada domestica mi licencia comenzo ahora desde junio.ya q trabaje hasta el 30 de mayo el anses me.paga durante los.3 meses la licencia , el aguinaldo mi.empleador.dice q no le corresponde abonarme
Es así. paga la Anses
hola qtal soy empleada domestica mi licencia comenzo ahora desde junio.ya q trabaje hasta el 30 de mayo el anses me.paga durante los.3 meses la licencia , el aguinaldo mi.empleador.dice q no le corresponde abonarme
Es así.
Buenas tardes! Soy empleadora, mi empleada domestica inicia su licencia por maternidad el 10 de junio. A mi me corresponde el pago del sueldo y sac proporciaonal a esos 10 días trabajados??
El anses el pagaría el resto? Incluido el sac x el resto del mes?
Hola.
Sí, así es. Perfecto.
Tené en cuenta que la Anses paga en fechas diferentes, hay que averiguar en la web.
Mi empleada está con Licencia por Maternidad, su hija nació el 21 de abril, hizo el trámite en la ANSES que ya le pagó la asignación de abril.
Como tengo que registrar la situación en el recibo de sueldo?
Yo ante la duda en abril le hice los aportes, aunque luego leí que durante esos 3 meses no debo pagar, pero no se como registrarlo en la AFIP.
Hola. La Afip no tiene un procedimiento para informar la licencia, es todo un tema pero aún no lo resolvieron.
En el recibo tenés que descontar los días de la licencia. el aguinaldo y el sueldo se pagan proporcional.
Muchisimas gracias, Paula. En este caso Abril y Mayo paga completo ANSES y yo le pagaré a partir del 21 de junio, Entonces el recibo de Abril y Mayo descuento completo y pongo que el pago es a cargo de ANSES por Licencia por Maternidad?
Sí, así es.
Muchísimas gracias
La información de este sitio es de suma utilidad
Gracias por el comentario, Nidia!
Hola tiene fecha probable 2 de junio no hizo el trámite en el anses
Me corresponde a mi pagarle los tres meses?
No, el empleador tiene que dar la licencia por los 90 días que corresponden y la Anses debe abonar el resto, para lo cual la trabajadora debe hacer el trámite.
Hola buenas tardes. Mi mamá es empleada domesrica y saco licencia por maternidad los primeros dias de marzo, antes de la cuarentena, la pregunta es ¿ la licencia por embarazo sigue corriendo durante la cuarentena? O se debe presentar cuando termine la cuarentena Porque ella se presento el 16 de mayo como correpondia por finalizar su licencia por embarazo, pero tiene que concurrir caminando con el bebé porque no puede acceder al transporte publico con él por la cuarentena en la provincia.
Hola.
Sigue corriendo la licencia. Sobre el trabajo en cuarentena, mirá estas notas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-y-cuarentena-por-coronavirus/
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-lugares-que-salen-de-la-cuarentena/
Hola yo estoy de 16 semanas hace dos semanas trámite la asignación por embarazo y no sabia nada de la asignación por maternidad servicio doméstico tengo que presentar este otro formulario para cobrar la licencia
Sí, es otro trámite: https://www.anses.gob.ar/asignacion-por-maternidad
Hola consulta estoy de 33 semanas de embarazo tengo que hacer la licencia por maternidad y buscando en la página de afip me di cuenta que mi empleador ya me dió de baja este mes en que me afecta? podré cobrar la licencia ? Con el tema del covid 19 no pude asistir más y tampoco me comunico de la baja nose que hacer..
Consultá en la Anses: https://www.anses.gob.ar/asignacion-por-maternidad-maternidad-down
Hola yo ya hice todos los tramites para la licencia por maternidad mi licencia arrancaria en junio como son los pasos a seguir para que me pague anses??? Los 3 meses
Hola, soy empleador. La empleada trabaja con retiro 3 veces x semana. El día 14/5 nos aviso que esta embarazada de 5 meses. Ella vino hasta que se inició la cuarentena. Envío un certif medico donde consta que tiene FPP para septiembre 2020.
Incurrió en una falta por no avisar que estaba embarazada en su momento. Se puede hacer algo al respecto? Según ella quiere seguir trabajando pero venir 2 veces x semana, tmb cambiaría las condiciones laborales. Cómo se procede ante esto?
Hola.
La obligación de la empleada es avisar antes de tener que tomarse la licencia por maternidad (45 días antes y después de la FPP). Con eso necesita un certificado para que la Anses paga la asignación durante ese tiempo.
Las condiciones de trabajo se pueden cambiar si hay acuerdo de las partes, no hay problema. Es mejor dejar todo por escrito.
Y si a mi no me sirve? Cómo se procede?
Hola yo queria saber como son los pasos a seguir yo ya hice todos los tramites a partir de la semana 12 de gestacion con esto de la pandemia hace 2 meses que estoy sin ir a trabajar pero cobrando el sueldo como corresponde en blanco y la licencia pir maternidad arranca en junio como tengo que hacer para saber como me paga anses esos 3 meses de licencia?
si ya hiciste los trámites, te tendrían que pagar cuando corresponda. Podés consultar a la Anses, pero están demorando en atender.
Buenas tardes
Mis consultas son las siguientes:
Estoy amamantando y trabajo 4 horas x la mañana..tengo derecho a regresar a dar de amamantar a mi bebe(vivo a la vuelta de mi trabajo).
Tengo que presentarme a trabajar igual si mis empleadores estan asitiendo a su trabajo y la casa queda sola?
Hola.
No está prevista la lactancia en el régimen de servicio doméstico.
En este momento, rigen las limitaciones para el trabajo en cuarentena, según el lugar donde vivas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-lugares-que-salen-de-la-cuarentena/
Hola queria hacer una consulta yo a los 7 meses de embarazo estuve internada con perdida y dilatacion el medico me mando a reposo absoluto hasta la fecha de parto.cuando empezaria mi licencia de maternidad?
La licencia empieza a los 45 días previo a la fecha probable de parto.
Mil gracias!! Para entender, tu recomendación es pagar los aportes durante la licencia por si acaso?
Saludos!
Hola.
Yo creo que sí, es un tema que la Afip nunca resolvió. Es un error de ellos, pero viste cómo son estas cosas, a veces es más caro esperar un reclamo que pagar.
Mi madre adulta mayor tiene una empleada doméstica con cama adentro. Estuvo con licencia por embarazo y ahora tendría que reincorporarse, pero ella quiere llevar al bebé consigo. Y no era lo pactado. No hay lugar para un bebé. Tampoco la quiere despedir. O es que la doméstica tiene derecho a llevar el niño? Es un tema delicado. Cuál es la solución legal? Es difícil decidir, tal vez podría ofrecerle que vaya como antes, pero con retiro. Ya no con cama adentro. Qué debe hacer?
Hola Roque.
En ningún lugar de la ley se exige que el empleador acepte un bebé en su casa. Este tema es algo que se debería conversar.
En caso extremo, se puede intimar a la trabajadora para que se reincorpore cuando termine la licencia por maternidad y si ella se niega dar por terminada la relación laboral. Pero, habría que considerar el tema de la cuarentena porque ella puede pedir quedarse con su hijo menor durante este tiempo.